Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 895-6-LP25
Adjudicación Informada en portal el
12/5/2025 15:36

En La Serena, 12-05-2025
Nro de Resolución 585
Vistos
1. El Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, que aprueba el Código de Aguas; y sus modificaciones; 2. La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; 3. La Ley N° 19.880, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Bases de los procedimientos administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; 4. La Ley Nº 19.886, de 2003, del Ministerio de Hacienda, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; y sus modificaciones; 5. El Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; 6. El Decreto Supremo N° 263, de 12 de diciembre de 2016, que modifica en el sentido que se indica, y fija el texto refundido del Decreto Supremo N° 1.141, de 2006, que aprueba nuevo Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación y Contrataciones de Servicios, modificado por el Decreto Supremo N° 412, de 2007, todos del Ministerio de Obras Públicas; 7. La Ley N°21.722, del Ministerio de Hacienda, de Presupuestos del Sector Público para el año 2025; 8. La Resolución Exenta D.G.A. N° 437, de 7 de abril de 2025, que aprueba Bases Administrativas, Técnicas y Anexos; y designa Comisión de Evaluación de la licitación pública para la prestación de servicios denominada “CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHOAPA AGUAS ARRIBA ESTERO LA CANELA, REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2025”; 9. El Acta de Apertura Electrónica, Adquisición ID Nº895-6-LP25, informada a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración www.mercadopublico.cl, con fecha 28 de abril de 2025; 10. El Acta de Evaluación de Ofertas de la licitación pública señalada en el Visto Octavo, ID N° 895-6-LP25, suscrita por la Comisión de Evaluación de Ofertas, de 05 de mayo de 2025; 11. La Resolución N° 36, de fecha 23 de diciembre 2024, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones, que fijan normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; 12. Las atribuciones y facultades delegadas por medio de la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 896, de 25 de abril de 2022, rectificada por medio de la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 52, de 12 de enero de 2023; en relación con la Resolución D.G.A. RA (Exenta) N° 116/196/2023, de 15 de 03 de 2023; y
Considerando
1. QUE, mediante la Resolución Exenta D.G.A. N° 437, de 7 de abril de 2025, se aprobaron las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos; y designó Comisión de Evaluación de la licitación pública para la prestación de servicios denominada “CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHOAPA AGUAS ARRIBA ESTERO LA CANELA, REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2025”; 2. QUE, las Bases señaladas en el considerando precedente se publicaron en Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración www.mercadopublico.cl, con fecha 9 de abril de 2025, mediante la licitación pública ID N° 895-6-LP25, y cuya fecha de cierre de recepción de ofertas aconteció el día 28 de abril de 2025. 3. QUE, de acuerdo con el Acta de Apertura Electrónica, Adquisición ID N° 895-6-LP25, emitida por el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, el día 28 de abril de 2025, se recibieron tres (3) ofertas para el presente concurso, correspondientes a los siguientes proveedores: Proponente RUT CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L. 76.559.598-3 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. 76.577.926-K CONSTRUCCIONES HECTOR HARILT ALVAREZ PEÑA E.I.R.L. 76.439.577-8 4. QUE, en atención al análisis realizado por la Comisión de Evaluación, con respecto de las propuestas recibidas en el presente concurso, admisibles y evaluables, se propone efectuar la adjudicación de la licitación pública para la prestación de servicios denominada “CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHOAPA AGUAS ARRIBA ESTERO LA CANELA, REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2025” ID N° 895-6-LP25, a la empresa CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L, Rut 76.559.598-3, por un monto total de $ 79.568.344.