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1. Que el artículo primero de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece que los municipios son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas.
2. Que, en el marco de la Reforma de Salud, la Atención Primaria de Salud (APS) cumple un rol importante para el logro de los objetivos sanitarios, tales como: mejorar la salud de la población, disminuir las inequidades, aumentar la satisfacción usuaria y asegurar la calidad de las prestaciones.
3. Que, el Departamento de Salud Coquimbo como ente Administrador de la Red de Salud Municipal, debe garantizar que las prestaciones a la comunidad se brinden bajo el Modelo de Atención Integral de Salud Familiar (MAIS) con estándares de calidad y seguridad, optimizando los recursos disponibles y generando las condiciones para el funcionamiento de los establecimientos.
4. Que, los Centros de Salud Familiar (CESFAM) de la comuna, deben brindar prestaciones bajo el Modelo de Atención Integral de Salud Familiar y comunitario con un enfoque promocional y preventivo, cumpliendo con las normativas ministeriales y estándares de calidad y seguridad para promover la satisfacción usuaria.
5. Que, conforme lo prescrito en el artículo N°4, letra b) de la Ley 18695, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con la salud pública.
6. Que conforme lo establece el artículo 8°, de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, para el cumplimiento de sus funciones las municipalidades podrán celebrar convenios con otros órganos de la Administración del Estado en las condiciones que señale la ley respectiva, sin alterar las atribuciones y funciones que corresponden a los municipios.
7. Que, una vez determinada la necesidad de adquirir el bien o servicio, la unidad requirente revisó el Catálogo de Convenio Marco disponible en el portal de compras públicas, verificando que el producto o servicio a adquirir no se encuentra disponible para realizar la contratación mediante dicha modalidad de compra, optando por continuar la adquisición mediante licitación pública. Lo anterior, según lo prescrito en el artículo 35 bis de la Ley 19.886.
8. Que, es necesario contar con Suministro Equipos De Protección Personal, por ser elementos indispensables en actividad de riesgo para la integridad física.
9. La Guía de Requerimiento Nº 006-25 de fecha 08/01/2025 emitida por el Departamento de Salud Municipal, para contar con Suministro De Equipo Protección Personal 2025.
10. El Decreto Exento N°1088 de fecha 16/04/2025, que aprueba el llamado a licitación pública para contratar el Suministro De Equipo Protección Personal 2025.
11. La Ficha de licitación Nº ID 2448-68-LE25, emitida por el Sistema de Compras Públicas.
12. El Memo N° 77 de fecha 06/05/2025, emitido por el Encargado de Adquisiciones del Departamento de Salud a la Comisión Evaluadora del proceso en cuestión, donde se envían los antecedentes para revisar ofertas y emitir el respectivo Informe de Evaluación.
13. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples suscritas por los funcionarios evaluadores de la Licitación Pública ID 2448-68-LE25.
14. El Decreto Exento N° 1088 de fecha 16 de abril de 2025 que aprueba las bases técnicas y administrativas para el Suministro De Equipo Protección Personal 2025, mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
Nombre Rut Cargo
Tatiana Elgueta Peña 12.570.261-9 Encargada Unidad Prevención De Riesgos
Valeria Torres Mejias 18.757.171-5 Encargada De Gestión Y Desarrollo De Las Personas
Jaime Muñoz Alfaro 10.779.034-9 Director (S) Salud Y Cementerios
Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a lo establecido en las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
CRITERIO DESCRIPCIÓN
PORCENTAJE
Cumplimiento Requisitos Formales 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma.
No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante; tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora (sin necesidad de requerir aclaratoria, por tratarse de errores evidentes) en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma.
a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante.
b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora (sin necesidad de requerir aclaratoria, por tratarse de errores evidentes).
0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora. 13%
Comportamiento Contractual Anterior Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 6 meses en Mercado Público: 0 Punto
Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 6 meses en Mercado Público: 50 Puntos
Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 6 meses en Mercado Público: 100 Puntos 15%
Programa(s) de Integridad y Compliance De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa(s) de Integridad y Compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con Programas de Integridad y Compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por estos. 100 puntos.
No cuentan con Programas de Integridad y Compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal. 0 puntos. 2%
Plazo de Entrega (Menor Plazo ofertado/Plazo Evaluado) x 100.
El plazo mínimo a ofertar será de 2 días hábiles y el plazo máximo a ofertar será de 15 días hábiles. Las ofertas en las que no se indique plazo de entrega, o este sea superior a 15 días hábiles, serán evaluadas con 0 Pts.
El plazo de entrega ofertado debe considerar el producto puesto en bodega. Quienes oferten despacho y no Plazo de Entrega serán evaluadas con 0 Pts. El plazo de entrega ofertado debe ser en días hábiles, quienes oferten en días corridos serán evaluados con 0 puntos 40%
Oferta Económica (Oferta Económica Menor/Oferta Económica) x 100 30%
15. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
PROVEEDOR RUT PROVEEDOR OFERTA VALOR UNITARIO(NETO) OFERTA VALOR UNITARIO (C/IVA)
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 $ 479.233 $ 570.287
16. Que, la comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnica, otorgando los siguientes puntajes:
ÍTEM A.- COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (15%)
NOMBRE OFERENTE RUT RECLAMOS Puntos TOTAL
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 0 100 15,00
ÍTEM B.- PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE (2%)
NOMBRE OFERENTE RUT Cumple Puntos TOTAL
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 No 0 0
ÍTEM D.- PLAZO DE ENTREGA (40%)
NOMBRE OFERENTE RUT Tiempo Ofertado (días hábiles) Tiempo ofertado menor (días hábiles) Puntos TOTAL
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 3 3 100 40
ÍTEM E.- CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES (13%)
NOMBRE OFERENTE RUT CUMPLIMIENTO Puntos TOTAL
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 100 100 13,00
ÍTEM F.- OFERTA ECONÓMICA PROMEDIO (30%)
NOMBRE OFERENTE RUT Oferta económica promedio (IVA incluido) Oferta Menor Puntos TOTAL
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 $13.909 $13.909 100 30
I. PROPOSICIÓN DE ADJUDICACIÓN DE LA COMISIÓN
RESUMEN DE EVALUACIÓN
NOMBRE OFERENTE RUT PUNTAJE TOTAL
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 98
17. El Informe de Evaluación de fecha 20/05/2025, donde la comisión evaluadora declara no tener conflicto de intereses y propone adjudicar la licitación al oferente SORAYA ANICH ALLEL, R.U.T: 7.811.115-1, en virtud de tener el mayor puntaje ponderado, cumpliendo con los requisitos de adjudicación, aprobando en consecuencia el Acta de Evaluación N° 2448-68-LE25.
18. Que, el oferente SORAYA ANICH ALLEL, R.U.T: 7.811.115-1, se encuentra hábil en el Registro de Proveedores del Estado, según consta en Ficha del Proveedor adjunta.
19. Que, existe disponibilidad presupuestaria necesaria, para llevar a cabo la 2448-68-LE25. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N° 006-25 de fecha 08/01/2025 y el Certificado Disponibilidad Presupuestaria N° 729, de fecha 13/06/2025.
20. Que, de conformidad al artículo 63 letra i) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, al Alcalde le corresponde especialmente dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular.
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