Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 1098-1-LE26
Adjudicación Informada en portal el
5/5/2026 17:20

En Iquique, 05-05-2026
Nro de Resolución 299
Vistos
1.- El Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, que aprueba el Código de Aguas; 2.- La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; 3.- La Ley Nº 19.886, de 2003, del Ministerio de Hacienda, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; 4.- El Decreto Supremo Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, y sus modificaciones; 5.- El Decreto Supremo N° 263, de 12 de diciembre de 2016, que modifica en el sentido que se indica, y fija el texto refundido del Decreto Supremo N° 1.141, de 2006, que aprueba nuevo Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación y Contrataciones de Servicios, modificado por el Decreto Supremo N° 412, de 2007, todos del Ministerio de Obras Públicas; 6.- La Ley N°21.796, del Ministerio de Hacienda, de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público, para el año 2026; 7.- La Resolución D.G.A. (Exenta) Región de Tarapacá N° 231 del 07 de abril de 2026, que Aprueba Bases Administrativas y Técnicas; y designa integrantes de la Comisión Evaluadora de la licitación pública denominada “REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ”; 8.- La Resolución D.G.A. (Exenta) Región de Tarapacá N° 249 de fecha 14 de abril de 2026, que Rectifica Resolución D.G.A. Tarapacá (Exenta) N° 231 de 07 de abril de 2026, 9.- El Acta de Apertura Electrónica, Adquisición N° 1098-1-LE26 de 23 de abril de 2026, emitida por el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl; 10.- El Acta de Evaluación de la licitación pública señalada en el Visto Séptimo, ID N°1098-1-LE-26 suscrita por la Comisión Evaluadora con fecha 04 de mayo de 2026; 11.- La Resolución N° 8 de fecha 24 de marzo de 2025 de la Contraloría General de la República, que modifica y complementa Resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la Republica que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; 2 12.- Las atribuciones y facultades delegadas por medio de la Resolución D.G.A. (Exenta)N° 896, de 25 de abril de 2022, rectificada por medio de la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 52, de 12 de enero de 2023; 13.- La Resolución Exenta D.G.A. RA Nº50 de 27 de enero de 2025, que encomienda funciones Directivas y la Resolución Exenta D.G.A. RA Nº95 de 28 de enero de 2026 que Establece el Orden Subrogación de Director Regional de Aguas de Tarapacá;
Considerando
1.- QUE, mediante la Resolución D.G.A. (Exenta) Región de Tarapacá N° 231 de 07 de abril de 2026, rectificada por la Resolución D.G.A. (Exenta) Región de Tarapacá N° 249 de fecha 14 de abril de 2026, se aprobaron las Bases Administrativas, Técnicas, y designó integrantes de la Comisión de Evaluación para la licitación pública de prestación de servicios denominada “REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ”, ID 1098-1-LE26; 2.- QUE, las Bases señaladas en el considerando precedente se publicaron en Sistema de Información www.mercadopublico.cl, con fecha 07 de abril de 2026, mediante la licitación pública ID N°1098-1-LE26, y cuya fecha de cierre de recepción de ofertas aconteció el día 23 de abril de 2026; 3.- QUE, de acuerdo con el Acta de Apertura Electrónica, en el portal www.mercadopublico.cl, se presentaron cinco (5) propuestas, según se indica a continuación: N° Oferente RUT 1 CON POTENCIAL CONSULTORES LIMITADA 76.189.581-8 2 CRISTÓBAL GABRIEL MOSQUERIA BAIRD-KERR 15.454.024-5 3 INRHED SPA 77.047.756-5 4 MAS RECURSOS NATURALES S.A. 76.365.917-8 5 RHYMA INGENIERÍA SPA 76.211.683-9 4.- QUE, el acápite primero del numeral VII del pliego de condiciones administrativas que rige el presente concurso, estableció que: “La D.G.A. declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan los requerimientos establecidos en las Bases (…) dicha declaración será por resolución fundada, conforme con lo establecido en el artículo 9° de la Ley 19.886”; luego, el acápite final del referido numeral, indicó expresamente, que: “La D.G.A. rechazará de forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases administrativas y técnicas de licitación. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva”; 5.