Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 1002584-15-LP25
Adjudicación Informada en portal el
28/1/2026 16:51

En Santiago, 28-01-2026
Nro de Resolución 143
Vistos
Lo dispuesto en la Ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la Ley Nº 21.796, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026; en la Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el DFL 1-19653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886; en la Ley N° 21.634 del Ministerio de Hacienda que Moderniza la Ley N° 19.886; en el Decreto Exento N° 87 de 2024, del Ministerio de Educación que designa a don Rodrigo Egaña Baraona en el cargo de Director de la Dirección de Educación Pública; en Resolución Exenta N ° 2.229, de 2025, de la Dirección de Educación Pública, que autorizó el llamado a Licitación y aprobó las Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos y designó a la Comisión Evaluadora del proceso licitatorio ID N°1002584-15-LP25; en Resolución Exenta N° 65, de 2026, de la Dirección de Educación Pública, que declara inadmisibles las ofertas que se indican, y adjudica la licitación pública ID N° 1002584-15-LP25; en Carta de desistimiento formal del proveedor Soluciones en Recursos Humanos, de fecha 21 de enero de 2026; en el Acta de Evaluación Técnica y Económica de la Licitación Pública ID N°1002584-15-LP25; en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 81, de 2026, emitido por el Subdepartamento de Finanzas Institucionales; en el Certificado de Habilidad del proveedor Assertive Consulting Group Limitada; en la Resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando
1. Que, la Ley N° 21.040, crea la Dirección de Educación Pública, en adelante Dirección o DEP indistintamente, cuya finalidad principal es la conducción estratégica y coordinada del Sistema de Educación Pública, correspondiéndole a su director, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la citada norma, entre otras funciones, su dirección y administración, así como también la ejecución de actos y celebración de los contratos necesarios para el cumplimiento de sus fines; 2. Que, con la finalidad de contratar el “Servicio de reclutamiento y selección de personas para los concursos internos de ingreso a la planta de los Servicios Locales de Educación Pública”, mediante Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025, de este origen, se autorizó el llamado a Licitación Pública y aprobó las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y designó a la Comisión Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799. Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link: https://doc.digital.gob.cl/validador/KS7KN7-086 Evaluadora del proceso licitatorio ID N°1002584-15-LP25, publicándose con fecha 03 de diciembre de 2025 en el portal de mercado público; 3. Que, efectuada la apertura de las ofertas, liberándolas en el Sistema de Información, se constató que a la licitación antes dicha se presentaron ofertas por los siguientes interesados: Proveedor RUT 1. Adistra Comercial Limitada 79.553.350-9 2. Asesorías Right Consulting Limitada 76.393.526-4 3. Assertive Consulting Group Limitada 76.245.365-7 4. B & G Chile Spa 76.820.523-k 5. Geperex Spa 78.110.793-k 6. Servicios de Capital Humano SOS Group Spa 76.817.135-1 7. Soluciones en Recursos Humanos Spa 76.212.913-2 4. Que, con fecha 08 de enero de 2026, se constituyó la Comisión Evaluadora, previamente designada, dejando constancia de lo obrado en Acta de Evaluación Técnica y Evaluación Económica, de misma fecha, que se adjunta al presente acto; 5. Que, mediante Resolución Exenta N° 65, de fecha 16 de enero de 2026, la Dirección de Educación Pública declaró inadmisible las ofertas indicadas y adjudica al proveedor Soluciones en recursos humanos Spa, la licitación pública denominada “Servicio de reclutamiento y selección de personas para los concursos internos de ingreso a la planta de los Servicios Locales de Educación Pública”; 6. Que, sin embargo, el proveedor mediante carta, de fecha 21 de enero de 2026, manifiesta su decisión sobre desistirse de la adjudicación del proceso licitatorio ID N°1002584-15-LP25, indicando que su capacidad operativa real es menor a la necesaria para el proyecto de la licitación; 7. Que, a su respecto, las Bases Administrativas, establecen en el acápite 15, literal ii, sobre