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VISTOS:
a) El Decreto Ley Nº1.305, (V. y U.) de, 1975 que, reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y el Decreto Supremo Nº355 (V. y U.) de, 1976 que, sanciona el Reglamento Orgánico para los Servicios de Vivienda y Urbanización.
b) El Decreto Supremo Nº135, (V. y U.) de, 1978 que, Aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
c) La Ley N°18.575, Art. 9, sobre Bases Generales de la Administración del Estado.
d) La Ley Nº19.886, del Ministerio de Hacienda de, 2003, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en el Decreto Nº250, del Ministerio de Hacienda, de 2004.
e) La Ley N°20.730 que, Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios, y su Reglamento contenido en el D.S. N°71 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de, 2014.
f) La Resolución Exenta Nº 2507 de 05 de julio de 2021 que, aprobó las Bases Administrativas Especiales, las especificaciones técnicas y demás antecedentes de la Licitación Pública Nº 30/2021, correspondiente a la “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS MEJORAMIENTO PLAZA RENACER, COMUNA RINCONADA”.
g) La Orden de Servicio Nº15F-211 de, 12 de julio de 2021 que, designó una Comisión Técnica para la recepción de antecedentes, apertura, evaluación e informe se mantiene para la Licitación Pública Nº30/2021.
h) El CERTIFICADO N°31-222 de 26 de julio de 2021, el Jefe (S) Departamento de Administración y Finanzas de este Servicio, informa la disponibilidad de recursos mediante la respectiva imputación para la Licitación Pública Nº30/2021.
i) Resolución N° 7, de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
j) La Resolución N°16, de 2020, de la Contraloría General de la República, que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos indicados quedarán sujetos a Toma Razón y Controles de Reemplazo según corresponda.
k) El Decreto TRA N°272/65/2018 de 28 de diciembre, de 2018 (Tomado Razón con fecha 11 de marzo de 2019) de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que designa Director del SERVIU Región de Valparaíso a don Tomás Alberto Ochoa Capelli.
l) Las Facultades que me otorga el Decreto Supremo N°355 de 1976, Reglamento Orgánico de los Serviu y sus posteriores modificaciones, y;
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R E S O L U C I Ó N:
1. APRUEBESE las Bases Administrativas Especiales, tramitadas y mencionadas en los vistos de la presente, para la Licitación Pública N° 30/2021 proyecto denominado: “DISEÑO NORMALIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DE RUTAS PEATONALES REGIÓN DE VALPARAÍSO, COMUNAS DE SAN ANTONIO, VIÑA DEL MAR, LA LIGUA Y VALPARAÍSO”.
2. ADJUDÍQUESE a la consultor PANTOJA CONSULTORES SPA.; RUT N°: 76.963.988-8; para la ejecución del contrato denominado: “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS MEJORAMIENTO PLAZA RENACER, COMUNA RINCONADA”, correspondiente a la Licitación Pública Nº30/2021, en la suma total de $26.593.450.-PESOS (veintiséis millones quinientos noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta pesos).
3. De acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales en el punto N° 12 el Plazo de duración del contrato se desarrollará de la siguiente forma:
La relación contractual que dará origen la presente licitación corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, con una duración de 238 días para prestar el servicio.
En caso de que el plazo contractual para la ejecución de las obras sea modificado, Serviu evaluará la pertinencia de ampliar o disminuir el contrato de Asesoría de inspección.
No obstante según lo dispuesto en el artículo N° 77 del Dto. 250 (Hacienda) de 2004, el contrato podrá ser modificado aumentando hasta un 30% del monto inicial pactado.
4. Que, conforme lo dispone el numeral 14º de las Bases Administrativas de la Licitación Pública N°30/2021, los Honorarios, se pagarán mediante Estados de Pago mensuales contra presentación de Boleta de honorarios o factura, por la Asesoría de Inspección Técnica, incluyendo la retención legal o impuesto correspondiente e informe visado por el Director de Obras según lo indicado en las Bases Técnicas.
La presentación de los Estados de Pago se realizará el último día hábil de cada mes, siempre y cuando así lo autorice el Director de Obra que será el Coordinador de la Asesoría de Inspección. El Servicio de Vivienda y Urbanización designará como Coordinador de la Asesoría de Inspección al Director de la Obra.