- QUE, de acuerdo al análisis de admisibilidad, la Comisión Evaluadora aplicando los criterios señalados en las Bases Administrativas y Técnicas que rigen la presente Licitación Pública, ha declarado inadmisible tres (3) ofertas y en consecuencia de ello, no han sido evaluadas. Las ofertas corresponden a las presentadas por los proveedores CON POTENCIONAL CONSULTORES LIMITADA., RUT: 76.189.581-8; CRISTÓBAL GABRIEL MOSQUEIRA BAIRD-KERR, RUT: 15.454.024-5; y RHYMA INGENIERÍA SPA, RUT: 76.211.683-9, los fundamentos indicados por la Comisión Evaluadora se expondrán en los considerandos siguientes; 6.- QUE, según consta en el Acta de Evaluación emitida por la Comisión Evaluadora designada, se declaran inadmisibles la oferta presentada por CON POTENCIAL CONSULTORES LIMITADA., RUT: 76.189.581-9, al no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el numeral IX. PACTO DE INTEGRIDAD, según lo 3 expresado en las bases: “3) Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma”, al presentar en su oferta una Propuesta Técnica que no se ajusta a los requerimientos técnicos del proceso licitatorio, al proponer una programación de trabajo que no se encuentra orientada a lo solicitado en las Bases Administrativas y Técnicas, excediendo el plazo de ejecución establecido en el numeral XII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS, número 2. PLAZO DE EJECUCIÓN el cual indica que; “El plazo de entrega o ejecución ofertado no podrá superar los cuarenta y cinco (45) días corridos” siendo el plazo propuesto por el oferente de doscientos quince (215) días corridos. Asimismo, de acuerdo a lo señalado en el último acápite del numeral IX. PACTO DE INTEGRIDAD, indica que: “Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles (…)” 7.- QUE, así mismo, según consta en el Acta de Evaluación, se declara inadmisible la oferta presentada por CRISTÓBAL GABRIEL MOSQUEIRA BAIRD-KERR, RUT: 15.454.024-5, al incumplir conforme a lo establecido en el numeral VI REQUISITOS DE LA OFERTA, número 2. Oferta Económica, que de acuerdo a las bases indica lo siguiente: “La falta de presentación o la omisión de cualquiera de los antecedentes requeridos para la oferta económica o técnica facultarán a la D.G.A. a excluir al oferente del proceso licitatorio. Dicha exclusión será declarada inadmisible mediante resolución fundada por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases”. La Comisión Evaluadora pudo verificar mediante el portal de Mercado Público que el oferente no presentó ningún documento para sustentar su oferta, por lo que no cumple con los criterios establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas para ser declarada admisible ni ser evaluada como oferta. 8.- QUE, en última instancia, de acuerdo a lo indicado en Acta de Evaluación, se declara inadmisible la oferta presentada por RHYMA INGENIERÍA SPA, RUT: 76.211.683-9, al no dar cumplimiento al numeral XII APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS, número 3. EXPERIENCIA DEL OFERENTE que en las bases expresa lo siguiente: “Los proponentes deberán acreditar la experiencia por medio de certificados emitidos por los Inspectores Fiscales de los proyectos y/o mandante de las empresas con quienes hubiere contratado, o por medio de otro documento debidamente acreditado que indique haber realizado los trabajos requeridos de acuerdo con la experiencia solicitada acompañando recepción conforme (por ejemplo: si el oferente desea acreditar mediante Orden de Compra deberá además presentar un documento de recepción conforme).” Asimismo, indica en su último acápite que: “Serán declaradas inadmisibles aquellas ofertas que no presenten la documentación para acreditar experiencia y en el anexo antes indicado (ANEXO N°9), sin perjuicio de las demás disposiciones establecidas en las presentes Bases. En consideración de lo expuesto anteriormente, la Comisión Evaluadora pudo verificar a través del portal de Mercado Público que la empresa RHYMA INGENIERÍA SPA no presentó en su oferta la documentación requerida en este proceso licitatorio para acreditar la experiencia según lo expresado en su Anexo N°9, por lo que no cumple con lo necesario para ser declarada admisible ni ser evaluada como oferta. 9.- QUE, en atención al análisis efectuado por la Comisión Evaluadora, con respecto de las ofertas admisibles y que fueron evaluadas, ésta propone la adjudicación de la licitación pública denominada “REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ”, ID 1098-1-LE26, al oferente “MAS RECURSOS NATURALES S.A.”, RUT: 76.365.917-8, por un monto de $35.717.850.