readjudicación “La Dirección de Educación Pública podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo, toda vez que se produzca alguna de las siguientes situaciones: c) Si el adjudicatario mediante comunicación formal a la DEP se desistiera de su oferta”; 8. Que, resulta armónico con lo expuesto el artículo 58 del Decreto N° 661, de 2024, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886, que dispone, en lo pertinente: “[…] la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje […]”; 9. Que, en dicho contexto resulta necesario recordar el Acta de Evaluación, que así las cosas en primer término, la Comisión Evaluadora revisó la presentación de los antecedentes, constatando que los oferentes adjuntaron la totalidad de los antecedentes respecto de la presentación de la oferta. Sin embargo, la Comisión observó lo siguiente; Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799. Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link: https://doc.digital.gob.cl/validador/KS7KN7-086 N° Proveedor Observación Causal 1 Adistra Comercial Limitada Presentó una oferta económica a través del portal por un total de $84.000.000 (ochenta y cuatro millones) IVA incluido. No obstante, lo anterior en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”, indica que el valor total del servicio es de $84.490.000 IVA incluido. Incumple lo establecido en las Bases Administrativas, en el apartado octavo sobre las ofertas, en el literal vi, sobre ingreso de oferta económica, en el párrafo quinto, en lo que interesa, señala: (…) en el caso de ser distintas las ofertas económicas realizadas mediante el portal de mercado publico y el anexo respectivo, de igual manera serán declaradas inadmisibles”, aprobadas mediante Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025. 2 B & G Chile Spa Mediante Anexo N° 6 “Consultor Jefe” individualiza a la profesional Nailis Blandin Pereira e indicó cuatro proyectos en que participó en el rol de Consultor Jefe o similar. Incumple lo establecido en las Bases Técnicas, literal f sobre equipo consultor, que señala: “(…) El consultor jefe deberá ser informado mediante el Anexo N° 6, y deberá cumplir los requisitos que a continuación se detallan, siendo uno de ellos contar con la participación de en un mínimo de 5 proyectos de servicio de reclutamiento y selección de personas como consultor jefe, en los últimos 5 años contados desde el cierre de la licitación. En caso de no informar consultor jefe o que éste no cumpliera los requisitos, la oferta será declara inadmisible” aprobadas mediante Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025. 3 Servicios de capital humano SOS Group Spa Presentó una oferta económica a través del portal por un total de $49.500.000 (cuarenta y nueve millones quinientos mil pesos) IVA incluido. No obstante, lo anterior en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”, indica que el valor total del servicio es de $58.905.000 (cincuenta y ocho millones novecientos cinco mil pesos) IVA incluido. Incumple lo establecido en las Bases Administrativas, en el apartado octavo sobre las ofertas, en el literal vi, sobre ingreso de oferta económica, en el párrafo quinto, en lo que interesa, señala: (…) en el caso de ser distintas las ofertas económicas realizadas mediante el portal de mercado público y el anexo respectivo, de igual manera serán declaradas inadmisibles”, aprobadas mediante Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799. Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link: https://doc.digital.gob.cl/validador/KS7KN7-086 Adicionalmente, mediante Anexo N° 6 “Consultor Jefe” individualiza a la profesional Sariana Di Rosa Sergi e indicó tres proyectos en que participó en el rol de Consultor Jefe o similar Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025. Incumple lo establecido en las Bases Técnicas, literal f sobre equipo consultor, que señala: “(…) El consultor jefe deberá ser informado mediante el Anexo N° 6, y deberá cumplir los requisitos que a continuación se detallan, siendo uno de ellos contar con la participación de en un mínimo de 5 proyectos de servicio de reclutamiento y selección de personas como consultor jefe, en los últimos 5 años contados desde el cierre de la licitación. En caso de no informar consultor jefe o que éste no cumpliera los requisitos, la oferta será declara inadmisible” aprobadas mediante Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025. 