Para el efecto, el Consultor deberá presentar con anterioridad suficiente el cobro mensual, adjuntando todos los antecedentes necesarios.
El plazo máximo del que dispondrá Serviu para pagar los Estados de Pago, que cumplan con todos los requisitos señalados en los puntos 14.1 y 14.2. precedentes, será de hasta 30 días corridos después de presentado, sin reajustes ni intereses de ninguna especie.
Si al iniciar el plazo contractual de la presente consultoría, las obras cuentan con avance físico ejecutado, SERVIU realizará los descuentos correspondientes del pago de honorarios. Este descuento será proporcional considerando los días efectivamente inspeccionados respecto del total de la obra.
5. Que, conforme lo dispone el numeral 7.4° de las Bases Administrativas Especiales de la Licitación Pública Nº30/2021, El plazo para la suscripción del contrato será de 10 días hábiles, contados desde la publicación de la Resolución de adjudicación a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl).
Sin perjuicio de lo anterior, todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del D.S 250 (Hacienda) de 2004, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
A) Documentos Administrativos requeridos para la suscripción del contrato:
Una vez publicada resolución que adjudica la Licitación a través del Sistema de Información, previo a la suscripción del contrato, el Consultor dispondrá de un plazo máximo de 8 días hábiles para entregar los siguientes documentos:
• Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y de remuneraciones conforme al artículo 6º de la Ley Nº 21.289, que fija el Presupuesto de la Nación para el año 2021 (Formulario de Inspección del trabajo, F30 y F30-1);
Nota: En caso de que el oferente sea UTP, el Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y de remuneraciones deberá ser presentado por todos sus componentes.
• Copia simple cédula de identidad del oferente o representante legal (según corresponda).
• Certificado de Inscripción Vigente en el Registro Nacional de Consultores del Minvu según lo establecido en el punto 2 de las presentes Bases Administrativas Especiales.
Nota 1: En caso que el consultor no se encuentre inscrito en el Registro Nacional de Consultores del MINVU, deberá prever los tiempos que demorará en obtener dicha inscripción, no pudiendo superar el plazo establecido para la entrega de documentos.
Nota 2: En caso de que el oferente sea UTP, todos sus componentes deberán presentar Certificado de Inscripción Vigente en el Registro Nacional de Consultores del MINVU, de acuerdo a lo indicado en el punto 2 de las presentes B.A.E.
• Certificado de Inscripción Vigente en ChileProveedores.
Nota 1: En caso que el consultor no se encuentre inscrito en el Registro de Chileproveedores, deberá prever los tiempos que demorará en obtener dicha inscripción, no pudiendo superar el plazo establecido para la entrega de documentos.
Nota 2: En caso de que el oferente sea UTP, todos sus componentes deberán presentar Certificado de Inscripción Vigente en ChileProveedores.
• Garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo indicado en punto 9.2 de las presentes Bases.
• Copia de inscripción (anotación marginal) o Certificado que dé cuenta de la vigencia de la sociedad (Persona Jurídica).
• Copia de inscripción (anotación marginal) o Certificado que dé cuenta de la administración de la sociedad (Persona Jurídica).
Cualquier modificación en cuanto a la persona del representante legal del oferente deberá ser comunicada, por el oferente, al SERVIU REGION DE VALPARAISO dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que ella se produzca.
En caso de que la empresa registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
B) Documentos Técnicos requeridos para la suscripción del contrato:
Asimismo, una vez publicada la resolución de adjudicación en el Sistema de Información, previo a la suscripción del contrato, el consultor dispondrá de un plazo máximo de 3 días hábiles para enviar a través de correo electrónico los siguientes documentos:
• Formato Tipo 3: Curriculum Vitae de cada uno de los componentes del equipo profesional ofertado, debidamente firmado por el profesional correspondiente. El currículum Vitae deberá indicar claramente los periodos de tiempo (en meses) de experiencia en la materia específica solicitada en el punto 8.1 de las presentes Bases Administrativas Especiales. Solo se considerará la experiencia obtenida hasta la fecha de apertura de la Licitación. Esta experiencia, no podrá ser inferior a lo declarado en Formato Tipo 2 incluido en su oferta.