- 4 (treinta y cinco millones setecientos diecisiete mil ochocientos cincuenta pesos) impuestos incluidos, para la prestación de servicios requerida por la Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá, pues su oferta cumple con los requisitos mínimos establecidos en las bases de licitación, además de haber obtenido como resultado el puntaje ponderado máximo, luego de aplicados los criterios de evaluación previamente consignados, resultando así, conveniente al interés fiscal; 10.- QUE, la Comisión Evaluadora de la Oferta, con fecha 04 de mayo de 2026, ha levantado Acta de toda la evaluación efectuada, la que forma parte integrante de la presente Resolución; 11.- QUE, el proveedor “MAS RECURSOS NATURALES S.A.”, RUT: 76.365.917-8, se encuentra en estado hábil para contratar con las entidades que conforman la Administración del Estado, según en el Portal Mercado Público, consultado con fecha 05 de mayo de 2026; 12.- QUE, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 117° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, en relación con lo dispuesto en los numerales X “Antecedentes para la suscripción del Contrato” y XVII “Contrato” (número 2.”) de las Bases Administrativas, la contratación que se origine en la presente licitación pública requerirá la firma de contrato, en los términos establecidos en la normativa de compras y contratación pública vigente; 13.- QUE, en atención a lo dispuesto en el numeral XVIII GARANTÍAS Y CAUCIONES, número 1. “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de Contrato”, de las Bases Administrativas; la empresa adjudicataria deberá entregar, en el plazo establecido en dicho pliego de condiciones, garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, que cumpla con las características señaladas; 14.- QUE, se ha cumplido con las formalidades establecidas en la normativa vigente de compras y contratación pública.
Resuelvo
1° ADJUDÍCASE, la licitación pública ID N°1098-1-LE26, referente a la prestación de servicios denominada “REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ”, ID 1098-1-LE26, al Proveedor “MAS RECURSOS NATURALES S.A.”, RUT: 76.365.917-8, por un monto de $35.717.850.- (treinta y cinco millones setecientos diecisiete mil ochocientos cincuenta pesos) impuestos incluidos, de acuerdo con la propuesta técnica y económica del referido proveedor. 2° DECLÁRESE INADMISIBLE, las ofertas presentadas por los proveedores CON POTENCIONAL CONSULTORES LIMITADA., RUT: 76.189.581-8; CRISTÓBAL GABRIEL MOSQUEIRA BAIRD-KERR, RUT: 15.454.024-5; y RHYMA INGENIERÍA SPA, RUT: 76.211.683-9, de acuerdos a los argumentos esgrimidos en los considerandos seis, siete, y ocho del presente Acto Administrativo; 3º DÉJASE ESTABLECIDO, que la oferta fue evaluada por la Comisión Evaluadora designada para tal efecto, de acuerdo con los siguientes factores y sus respectivos puntajes señalados en las Bases Administrativas y Técnicas que rigen la licitación pública ID 1098-1-LE26: 4° DÉJASE ESTABLECIDO, que el proveedor adjudicado “MAS RECURSOS NATURALES S.A.”, RUT: 76.365.917-8, deberá suscribir el contrato respectivo, en el plazo señalado en el número 2. “Formalización de la Contratación” del numeral XVII de las Bases Administrativas, conforme con lo preceptuado en el artículo 117° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. 5° DÉJASE ESTABLECIDO, que la empresa adjudicataria “MAS RECURSOS NATURALES S.A.”, RUT: 76.365.917-8, deberá presentar garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo y en los términos indicados en el numeral XVIII de las Bases Administrativas. 6° DÉJASE CONSTANCIA, que la empresa adjudicataria “MAS RECURSOS NATURALES S.A.”, RUT: 76.365.917-8, deberá dar estricto cumplimiento a la oferta presentada, de acuerdo con lo establecido en las bases de licitación, bajo el apercibimiento de las multas indicadas en la letra b) “Multas”, contenida en el numeral XXVI de las Bases Administrativas. 7° EMÍTASE, la respectiva orden de compra a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a la “MAS RECURSOS NATURALES S.A.”, RUT: 76.365.917-8, 10 una vez formalizada la contratación, de acuerdo con lo establecido en los resolutivos Cuarto y Quinto del presente Acto Administrativo. 