10. Que, conforme a lo señalado la Comisión Evaluadora propone declarar inadmisible a las ofertas de Adistra Comercial Limitada; B & G Chile Spa, y Servicios de capital humano SOS Group Spa, debido a que incumplieron las Bases Administrativas y Técnicas según el detalle señalado en la tabla inserta; 11. Que, luego la Comisión Evaluadora continua con la evaluación con los oferentes que cumplen con lo dispuesto en las Bases y, por tanto, se evalúa el criterio administrativo todos tuvieron que complementar la información, obteniéndose los siguientes puntajes ponderado al 5% según lo establecido en las bases: Proveedor Puntaje Ponderado 1. Asesorías Right Consulting Limitada 2.50 2. Assertive Consulting Group Limitada 2.50 3. Geperex Spa 2.50 4. Soluciones en Recursos Humanos Spa 2.50 12. Que, enseguida evalúo el criterio técnico, con subcriterio específicamente sobre años de trayectoria del oferente, obteniéndose los siguientes puntajes ponderado al 10% según lo establecido en las bases: Proveedor Puntaje Ponderado 1. Asesorías Right Consulting Limitada 10 Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799. Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link: https://doc.digital.gob.cl/validador/KS7KN7-086 2. Assertive Consulting Group Limitada 10 3. Geperex Spa 2.00 4. Soluciones en Recursos Humanos Spa 10 13. Que, a su vez se realizó la evaluación del criterio técnico, cuyo subcriterio corresponde a la cantidad de proyecto o procesos de reclutamiento y selección realizados, obteniéndose los siguientes puntajes ponderado al 25%, en conformidad con lo establecido en las bases: Proveedor Puntaje Ponderado 1. Asesorías Right Consulting Limitada 25 2. Assertive Consulting Group Limitada 25 3. Geperex Spa 5.00 4. Soluciones en Recursos Humanos Spa 25 14. Que, luego, se realizó la evaluación de del criterio técnico, cuyo subcriterio corresponde al equipo consultor - evaluadores obteniéndose los siguientes puntajes ponderado al 15% por oferta: Proveedor Puntaje Ponderado 1. Asesorías Right Consulting Limitada 15 2. Assertive Consulting Group Limitada 15 3. Geperex Spa 11,25 4. Soluciones en Recursos Humanos Spa 15 15. Que, posteriormente se efectuó la evaluación del criterio técnico, cuyo subcriterio corresponde al quipo consultor - revisor, obteniéndose los siguientes puntajes ponderado al 10%, en conformidad con lo establecido en las bases: Proveedor Puntaje Ponderado 1. Asesorías Right Consulting Limitada 0 2. Assertive Consulting Group Limitada 10 3. Geperex Spa 0 4. Soluciones en Recursos Humanos Spa 10 16. Que, enseguida, se procedió a evaluar la oferta económica, por el servicio que corresponde al 30%, conforme lo indican las bases administrativas, obteniéndose los siguientes resultados: Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799. Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link: https://doc.digital.gob.cl/validador/KS7KN7-086 Proveedor Precio Ofertado Puntaje Ponderado 1. Asesorías Right Consulting Limitada $85.000.000 28,56 2. Assertive Consulting Group Limitada $84.500.000 28,72 3. Geperex Spa $84.000.000 28,89 4. Soluciones en Recursos Humanos Spa $80.920.000 30 17. Que, posteriormente, la Comisión Evaluadora procedió a evaluar el criterio de programa de integridad, obteniéndose los siguientes puntajes ponderado al 5%, conforme lo señalan las bases de licitación: Proveedor Puntaje Ponderado 1. Asesorías Right Consulting Limitada 5 2. Assertive Consulting Group Limitada 5 3. Geperex Spa 5 4. Soluciones en Recursos Humanos Spa 5 18. Que, la Comisión Evaluadora procedió a establecer el puntaje final que de esta manera se obtienen los siguientes puntajes: Proveedor Puntaje total 1. Asesorías Right Consulting Limitada 86,06 2. Assertive Consulting Group Limitada 96,22 3. Geperex Spa 54,64 4. Soluciones en Recursos Humanos Spa 97,50 19. Que, atendidos los resultados obtenidos la Comisión Evaluadora propone declarar inadmisible a los oferentes Geperex Spa, debido a que su puntaje final fue de 54,65, por tanto, incumple con lo dispuesto en las Bases Administrativas, acápite 13, sobre “inadmisibilidad de la oferta y declaración de la licitación desierta”, literal i, señala que: “el porcentaje mínimo a considerar para que las ofertas puedan