|
CONSIDERANDO:
1.- Que, la ley N° 21.527, en adelante, la Ley, en su artículo 1° crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil como un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, bajo la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
2.- Que, el artículo 2° de la Ley, en cuanto a su objeto, establece que el Servicio es la entidad especializada responsable de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas en la ley N° 20.084, mediante el desarrollo de programas que contribuyan al abandono de toda conducta delictiva, a la integración social de los sujetos de su atención y a la implementación de políticas de carácter intersectorial en la materia;
3.- Que, el literal b) del artículo 13 de la Ley prescribe que corresponderá al Servicio ejecutar, directamente o a través de organismos acreditados, las medidas y sanciones aplicadas a los sujetos de atención en conformidad a la ley N° 20.084, conforme al modelo de intervención a que se refiere el Título II de la Ley;
4.- Que, el artículo 29 de la Ley establece que el Servicio establecerá un modelo de intervención de aplicación nacional y vinculante para la ejecución de sanciones y medidas, entendiéndose por tal un conjunto estructurado de acciones especializadas basadas en prácticas efectivas orientadas a modificar la conducta delictiva y a incidir en la plena integración social de los sujetos de atención del Servicio;
5.- Que, según lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 36 de la Ley, para aplicar el modelo de intervención señalado y cumplir sus funciones, el Servicio podrá contratar servicios de organismos externos sin fines de lucro, debidamente acreditados para ello. La acreditación se realizará por el Consejo de Estándares y Acreditación de conformidad a lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley, la que se otorgará únicamente a las personas jurídicas sin fines de lucro, cuyo objeto sea la ejecución de programas de reinserción social, y a las personas naturales, que cumplan con los requisitos legales y los estándares de acreditación que se encuentren vigentes, y serán acreditadas por un plazo máximo de tres años, renovable por igual periodo de forma consecutiva, siempre que se mantenga el cumplimiento de los estándares fijados para tal efecto;
6.- Que, de acuerdo con lo anterior, el proceso de acreditación de organismos ejecutores es una de las piedras angulares para el cumplimiento del objeto de la nueva institucionalidad, dado que a través de este proceso se acreditarán las instituciones que podrían resultar adjudicadas para la ejecución de los programas de intervención que dispone el servicio;
7.- Que, en este sentido, el artículo 37 de la ley N° 21.527, establece que “[l]a contratación de servicios con organismos acreditados y personas naturales acreditadas, se regirá por lo dispuesto en la ley N° 19.886, su reglamento, y las normas establecidas en la presente ley”;
8.- Que, el artículo 38 de la ley N° 21.527 regula que las respectivas licitaciones serán efectuadas a nivel regional, por las respectivas Direcciones Regionales del Servicio, mientras que la Dirección Nacional fijará los lineamientos y procedimientos para los procesos de licitación y realizará una planificación anual de los mismos. La regulación general de los procesos de licitación será establecida por la Dirección Nacional en las respectivas bases de licitación, las que se elaborarán conforme a los estándares de funcionamiento para los programas relacionados con la ejecución de las medidas y sanciones de la ley N° 20.084 aprobados por la indicada Resolución Exenta N° 008 de 2023, y al diseño de los programas acreditados por el Consejo de Estándares y Acreditación, aprobados mediante Resolución Exenta N° 009 de fecha 07 de septiembre de 2023, del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil;
9.- Que, a su turno, el artículo 45 de la citada Ley prescribe que el pago de los servicios contratados se efectuará por proyecto, en parcialidades del costo total del mismo, según la totalidad de las plazas convenidas y conforme a lo establecido en las bases de licitación. Para proceder al pago correspondiente, el organismo acreditado deberá demostrar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en los términos del inciso segundo del artículo 4° de la ley N° 19.886;