- (Setenta y nueva millones, quinientos sesenta y ocho mil, trescientos cuarenta y cuatro de pesos), impuestos incluidos, luego de haber obtenido el puntaje final ponderado más alto para resultar adjudicada, de acuerdo con los criterios de evaluación previamente consignados en las bases de licitación, ajustándose a los requerimientos de la Dirección General de Aguas, cumpliendo con todos los requisitos técnicos y económicos, según detalla el Acta Evaluativa, resultando conveniente al interés fiscal. 5. QUE, las propuestas realizadas por las restantes empresas, detalladas en considerando 3, fueron revisadas y evaluadas por los miembros de la Comisión Evaluadora, no obstante, no obtuvieron el puntaje más alto para adjudicarse la presente licitación pública. 6. QUE, con fecha 05 de mayo de 2025, la Comisión de Evaluación de Ofertas respectiva ha levantado acta, la que forma parte integrante de la presente Resolución Exenta (Visto Décimo). 7. QUE, por lo demás, conforme con lo dispuesto en el artículo 35° nonies de la Ley N° 19.886, los funcionarios a cargo de la evaluación de las propuestas recibidas en el presente concurso público, han suscrito declaración jurada simple de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad, respecto del presente proceso de compra. 8. QUE, conforme con lo establecido en los numerales X “Antecedentes para la suscripción del Contrato” y XVII “Contrato” (letra “b”, denominada “Suscripción del Contrato para adjudicaciones inferiores a 1.000 UTM”) del pliego de condiciones administrativas que rige la licitación, en relación con lo preceptuado en el artículo 63° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; la contratación que se origine de la presente licitación pública requerirá la firma de un contrato. 9. QUE, según consta del Certificado de Habilidad del Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de 28 de abril de 2025, el oferente CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L, Rut 76.559.598-3, se encuentran en estado hábil para contratar con el Estado de Chile. 10. QUE, se ha cumplido con las formalidades establecidas en la normativa vigente de compras y contratación pública.
Resuelvo
1. ADJUDÍCASE, la licitación pública ID N° 895-6-LP25, denominada “CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHOAPA AGUAS ARRIBA ESTERO LA CANELA, REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2025”, a la empresa CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L, $ 79.568.344.- (Setenta y nueva millones, quinientos sesenta y ocho mil, trescientos cuarenta y cuatro de pesos), impuestos incluidos, de acuerdo con la propuesta técnico económica de la referida proponente. 2. DÉJASE CONSTANCIA, que las propuestas fueron evaluadas por la Comisión de Evaluación de Ofertas, de acuerdo con los siguientes factores y sus respectivos puntajes señalados en las Bases de Licitación, según consta del acta evaluativa respectiva: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE PROPUESTA Estos criterios considerarán siete (7) factores a evaluar, cada uno de los cuales incluye diferentes aspectos que deberán ser considerados al momento de asignar un puntaje, de 0 a 100 puntos, a cada factor. FACTOR 1: EXPERIENCIA DEL OFERENTE (EMPRESA) Y DE SU EQUIPO DE TRABAJO (40%) Factor 1.1 Experiencia del equipo propuesto (30%) La información necesaria para evaluar este criterio deberá presentarse conforme al numeral 5 de las Bases Técnicas. Para acreditar la calificación profesional y técnica y la experiencia específica del personal, se deberán presentar currículum vitae y fotocopia simple de certificados de estudios. Esta información deberá presentarse conforme al punto 3 del Anexo N° 10 de Oferta Técnica y se evaluará de acuerdo a los puntajes señalados en la tabla siguiente: Factor 1.2 Experiencia de la empresa (70%) La experiencia deberá ser en proyectos en movimientos de tierra, encauzamiento o limpieza de cauce con maquinarias, de preferencia en construcción o conservación de estaciones fluviométricas, además de la reparación de estructuras metálicas (Casetas, cierres perimetrales, escaleras, etc.). Se debe acreditar la experiencia de la Empresa y del Jefe de Obra presentando un certificado, carta o documento por los trabajos realizados en el rubro de las presentes bases, debidamente