8° DESÍGNASE, a doña Carolina Monje San Martín, RUT: 16.591.531-3, como Inspector Fiscal Titular en la licitación pública ID N°1098-1-LE26, referente a la prestación de servicios denominada “REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ” ID 1098-1-LE26. Asimismo, y en ausencia del anterior, nombrase como Inspector Fiscal Subrogante, a don David Campos Campos, RUT: 15.497.514-4; ambos funcionarios de la Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá, quienes tendrán los siguientes deberes y facultades: a) Relacionarse directamente con el proveedor/contratista de la Dirección General de Aguas. b) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato (por ejemplo: velar por el cumplimiento de los plazos estipulados; verificar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, si fuera el caso; corroborar que el adjudicatario acate y cumpla en forma oportuna, con todas y cada una de las obligaciones establecidas en las bases y sus anexos; entre otras). Por lo tanto, el Inspector Fiscal deberá supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases, para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. c) Fijar las reuniones que estime necesarias, utilizando los medios formales. d) Dejar constancia en Actas firmadas por el proveedor/contratista y el Inspector Fiscal, de todas las definiciones y resoluciones respecto del desarrollo del contrato, enviando copia del Acta a su jefatura directa. En caso de Actas originadas en reuniones telemáticas, estas deberán ser suscritas por el Inspector Fiscal y el proveedor/contratista, en un plazo no superior a 72 horas, contado desde su finalización. e) Analizar y autorizar las prórrogas de plazos y/o modificaciones de productos de las Bases de Licitación, emitiendo el informe correspondiente, debidamente justificado, dirigido a la Autoridad Competente, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones que rige el contrato. f) Solicitar en forma oportuna, al Área Administrativa Regional, el acto administrativo correspondiente para formalizar posibles modificaciones al contrato, por necesidades de la D.G.A. g) Notificar, oportunamente, al proveedor/contratista y al Área Administrativa Regional, de las falencias en el cumplimiento del contrato, ateniéndose a los mecanismos que se establecen en las Bases, y ejecutar las actividades necesarias para el cálculo y cobro de las multas y garantías. h) Informar al proveedor/contratista, de manera oficial y fundada de acuerdo con lo establecido en las Bases, acerca de las multas acaecidas en el ejercicio del contrato. i) Solicitar, cuando corresponda: i. La aplicación de multas, efectuando el cálculo correspondiente. ii. El cobro de garantías, de acuerdo con lo estipulado en las Bases. iii. El término administrativo y anticipado del contrato, cuando corresponda y así lo determine la D.G.A. j) Velar por la rápida gestión de las multas y sanciones, en los casos que corresponda. k) Coordinar con la Contraparte Técnica (si la hubiere), el envío de la información necesaria que respalde la recepción conforme, solicitudes de ampliación de plazos de entrega y/o ejecución, o cobro de multa y/o garantía. l) Efectuar la recepción conforme de los bienes y/o servicios, de acuerdo con las formalidades establecidas en las Bases, y enviarla al área que corresponda. m) Aprobar el pago, a través de la recepción conforme de los bienes y servicios (y sus respectivos documentos tributarios), considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, ajustándose al procedimiento descrito en las Bases, cuando corresponda. n) Supervigilar el cumplimiento de las obligaciones previsionales y de los derechos laborales con respecto a los trabajadores que se desempeñen en la Dirección General de Aguas y que mantengan una relación contractual con el proveedor adjudicado (contratista), manteniendo carpetas con liquidaciones y pagos previsionales al día por cada trabajador que esté destinado por el proveedor/contratista en las instalaciones de la D.G.A. y disponibles en 11 caso de ser solicitadas por la Autoridad. Además, deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre prevención de accidentes y enfermedades profesionales, cuando corresponda. o) Mantener actualizada una carpeta (expediente) física, electrónica o híbrida, de acuerdo con los lineamientos institucionales, con todos los antecedentes del contrato, informando de sus avances y de todo aspecto relevante, a su jefatura (Área o Unidad Requirente). p) Atender situaciones emergentes no consideradas, lo que deberá siempre ser propuesto para aprobación o rechazo de la Autoridad