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1. Lo dispuesto en los artículos 8º y 9º del DFL. Nº 1/19.653 que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”.
2. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
3. Lo dispuesto en los artículos 1º, 2º y 3º de la Ley Nº 18.712, de 1988, que “Aprueba Nuevo Estatuto de los Servicios de Bienestar Social de las Fuerzas Armadas”.
4. Lo establecido en la Ley Nº 18.928, que “Fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 95, del Ministerio de Hacienda, de fecha 22 de julio de 2006.
5. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.886, de “Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios” y sus modificaciones, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 661, del Ministerio de Hacienda, fecha 11 de diciembre de 2024.
6. Lo dispuesto en la Resolución Nº 7 de fecha 26MAR2019 que “Fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón”, y la Resolución N° 14 de fecha 29DIC2022 que “Determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a controles de reemplazo cuando corresponda”, ambas de la Contraloría General de la República.
7. La delegación de facultades COB DAJ (P) N°4182/15636/2154 EXENTA, de fecha 15SEP2020 del Comando de Bienestar del Ejército, que delega facultades para la inversión de recursos PAF al Comandante de la Zona de Bienestar “Arica”.
8. El llamado a Licitación Pública a través de Resolución Exenta ZB “ARICA” CGA (P) N.° 4182/348500/4225/2734, de fecha 20DIC2024.
9. Minuta de análisis y evaluación ZB “ARICA” COMISIÓN EVALUADORA (P) N° 4182/74, de fecha 07ENE2024.
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1. Que, la División de Bienestar, en su calidad de Servicio de Bienestar, tiene por finalidad proporcionar al personal de la Institución las prestaciones que tiendan a promover una adecuada calidad de vida que contribuya a su bienestar y al de sus familias.
2. Que, la Zona de Bienestar “Arica” realizó un llamado a licitación pública para contratar la ejecución del proyecto de reparación y mantención del inmueble fiscal ubicado en la Villa Militar Azapa, calle Los Cipreses N° 28, dependiente de la Zona de Bienestar “Arica”, bajo la ID N° 963423-11-LP24.
3. Que, la licitación fue publicada en el portal de Compras públicas con fecha 20DIC2024, siendo la fecha de cierre para la recepción de las ofertas el 02ENE2025, presentándose la oferta se indica:
- SOC DE INVERSIONES KARL & SABANDO LTDA. RUT N° 76.432.325-4.
- CONTRATISTA M.A.D.A. EIRL. RUT N° 76.778.235-7.
4. Que, de acuerdo a lo señalado en La Minuta de Evaluación de “Vistos 9.”, con fecha 07ENE2025, se realizó la evaluación técnica y económica de las ofertas válidamente presentadas de acuerdo a los criterios de evaluación definidos previamente y aplicando las fórmulas establecidas en el llamado a licitación pública, cuya ponderación se estructuró de la siguiente forma:
5.
EMPRESA PRECIO
45%
CALIDAD DE LOS TRABAJOS
25%
EXPERIENCIA PROPONENTE
15%
DESARROLLO LOCAL
10% REQUISITOS FORMALES
5% PUNTAJE TOTAL
Oferta $ Puntos Oferta Puntos
Oferta
Puntos Oferta Puntos
SOC INVERSIONES KARL & SABANDO LTDA.
RUT
76.432.325-4 $60.080.571. 45 10 certificados
25
8 proyectos demostrados 9 Domicilio en Arica 10 Subsana 2
91 pts
CONTRATISTA M.A.D.A. EIRL
RUT
76.778.235-7 $61.457.895. 44 10 certificados
25 0 proyectos demostrados
1 Domicilio en Arica 10 SI 5
85 pts
6. Que, la evaluación realizada por la respectiva Comisión Evaluadora arrojó el siguiente análisis:
a. Respecto a la empresa SOC. INVERSIONES KARL & SABANDO LTDA.:
- Boleta de garantía seriedad cumple con lo exigido en bases.
- Criterio de evaluación Precio, obtuvo un puntaje de 45 puntos, por ser su oferta la de menor precio.
- Criterio de evaluación Calidad de los trabajos, obtuvo un puntaje de 25 puntos, al presentar la totalidad de los certificados requeridos para evaluar.
- Criterio de evaluación Experiencia, obtuvo un puntaje de 9 puntos. El proponente en Anexo N° 6 señala 14 proyectos ejecutados, con sus respectivas facturas que acreditan su emisión. Sin embargo en el N°1 del anexo en revisión, la factura emitida corresponde a una data posterior a la publicación de la propuesta y en el N°3, no cuenta con el documento de respaldo correspondiente, quedando en constancia que se evaluarán los 10 primeros documentos, según lo exigido en las bases.
N° 1 Factura N° 82 (Educación Pública Chinchorro) fecha emisión 30DIC2024, no cumple
N° 2 Factura N° 77 (Brigada Motorizada N 4 Rancagua) fecha emisión 13DIC2024.
N° 3 Sin factura comprobatoria.
N° 4 Factura N° 75 (Brigada Motorizada N 4 Rancagua) fecha emisión 05DIC2024.
N° 5 Factura N° 73 (Dirección General de Aeronáutica Civil) fecha emisión 19NOV2024.
N° 6 Factura N° 70 (Dirección General de Aeronáutica Civil) fecha emisión 30OCT2024.
N° 7 Factura N° 64 (I Municipalidad de Arica) fecha emisión 26JUL2024.
N° 8 Factura N° 65 (Brigada Motorizada N 4 Rancagua) fecha emisión 01AGO2024.
N° 9 Factura N° 78 (Brigada Motorizada N 4 Rancagua) fecha emisión 19AGO2024.