10.- Que, el inciso primero del artículo primero de las disposiciones transitorias de la Ley, dispone que ésta comenzará a regir en forma gradual transcurridos doce meses desde su publicación en el Diario Oficial, a saber, el 13 de enero de 2024, en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo; transcurridos veinticuatro meses desde su publicación en el Diario Oficial, el 13 de enero de 2025, en las regiones de Maule, Biobío, Ñuble, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y Magallanes y de la Antártica Chilena; y, transcurridos treinta y seis meses desde su publicación en el Diario Oficial (enero del año 2026), en las regiones de Valparaíso, Del Libertador General Bernardo O’Higgins, y Metropolitana de Santiago. Luego, la disposición referida prescribe en su inciso final, que el proceso de contratación de servicios con organismos acreditados deberá iniciarse con, al menos, tres meses de antelación a la fecha en que corresponda la aplicación de la Ley en las respectivas regiones, en los términos ya indicados, por lo que resulta indispensable llevar a cabo el proceso para garantizar la oferta;
11.- Que, a fin de proveer la oferta programática, mediante Resolución N° 11 de 2025 de este Servicio, se aprobó el formato tipo de bases administrativas, bases técnicas, y sus anexos, para la contratación de servicios con organismos acreditados, referidos a la ejecución de programas para el cumplimiento de las medidas y sanciones de la ley N° 20.084, las cuales han sido tomadas de razón con alcances por la Contraloría General de la República con fecha 01 de septiembre de 2025;
12.- Que, a través de Resolución Exenta N°278, de fecha 16 de septiembre de 2025, se autorizó el llamado a licitación pública para la contratación de servicios con organismos acreditados, referidos a la ejecución de programas para el cumplimiento de las medidas y sanciones de la ley N° 20.084, de acuerdo a formato tipo aprobado por Resolución N° 11 de 2025 referida previamente, en la región de Los Ríos, bajo el ID 1426100-3-LR25, las que fueron publicadas el día 16 de septiembre de 2025 en el Portal de Mercado Público.
13.- Que, con fecha 06 de octubre de 2025, se dio respuesta en tiempo y forma a las preguntas y/o solicitudes de aclaración formuladas a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en las bases administrativas, cuyas respuestas fueron aprobadas mediante Resolución Exenta N° 0292 de fecha 06 de octubre de 2025;
14.- Que, mediante Resolución Exenta N°0314, de fecha 20 de octubre de 2025, se designaron a los integrantes de la comisión evaluadora de ofertas para la licitación en comento.
15.- Que, con fecha 16 de septiembre de 2025, se realizó la apertura electrónica de las ofertas de la Licitación Pública singularizada precedentemente, recepcionándose las siguientes ofertas, según consta en el Acta de Apertura Electrónica, contenida en el portal:
A) Programa Libertad Asistida Especial
Oferentes RUT
CORPORACIÓN DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 71.715.000-7
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1
B) Programa Libertad Asistida Simple
Oferentes RUT
CORPORACIÓN DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 71.715.000-7
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1
C) Programa Medida Cautelar Ambulatoria
Oferentes RUT
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1
D) Programa Salida Alternativa
Oferentes RUT
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1
E) Programa Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño
Oferentes RUT
CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE LA ASOCIACION CRISTIANA DE JOVENES 71.940.000-0
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1
16.- Que, posteriormente, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, de fecha 12 de noviembre de 2025, adjunta, la Comisión Evaluadora procedió a revisar el ingreso de los antecedentes administrativos de las ofertas presentadas por los proponentes singularizados en el considerando precedente, de acuerdo con el siguiente detalle:
Oferentes Programa Garantía de seriedad de la oferta (electrónica) ANEXO N° 3: Firma de Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar en línea
1) Formato de declaración jurada de requisitos para ofertar (Solo UTP) 6) Servicios a Subcontratar (cuando corresponda)
CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE LA ASOCIACION CRISTIANA DE JOVENES Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño N/A N/A N/C S/C
Oferentes Programa Garantía de seriedad de la oferta (electrónica) ANEXO N° 3: Firma de Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar en línea
1) Formato de declaración jurada de requisitos para ofertar (Solo UTP) 6)Servicios a Subcontratar (cuando corresponda)
CORPORACIÓN DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION Libertad Asistida Especial S/C N/A S/C S/C
Libertad Asistida Simple N/A N/A S/C S/C
Oferentes Programa Garantía de seriedad de la oferta (electrónica) ANEXO N° 3: Firma de Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar en línea
1) Formato de declaración jurada de requisitos para ofertar (Solo UTP) 6)Servicios a Subcontratar (cuando corresponda)
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO Libertad Asistida Especial S/C N/A S/C S/C
Libertad Asistida Simple N/A N/A S/C S/C
Medida Cautelar Ambulatoria N/A N/A S/C S/C
Salida Alternativa N/A N/A S/C S/C
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño N/A N/A S/C S/C
