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Que mediante Resolución Exenta N° 307, de fecha 11 de mayo de 2015, la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, autorizó el llamado a Licitación Pública, se aprobaron las Bases Técnicas, Administrativas, sus Anexos, y se designó integrantes de la Comisión Evaluadora del proceso de Licitación Pública, denominado “Estudio de Equivalencia entre la Normativa de Agricultura Orgánica Nacional y de Estados Unidos”.
2. Que con fecha 12 de mayo de 2015, se publicó el llamado a Licitación Pública para el requerimiento señalado en el considerando precedente, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal web www.mercadopublico.cl, bajo el ID N° 688-7-LE15.
Dentro del plazo y al cierre de su publicación, el 01 de junio de 2015, según consta en el Acto de Apertura Electrónica, del portal web www.mercadopublico.cl, se aceptaron y rechazaron las siguientes ofertas:
Proveedor
Nombre Oferta
Aceptar/Rechazar Requisitos
Alejandra Vergara Urquiza
Oferta para el Estudio de Equivalencia entre la Normativa de Agricultura Orgánica Nacional y de Estados Unidos
Oferta Aceptada
Facultad de Cs.Agronómicas - U.de Chile
Estudio de Equivalencia entre las Normativas para la Agricultura Orgánica Chilena y de los Estados Unidos de Norteamérica
Oferta Aceptada
iQonsulting
ESTUDIO DE EQUIVALENCIA ENTRE LA NORMATIVA DE AGRICULTURA ORGÁNICA NACIONAL Y DE ESTADOS UNIDOS
Oferta Rechazada: la presente propuesta ha sido declarada inadmisible, al no presentar, en tiempo y forma, la boleta de garantía de seriedad de la oferta exigida en el numeral 9.1 de las bases administrativas.
Juan Carlos Cuchacovich Gestión Hídrica Y Ambiental
Estudio de Equivalencia entre la Normativa de Agricultura Orgánica nacional y de EEUU
Oferta Aceptada
Benito Andrés (Servicios Comunitarios)
EQUIV. NORMAT. AGRICUL. ORGÁNICA NACIONAL Y EE.UU.
Oferta Rechazada: la presente propuesta ha sido declarada inadmisible, al no presentar, en tiempo y forma, la boleta de garantía de seriedad de la oferta exigida en el numeral 9.1 de las bases administrativas.
3. Que a continuación se detalla la evaluación obtenida por las propuestas que pasaron a la etapa de evaluación técnica y económica, de acuerdo a los criterios señalados en el punto N°12, de las Bases Administrativas.
Análisis de las Ofertas según los Criterios de Evaluación señalados en Resolución Exenta N° 307 de 2015
Puntaje asignado al criterio
Facultad de Cs. Agronómicas - U. de Chile
Juan Carlos Cuchacovich Gestión Hídrica y Ambiental
Alejandra Vergara Urquiza
PRECIO
10%
10,00%
9,52%
9,52%
Calidad Técnica de la Oferta
40%
40,00%
40,00%
40,00%
Experiencia del director del proyecto 30%
Perfil Profesional del director
15%
0,00%
0,00%
5,00%
Experiencia Profesional Relevante
15%
15,00%
15,00%
10,00%
Experiencia Equipo de Trabajo 15%
Perfil Profesional Equipo
8%
0,00%
0,00%
8,00%
Conformación del Equipo
7%
1,00%
7,00%
7,00%
Acciones Complementarias
3%
0,00%
1,00%
0,00%
Cumplimiento requisitos formales
2%
2,00%
2,00%
2,00%
Puntaje Total Obtenido
68,00%
74,52%
79,52%
4. Que a continuación la Comisión Evaluadora, nombrada para estos efectos mediante Resolución Exenta N° 307, de fecha 11 de mayo de 2015, detalla porque las ofertas que recibieron uno o cero puntos en algunos de los criterios de evaluación:
a) Facultad de Cs.Agronómicas - U.de Chile:
· Respecto del Criterio de Evaluación Perfil Profesional del director, la Comisión Evaluadora decidió en forma unánime asignar cero puntos, de conformidad a lo establecido en el numeral 12 de las Bases Administrativas, que establece que: “El oferente no acredita experiencia en el tema“. De acuerdo a lo anterior, el perfil profesional del director propuesto no acredita experiencia alguna en comparaciones de normativas alusivas al estudio requerido.
· Respecto del Criterio de Evaluación Perfil Profesional del Equipo, la Comisión Evaluadora decidió en forma unánime asignar cero puntos, de conformidad a lo establecido en el numeral 12 de las Bases Administrativas, que establece que: “La conformación del equipo y la acreditación de su experiencia no clasifica en ninguna de las categorías anteriores“. De acuerdo a lo anterior, el perfil profesional del equipo propuesto no cuenta con ningún integrante que acredite experiencia comparativa de normativas orgánicas.