De la experiencia declarada en formato currículum vitae no se sumará la experiencia obtenida de proyectos desarrollados al mismo tiempo. Es decir, si por ejemplo un profesional inspeccionó 2 proyectos simultáneamente durante un año, la experiencia a considerar será de 1 año.
• Certificado, constancia, resoluciones y/u otro documento emitido por su empleador directo, que permitan acreditar la experiencia declarada en Formato Tipo 2 y Currículum Vitae para cada profesional ofertado, de acuerdo a lo solicitado en el punto 8.1 de las presentes B.A.E. Estos documentos, deberán indicar a lo menos: la o las funciones que desarrolló, el cargo que desempeñó y el periodo de tiempo que el profesional ejerció dicho cargo y deberán ser suscritos por el representante legal de la entidad pública o privada respectiva o bien por quien tenga delegada esta función (Recursos Humanos, Dpto. Administración y Finanzas, Sección de Personas, Dpto. Jurídico, Etc.).
• Certificados de Título de todos los componentes del Equipo Profesional Ofertado, en original o copia legalizada ante notario.
Los documentos técnicos deberán ser enviados mediante correo electrónico al funcionario de la Oficina de Propuestas a cargo de la contratación, en respuesta al correo que notificará la adjudicación, indicando en el asunto lo siguiente: “Acreditación Experiencia LP 30-2021”.
Una vez recibida la documentación, la Oficina de Propuestas de Serviu Región de Valparaíso enviará la información al Inspector de la Obra (Director de obras) y al jefe de oficina correspondiente, quienes en un plazo máximo de 2 días hábiles revisarán la documentación validando o desestimando la experiencia de los profesionales o técnicos ofertados. En caso que la experiencia acreditada por el profesional o técnico sea insuficiente respecto de lo declarado en formato tipo 2, la Oficina de Propuestas solicitará al Consultor mediante correo electrónico que complemente la información enviada o que presente un nuevo profesional o técnico que cumpla con lo declarado en Formato Tipo 2.
El consultor dispondrá de un plazo de 3 días hábiles desde la fecha del correo electrónico para complementar la información o para presentar la documentación de otro profesional o técnico, según corresponda. Una vez recibida la documentación, la oficina de propuestas la enviará al Inspector de la Obra y al jefe de oficina correspondiente, quienes nuevamente contarán con un plazo máximo de 2 días hábiles para revisar la documentación y validar o desestimar la experiencia del profesional o técnico ofertado.
En caso que la experiencia acreditada por el profesional o técnico nuevamente sea insuficiente respecto de lo declarado en formato tipo 2, tendrá una tercera y última instancia para complementar la experiencia declarada o bien para presentar un nuevo profesional o técnico que cumpla con lo declarado en su oferta. No obstante, el consultor se expone a multas, las cuales se definen en el literal siguiente.
C) Multas y sanciones por incumplimientos durante la contratación:
• En caso que el consultor no presente los documentos administrativos en el plazo indicado (8 días hábiles), se aplicará una multa por cada día hábil de atraso, equivalente al 0,1% del monto adjudicado.
• En caso que el consultor no presente los documentos que acrediten la experiencia del profesional en los plazos indicados (3 días hábiles), se aplicará una multa por cada día hábil de atraso, equivalente al 0,1% del monto adjudicado.
• En caso que el Consultor no suscriba el contrato a los 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información, se aplicará una multa por cada día hábil de atraso, equivalente al 0,2% del monto adjudicado.
Las multas indicadas serán descontadas del primer estado de pago.
En caso que el Consultor no suscriba el contrato a los 15 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación en el Sistema de Información, Serviu Región de Valparaíso dejará sin efecto la Resolución de Adjudicación y adjudicará al oferente que haya obtenido el segundo lugar en la lista priorizada. Esto se realizará en un plazo no mayor a 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Si la readjudicación de la Licitación no se efectuare dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la fecha de recepción de ofertas, los oferentes cuyas ofertas fueron admitidas y que no hayan sido adjudicados en primera instancia podrán actuar conforme a lo indicado al final del punto 7.3 de las presentes Bases.