acreditados por el mandante del contrato, donde conste la firma del mandante o del representante legal del mandante o del Inspector Fiscal de la obra y que indique la conformidad de los trabajos realizados, dichos certificados no podrán tener una antigüedad superior a los 5 años, contados desde la fecha de apertura de las ofertas. Los contratos realizados para la D.G.A., podrán ser acreditados mediante las Actas de Recepción Final de las Obras correspondientes a dichos contratos. Estos contratos se le asignará puntaje, siempre que en las actas se demuestre que las obras y/o servicios fueron recepcionados satisfactoriamente o en conformidad a los objetivos del contrato. En caso contrario, no se contabilizará como experiencia. Si el Jefe de Obras ha sido funcionario de la D.G.A., podrá acreditar su experiencia mediante un Certificado del Servicio que indique los años de trabajo relacionados directamente en mantención, reparación y/o construcción de estaciones hidrométricas de la red nacional D.G.A. En este caso se considerará como un contrato por cada año trabajado en estas funciones. El resumen de clientes, con la información necesaria para evaluar este criterio, deberá presentarse conforme al numeral 2 y 3 del Anexo N°10, llenando las casillas que componen la tabla con la información requerida. Proponente Experiencia equipo de trabajo (30%) Experiencia empresa (70%) Puntaje CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L. 30 70 100 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. 15 70 85 CONSTRUCCIONES HECTOR HARILT ALVAREZ PEÑA E.I.R.L. 30 17,5 48 Se entrega “0” puntos a la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. Al subcriterio “Título profesional” del Jefe de proyecto, ya que no entregó certificado que lo acredite, como lo indica el numeral XIII, Factor 1. FACTOR 2: OFERTA ECONÓMICA (20%) El puntaje correspondiente al factor valor unitario por producto ofertado se obtendrá de la siguiente fórmula: Proponente Monto total Puntaje CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L. $ 79.568.344 98,83 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. $ 80.270.313 97,97 CONSTRUCCIONES HECTOR HARILT ALVAREZ PEÑA E.I.R.L. $ 78.640.144 100,00 FACTOR 3: PLAZO DE ENTREGA DE LOS TRABAJOS (Ponderación: 20%) El proponente entregará en su oferta técnica un plan de trabajo según el numeral 6 de las bases técnicas, describiendo detalladamente la forma en que realizará los trabajos, basada en lo indicado en las presentes bases de licitación, acompañado de una carta Gantt, en donde indicará en forma detallada las labores a realizar, debiendo estar en concordancia con lo Detallado en el Plan. Este plan deberá incluir un plazo de entrega de los servicios de conformidad a las Bases Técnicas. Plazo de Término propuesta (días corridos): Este criterio de evaluación contempla un valor máximo de 100 puntos y se obtendrá de la siguiente fórmula: Observación: El plazo ofertado para la ejecución de los trabajos deberá señalarse en días corridos. El plazo ofertado no podrá ser inferior a 30 días corridos, ni superar los 70 días corridos. El plazo para la ejecución de servicios se contará desde el día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl. El plazo de entrega ofertado deberá tener concordancia con lo solicitado en las Bases Técnicas y la cantidad de maquinaria ofertada. Se hace presente que, si el plazo de entrega de los trabajos fuera inferior o superior a los señalados precedentemente, la oferta será declarada inadmisible, por incumplimiento a las bases de licitación. Este mismo criterio se aplica si en la oferta no se presenta un plazo de ejecución o fecha de entrega. Proponente Plazo propuesto Puntaje CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L. 30 100 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. 