|
Resolución de Acta de Adjudicación
|
Adquisición Nº
1409-27-LQ22
Adjudicación Informada en portal el
6/10/2022 14:39
|
|
|
En
Puerto Montt,
06-10-2022
|
|
Nro de
Resolución
Exenta N° 09/8/0376
|
|
|
|
|
Vistos
|
|
a) Lo establecido en el DFL N°1/N° 19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
b) Lo dispuesto en la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
c) Las disposiciones contenidas en la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (H) N° 250 del 2004.
d) Lo dispuesto en la Ley Nº 16.752, que Fija Organización y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil.
e) Lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 1 del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, de fecha 06 de enero de 2021, que pone término y nombra en cargos a Oficiales de la Fuerza Aérea de Chile.
f) La Resolución N° 7 de fecha 26 de marzo de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y la Resolución N° 16 de fecha 30 de noviembre de 2020, que determina los montos en unidades tributarias mensuales a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y establece controles de reemplazo cuando corresponda, de la Contraloría General de la República.
g) El PRO LOG 01, que regula el procedimiento de Adquisición de Bienes Muebles, Contratación de Servicios y Gestión de Contratos de la DGAC.
h) La delegación de atribuciones contenidas en la Resolución de la Dirección General de Aeronáutica Civil Nº 358 de fecha 29 de agosto de 2016, modificada mediante Resolución Exenta N° 5 de fecha 28 de enero de 2019.
i) La Resolución N ° 491048 de fecha 13 de septiembre de 2016, que nombra como jefe de la Zona Aeroportuaria Sur al Sr. Manuel Quinteros Rodríguez, y lo dispuesto en el artículo 80 de la ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo) en materia de subrogancia de cargos.
j) La Resolución Exenta N° 09/8/0315 de fecha 31 de agosto de 2022, que dispone llamado a propuesta pública ID 1409-27-LQ22 para la adquisición de mobiliario técnico para el Aeropuerto el Tepual, aprueba bases de Licitación y nombra comisión evaluadora que indica.
k) La Resolución Exenta N° 09/8/0337 de fecha 14 de septiembre de 2022, que dispone nuevo plazo para el cierre de recepción de las ofertas en la propuesta pública ID 1409-27-LQ22.
|
|
Considerando
|
|
a) La necesidad de la Dirección General de Aeronáutica Civil Zona Aeroportuaria Sur, Aeropuerto el Tepual de Puerto Montt, en conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias señaladas en los Vistos de la presente resolución.
b) Que, se ha podido constatar que no existen proveedores para la adquisición del mobiliario precitados en la letra precedente, en el catálogo electrónico de Convenio Marco de la plataforma www.mercadopublico.cl de la Dirección de Compras y Contratación Pública, dándose cumplimiento a los prescrito en el artículo 14 del Decreto Nº 250, del año 2004, del Ministerio de Hacienda que aprobó el reglamento de la Ley Nº 19.886.
c) Que, con fecha 23 de septiembre de 2022 se efectuó la apertura electrónica de la propuesta publica ID N° 1409-27-LQ22, acto en el cual se presentaron cuatro (4) ofertas correspondientes a las siguientes empresas:
• BASH MUEBLES DE OFICINA LIMITADA, RUT: 84.702.300-7.
• DISTRIBUIDORA MUEBLES ASENJO LIMITADA, R.U.T.:77.208.692-K.
• COMERCIAL E INDUSTRIAL MUEBLES ASENJO LIMITADA, R.U.T.: 77.018.060-0.
• MUEBLES SANTIAGO SPA, R.U.T.: 76.369.344-9.
d) Que, la Comisión Evaluadora, procedió a evaluar las ofertas aceptadas, evaluación que consta en Informe de fecha 27 de septiembre de 2022, del cual se desprende la siguiente información que refleja el resultado de la aplicación de los criterios de evaluación contemplados, documento adjunto en el proceso de adjudicación “Pauta de evaluación”.
e) Que, la Comisión Evaluadora define en el punto IV.- SUGERENCIA DE ADJUDICACIÓN, “En atención al proceso de Licitación ID 1409-27-LQ22, realizada a través de www.mercadopublico.cl, y respecto a la revisión de las ofertas realizadas, por la comisión evaluadora, teniendo en consideración los resultados en base a la Criterios de inadmisibilidad, parámetros evaluables como la Evaluación Técnica, Evaluación Económica y Cumplimiento de los Requisitos formales en la presentación de las ofertas, se sugiere adjudicar el presente proceso de licitación por partidas a los distintos oferentes, cabe mencionar que tomando en consideración las necesidades surgidas por deficiencias del proyecto 4ta Concesión detectadas en esta etapa, se consideró la adjudicación de ciertos ítems ofertados y aumentar el presupuesto informados en las bases administrativas por las necesidades del servicio para la implementación del mobiliario administrativo del Aeropuerto el Tepual”.
f) Que, conforme ha certificado de disponibilidad presupuestaria N° P-22705 de fecha 30 de septiembre de 2022, la Institución cuenta con el presupuesto disponible para el financiamiento para la adquisición del mobiliario administrativo para el Aeropuerto el Tepual.
