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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
5451-2-R122
Adjudicación Informada en portal el
11/5/2022 17:07
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En
Santiago Centro,
07-04-2022
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Nro de
Resolución
0261
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Vistos
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Lo dispuesto en el D.F.L. N°3, de 2016, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado del D.F.L N°153, de 1981, que establece los Estatutos de la Universidad de
Chile, y en el Decreto Supremo N°199, de 2018, todos del Ministerio de Educación; el
Decreto SIAPER 309/56/2021; el D.U. N°0044208, de 2017; la Ley N°18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N°19.886, de
Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios; el D.S.
N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley
Nº19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios;
el Decreto Supremo N°180, de 1987, también del Ministerio de Hacienda; la Ley N°21.094,
sobre Universidades Estatales; la Resolución Exenta N°01173, de 21 de octubre de 2021,
que autoriza llamado a Licitación Pública y aprueba Bases Administrativas y Técnicas para
contratación del servicio de Registro y Defensa de Marcas para la Universidad de Chile; el
Acta de Evaluación de la Licitación Pública ID 5451-2-LP21, de fecha 11 de marzo de 2022;
y las Resoluciones N°7 de 2019 y 16 de 2020, ambas de la Contraloría General de la
República.
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Considerando
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1. Que, mediante Resolución Exenta N°01173, de 21 de octubre de 2021, se autorizó el
llamado a Licitación Pública para la contratación del Servicio de Registro y Defensa de
Marcas para la Universidad de Chile, por un periodo de tres años, para los diversos
requerimientos de las unidades académicas y administrativas y, asimismo, se
aprobaron las respectivas Bases Administrativas y Técnicas.
2. Que el citado acto administrativo, una vez totalmente tramitado, fue publicado en el
Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública, bajo el
5451-2-LP21.
3. Que, dentro del plazo fijado en las bases, se recibieron ofertas de las siguientes
empresas:
Beytia Badilla Davis SpA. RUT: 77.235.293 – K
Clarke Modet & Co Chile SpA. RUT: 78.773.320 – 4
Asesorías e Inversiones Creativelaw SpA. RUT: 77.067.129 – 9
Estudio Federico Villaseca y Cía. RUT: 78.169.860 – 1
Sociedad Contreras y Reyes Ltda. RUT: 76.691.069 – 6
Estudio Pablo Lineros y Cía. Ltda. RUT: 76.096.643 – 6
4. Que, tras la revisión preliminar de los documentos aportados por los oferentes, se
constató que varios de ellos les faltó presentar documentos solicitados o requeridos en
las bases, por lo cual se abrió un término de 3 días hábiles, a fin que los oferentes los
pudieran presentar, los que no podían tener fecha de emisión posterior al 6 de enero de
2022; lo que fue debidamente comunicado a los oferentes mediante la publicación, con
fecha 27 enero de 2022, del documento “Solicitud de presentar documentos” en el
Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
5. Que, pese a lo anterior, y a diferencia de los demás oferentes, el Estudio Federico
Villaseca y Cía. no aportó las correspondientes publicaciones de sus extractos en el
Diario Oficial e inscripciones que sean procedentes en el Registro de Comercio de la
escritura pública de constitución de la persona jurídica y de sus modificaciones, como
lo exige el numeral 5.1.2. de las Bases de licitación,.
6. Que la circunstancia antes anotada exige la aplicación de la sanción de inadmisibilidad
prevista en el primer párrafo del numeral 5 de las Bases, para la oferta de Estudio
Federico Villaseca y Cía., que dispone: “El proveedor que no cumpla con los requisitos
establecidos en los incisos primero Los antecedentes o documentos mencionados en
este numeral son obligatorios y deberán ser presentados, a través del portal Mercado
Público, antes del plazo de recepción de las ofertas. La oferta del proveedor que no
presente, dentro de plazo, uno o más de estos documentos o antecedentes será
declarada inadmisible, sin perjuicio de lo indicado en el párrafo final del numeral de las
presentes bases administrativas.”.
7. Que los criterios de evaluación previstos en las Bases son los siguientes:
a. Oferta Económica 50 %
b. Oferta Técnica 30 %
c. Experiencia del Oferente y condiciones de empleo 18 %
d. Cumplimiento requisitos formales 2%
8. Que, conforme a lo señalado en el informe de evaluación emitido, con fecha 11 de marzo
de 2022, por la Comisión evaluadora de la licitación de marras, los oferentes, cuyas
propuestas cumplieron con todos los requisitos de inadmisibilidad previstos en las
bases, obtuvieron los siguientes puntajes de acuerdo con los criterios señalados en el
considerando precedente:
Oferente
Oferta económica
(50%)
Oferta
técnica
(30%)
Experiencia y
Condiciones
(18%)
Cumplimento
requisitos
formales
(2%)
Puntaje final
(100%)
Beytia Badilla Davis Spa. 39,57 27 18 2 86,57
Clarke Modet & Co Chile
Spa.