40 75 CONSTRUCCIONES HECTOR HARILT ALVAREZ PEÑA E.I.R.L. 37 81,1 FACTOR 4: MAQUINARIAS (Ponderación: 10%) En la propuesta debe considerar los equipos a utilizar (excavadora, camiones, etc.), el combustible, traslado, operadores, etc., lo que incluye su reposición en caso de fallas de las máquinas lo cual no debe exceder las 48 Hrs, para asegurar la continuidad del servicio. El proponente deberá indicar la maquinaria o equipo a utilizar, la cantidad y el rendimiento esperado por máquina o equipo. Proponente Propone maquinaria Puntaje CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L. si 100 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. si 100 CONSTRUCCIONES HECTOR HARILT ALVAREZ PEÑA E.I.R.L. si 100 FACTOR 5: PROGRAMA DE INTEGRIDAD (Ponderación: 5%) Para evaluar este criterio se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°4. En caso de que el anexo no se presente firmado junto con la oferta, o no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el proveedor no cuenta con el programa en la forma señalada y se ponderará conforme a ello. Se entenderá que se cumple con el programa de integridad, cuando se cuente con un sistema que tenga como objetivo prevenir, identificar y sancionar las posibles infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que son propios de una organización, lo que promueve su cumplimiento. Proponente Cumple Puntaje CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L. SI 100 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. SI 100 CONSTRUCCIONES HECTOR HARILT ALVAREZ PEÑA E.I.R.L. Si 100 FACTOR 6: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (Ponderación: 5%) La presentación correcta y oportuna por parte de los oferentes de sus respectivas ofertas, será evaluada de la siguiente forma: - La oferta presentada no contiene errores u omisiones formales y el formato utilizado corresponde al indicado en las Bases de Licitación = 100 puntos. - La oferta presentada contiene errores u omisiones formales y deben ser subsanadas por solicitud de la D.G.A., o la oferta administrativa, técnica y/o económica está en un formato distinto del indicado en estas Bases, toda vez que los documentos solicitados y en el orden que han sido requeridos tienen por objeto hacer una evaluación de las mismas en una forma más expedita = 0 puntos. Proponente Cumple Puntaje CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L. Si 100 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. No 0 CONSTRUCCIONES HECTOR HARILT ALVAREZ PEÑA E.I.R.L. Si 100 Se otorgó puntaje “0” a la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. dado que no presentó el certificado de título del Jefe de proyecto. FACTOR 7: COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (obligatorio) Para la evaluación de este criterio, se considerará el comportamiento contractual anterior del oferente, según las medidas adoptadas que consten en el Registro de Proveedores y en la Dirección General de Aguas, durante los últimos 3 años (36 meses) antes del momento del cierre de presentación de ofertas. Sólo se considerarán las medidas ejecutoriadas durante el periodo señalado. El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar el puntaje indicado en la tabla siguiente, del puntaje total ponderado de la evaluación por el número de sanciones firmes recibidas por parte de la entidad licitante: Este puntaje se restará del puntaje total ponderado de la propuesta. Se deja expresa constancia que para UTP (uniones temporales de proveedores) este criterio se aplicará para todos los integrantes señalados en el Anexo Nº3-B. Proponente Término anticipado de contrato Cobro de garantía Multa CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L. No No No CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LTDA. No No No CONSTRUCCIONES HECTOR HARILT ALVAREZ PEÑA E.I.R.L. No No No PUNTAJE TOTAL Se deja establecido que la Comisión de Evaluación de las ofertas para la presente licitación pública, calificó con sujeción a lo establecido en las Bases Administrativas correspondientes al presente proceso de licitación. Para ello el puntaje final será obtenido de la siguiente manera: PF = F1x0,40 + F2x0,20 + F3x0,20 + F4x0,10 + F5x0,05 + F6x0,05 – F7 (Si es que aplica) 3. DESÍGNASE, a doña Irene Oyarzun Rojas, RUT: 16.743.261 como Inspector Fiscal Titular para el contrato que se origine de la licitación pública para la prestación de servicios denominada “CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHOAPA AGUAS ARRIBA ESTERO LA CANELA, REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2025”, ID N° 895-6-LP25. Asimismo, y en ausencia del anterior, nombrase como primer Inspector Fiscal Subrogante, a don Andrés Acuña Cruz, RUT: 