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1. Lo dispuesto en el DFL 1/19.653, publicado con fecha 17 de Noviembre del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que “Fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”, artículo 9º, que trata sobre la necesidad de los organismos públicos de celebrar contratos administrativos previa propuesta pública, en conformidad a la Ley.
2. Lo establecido en la Ley 18.476, que faculta al Presidente de la República para que, a través de decretos supremos, expedidos por medio del Ministerio de Defensa Nacional, faculte a los Directores de Hospitales de las Fuerzas Armadas actuando en representación del Fisco, a celebrar todos los actos o contratos que conciernan a los fines de los respectivos establecimientos y que versen sobre las materias que se determinen en dichos decretos, con cargo a los recursos financieros de que dispongan los mencionados hospitales, por venta de bienes y servicios.
3. Decreto Nº 95 del año 2006 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento 18.928 sobre Adquisiciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas.
4. Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley del Ministerio de Defensa, Antigua Subsecretaría de Guerra (G) Nº1, art. 145 del “Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas”.
5. Las facultades que le confiere a los Directores de los Hospitales Institucionales establecidos en el artículo 1 del MDN ( Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra) III (R) Decreto Supremo(G) Nº 618 de fecha 16 de Noviembre del año 1994, tramitado el 16 de Enero del año 1995, en el cual se indica : “1.- Facúltese al Director del Hospital Militar de Santiago “General Luis Felipe BriebaAfrán”, al Director del Hospital Militar de Antofagasta y al Director de la Central Odontológica del Ejército para que, en representación del Fisco, celebren los actos y contratos que conciernan a los fines de sus respectivos establecimientos y que versen sobre las siguientes materias: a) otorgamiento de prestaciones relativas a promoción, protección y recuperación de salud y rehabilitación del individuo…..b) Otorgamiento de Prestaciones relativas a promoción, protección y recuperación de la salud y rehabilitación del individuo, ya sea con los organismos públicos o privados o con particulares….c)Adquisición de equipos e instrumentos, medicamentos, materiales y útiles quirúrgicos, productos químicos y farmacéuticos, ya sea en el país o en el extranjero….”, etc.
6. Las disposiciones de la Ley Nº19.886, sobre “Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en la Administración Pública” y su Reglamento, el Decreto N°250 de fecha 09.MAR.2004 del Ministerio de Hacienda.
7. El título III, párrafo 1, numeral Nº 9.1.1 de la Resolución Nº 1600 de fecha 30 de Octubre del 2008, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón.
8. Lo indicado en la Orden del Día Nº 51, del 12.DIC.2014
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1. La necesidad de adquirir insumos clínicos para la Central de Abastecimiento Médico.
2. Que mediante Resolución Nº 2098 del 05.12.2014, se aprobaron las bases de licitación pública ID 3391-129-L114, efectuándose el llamado a participar en el proceso a personas naturales o jurídicas.
3. Que a la propuesta, se presentaron 21 ofertas.
4. Los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación:
Evaluación técnica 35 pt.
Plazo de entrega 20 pt.
Cumplimiento requisitos formales 15 pt.
Precio 30 pt.
5. Los antecedentes señalados previamente y a lo señalado en las Bases de Licitación, “LA COMISIÓN”, evalúa las ofertas admisibles a través de la matriz de decisión, aplicando los criterios de evaluación incluidos en las Bases de Licitación.
6. De la evaluación administrativa, técnica y económica, resulta adjudicada la propuesta presentada por:
PROVEEDOR ADJUDICADO
RUT ITEM PRESUP. MONTO NETO ADJUDICADO
EDUARDO AWAD MANZUR 5.398.787-7 2204004 $250.000
SYLEX CHILE LTDA. 76.015.781-3 2204004 $100.000
COMERCIAL LBF LTDA. 93.366.000-1 2204004 $630.000
ALTA TECNOLOGIA MEDICA S.A. 96.705.150-0 2204004 $260.820
REUTTER S.A. 81.210.400-4 2204004 $170.400
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