|
1. Que, mediante Resolución del Secretario General N°173 del 11 de febrero del 2026, se aprueban Bases Administrativas y Técnicas y se realiza llamado a Licitación Pública para la “ADQUISICIÓN DE RETIRO Y REPOSICIÓN DE CIERRE PERIMETRAL EN LICEO SIMÓN BOLÍVAR DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE RANCAGUA” Licitación publicada en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl bajo la ID 557639-12-LE26.
2. Que, mediante Resolución del Secretario General N°310 del 05 de marzo de 2026, se adjudica la Licitación Pública “ADQUISICIÓN DE RETIRO Y REPOSICIÓN DE CIERRE PERIMETRAL EN LICEO SIMÓN BOLÍVAR DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE RANCAGUA” ID 557639-12-LE26 al proveedor VICMETAL SPA RUT: 77.747.633-5 por un monto total de $10.040.625.- (IVA incluido).
3. Que, con fecha lunes 06 de marzo de 2026, a las 08:11 horas, se notificó mediante correo electrónico al proveedor la adjudicación del proceso, solicitándose además la remisión de los antecedentes requeridos para la formalización del contrato, específicamente los documentos señalados en los numerales 9.3), 9.3.1), 9.3.2), 9.3.3) y 30.2) de las Bases Administrativas.
4. Que, habiéndose solicitado los antecedentes necesarios para la formalización del contrato, el proveedor adjudicado presentó vía correo electrónico del 17 de marzo del 2026 copia de seguro HDI CONTRA TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN.
5. Que, Cristóbal Rojas Torres, Abogado de la División Jurídica, encargado de la elaboración del contrato, notifica al proveedor Vicmetal SPA vía correo electrónico del 18 de marzo del 2026, la siguiente observación respecto al seguro presentado, “ Estimado, las bases exigen que el seguro de Todo Riesgo de Construcción cubra daños a los equipos móviles del contratista, y el seguro que usted propone excluye explícitamente los equipos móviles. ¿Utilizará equipos móviles en el proyecto?”
6. Que, el proveedor Vicmetal SPA, responde vía correo electrónico del 19 de marzo del 2026 lo siguiente, “adjunto información para aclaración, lo siguiente citado en el documento adjuntado: responsabilidad civil vehicular incluyendo equipos móviles o maquinarias de construcción en general entendiéndose como tales a: buldózer, moto niveladoras, tractores, compresores, grúas y otros similares. se indemnizará a terceros contra lesiones corporales, muerte y/o daños, materiales causados por los vehículos propios, de terceros incluyendo los de propiedad del contratista y/o arrendados dentro de un radio no mayor a 50 metros de la obra.
7. Que, vía correo electrónico del 19 de marzo del 2026, el encargado de la elaboración del contrato, individualizado en el considerando N° 5, responde lo siguiente: “Estimado, el problema es que la sección usted me indica es del seguro de responsabilidad civil, se refiere a daños producidos por esos equipos a terceros, y no a daños a los equipos del contratista en sí mismos, que es lo que exigen las bases respecto del seguro de todo riesgo de construcción.
8. Que, el proveedor Vicmetal SPA vía correo electrónico informa: “le comento que el seguro se ha vuelto a enviar a evaluación por falta de información en seguro enviado recientemente, hoy nos darán respuesta de otras aseguradoras con respecto al seguro para equipos móviles , le ruego tener un poco de paciencia ya que hemos estado gestionando los seguro pero la atención es un poco lenta.
9. Que, el proveedor Vicmetal SPA, vía correo electrónico del 06 de abril del 2026, informa que, “Buenas tardes le saluda atentamente Gabriel Barrera en representación de VICMETAL SPA, mediante este comunico que la empresa estuvo realizando la gestión con la asegurado HDI a la fecha no hemos tenido respuestas positivas, previamente la empresa cotizo estos seguros en HDI enviando los requerimiento de CORMUN según bases técnicas establecidas, el problema esta en que la empresa nos emite un certificado que no cubre todos los requerimientos solicitados,( no cubre daños a equipos móviles ) hemos vuelto a cotizar con otras entidades y superan hasta 5 veces el precio de nuestro seguro actual en total 48 UF aprox, “por ende desistiremos de nuestra oferta a esta licitación para que puedan realizar el proyecto con otra empresa”. Queremos pedir sinceras disculpas por la mala gestión que ha tenido la empresa frente a esta licitación.
10. Que, en razón de lo antes señalado, así como en el cumplimiento del proceso de evaluación descrito en las bases de licitación, se realiza el cálculo del puntaje considerando solo las ofertas admisibles que continúan luego del desistimiento del proveedor adjudicado, por lo que se propone readjudicar la presente licitación al oferente Construcciones y servicios Alinco SpA, R.U.T. 77.620.449-8, por un monto de $12.299.766.- (IVA incluido), de acuerdo al siguiente cuadro de evaluación:
11. Que, la Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación Municipal de Rancagua mediante el correspondiente Certificado de Disponibilidad Presupuestaria validó que la Institución cuenta con los recursos necesarios para financiar la presente licitación.
|
|
1. DÉJESE SIN EFECTO, la adjudicación de la licitación pública ID 557639-12-LE26 al proveedor VICMETAL SPA RUT: 77.747.633-5 por un monto total $10.040.625.- IVA incluido.
2. READJUDÍQUESE, la Licitación Pública, denominada “RETIRO Y REPOSICIÓN DE CIERRE PERIMETRAL EN LICEO SIMÓN BOLÍVAR DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE RANCAGUA” ID 557639-12-LE26 por un monto total $12.299.766.- IVA incluido, al siguiente proveedor.
Razón social del proponente : Construcciones y servicios Alinco SpA
R.U.T. : 77.620.449-8
Monto : $ 12.299.766.- IVA incluido.
Plazo de entrega : 4 días corridos.
Representante Legal : Diego Aguilar Huili
R.U.T. : 22.229.565-3
3. DESÍGNESE, a Javiera Yáñez Valle como Inspector Técnico de Obra (ITO) Titular, y a Ricardo Marchant Núñez, como Inspector Técnico de Obra (ITO) Suplente, de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, responsable de realizar las funciones descritas en el punto n°41 de las Bases Administrativas de la presente licitación.
4. SOLÍCITESE, los documentos para contratar por parte de la división de adquisiciones al proveedor Construcciones y servicios Alinco SpA RUT: 77.620.449-8 de cuerdo al punto 30.2 de las Bases Administrativas de la presente licitación.
5. ELABÓRESE el correspondiente contrato por parte de la División Jurídica de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, según lo señalado en el punto 35 de las Bases Administrativas de la presente licitación.
6. EMÍTANSE la correspondiente orden de compra por parte de la Unidad de Adquisiciones, una vez que sea firmado el contrato.
7. PUBLÍQUESE, , la presente resolución en el sistema de información www.mercadopublico.cl en el correspondiente proceso licitatorio ID 557639-12-LE26, por la División de Adquisiciones de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua.
|