Una vez firmado el contrato, podrán realizarse las reuniones de coordinación que se estimen necesarias con la Contraparte Técnica del SERVIU con la finalidad de prever una correcta ejecución del proyecto. Sin embargo, el plazo de ejecución de la consultoría podrá iniciar a contar de la fecha de total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato, previa coordinación con el Director de Obras de Serviu.
En caso de que el contrato de obras no se haya iniciado a la fecha de tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el plazo de ejecución de la asesoría comenzará a regir desde la fecha de Acta de Entrega de Terreno de las Obras materia de la presente Licitación.
La Licitación se rige por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de prelación, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la Republica.
a) Bases Administrativas, Bases Técnicas, Formatos y Anexos.
b) Modificaciones a las Bases de licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
c) Aclaraciones a las Bases entregadas por SERVIU Valparaíso, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
d) Respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas en el portal www.mercadopublico.cl.
Para todos los efectos de la aplicación del Contrato, el Consultor tendrá su domicilio u oficina establecida en la Comuna de Valparaíso en la Región de Valparaíso.
Los Gastos que se deriven de la aplicación del contrato, será de cargo exclusivo del Consultor.
6. Que, conforme lo dispone el numeral 9.2° de las Bases Administrativas Especiales, de la Licitación Pública Nº 30/2021, el adjudicatario deberá garantizar el fiel, oportuno y total cumplimiento del contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, mediante la presentación de uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el porcentaje a caucionar. Esta garantía podrá entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Para garantizar el fiel, oportuno y total cumplimiento del contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores se aceptarán los siguientes documentos:
• Boleta de Garantía (física) o,
• Certificado de Fianza a la Vista (físico o electrónico) o,
• Póliza de Seguros (física o electrónica).
La garantía deberá ser entregada previo a la celebración del contrato y quedará bajo custodia del mandante.
La Garantía será por un monto equivalente al 5% del monto del contrato, pagadera a la vista, tomada por uno o varios integrantes del adjudicatario, de carácter irrevocable y deberá estar expresada en Unidades de Fomento (U.F.).
Dicha Garantía deberá indicar que, se trata de una Garantía a favor del SERVIU REGIÓN DE VALPARAÍSO; y deberá tener un vencimiento a un plazo fijo igual o superior a 60 días hábiles después de finalizado el plazo del contrato.
La Garantía antes señalada deberá ser presentada por el Consultor a SERVIU REGION DE VALPARAISO a más tardar en el plazo señalado en el numeral 7.4 de las Bases, ésta deberá presentarse física o electrónicamente, de acuerdo a lo señalado en el artículo 68, del decreto Nº250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
La glosa de la garantía será: “PARA GARANTIZAR EL FIEL, TOTAL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DENOMINADO: “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DE MEJORAMIENTO PLAZA RENACER, COMUNA DE RINCONADA” Y ASEGURAR EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES CON LOS TRABAJADORES DEL CONTRATANTE PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 30/2021, ADJUDICADO MEDIANTE RES. EX. N° _____ DE FECHA ____ DE____ DE _______”.
Cuando el contrato sea factible cuantificarlo por etapas, el Consultor podrá sustituir la garantía de fiel cumplimiento, entregando una garantía por el saldo del contrato a la fecha de sustitución, debiendo en todo caso respetar el porcentaje solicitado para la suscripción del contrato.
La devolución de las garantías se hará dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento, previa conformidad del Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del SERVIU.
7. En conformidad a lo establecido en el numeral 13° de las Bases Administrativas Especiales de la Licitación Pública Nº30/2021, la consultora PANTOJA CONSULTORES SPA. será responsable de dar estricto cumplimiento al contrato según lo establecido.
8. Procédase en todo lo demás, conforme a las Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, y demás antecedentes de la Licitación Pública Nº30/2021.
9. IMPÚTESE el monto de la presente Resolución de Contrato de acuerdo al siguiente detalle:
Sub – Titulo 31 Iniciativas de Inversión.-
Ítem 02 Proyectos.-
Asig. 002 Consultorías.-
B.I.P 30463052-0
Mejoramiento Plaza Renacer, Comuna de Rinconada.-
Monto Total
$26.593.450.-
10. PUBLÍQUESE el presente Acto Administrativo, en el Sistema de Información del Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
ANÓTESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
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