|
Resolución de Acta de Adjudicación
|
Adquisición Nº
584105-51-LE13
Adjudicación Informada en portal el
10/3/2014 18:55
|
|
|
En
Santiago,
10-03-2014
|
|
Nro de
Resolución
21 A
|
|
|
|
|
Vistos
|
|
Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley Nº 20.402, que crea el Ministerio de Energía, estableciendo modificaciones al Decreto Ley Nº 2.224, del año 1978 y a otros cuerpos legales; la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 250, de 9 de marzo del año 2004, del Ministerio de Hacienda; la Ley Nº 20.713, de Presupuestos del Sector Público para el año 2014; el Decreto Supremo Nº 01 A, de 3 de febrero de 2011, del Ministerio de Energía, que nombra a don Sergio del Campo Fayet como Subsecretario de Energía; la Resolución Exenta Nº 186 A, de 18 de diciembre de 2013, de la Subsecretaría de Energía; el Acta de Evaluación de Ofertas y Propuesta de Adjudicación, de 25 de febrero de 2014; la Resolución Nº 1600, del año 2008, de la Contraloría General de la República; y
|
|
Considerando
|
|
a) Que la Subsecretaría de Energía, mediante Resolución Exenta Nº 186 A, de 18 de diciembre de 2013, aprobó las bases administrativas y técnicas y llamó a licitación pública para la contratación de los servicios profesionales destinados a la ejecución del estudio “Guía de Buenas Prácticas para una adecuada implementación de la Participación Ciudadana en proyectos energéticos que se presentan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, de la Región del Bío Bío”, las que se publicaron el 20 de diciembre de 2013 en el portal de ChileCompra, www.mercadopublico.cl, bajo el ID Nº 584105-51-LE13.
b) Que a través del referido portal se recibieron un total de nueve ofertas, correspondientes a los siguientes proveedores:
1 CASA DE LA PAZ R.U.T. Nº 72.168.100-9
2 AMPHOS 21 CONSULTING CHILE LIMITADA R.U.T. Nº 76.047.381-2
3 SOCIEDAD DE ASESORÍAS PROFESIONALES SUSTENTANK LIMITADA R.U.T. Nº 76.094.278-2
4 AP ECOLOGY SPA R.U.T. Nº 76.263.385-K
5 SOCIEDAD BRAVO Y ORTEGA LIMITADA R.U.T. Nº 76.274.295-0
6 DESARROLLO HUMANO Y AMBIENTAL SUSTENTABLE CONSULTORES INTERNACIONALES R.U.T. Nº 78.737.930-3
7 POCH AMBIENTAL S.A. R.U.T. Nº 77.048.420-0
8 EDUARDO GIESEN AMTMANN R.U.T. Nº 9.319.799-2
9 KNIGHT PIESOLD S.A. R.U.T. Nº 96.680.350-9
c) Que de conformidad con lo dispuesto en el punto I del numeral 8.1 de las bases administrativas, la Encargada de Abastecimiento, en conjunto con la Abogada de la División de Gestión y Finanzas de la Subsecretaría de Energía, realizaron la apertura administrativa de las ofertas recibidas y constataron que el proveedor CASA DE LA PAZ presentó una garantía de seriedad de la oferta con una vigencia inferior a la requerida en el numeral 7.2 de las bases administrativas, esto es, 89 días corridos contados desde el cierre de recepción de ofertas, no siendo ésta una omisión formal subsanable de conformidad con lo establecido en el numeral 8.2.2 de las bases administrativas. Por lo tanto, dicho proveedor no cumplió con los requisitos de admisibilidad administrativa establecidos en el literal b) del numeral 8.2.1 de las bases administrativas y su oferta fue declarada inadmisible, no pasando a la etapa de evaluación técnica.
d) Que los proveedores AMPHOS 21 CONSULTING CHILE LIMITADA; SOCIEDAD DE ASESORÍAS PROFESIONALES SUSTENTANK LIMITADA; AP ECOLOGY SPA; SOCIEDAD BRAVO Y ORTEGA LIMITADA; DESARROLLO HUMANO Y AMBIENTAL SUSTENTABLE CONSULTORES INTERNACIONALES; POCH AMBIENTAL S.A.; EDUARDO GIESEN AMTMANN y KNIGHT PIESOLD S.A. cumplieron con los requisitos de admisibilidad administrativa establecidos en el numeral 8.2.1 de las bases administrativas, en concordancia con lo estipulado en los numerales 5.1 y 7.2 de las mismas bases y, por lo tanto, sus ofertas fueron declaradas admisibles y pasaron a la etapa de evaluación técnica.