13,13 27 18 0 58,13
Asesorías e Inversiones
Creativelaw Spa. 43,94 19,5 14,4 0 77,84
Estudio Federico Villaseca
y Cía. INADMISIBLE
Contreras y Reyes Ltda. 50,00 27 14,4 0 91,40
Estudio Pablo Lineros y
cía. Ltda.
48,42 27 18 0
93,42
9. Que, en virtud de los resultados obtenidos por cada uno de los oferentes, la Comisión
Evaluadora ha recomendado adjudicar la Licitación Pública 5451-2-LP21 a la empresa
Estudio Pablo Lineros y Cía. Ltda., por haber obtenido el más alto puntaje ponderado;
por otro lado, propone declarar inadmisible la oferta del Estudio Federico Villaseca y
Cía.
10. Que existe disponibilidad presupuestaria para proceder a la contratación de Estudio
Pablo Lineros y Cía. Ltda. para prestar los servicios de registro y defensa de marcas de
la Universidad de Chile, por un periodo de tres años.
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Resuelvo
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1. Que, mediante Resolución Exenta N°01173, de 21 de octubre de 2021, se autorizó el
llamado a Licitación Pública para la contratación del Servicio de Registro y Defensa de
Marcas para la Universidad de Chile, por un periodo de tres años, para los diversos
requerimientos de las unidades académicas y administrativas y, asimismo, se
aprobaron las respectivas Bases Administrativas y Técnicas.
2. Que el citado acto administrativo, una vez totalmente tramitado, fue publicado en el
Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública, bajo el
5451-2-LP21.
3. Que, dentro del plazo fijado en las bases, se recibieron ofertas de las siguientes
empresas:
Beytia Badilla Davis SpA. RUT: 77.235.293 – K
Clarke Modet & Co Chile SpA. RUT: 78.773.320 – 4
Asesorías e Inversiones Creativelaw SpA. RUT: 77.067.129 – 9
Estudio Federico Villaseca y Cía. RUT: 78.169.860 – 1
Sociedad Contreras y Reyes Ltda. RUT: 76.691.069 – 6
Estudio Pablo Lineros y Cía. Ltda. RUT: 76.096.643 – 6
4. Que, tras la revisión preliminar de los documentos aportados por los oferentes, se
constató que varios de ellos les faltó presentar documentos solicitados o requeridos en
las bases, por lo cual se abrió un término de 3 días hábiles, a fin que los oferentes los
pudieran presentar, los que no podían tener fecha de emisión posterior al 6 de enero de
2022; lo que fue debidamente comunicado a los oferentes mediante la publicación, con
fecha 27 enero de 2022, del documento “Solicitud de presentar documentos” en el
Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
5. Que, pese a lo anterior, y a diferencia de los demás oferentes, el Estudio Federico
Villaseca y Cía. no aportó las correspondientes publicaciones de sus extractos en el
Diario Oficial e inscripciones que sean procedentes en el Registro de Comercio de la
escritura pública de constitución de la persona jurídica y de sus modificaciones, como
lo exige el numeral 5.1.2. de las Bases de licitación,.
6. Que la circunstancia antes anotada exige la aplicación de la sanción de inadmisibilidad
prevista en el primer párrafo del numeral 5 de las Bases, para la oferta de Estudio
Federico Villaseca y Cía., que dispone: “El proveedor que no cumpla con los requisitos
establecidos en los incisos primero Los antecedentes o documentos mencionados en
este numeral son obligatorios y deberán ser presentados, a través del portal Mercado
Público, antes del plazo de recepción de las ofertas. La oferta del proveedor que no
presente, dentro de plazo, uno o más de estos documentos o antecedentes será
declarada inadmisible, sin perjuicio de lo indicado en el párrafo final del numeral de las
presentes bases administrativas.”.
7. Que los criterios de evaluación previstos en las Bases son los siguientes:
a. Oferta Económica 50 %
b. Oferta Técnica 30 %
c. Experiencia del Oferente y condiciones de empleo 18 %
d. Cumplimiento requisitos formales 2%
8. Que, conforme a lo señalado en el informe de evaluación emitido, con fecha 11 de marzo
de 2022, por la Comisión evaluadora de la licitación de marras, los oferentes, cuyas
propuestas cumplieron con todos los requisitos de inadmisibilidad previstos en las
bases, obtuvieron los siguientes puntajes de acuerdo con los criterios señalados en el
considerando precedente:
Oferente
Oferta económica
(50%)
Oferta
técnica
(30%)
Experiencia y
Condiciones
(18%)
Cumplimento
requisitos
formales
(2%)
Puntaje final
(100%)
Beytia Badilla Davis Spa. 39,57 27 18 2 86,57
Clarke Modet & Co Chile
Spa.
