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Que, la Resolución Exenta Nº 2227 del 02 de Noviembre del 2009, del Director Regional región de Coquimbo, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, autorizó a proceder mediante el mecanismo de la contratación directa de (adquisición solicitada), atendido lo contemplado en el artículo 8 letra h) de la ley Nº 19.886, que permite la posibilidad excepcional de recurrir al trato o contratación directa cuando el monto de la adquisición sea inferior al límite que fije su Reglamento.
Que el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, establece en su artículo 10 Nº 8 que, si las contrataciones son iguales o inferiores a 100 unidades tributarias mensuales (UTM), es posible recurrir al trato o contratación directa;
Que, habiéndose realizado los procedimientos respectivos de la publicación en el portal Chile Compras del Llamado con los Términos de Referencia aprobados; recepción, evaluación y cuadro comparativo de las cotizaciones, y por presentarse la única oferta conveniente, se ha propuesto adjudicar a: SOLEDAD CONCHA GAJARDO. R. U. T. 10.912.565-2 , es necesario dictar el acto administrativo correspondiente para la contratación de la mencionada adquisición.
Que, en cumplimiento de lo establecido en el DS Nº 1562 del 20 de Abril 2006, que modifica el DS Nº 250, de 2004, que aprobó el reglamento de la Ley 19.886, dispone que el acto administrativo que adjudique deberá especificar los criterios de evaluación, que estando previamente definidos en los términos de referencia, hayan permitido al oferente obtener la calificación de oferta más conveniente.
Que de acuerdo a instrucciones emanadas del Ministerio del Interior, en circular Nº 9 de fecha 06 de marzo de 2007, indica que: En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva.
Considerando a que se presento un oferente se procede a seleccionar la oferta de Soledad Concha Gajardo, la cual cumple integralmente con los criterios de calidad, experiencia y precio de lo solicitado.
Considerando la evaluación se procede a seleccionar la oferta de Soledad Concha Gajardo, RUT: 10.912.565-2 , la cual cumple integralmente con los criterios de calidad, experiencia y precio de lo solicitado.
De acuerdo a lo anterior, se propone adjudicar al oferente Soledad Concha Gajardo, R.u.t. 10.912.565-2, por cuanto es el oferente que cumple con todos los requisitos solicitados en esta convocatoria pública y es el único que cumple integralmente con los criterios de calidad, experiencia y precio del servicio solicitado:
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, especialmente lo contemplado en el artículo 9 inciso tercero; en la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio, especialmente lo dispuesto en el artículo 8 letra h) y artículo 8 inciso final; en el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, especialmente lo contemplado en los artículos 10 Nº 8 y en sus Capítulos VI, VII y VIII; y la facultad delegada en la Jefa de Administración General en el artículo 1º letra b) Nº21 de la Resolución Nº 90, del 6 de mayo de 2004, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; Ley Nº 20.232 sobre presupuesto de la Nación para el año 2008.
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