16.324.606-6, y como segundo Inspector Fiscal Subrogante, a don Iván Pizarro Barraza, RUT: 16.111.053-1; todos funcionarios de la Dirección General de Aguas, quienes además de velar por el buen y oportuno cumplimiento del contrato de prestación de servicios, tendrán los siguientes deberes y facultades: a) Relacionarse directamente con la Adjudicataria/Contratista. b) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato (por ejemplo: velar por el cumplimiento de los plazos estipulados; verificar la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato; corroborar que el contratista acate y cumpla en forma oportuna, con todas y cada una de las obligaciones establecidas en las bases y sus anexos; entre otras). Por lo tanto, el Inspector Fiscal deberá supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases, para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de prestación de servicios. c) Fijar las reuniones que estime necesarias, utilizando los medios formales. d) Dejar constancia en Actas firmadas por la contratista y el Inspector Fiscal, de todas las definiciones y resoluciones respecto del desarrollo del contrato de prestación de servicios, enviando copia del Acta a su jefatura directa. En caso de Actas originadas en reuniones telemáticas, estas deberán ser suscritas por el Inspector Fiscal y el contratista, en un plazo no superior a 72 horas hábiles, contado desde su finalización. e) Analizar, y proponer autorizar o rechazar las prórrogas de plazos y/o modificaciones de productos de las Bases de Licitación (contrato), emitiendo el informe correspondiente, debidamente justificado, dirigido a la Autoridad Competente, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones que rige el contrato de prestación de servicios. f) Solicitar en forma oportuna, al Subdepartamento de Abastecimiento dependiente del Departamento Administrativo y Secretaría General, el acto administrativo correspondiente para formalizar posibles modificaciones al contrato de prestación de servicios, por necesidades de la D.G.A. g) Notificar, oportunamente, al contratista y al Subdepartamento de Abastecimiento, de las falencias en el cumplimiento del contrato de prestación de servicios, ateniéndose a los mecanismos que se establecen en las Bases, y ejecutar las actividades necesarias para el cálculo y cobro de las multas y garantías. h) Informar al contratista, de manera oficial y fundada de acuerdo con lo establecido en las Bases, acerca de las multas acaecidas en el ejercicio del contrato de prestación de servicios. i) Solicitar, cuando corresponda: i. La aplicación de multas, efectuando el cálculo correspondiente. ii. El cobro de garantías, de acuerdo con lo estipulado en las Bases. iii. El término administrativo y anticipado del contrato de prestación de servicios, cuando corresponda y así lo determine la D.G.A. j) Velar por la rápida gestión de las multas y sanciones, en los casos que corresponda. k) Coordinar con la Contraparte Técnica (si la hubiere), el envío de la información necesaria que respalde la recepción conforme, solicitudes de ampliación de plazos de entrega y/o ejecución, o cobro de multa y/o garantía. l) Efectuar la recepción conforme de los bienes y/o servicios, de acuerdo con las formalidades establecidas en las Bases (contrato), y enviarla al área que corresponda. m) Aprobar el pago, a través de la recepción conforme de los bienes y/o servicios (y sus respectivos documentos tributarios), considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, ajustándose al procedimiento descrito en las Bases, cuando corresponda. n) Supervigilar el cumplimiento de las obligaciones previsionales y de los derechos laborales con respecto a los trabajadores que se desempeñen en la Dirección General de Aguas y que mantengan una relación contractual con el proveedor adjudicado (contratista), manteniendo carpetas con liquidaciones y pagos previsionales al día por cada trabajador que esté destinado por el contratista en las instalaciones de la D.G.A. y disponibles en caso de ser solicitadas por la Autoridad. Además, deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre prevención de accidentes y enfermedades profesionales, cuando corresponda. o) Mantener actualizada una carpeta (expediente) física, electrónica