13,13 27 18 0 58,13
Asesorías e Inversiones
Creativelaw Spa. 43,94 19,5 14,4 0 77,84
Estudio Federico Villaseca
y Cía. INADMISIBLE
Contreras y Reyes Ltda. 50,00 27 14,4 0 91,40
Estudio Pablo Lineros y
cía. Ltda.
48,42 27 18 0
93,42
9. Que, en virtud de los resultados obtenidos por cada uno de los oferentes, la Comisión
Evaluadora ha recomendado adjudicar la Licitación Pública 5451-2-LP21 a la empresa
Estudio Pablo Lineros y Cía. Ltda., por haber obtenido el más alto puntaje ponderado;
por otro lado, propone declarar inadmisible la oferta del Estudio Federico Villaseca y
Cía.
10. Que existe disponibilidad presupuestaria para proceder a la contratación de Estudio
Pablo Lineros y Cía. Ltda. para prestar los servicios de registro y defensa de marcas de
la Universidad de Chile, por un periodo de tres años.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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UNIVERSIDAD DE CHILE
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Unidad de Compra
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RECTORIA Dirección Jurídica
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R.U.T.
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60.910.000-1
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Dirección
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Avda. Libertador Bernardo O'higgins 1058, Oficina 235
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Comuna
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Santiago Centro
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región Metropolitana de Santiago
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Fernando Molina Lamilla
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Cargo
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Director Jurídico
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Teléfono
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56-02-29781046
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Fax
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--
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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5451-2-R122
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Nombre de Adquisición
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Servicio de registro y defensa de las marcas para la Universidad de Chile
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
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Descripción
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La Universidad de Chile, en adelante «la Universidad», necesita contratar los servicios de registro y de defensa de marcas de todo tipo, (de productos, de servicios, de establecimiento comercial, frases de propaganda, sonoras, colectiva, y de certificación), provenientes desde todas sus estructuras académicas.
Por tal razón, requiere la representación integral de sus intereses ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) y ante el Tribunal de Propiedad Intelectual (TDPI), y la íntegra realización de todas las actuaciones, trámites o escritos que conciernen al proceso de registro marcario, debiendo el adjudicatario actuar de forma eficiente y proactiva, teniendo las competencias necesarias para realizar todas aquellas gestiones ante los organismos indicados, respecto de solicitudes de registro de marca o la defensa de aquellas que son de propiedad de la Universidad, todo ello en conformidad con las presentes Bases Administrativas y Técnicas y el correspondiente Contrato de Prestación de Servicios.
La Universidad de Chile cuenta a su haber algo más de doscientas marcas, por lo que se requiere que el oferente prepare su oferta considerando como base las especificaciones que se entregan a continuación y complementándolas, si lo estima necesario, a fin de ofrecer un mejor servicio.
El servicio de defensa de marcas consiste en la obligación de la adjudicataria de informar y representar a la Universidad en todas las actuaciones, tramites o escritos, contra las solicitudes de registro realizadas por terceros, cuando éstas presenten similitudes con las marcas registradas por la Universidad, ya sea en términos de escritura, fonética o imagen. Adicionalmente, este servicio implica la obligación de la adjudicataria de poner en conocimiento de la Universidad, con la debida antelación, las fechas de vencimientos de los títulos de registros de aquellas marcas que sean de su propiedad.
En consecuencia, el adjudicatario deberá prestar todos los servicios indicados en el Anexo N°7 previo requerimiento de la Entidad Licitante, no obstante, lo señalado en las Bases Técnicas (Anexo N°1).
La Dirección Jurídica de la Universidad estará encargada de supervisar el cumplimiento de las obligaciones que se establecen en las presentes bases, siendo el órgano encargado de recibir informes y comunicar los requerimientos que se realicen a la adjudicataria.
Los oferentes deberán tener especial consideración, al momento de ofertar, de la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, contenida en el Dictamen E118881/21, que establece que la exención dispuesta por el artículo 40 de la ley N°21.094 resulta aplicable a las universidades estatales respecto de los derechos de propiedad industrial a que se refieren los artículos 18, 18 bis B, 18 bis C y 18 bis D de la Ley N°19.039.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Unidad Tributaria Mensual
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Fecha de Publicación
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17/12/2021 10:10
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Fecha de Cierre
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6/1/2022 18:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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UTM 59,2000
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Monto Neto Estimado del Contrato
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UTM 68,0000
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Comisión Evaluadora
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| 13278623-2 | Fernando Javier Molina Lamilla | Director Jurídico U. de Chile |
| 10047542-1 | Ignacio Andres Maturana Galvez | Subdirector Jurídico U. de Chile |
| 9241428-0 | Alicia Victoria Venezian Arrieta | Abogada Gabinete de Rectoría U. de Chile |
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Resultado de la Adjudicación
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