N° 10 Factura N° 62 (Corporación Municipal de Fomento Productivo de Arica) fecha emisión 06JUN2024.
- Criterio de evaluación Desarrollo local, obtuvo un puntaje de 10 puntos al acompañar certificado de inicio de actividades en donde consta que el domicilio se encuentra constituido en la ciudad de Arica.
- Criterio de evaluación Requisitos formales, se solicita mediante foro aclaración de ofertas del portal acompañar certificado de vigencia de la sociedad con la antigüedad requerida en el artículo 10° de las bases de licitación. Empresa da cumplimiento a lo solicitado dentro del plazo establecido, obteniendo por tanto el puntaje de 2 puntos.
- Criterio de evaluación Desarrollo local, obtuvo un puntaje de 10 puntos al acompañar certificado de inicio de actividades en donde consta que el domicilio se encuentra constituido en la ciudad de Arica.
- Criterio de evaluación Requisitos formales, se solicita mediante foro aclaración de ofertas del portal acompañar certificado de vigencia de la sociedad con la antigüedad requerida en el artículo 10° de las bases de licitación. Empresa da cumplimiento a lo solicitado dentro del plazo establecido, obteniendo por tanto el puntaje de 2 puntos.
b. Respecto a la empresa CONTRATISTA M.A.D.A. EIRL:
- Boleta de garantía de seriedad cumple con lo exigido en bases
- Criterio de evaluación Precio, obtuvo un puntaje de 44 puntos, por ser su oferta la de mayor precio.
- Criterio de evaluación Calidad de los trabajos, obtuvo un puntaje de 25 puntos. Si bien de los 10 certificados acompañados, 7 señalan que son respaldo de experiencia, el contenido de los mismos refiere a que los trabajos ejecutados por el proponente se realizaron conforme a las especificaciones técnicas y normativa aplicable, otorgándoles aceptación conforme.
- Criterio de evaluación Experiencia, obtuvo un puntaje de 1 punto. El proponente en Anexo N° 6 señala 5 proyectos ejecutados, los que corresponden a los años 2015 (Bienes nacionales), 2014 (PDI), 2018 (Poder Judicial) y 2022 (D.G.A.C.). Cotejadas las facturas presentadas con los datos incluidos en Anexo N° 6, se advierte que la fecha de emisión de ellas corresponde a una data superior a los 18 meses exigidos en las bases (fecha tope corresponde al mes de junio del año 2023), o bien no corresponden según ID de la orden de compra, según el siguiente detalle:
Factura N° 78 (D.G.A.C.), fecha emisión 17JUN2022.
Factura N° 30 (PDI), fecha de emisión 05OCT2019.
Factura N° 29 (PDI), fecha de emisión 05OCT2019.
Factura N° 68 (Bienes Nacionales), fecha de emisión 02DIC2021.
Factura N° 61 (Bienes Nacionales), fecha de emisión 22JUL2021.
Factura N° 64 (Poder Judicial), fecha de emisión 20AGO2021.
Factura N° 65 (Poder Judicial), fecha de emisión 23AGO2021.
Factura N° 102 (Poder Judicial), fecha de emisión 21DIC2023, pero ID O/C no corresponde al detalle incluido en Anexo N° 6.
Factura N° 99 (Poder Judicial), fecha de emisión 20NOV2023, pero ID O/C no corresponde al detalle incluido en Anexo N° 6.
Factura N° 98 (Poder Judicial), fecha de emisión 13NOV2023, pero ID O/C no corresponde al detalle incluido en Anexo N° 6.
Factura N° 86 (Poder Judicial), fecha de emisión 12MAR2023.
Factura N° 85 (Poder Judicial), fecha de emisión 27FEB2023.
Factura N° 83 (Poder Judicial), fecha de emisión 16DIC2022.
Factura N° 82 (Poder Judicial), fecha de emisión 13DIC2022.
- Criterio de evaluación Desarrollo local, obtuvo un puntaje de 10 puntos al acompañar certificado de inicio de actividades en donde consta que el domicilio se encuentra constituido en la ciudad de Arica.
- Criterio de evaluación Requisitos formales, obtiene un total de 5 puntos, al acompañar la totalidad de los antecedentes requeridos para evaluar.
Concluye la Comisión Evaluadora sugiriendo adjudicar el proceso licitatorio a la empresa Karl & Sabando Ltda, al obtener el puntaje mayor de 97 puntos y resultar conveniente a los intereses de la Zona de Bienestar.
7. Que, de lo analizado y expuesto por la comisión evaluadora, se adjudicará la presente licitación a la empresa SOC DE INVERSIONES KARL & SABANDO LTDA. RUT N° 76.432.325-4, por dar cumplimiento de los antecedentes requeridos para el proceso licitatorio y reunir las características técnicas, administrativas y económicas según los criterios de evaluación.
8. Que, el artículo 3° de la Ley 19.880, dispone que “Las decisiones escritas que adopte la Administración se expresarán por medio de actos administrativos.
Para efectos de esta ley se entenderá por acto administrativo las decisiones formales que emitan los órganos de la Administración del Estado en las cuales se contienen declaraciones de voluntad, realizadas en el ejercicio de una potestad pública”.
9. Que, mediante resolución de “Vistos 7” el Comandante de Bienestar faculta al Comandante de la Zona de Bienestar Arica para adquirir bienes o servicios, aprobar bases administrativas, técnicas y anexos, emitir resoluciones de adjudicación, celebrar contratos y/o emitir órdenes de compra y en definitiva suscribir todo documento que fuese necesario para llevar a cabo los procesos de contratación administrativa regidos por la Ley Nº 19.886.
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