· Respecto del Criterio de Evaluación Acciones Complementarias, la Comisión Evaluadora decidió en forma unánime asignar cero puntos, de conformidad a lo establecido en el numeral 12 de las Bases Administrativas, que establece que: “La propuesta no contempla acciones complementarias“, De acuerdo a lo anterior el oferente propone lo siguiente: “1. Asociado al objetivo específico 1, se incluirá en el Informe 1 un listado de los insumos permitidos en ambos países, ordenados de acuerdo a su finalidad (fertilizantes, pesticidas, fungicidas); 2. Asociado al objetivo específico 4, se incluirá en el Informe Final un documento que contendrá diagramas de cada uno de los procesos que constituyen el sistema de control, tanto chileno como norteamericano; 3. En el Informe Final, se agregará una matriz sintética de los productos logrados, indicando las semejanzas, diferencias y propuestas que pueden contribuir al logro de la equivalencia entre la normativa chilena y norteamericana“, lo propuesto por el oferente es parte de los productos esperados en el estudio, por lo tanto no se consideran como adicionales.
b) Juan Carlos Cuchacovich Gestión Hídrica y Ambiental:
· Respecto del Criterio de Evaluación Perfil Profesional del director, la Comisión Evaluadora decidió en forma unánime asignar cero puntos, de conformidad a lo establecido en el numeral 12 de las Bases Administrativas, que establece que: “El oferente no acredita experiencia en el tema“. De acuerdo a lo anterior, el perfil profesional del director propuesto no acredita experiencia alguna en comparaciones de normativas alusivas al estudio requerido.
· Respecto del Criterio de Evaluación Perfil Profesional del Equipo, la Comisión Evaluadora decidió en forma unánime asignar cero puntos, de conformidad a lo establecido en el numeral 12 de las Bases Administrativas, que establece que: “La conformación del equipo y la acreditación de su experiencia no clasifica en ninguna de las categorías anteriores“. De acuerdo a lo anterior, el perfil profesional del equipo propuesto no cuenta con ningún integrante que acredite experiencia comparativa de normativas orgánicas.
· Respecto del Criterio de Evaluación Acciones Complementarias, la Comisión Evaluadora decidió en forma unánime asignar un punto, de conformidad a lo establecido en el numeral 12 de las Bases Administrativas, que establece que: “La propuesta contempla una acción complementaria“, De acuerdo a lo anterior el oferente propone lo siguiente: “Trabajo de gabinete; Desarrollo Taller“, no obstante lo anterior, el “Trabajo de gabinete” propuesto por el oferente es parte de los productos esperados en el estudio, por lo tanto no se consideró como adicional.
c) Alejandra Vergara Urquiza:
· Respecto del Criterio de Evaluación Acciones Complementarias, la Comisión Evaluadora decidió en forma unánime asignar cero puntos, de conformidad a lo establecido en el numeral 12 de las Bases Administrativas, que establece que: “La propuesta no contempla acciones complementarias“, toda vez que el oferente no las señala en su oferta.
Aclaraciones a las Ofertas:
Dado que la propuesta presentada por Alejandra Vergara Urquiza presentó una inconsistencia respecto de los valores señalados en la ficha de presentación de ofertas, el Anexo N° 1 y la Propuesta Económica, fue necesario solicitar al oferente mediante la funcionalidad disponible en el portal web www.mercadopublico.cl “Aclaraciones Ofertas” que responda a lo siguiente:
“Estimada Oferente, Las bases de licitación establecen que los oferentes deberán indicar el VALOR NETO, tanto en la ficha de ofertas del portal web www.mercadopublico.cl, como también en el Anexo N° 1 formulario de presentación de ofertas, sin embargo, al evaluar vuestra oferta nos percatamos que existe una inconsistencia en los valores ofertados, en relación a lo siguiente: a) Su comprobante de ingreso de oferta y el Anexo N° 1 establecen que el monto neto ofertado es de $7.986.000- a lo que, según lo indicado en las bases de licitación, se le debiera agregar el 10% por concepto de retención de impuestos. b) En los archivos adjuntos de su oferta encontramos una “propuesta económica” en donde establece que el total a pagar es de $7.986.000.- (que incluye la retención de impuestos). Consulta: De acuerdo a lo anterior, solicitamos favor aclarar cuál de las dos opciones antes señaladas (a) o b)) es la que usted consideró para el presente proceso de licitación. Según lo establecido en el numeral 10 de las bases administrativas, el plazo máximo que tiene para dar respuesta a lo solicitado es de 24 horas, si no responde dentro de dicho plazo su oferta será considerada inadmisible y quedará fuera del proceso de evaluación”.
En respuesta a lo solicitado el oferente respondió:
“La respuesta es la respuesta b). El valor neto ofertado es $7.260.000 y el valor total a pagar $7.986.000. Hubo un error al redactar el anexo n°1”.
5. Que realizada la evaluación técnica y económica, el oferente que participó en la presente licitación y obtuvo el mayor puntaje es el siguiente:
Nombre del oferente que obtuvo mayor puntaje en la etapa de evaluación
Puntaje Obtenido
Alejandra Vergara Urquiza
79,52%
6. Que en conformidad a lo expuesto en los párrafos que anteceden y teniendo además en consideración el total cumplimiento de las exigencias establecidas en las Bases Administrativas y Técnicas publicadas, por parte del oferente antes individualizado y existiendo disponibilidad presupuestaria para la adjudicación, de acuerdo al certificado emitido por el Sub departamento de Contabilidad y Finanzas, que se adjunta y pasa a formar parte integrante del presente Acto Administrativo, la Comisión Evaluadora, por la unanimidad de sus integrantes, nombrada para estos efectos mediante Resolución Exenta N° 307, de fecha 11 de mayo de 2015, de ODEPA, declara bajo juramento que no tiene ningún tipo de conflicto de interés para actuar como evaluadora de las ofertas recibidas, recomendando a la Dirección Nacional de Odepa, adjudicar el proceso de Licitación Pública denominado “Estudio de Equivalencia entre la Normativa de Agricultura Orgánica Nacional y de Estados Unidos”, identificado en el portal web www.mercadopublico.cl bajo el ID 688-7-LE15, a doña Alejandra Vergara Urquiza, Cédula Nacional de Identidad N° 11.618.471-0.
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