g) Que, de acuerdo a lo informado en bases administrativas de Licitación Pública N° 1409-27-LQ22, en el punto X “ACTOS PREPARATORIOS DEL CONTRATO”: LA DGAC PODRÁ EFECTUAR UNA ADJUDICACIÓN MÚLTIPLE. EN ESE CASO, SI UNA O MÁS ADJUDICACIONES CORRESPONDEN A UN VALOR TOTAL IGUAL O SUPERIOR A 1000 UTM, LA DGAC CELEBRARÁ UN CONTRATO DE COMPRAVENTA CON EL OFERENTE FAVORECIDO. POR SU PARTE, CUANDO LA ADJUDICACIÓN SEA INFERIOR A 1000 UTM, LA CONTRATACIÓN RESULTANTE SE VERIFICARÁ CON LA EMISIÓN DE LA O LAS ÓRDENES DE COMPRA RESPECTIVAS.
|
|
Resuelvo
|
|
1. Adjudicase la propuesta publica ID N° 1409-27-LQ22 efectuada para la para la adquisición del mobiliario administrativo para el Aeropuerto el Tepual, conforme a la evaluación contenida en el informe elaborado por la Comisión Evaluadora, señalado en el literal d) de los Considerando del presente acto administrativo, a las siguientes empresas:
Sr. BASH MUEBLES DE OFICINA LIMITADA, RUT: 84.702.300-7, por un monto de $18.684.197.- IVA incluido.
Sr. DISTRIBUIDORA MUEBLES ASENJO LIMITADA, R.U.T.: 77.208.692-K, por un monto de $72.908.106.- IVA incluido.
Sr. COMERCIAL E INDUSTRIAL MUEBLES ASENJO LIMITADA, R.U.T.: 77.018.060-0, por un monto de $52.134.024.- IVA incluido.
Sr. MUEBLES SANTIAGO SPA, R.U.T.: 76.369.344-9, por un monto de $3.020.220.- IVA incluido.
2. El precio total de la presente adquisición asciende a la suma de $146.746.547.- (Ciento cuarenta y seis millones setecientos cuarenta y seis mil quinientos cuarenta y siete pesos) I.V.A incluido, y deberá imputarse al presupuesto asignado al Aeropuerto el Tepual para el año 2022 conforme al siguiente detalle:
PROVEEDOR R.U.T. C.F. U.E. SUBT ITEM/ASIG SPROD ACT TPPTO TAREA C.C. TOTAL
BASH MUEBLES DE OFICINA LIMITADA 84.702.300-7 33 3301 22 04-001 313 4 2 1023 1116 $18.684.197.-
DISTRIBUIDORA MUEBLES ASENJO LIMITADA 77.208.692-K 33 3301 22 04-001 313 4 2 1023 1116 $72.908.106.-
COMERCIAL E INDUSTRIAL MUEBLES ASENJO LIMITADA 77.018.060-0 33 3301 22 04-001 313 4 2 1023 1116 $52.134.024.-
MUEBLES SANTIAGO SPA 76.369.344-9 33 3301 22 04-001 313 4 2 1023 1116 $3.020.220.-
3. Nombrase a los siguientes funcionarios como inspectores fiscales de la presente adquisición, quienes deberán velar por el adecuado cumplimiento de la respectiva orden de compra por parte del proveedor en coordinación con la bodega de abastecimiento:
• Sr. Alexis Téllez Díaz. (Titular)
• Sr. Víctor Carrasco Negrete. (Subrogante)
4. Notifíquese a los inspectores fiscales, designado en el numeral anterior, de su respectivo nombramiento, entregándole en dicho acto copia de la presente Resolución y de todos los antecedentes que le permitan el adecuado cumplimiento de sus obligaciones y funciones.
5. Una vez tramitada la presente Resolución, procédase a la confección de la respectiva orden de compra y demás acciones en el portal Mercado Público.
6. Los antecedentes que dieron origen a la presente Resolución serán archivados en la Oficina Logística del Aeropuerto el Tepual de Puerto Montt.
|
|
Acta Adjudicación
|
|
Organismo Demandante
|
|
Razón Social
|
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
|
|
Unidad de Compra
|
UNIDAD DE COMPRA PUERTO MONTT
|
|
R.U.T.
|
61.104.000-8
|
|
Dirección
|
Aeropuerto El Tepual
|
|
Comuna
|
Puerto Montt
|
|
Ciudad en que se genera la Adquisición
|
Región de los Lagos
|
|
|
Datos del Contacto para esta Licitación
|
|
Nombre Completo
|
Rocío Marin Chambla
|
|
Cargo
|
Adquisiciones
|
|
Teléfono
|
56-61-2745575
|
|
Fax
|
--
|
|
E-Mail
|
|
|
|
Datos de la Adquisición
|
|
Número de Adquisición
|
1409-27-LQ22
|
|
Nombre de Adquisición
|
MOBILIARIO ADMINISTRATIVO AEROPUERTO EL TEPUAL
|
|
Tipo de Adquisición
|
Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
|
|
Descripción
|
Se requiere adquirir mobiliario administrativo para dependencias del Aeropuerto el Tepual.
|
|
Tipo de Convocatoria
|
ABIERTO
|
|
Moneda
|
Peso Chileno
|
|
Fecha de Publicación
|
1/9/2022 15:14
|
|
Fecha de Cierre
|
22/9/2022 17:00
|
|
Tipo de Adjudicación
|
Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
|
|
Monto Neto Adjudicado
|
$ 123.316.426
|
|
Monto Neto Estimado del Contrato
|
$ 123.316.426
|
|
Análisis de valores de mercado
|
Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Comisión Evaluadora
|
| 9.018.017-7 | JUAN C. MUÑOZ VELASQUEZ | PUERTO MONTT |
| 12.458.156-7 | Roberto Ortiz Sierra | |
| 13.405.174-4 | ARIS DAVID ITURRA SOTO | |
|
|
|
|
Resultado de la Adjudicación
|
|
| |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|