Oferentes Programa Programa de Integridad Anexo N°3:
4) Declaración Jurada de Programas de Integridad y su difusión. Medio de Acreditación de su Difusión
CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE LA ASOCIACION CRISTIANA DE JOVENES Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño N/C N/C N/C
Oferentes Programa Programa de Integridad Anexo N°3:
4) Declaración Jurada de Programas de Integridad y su difusión. Medio de Acreditación de su Difusión
CORP DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION Libertad Asistida Especial S/C S/C S/C
Libertad Asistida Simple S/C S/C S/C
Oferentes Programa Programa de Integridad Anexo N°3:
4) Declaración Jurada de Programas de Integridad y su difusión. Medio de Acreditación de su Difusión
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO Libertad Asistida Especial S/C S/C S/C
Libertad Asistida Simple S/C S/C S/C
Medida Cautelar Ambulatoria S/C S/C S/C
Salida Alternativa S/C S/C S/C
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño S/C S/C S/C
17.- Que, posteriormente, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, de fecha 12 de noviembre de 2025, adjunta, la Comisión Evaluadora procedió a revisar el ingreso de los antecedentes técnicos presentados por los proponentes singularizados anteriormente, de acuerdo con el siguiente detalle:
Oferentes Programa ANEXO N°3
3) Declaración Jurada de cumplimiento de requisitos mínimos técnicos 7)Carta compromiso referente al mecanismo de verificación y monitoreo de inhabilidades para trabajar con menores de edad 8)Carta compromiso referente al recurso humano 9)Declaración Jurada relativa a disponibilidad o compromiso de inmueble
CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE LA ASOCIACION CRISTIANA DE JOVENES
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño N/C N/C N/C N/C
Oferentes Programa ANEXO N°3
3)Declaración Jurada de cumplimiento de requisitos mínimos técnicos 7)Carta compromiso referente al mecanismo de verificación y monitoreo de inhabilidades para trabajar con menores de edad 8)Carta compromiso referente al recurso humano 9)Declaración Jurada relativa a disponibilidad o compromiso de inmueble
CORPORACIÓN DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION Libertad Asistida Especial S/C S/C S/C S/C
Libertad Asistida Simple S/C S/C S/C S/C
Oferentes Programa ANEXO N°3
3)Declaración Jurada de cumplimiento de requisitos mínimos técnicos 7)Carta compromiso referente al mecanismo de verificación y monitoreo de inhabilidades para trabajar con menores de edad 8)Carta compromiso referente al recurso humano 9)Declaración Jurada relativa a disponibilidad o compromiso de inmueble
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO Libertad Asistida Especial S/C S/C S/C S/C
Libertad Asistida Simple S/C S/C S/C S/C
Medida Cautelar Ambulatoria S/C S/C S/C S/C
Salida Alternativa S/C S/C S/C S/C
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño S/C S/C S/C S/C
Oferentes Programa Anexo N°5
CORP DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION Libertad Asistida Especial S/C
Libertad Asistida Simple S/C
Oferentes Programa Anexo N°5
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO Libertad Asistida Especial S/C
Libertad Asistida Simple S/C
Medida Cautelar Ambulatoria S/C
Salida Alternativa S/C
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño S/C
18.- Que, posteriormente, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, de fecha 12 de noviembre de 2025, adjunta, la Comisión Evaluadora procedió a revisar el ingreso de los antecedentes económicos de las ofertas presentadas por los proponentes, de acuerdo con el siguiente detalle:
Oferentes Programa ANEXO N° 2: Oferta Económica
CORP DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION Libertad Asistida Especial S/C
Libertad Asistida Simple S/C
Oferentes Programa ANEXO N° 2: Oferta Económica
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO Libertad Asistida Especial S/C
Libertad Asistida Simple S/C
Medida Cautelar Ambulatoria S/C
Salida Alternativa S/C
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño S/C
19.- Que, posteriormente, y según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, de fecha 12 de noviembre de 2025, la Comisión Evaluadora, habiendo analizado los antecedentes administrativos, técnicos, económicos y el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad con los que debían cumplir los oferentes, procedió a evaluar la oferta de los proponentes, en atención a que cumplen con los requisitos de admisibilidad establecidos en las Bases de Licitación y con el ingreso de los antecedentes administrativos, técnicos y económicos, de acuerdo a los criterios y subcriterios de evaluación y sus ponderaciones previamente establecidos en la Bases de Licitación, y que a continuación se indican:
CRITERIO POND. SUB-CRITERIO POND. FACTOR POND.