ser adjudicadas, cumpliendo con los requisitos indicados, ascenderá a un 60% del total de los puntos a asignar. Las ofertas que no cumplan con este porcentaje mínimo de serán declarados inadmisibles por no ser convenientes a los intereses de la DEP”; 20. Que, así las cosas, y conforme a los resultados consignados la empresa Geperex Spa, no cumple con el umbral mínimo siendo un total de 60%, no siendo convenientes a los intereses de la Dirección de Educación Pública, debido a que no cumplieron con los criterios de evaluación; 21. Que, respecto a los oferentes que cumplieron con el umbral mínimo de puntaje requerido en las bases del proceso licitatorio, la Comisión Evaluadora propone se readjudique el proceso de Licitación Pública ID N°1002584-15-LP25, al oferente Assertive Consulting Group Limitada, RUT N° 76.245.365-7, en razón de ser el segundo oferente con mayor puntaje obtenido, conforme indica el considerando décimo octavo; 22. Que, en virtud de lo señalado anteriormente, mediante memorándum N° 84, de fecha 23 de enero de 2026, el Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799. Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link: https://doc.digital.gob.cl/validador/KS7KN7-086 Subdepartamento de Administración Institucional, solicitó dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 65, de fecha 16 de enero de 2026, y tramitar del acto administrativo correspondiente, a fin de readjudicar proceso de licitación; 23. Que, según lo dispuesto en el Certificado de Habilidad del Registro de Proveedores, de fecha 26 de enero de 2026, Assertive Consulting Group Limitada, se encuentra hábil para ser contratado por Organismos del Estado; 24. Que, la disponibilidad de recursos para la contratación del servicio consta en Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 81/2026, de 13 de enero de 2026, emitido por el Subdepartamento de Finanzas Institucionales, que se adjunta a la presente resolución; 25. Que, la contratación en cuestión se formalizará mediante la suscripción del contrato, conforme dispone el inciso 1° del artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886; 26. Que, tal como dispone el artículo 3°, de la Ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, las decisiones escritas que adopte la Administración se expresarán por medio de actos administrativos, entendiéndose por tales “las decisiones formales que emitan los órganos de la Administración del Estado en las cuales se contienen declaraciones de voluntad, realizadas en el ejercicio de una voluntad pública”; 27. Que, siendo armónico con lo expuesto precedentemente, el inciso cuarto del artículo 58 del Reglamento de la Ley N°19.886, prevé, en lo que interesa, que la Entidad Licitante deberán publicar a la brevedad en el Sistema de Información los resultados de sus procesos de licitación o contratación. Asimismo, deberán publicar la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso, en conformidad al artículo 59 de este reglamento;
Resuelvo
I. DÉJASE sin efecto la Resolución Exenta N° 65, de fecha 16 de enero de 2026, de la Dirección de Educación Pública, “Servicio de reclutamiento y selección de personas para los concursos internos de ingreso a la planta de los Servicios Locales de Educación Pública”, ID N°1002584-15-LP25, por los motivos expuestos en la parte considerativa. II. RETROTRÁIGASE el proceso licitatorio al estado anterior correspondiente a la etapa de evaluación del proceso licitatorio ID N° N°1002584-15-LP25, por los motivos expuestos en la parte considerativa. III. DECLÁRENSE inadmisibles las ofertas que se indican a continuación en virtud de los siguientes motivos: • Adistra Comercial Limitada, debido a que presentó una oferta económica a través del portal por un total de $84.000.000 (ochenta y cuatro millones) IVA incluido. No obstante, lo anterior en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”, indica que el valor tota inadmisibles”, aprobadas mediante Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025. • B & G Chile Spa, debido a que mediante Anexo N° 6 “Consultor Jefe” individualiza a la profesional Nailis Blandin Pereira e indicó cuatro proyectos en que participó en el rol de Consultor Jefe o similar. Por tanto, incumple lo establecido en las Bases Técnicas, literal f sobre equipo consultor, que señala: “(…) El consultor jefe deberá