e) Que las ofertas de los proveedores AMPHOS 21 CONSULTING CHILE LIMITADA; SOCIEDAD DE ASESORÍAS PROFESIONALES SUSTENTANK LIMITADA; AP ECOLOGY SPA; SOCIEDAD BRAVO Y ORTEGA LIMITADA; DESARROLLO HUMANO Y AMBIENTAL SUSTENTABLE CONSULTORES INTERNACIONALES; POCH AMBIENTAL S.A.; EDUARDO GIESEN AMTMANN y KNIGHT PIESOLD S.A. fueron evaluadas por la Comisión Evaluadora de acuerdo a los criterios técnicos establecidos en el numeral 8.3.1 de las bases administrativas, alcanzando todas ellas puntajes superiores a los mínimos requeridos para cada ítem y un puntaje final ponderado superior a 65 puntos, en la escala de 0 a 100 puntos, cumpliendo así con lo exigido en el numeral 8.3.3 de las bases administrativas, por lo que sus ofertas pasaron a la etapa de evaluación económica.
f) Que en virtud de lo dispuesto en el número 2 del punto II del numeral 8.1. de las bases administrativas, la Comisión Evaluadora constató que las ofertas económicas de los proveedores AMPHOS 21 CONSULTING CHILE LIMITADA; SOCIEDAD DE ASESORÍAS PROFESIONALES SUSTENTANK LIMITADA; AP ECOLOGY SPA; SOCIEDAD BRAVO Y ORTEGA LIMITADA; DESARROLLO HUMANO Y AMBIENTAL SUSTENTABLE CONSULTORES INTERNACIONALES; POCH AMBIENTAL S.A.; EDUARDO GIESEN AMTMANN y KNIGHT PIESOLD S.A. se ajustaron a la disponibilidad presupuestaria aprobada para la contratación del referido servicio, por lo que la Comisión Evaluadora procedió a efectuar la evaluación económica de sus ofertas, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 8.4. de las bases administrativas.
g) Que de conformidad con lo dispuesto en el número 3 del punto II del numeral 8.1 de las bases administrativas, los resultados de las evaluaciones técnica y económica de las ofertas presentadas por los proveedores individualizados en el considerando precedente fueron consignados por la Comisión Evaluadora en el Acta de Evaluación de Ofertas y Propuesta de Adjudicación, levantada al efecto con fecha 25 de febrero de 2014, siendo éstos los siguientes:
h) Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora determinó que la oferta presentada por el proveedor AP ECOLOGY SPA, R.U.T. N° 76.263.385-K, se ajustó a lo solicitado en las bases administrativas y técnicas de licitación y al presupuesto disponible, siendo la oferta que obtuvo el mejor puntaje ponderado final, esto es, 95 puntos en la escala de 0 a 100 puntos, por lo que ha propuesto a este Jefe de Servicio adjudicar a dicho proveedor la licitación pública para la contratación de los servicios profesionales destinados a la ejecución del estudio “Guía de Buenas Prácticas para una adecuada implementación de la Participación Ciudadana en proyectos energéticos que se presentan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, de la Región del Bío Bío”, por un monto total de $19.900.000.- (diecinueve millones novecientos mil pesos), exentos de impuestos.
|
|
Resuelvo
|
|
1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 584105-51-LE13, Guía Buenas Prácticas Participación Ciudadana, Fomentar una adecuada implementación de la Participación Ciudadana, en adelante “PAC”, que genere una mejor recepción de los proyectos y minimice los potenciales conflictos.
|
|
Acta Adjudicación
|
|
Organismo Demandante
|
|
Razón Social
|
SUBSECRETARIA DE ENERGIA
|
|
Unidad de Compra
|
P01
|
|
R.U.T.
|
61.979.830-9
|
|
Dirección
|
Alameda 1449 Piso 14 Torre 2
|
|
Comuna
|
Santiago
|
|
Ciudad en que se genera la Adquisición
|
Región Metropolitana de Santiago
|
|
|
Datos del Contacto para esta Licitación
|
|
Nombre Completo
|
Constanza Ramirez
|
|
Cargo
|
Profesional de Abastecimiento
|
|
Teléfono
|
56-02-23673719
|
|
Fax
|
--
|
|
E-Mail
|
|
|
|
Datos de la Adquisición
|
|
Número de Adquisición
|
584105-51-LE13
|
|
Nombre de Adquisición
|
Guía Buenas Prácticas Participación Ciudadana
|
|
Tipo de Adquisición
|
Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
|
|
Descripción
|
Fomentar una adecuada implementación de la Participación Ciudadana, en adelante “PAC”, que genere una mejor recepción de los proyectos y minimice los potenciales conflictos.
|
|
Tipo de Convocatoria
|
ABIERTO
|
|
Moneda
|
Peso Chileno
|
|
Fecha de Publicación
|
20/12/2013 15:56
|
|
Fecha de Cierre
|
22/1/2014 14:00
|
|
Tipo de Adjudicación
|
Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
|
|
Monto Neto Adjudicado
|
$ 19.900.000
|
|
Monto Neto Estimado del Contrato
|
$ 19.900.000
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Resultado de la Adjudicación
|
|
|
|
|
|
|
|
|