Técnico 80% DIMENSIÓN I: TÉCNICA 60% Diagnóstico Territorial. 10%
Caracterización Sujeto de Atención en el territorio. 10%
Recursos Intersectoriales disponibles con fines de reinserción. 15%
Intervenciones con familia. 15%
Incorporación del enfoque de Interculturalidad. 15%
Incorporación del enfoque de género. 15%
Incorporación de Enfoque de Participación en la Gestión del Caso 20%
DIMENSIÓN II: RECURSOS HUMANOS 30% Recursos Humanos y Propuesta de organización del equipo técnico según Norma Técnica del SRJ. 100%
DIMENSIÓN III: INFRAESTRUCTURA 10% Ubicación de la Sede 100%
Económico 15% Valorización de la oferta 100% - -
Administrativo 5% Formalidad de la Oferta. 40% - -
Programas de Integridad 60% - -
Comportamiento contractual anterior (descuento de acuerdo con el numeral 15.2.3. de las bases administrativas).
20.- Que, según consta en el Acta de Evaluación, las ofertas presentadas por los proponentes que dieron cumplimiento a las condiciones establecidas en las Bases de Licitación obtuvieron el siguiente puntaje en el Criterio Técnico, de acuerdo con lo señalado en el punto 15.2.1 del título II. “BASES ADMINISTRATIVAS”:
Programa Oferentes Dimensión I Dimensión II Dimensión III Puntaje Criterio Técnico
Puntaje Ponderado
Criterio Técnico
PJE POND PJE POND PJE POND
Libertad Asistida Especial CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 44,25 30 5 79,25 63,40
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 60 30 10 100 80
Libertad Asistida Simple CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 44,25 15 5 64,25 51,40
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 56,25 30 10 96,25 77
Medida Cautelar Ambulatoria CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 60 30 10 100 80
Salida Alternativa CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 58,50 30 10 98,50 78,80
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 51 30 10 91 72,80
21.- Que, según consta en el Acta de Evaluación, las ofertas presentadas por los proponentes que dieron cumplimiento a las condiciones establecidas en las Bases de Licitación obtuvieron el siguiente puntaje en el Criterio Económico, de acuerdo con lo señalado en el punto 15.2.2 del título II. “BASES ADMINISTRATIVAS”:
EVALUACIÓN ECONÓMICA
Programa Oferentes Valor bruto oferta económica ($) Menor valor ofertado en la línea ($) Puntaje criterio económico Puntaje Económico Ponderado
Libertad Asistida Especial CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 551.645.040 551.645.040 100 15
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 582.149.760 94,75 14,21
Libertad Asistida Simple CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 289.352.688 289.352.688 100 15
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 289.352.724 99,99 14,99
Medida Cautelar Ambulatoria CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 263.725.884 263.725.884 100 15
Salida Alternativa CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 159.536.412 159.536.412 100 15
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 136.563.288 136.563.288 100 15
22.- Que, según consta en el Acta de Evaluación, las ofertas presentadas por los proponentes que dieron cumplimiento a las condiciones establecidas en las Bases de Licitación obtuvieron el siguiente puntaje en el Criterio Administrativo, de acuerdo con lo señalado en el punto 15.2.3 del título II. “BASES ADMINISTRATIVAS”:
Programa Oferentes Descripción Puntaje Puntaje Ponderado
Libertad Asistida Especial CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION El Servicio no requiere antecedentes o certificaciones adicionales a lo presentado en la oferta. 100 40
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO El Servicio no requiere antecedentes o certificaciones adicionales a lo presentado en la oferta. 100 40
Libertad Asistida Simple CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION El Servicio no requiere antecedentes o certificaciones adicionales a lo presentado en la oferta. 100 40
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO El Servicio no requiere antecedentes o certificaciones adicionales a lo presentado en la oferta. 100 40
Medida Cautelar Ambulatoria CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO El Servicio no requiere antecedentes o certificaciones adicionales a lo presentado en la oferta. 100 40
Salida Alternativa CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO El Servicio no requiere antecedentes o certificaciones adicionales a lo presentado en la oferta. 100 40
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO El Servicio no requiere antecedentes o certificaciones adicionales a lo presentado en la oferta. 100 40
23.- Que, de acuerdo con lo expresado en los considerandos anteriores, y conforme a lo establecido en el punto 15.3. “PUNTAJE FINAL”, de las Bases Administrativas de Licitación, el puntaje final obtenido por los proponentes que dieron cumplimiento a las condiciones y requisitos de admisibilidad establecidos en las Bases de Licitación es el siguiente:
Puntaje Final = Puntaje Técnico + Puntaje Económico + Puntaje Administrativo.