Competente, mediante el respectivo informe o minuta técnicos en la que deberá establecer los hechos que se deben considerar más su conclusión técnica, lo que no solamente deberá ser un detalle pormenorizado de los hechos, sino que temas técnicos relevantes que deberán ser considerados al momento de resolver. q) Y, en general, coordinar y desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión que faciliten la ejecución del contrato y cautelen los intereses fiscales; 9º IMPÚTESE Y PÁGUESE, el gasto que demande la licitación pública denominada “REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ”, ID N°1098-1-LE26 por un monto total de $35.717.850.- (treinta y cinco millones setecientos diecisiete mil ochocientos cincuenta pesos), con cargo al Subtítulo 31, Ítem 02, Asignación 002, Código BIP: 40049132-0, de la Ley de Presupuestos del año 2026, para la Dirección General de Aguas. 10° PUBLÍQUESE, el presente Acto Administrativo, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. 11º COMUNÍQUESE, la presente resolución, a la Dirección Regional de Aguas de la región de Tarapacá, a la División de Hidrología de la DGA; al Subdepartamento de Abastecimiento de la DGA; al Subdepartamento de Presupuesto y Contabilidad de la DGA; al Encargado de Transparencia de la DGA; a las Unidades de Hidrología y Administrativa de la región de Tarapacá; a las/os funcionarias/os designadas/os; y a las demás unidades de la Dirección General de Aguas que corresponda.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF
Unidad de Compra Dirección General de Aguas - I Región - Iquique
R.U.T. 61.202.000-0
Dirección Tarapaca N° 130
Comuna Iquique
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de Tarapacá
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo Camila Lopez de la Vega
Cargo Asistente Administrativo
Teléfono 56-57-2572112
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 1098-1-LE26
Nombre de Adquisición REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RIO COSCAYA
Tipo de Adquisición Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
Descripción REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RIO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 7/4/2026 18:16
Fecha de Cierre 23/4/2026 15:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 30.015.000
Monto Neto Estimado del Contrato $ 30.015.000



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
Resolución N° 299 ADJUDICACION 1098-1-LE26 FSR.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónRESOLUCIÓN 299 ADJUDICA LICITACIÓN PÚBLICA 1098-1-LE26754 KB05-05-2026 17:16:58
Declaración_de_conflictos_de_intereses_y_confidencialidad_CSD.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACIÓN CSD284 KB05-05-2026 17:16:27
Declaracion_de_conflictos_de_intereses_GPM (1).pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACIÓN GPM335 KB05-05-2026 17:16:16
Declaración_de_Conflictos_de_Intereses CD FIRMADO.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACIÓN CDU334 KB05-05-2026 17:16:07
Acta_evaluacion_prestacion_servicios_1098-1-LE26.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTACTA DE EVALUACIÓN 1098-1-LE261104 KB05-05-2026 17:13:52
Evaluacion_1098-1-LE26_Ponderaciones.pdfOtros AnexosEVALUACIÓN PONDERACIONES647 KB05-05-2026 17:13:40

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
17797418-8Camila Diaz UrzuaAnalista Regional de Medio Ambiente
16866643-8Giselle Placencia MarinAnalista de Fiscalización
17336919-0Claudio Diaz SaavedraAnalista Regional de Estudios
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 81101513 Servicios de gestión de la construcción
Especificaciones del Comprador : REDISEÑO DE ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RIO COSCAYA EN SAITOCO, REGIÓN DE TARAPACÁ
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.189.581-8 CON POTENCIAL CONSULTORES LIMITADA Servicio profesionales exentos de IVA $ 40000000 0 0 No Adjudicada
76.365.917-8 MAS RECURSOS NATURALES S.A. Mas Recursos Naturales $ 30015000 1 30015000 Adjudicada
77.047.756-5 INRHED SPA VALOR NETO DE LA OFERTA DE ACUERDO A BB AA Y TT $ 32324406 0 0 No Adjudicada
15.454.024-5 CRISTOBAL GABRIEL MOSQUEIRA BAIRD-KERR OFERTA ES VALOR CON IMPUESTOS $ 34438612 0 0 No Adjudicada
76.211.683-9 RHYMA INGENIERIA SPA Se entregara factura con IVA $ 37270800 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 30.015.000



Monto Total Adjudicado $ 30.015.000