ser informado mediante el Anexo N° 6, y deberá cumplir los requisitos que a continuación se detallan, siendo uno de ellos contar con la participación de en un mínimo de 5 proyectos de servicio de reclutamiento y selección de personas como consultor jefe, en los últimos 5 años contados desde el cierre de la licitación. En caso de no informar consultor jefe o que éste no cumpliera los requisitos, la oferta será declara inadmisible” aprobadas mediante Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025. • Servicios de capital humano SOS Group Spa, debido a que presentó una oferta económica a través del portal por un total de $49.500.000 (cuarenta y nueve millones quinientos mil pesos) IVA incluido. No obstante, lo anterior en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”, indica que el valor total del servicio es de $58.905.000 (cincuenta y ocho millones novecientos cinco mil pesos) IVA incluido. Adicionalmente, mediante Anexo N° 6 “Consultor Jefe” individualiza a la profesional Sariana Di Rosa Sergi e indicó tres proyectos en que participó en el rol de Consultor Jefe o similar. Por tanto, incumple lo establecido en las Bases Administrativas, en el apartado octavo sobre las ofertas, en el literal vi, sobre ingreso de oferta económica, en el párrafo quinto, en lo que interesa, señala: “(…) en el caso de ser distintas las ofertas económicas realizadas mediante el portal de mercado público y el anexo respectivo, de igual manera serán declaradas inadmisibles”, aprobadas mediante Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025. Asimismo, incumple lo establecido en las Bases Técnicas, literal f sobre equipo consultor, que señala: “(…) El consultor jefe deberá ser informado mediante el Anexo N° 6, y deberá cumplir los requisitos que a continuación se detallan, siendo uno de ellos contar con la participación de en un mínimo de 5 proyectos de servicio de reclutamiento y selección de personas como consultor jefe, en los últimos 5 años contados desde el cierre de la licitación. En caso de no informar consultor jefe o que éste no cumpliera los requisitos, la oferta será declara inadmisible” aprobadas mediante Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025. • Geperex Spa debido a que su puntaje final fue de 54,65, por tanto, incumple con lo dispuesto en las Bass Administrativas, acápite 13, sobre “inadmisibilidad de la oferta y declaración de la licitación desierta”, literal i, señala que: “el porcentaje mínimo a considerar para que las ofertas puedan ser adjudicadas, cumpliendo con los requisitos indicados, ascenderá a un 60% del total de los puntos a asignar. Las ofertas que no cumplan con este porcentaje mínimo de serán declarados inadmisibles por no ser convenientes a los intereses de la DEP” aprobadas mediante Resolución Exenta N° 2.229, de fecha 02 de diciembre de 2025. IV. READJUDÍCASE la Licitación Pública ID N°1002584-15-LP25, denominada “Servicio de reclutamiento y selección de personas para los concursos internos de ingreso a la planta de los Servicios Locales de Educación Pública”, a Assertive Consulting Group Limitada, RUT N° 76.245.365-7, por la suma de $84.500.000 (ochenta y cuatro millones quinientos mil pesos) IVA incluido, que se pagará de conformidad a lo establecido en las Bases. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799. Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese al siguiente link: https://doc.digital.gob.cl/validador/KS7KN7-086 V. EMÍTASE, por el Subdepartamento de Compras y Contratos dependiente del Subdepartamento de Administración Institucional la correspondiente Orden de Compra. VI. IMPÚTESE, el gasto que irrogue la presente contratación, a la imputación presupuestaria 09.17.01.22.11.999, según da cuenta el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 81, de 2026, del Subdepartamento de Finanzas Institucionales, al presupuesto vigente de la Dirección, aprobado mediante la Ley N° 21.796, de presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2026. Impútese el gasto que implique recursos presupuestarios posteriores, al presupuesto de la Dirección, sin necesidad de emitir un nuevo acto administrativo. VII. PUBLÍQUESE oportunamente la presente Resolución Exenta y los documentos adjuntos en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. ANÓTESE Y COMUNÍQUESE l del servicio es de $84.490.000 IVA incluido. Por tanto, incumple lo establecido en las Bases Administrativas, en el apartado octavo sobre las ofertas, en el literal vi, sobre ingreso de oferta económica, en el párrafo quinto, en lo que interesa, señala: “(…) en el caso de ser distintas las ofertas económicas realizadas mediante el portal de mercado público y el anexo respectivo, de igual manera serán declaradas