Programa Oferentes Criterio Técnico
(80%) Criterio Económico
(15%) Criterio Administrativo
(5%) Desc. Comp. Contractual (-) Puntaje Final
PJE POND PJE POND PJE POND
Libertad Asistida Especial CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 79,25 63,40 100 15 100 5 0 83,40
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 100 80 94,75 14,21 100 5 0 99,20
Libertad Asistida Simple CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 64,25 51,40 100 15 100 5 0 71,40
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 96,25 77 100 15 100 5 0 97
Medida Cautelar Ambulatoria CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 100 80 100 15 100 5 0 100
Salida Alternativa CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 98,50 78,80 100 15 100 5 0 98,80
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 91 72,80 100 15 100 5 0
92,80
24.- Que, se realizó descuento por comportamiento contractual anterior de acuerdo con la información proveída por el Portal de Mercado Público, de acuerdo con lo que sigue:
Programa Oferentes Nota Merc. Pub. Desc.
Libertad Asistida Especial CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 5 N/A
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 5 N/A
Libertad Asistida Simple CORPORACION DE OPORTUNIDAD Y ACCION SOLIDARIA, OPCION 5 N/A
CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 5 N/A
Medida Cautelar Ambulatoria CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 5 N/A
Salida Alternativa CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 5 N/A
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 5 N/A
25.- Que, según consta en la conclusión del Acta de Evaluación de Ofertas, de fecha 12 de noviembre de 2025, la Comisión Evaluadora, habiendo analizado los antecedentes administrativos, técnicos y económicos y el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad por parte de los oferentes, y aplicados los criterios y ponderaciones de la Evaluación Técnica, Económica y Administrativa, propuso al Director Regional, por la unanimidad de sus miembros, adjudicar la Licitación Pública ID 1426100-3-LR25, para la contratación de servicios con organismos acreditados, referidos a la ejecución de programas para el cumplimiento de las medidas y sanciones de la ley N°20.084, en la región de Los Ríos, al proponente CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/ CIUDAD DEL NIÑO, RUT 70.037.600-1, por un monto máximo de $1.431.328.068.- (mil cuatrocientos treinta y un millones trescientos veintiocho mil sesenta y ocho pesos), impuestos incluidos, en atención a que cumplió con los requisitos de admisibilidad establecidos en las Bases de Licitación y con el ingreso de los antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos, por obtener el mayor puntaje final y por considerar que sus ofertas son convenientes a los intereses de este Servicio;
Programa Oferente RUT Monto Total
del Contrato
(Iva incluido)
Libertad Asistida Especial CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1 582.149.760
Libertad Asistida Simple CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1 289.352.724
Medida Cautelar Ambulatoria CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1 263.725.884
Salida Alternativa CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1 159.536.412
Servicio Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO/CIUDAD DEL NIÑO 70.037.600-1 136.563.288
26.- Que, el oferente Corporación de Desarrollo Social de la Asociación Cristiana de jóvenes no cumple con el anexo número 3 en los puntos 3 declaración jurada de cumplimiento de requisitos mínimos técnicos, 7 carta compromiso referente el mecanismo de verificación y monitoreo de inhabilidades para trabajar con menores de edad, 8 carta de compromiso referente al recurso humano y 9 declaración jurada relativa a disponibilidad o compromiso de inmueble, quedando su oferta inadmisible.
27.- Que, revisados los antecedentes en el portal de Mercado Público del proveedor que resultó seleccionado, a la fecha de emisión del informe de evaluación se encuentra en estado “Hábil”;
28.- Que, los recursos que involucra la presente contratación están considerados en el presupuesto del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°25, emitido por el Director Regional de Los Ríos, con fecha 28 de noviembre de 2025, por tanto,
|