o híbrida, de acuerdo con los lineamientos institucionales, con todos los antecedentes del contrato de prestación de servicios, informando de sus avances y de todo aspecto relevante, a su jefatura (Área o Unidad Requirente). p) Atender situaciones emergentes no consideradas, lo que deberá siempre ser propuesto para aprobación o rechazo de la Autoridad Competente, mediante el respectivo informe técnico o minuta técnica en la que deberá establecer los hechos que se deben considerar más su conclusión técnica, lo que no solamente deberá ser un detalle pormenorizado de los hechos, sino que temas técnicos relevantes que deberán ser considerados al momento de resolver. q) Y, en general, coordinar y desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión que faciliten la ejecución del contrato de prestación de servicios y cautelen los intereses fiscales. 4. DÉJASE ESTABLECIDO, que la empresa CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L, Rut 76.559.598-3; deberán suscribir el contrato respectivo, en el plazo máximo de quince (15) días corridos, contados desde la notificación de la presente Resolución; de acuerdo con lo estipulado en el numeral XVII “Contrato”, letra a), de las Bases Administrativas, conforme con lo preceptuado en el artículo 63° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. 5. DÉJASE CONSTANCIA, que atendido el monto involucrado y conforme con lo estipulado en la letra a) del numeral XVIII “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato” de las Bases Administrativas, la empresa CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L, Rut 76.559.598-3, tendrá un plazo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación del presente acto, para realizar la entrega de dicha garantía, en los términos y condiciones establecidos en el referido numeral de las bases de licitación. 6. DÉJASE CONSTANCIA, que la empresa CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R.L, Rut 76.559.598-3, deberá respetar su oferta técnico económica, bajo el apercibimiento indicadas en el numeral XXX “Multas y Procedimientos de Aplicación de Multas” de las Bases Administrativas. 7. IMPÚTESE Y PÁGUESE, el gasto que irrogue la contratación de la prestación de servicios denominada “CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHOAPA AGUAS ARRIBA ESTERO LA CANELA, REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2025”, ID N° 895-6-LP25, por un monto total máximo $ 79.568.344.- (Setenta y nueva millones, quinientos sesenta y ocho mil, trescientos cuarenta y cuatro de pesos), impuestos incluidos, de la forma que se indica a continuación: a) Por un monto máximo de $31.827.338.- (treinta y un millones, ochocientos veintisiete mil, trescientos treinta y ocho pesos chilenos), impuestos incluidos, para la ejecución durante el año 2025, se cargará al Código BIP: 40007100-0, Subtítulo 31, Ítem 02, Asignación 004, de la Ley N° 21.722, del Ministerio de Hacienda, de Presupuestos del Sector Público para el año 2025, de la Dirección General de Aguas. b) El saldo, de $47.741.006.- (cuarenta y siete millones, setescientos cuarenta y un mil, seis pesos chilenos), impuestos incluidos, para la ejecución durante el año 2025, se cargará al Código BIP: 40007100-0, Subtítulo 31, Ítem 02, Asignación 004, de la Ley N° 21.722, del Ministerio de Hacienda, de Presupuestos del Sector Público para el año 2025, de la Dirección General de Aguas. 8. TÉNGASE PRESENTE, que la adjudicataria será notificada de los actos administrativos que se dicten durante la contratación que se origine de la presente adjudicación, mediante al correo electrónico: constructora.alvag@gmail.com, conforme con lo solicitado mediante el Anexo N° 5 denominado “DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS”, el cual forma parte integrante de su propuesta. 9. PUBLÍQUESE, el presente Acto Administrativo, en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración www.mercadopublico.cl. 10. COMUNÍQUESE, la presente Resolución, a la Dirección General de Aguas, región de Coquimbo; a la División de Hidrología de la D.G.A.; al Departamento de Información de Recursos Hídricos de la D.G.A.; al Subdepartamento de Abastecimiento de la D.G.A.; al Subdepartamento de Presupuesto y Contabilidad de la D.G.A.; a la Unidad de Auditoría Interna de la D.G.A.; a la Unidad de Hidrología y Administración Regional, de la D.G.A. de la región de Coquimbo; a los funcionarios designados en calidad de Inspectores Fiscales; y a las demás unidades de la Dirección General de Aguas que corresponda. ANÓTESE, PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF
Unidad de Compra Dirección General de Aguas - IV Región
R.U.T. 61.202.000-0
Dirección CIRUJANO VIDELA Nº 200 SEGUNDO PISO, LA SERENA
Comuna La Serena
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de Coquimbo
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo CARLA MOLINA ANGEL
Cargo Asistente Administrativo
Teléfono 56-51-2542376
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 895-6-LP25
Nombre de Adquisición CONSTRUC. ESTAC. FLUV. RIO CHOAPA ANTES EST CANELA
Tipo de Adquisición Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Descripción Actualmente, la sección de la Estación Fluviométrica Río Choapa antes Estero La Canela no posee escurrimiento de las aguas superficiales, producto de un apozamiento en la sección del cauce del río Choapa en donde está emplazada, razón por la cual, en dicha sección no se puede aforar. El estancamiento de las aguas superficiales del río Choapa en la zona donde se ubica la estación, se debe principalmente a que a menos de 50 metros aguas abajo, existe una bocatoma artesanal, que mediante un pretil trasversal al río, permite la captación de casi la totalidad de las aguas del río Choapa, retardando el flujo y generando un represamiento. Por otro lado, la sección de la estación presenta un socavón en su lecho y se presume que la estación podría presentar problemas en su diseño, ya que no existe una pendiente adecuada para el escurrimiento de caudales bajos. Por lo tanto el objetivo de la presente licitación es reestablecer el monitoreo fluviométrico en el sector del Río Choapa ante del Estero Canela mediante el perfilamiento del cauce de la estación, considerando el nuevo diseño de la estación en condiciones hidráulicas estandarizadas para un período de retorno de 50 años.
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 7/4/2025 16:27
Fecha de Cierre 28/4/2025 16:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 66.864.155
Monto Neto Estimado del Contrato $ 1



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
Acta_de_evaluacion_id_895_6_lp25.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTACTA DE EVALUACION1063 KB12-05-2025 15:33:03
Resolución Exenta Nº585_Adjudica_895-6-LP25.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónRES EX DGA N°585 ADJUDICA1072 KB12-05-2025 15:32:49
Declaracion_conflictos_intereses_id_895_6_lp25_IO.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACION IOR316 KB12-05-2025 15:21:49
Declaracion_conflictos_intereses_id_895_6_lp25_IO.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACION IOR316 KB12-05-2025 15:21:48
Declaracion_conflictos_intereses ID 895-6-LE25_ipb.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACION IPB316 KB12-05-2025 15:21:38
Declaracion_conflictos_intereses ID 895-6-LP25_AAC.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACIÓN AAC361 KB12-05-2025 15:21:28

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
16324606-6ANDRES ACUÑA CRUZjefe regional de hidrologia
16111053-1ivan pizarro barrazaanalista
16743261-1irene oyarzun rojasanalista
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 72131702 Construcción de obras civiles
Especificaciones del Comprador :
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.559.598-3 CONSTRUCTORA HECTOR ROLANDO ALVAREZ AGUILERA E.I.R CONSTRUCCION ESTACION FLUVIOMETRICA RIO CHOAPA ANTES ESTERO CANELA. PLAZO EJECUCION 30 DIAS SEGUN CARTA GANTT CONSTRUCTORA ALVAG E.I.R.L OBRAS CIVILES $ 66864155 1 66864155 Adjudicada
76.577.926-k CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA BYPSUR LIMITADA Se ejecutará de acuerdo a las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación. $ 67454044 0 0 No Adjudicada
76.439.577-8 CONSTRUCCIONES HECTOR HARILT ALVAREZ PEÑA E.I.R.L. CONSTRUC. ESTAC. FLUV. RIO CHOAPA ANTES EST CANELA PLAZO EJECUCION 37 DIAS SEGUN DETALLE CARTA GANTT $ 66084155 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 66.864.155



Monto Total Adjudicado $ 66.864.155