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social DIRECCION DE EDUCACION PUBLICA
Unidad de Compra Dirección de Educación Pública
R.U.T. 65.154.016-k
Dirección Alameda 1449 Torre IV Piso 16 oficina 1601
Comuna Santiago
Ciudad en que se genera la Adquisición Región Metropolitana de Santiago
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo GASPAR ARIAS
Cargo Encargado de Compras y Contratos
Teléfono 56-02-233225421
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 1002584-15-LP25
Nombre de Adquisición SERVICIO DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAS
Tipo de Adquisición Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Descripción La Dirección de Educación Pública por el presente instrumento llevará adelante una licitación Pública para contratar el servicio de Reclutamiento y Selección de Personal para los Concursos Internos de Ingreso a la Planta de los Servicios Locales de Educación Pública, descrito en detalle en las presentes bases. Los Concursos Internos de Ingreso a la Planta de un Servicio Local constituyen procesos especiales en el cual sólo podrá participar el personal que se desempeñe en los Departamentos de Administración de Educación Municipal y de las Corporaciones Municipales, cuya función se relacione directamente con la administración del servicio educacional y que ha estado cumpliendo funciones en las Municipalidades o Corporaciones Municipales cuyo territorio sea de competencia de cada Servicio Local de Educación Pública en delante e indistintamente “Servicio Local” o “SLEP”, desde a lo menos tres años antes del traspaso del servicio educacional, conforme a las bases de cada concurso y el artículo trigésimo octavo transitorio de la Ley N° 21.040.
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 3/12/2025 12:44
Fecha de Cierre 18/12/2025 16:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 84.500.000
Monto Neto Estimado del Contrato $ 80.920.000
Análisis de valores de mercado Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
REX N°143 DEJA SIN EFECTO Y READJUDICA SERVICIO DE RECLUTAMIENTO .pdfResolución/Decreto AdjudicaciónRe adjudicación634 Kb28-01-2026 16:44:15
Sol de compra 093 (1).pdfOtros Anexos807 Kb19-01-2026 10:54:52
DJ - 1002584-15-LP25 - PAT.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTEREST1786 Kb19-01-2026 10:53:40
Declaración Gabriel.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTEREST1632 Kb19-01-2026 10:53:31
Declaración Constanza.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTEREST1610 Kb19-01-2026 10:53:24
Acta..pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENT6418 Kb19-01-2026 10:53:12
REX N°65 DECLÁRESE INADMISIBLE OFERTAS Y ADJUDICA LICITACIÓN PÚBL.pdfResolución/Decreto Adjudicación633 Kb19-01-2026 10:51:47

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
19671437-5Gabriel Betancourt LucoAbogado
18661719-3Constanza Arcos LagosDivision DISLEP
18885735-3Pablo Aedo TobarProfesional Dislep
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 93141802 Servicios de reclutamiento
Especificaciones del Comprador : El objetivo del presente instrumento es definir los aspectos técnicos para contratar el servicio de Reclutamiento y Selección para los Concursos Internos de Ingreso a la Planta de los Servicios Locales de Educación Pública.
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.212.913-2 SOLUCIONES EN RECURSOS HUMANOS SPA Valor indicado es con ival incluido según se informa en bases. $ 80920000 0 0 No Adjudicada
76.393.526-4 ASESORIAS RIGHT CONSULTING LIMITADA Valor exento proceso completo $ 85000000 0 0 No Adjudicada
76.245.365-7 ASSERTIVE CONSULTING GROUP LIMITADA El valor indicado corresponde al monto total bruto del servicio, considerando la ejecución del contrato por un período de 18 meses, conforme a las condiciones establecidas en las bases del proceso. $ 84500000 1 84500000 Adjudicada

Total Línea

$ 84.500.000



Monto Total Adjudicado $ 84.500.000