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VISTO: lo dispuesto en el artículo 3°, letra a) del D.F.L. N° 292, de 1953, del Ministerio de Defensa, que aprueba la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; los artículos 169° y 170° del D.L. N° 2.222, de 1978 del Ministerio de Defensa Nacional, que “Sustituye la Ley de Navegación”; el artículo 105°, del D.S. N° 427 de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional que Aprueba el Reglamento de Tarifas y Derechos de la Dirección del Litoral y de Marina Mercante; la Ley N° 18.928 que “Fija normas Sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas”; lo establecido en la Ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios; la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880 que “Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”; la Ley N° 20.285 Sobre Acceso a la Información Pública; el Decreto Ley Orgánico de Administración Financiera del Estado N° 1.263, de fecha 28 de noviembre de 1975; el D.S. N° 250, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886; las resoluciones de la Contraloría General de la República N°s. 7 de diciembre de 2019 y 16, de diciembre del 2020; la circular N° 07, de fecha 20 de enero de 2021, del Ministerio de Hacienda; la Ley N° 21.289, correspondiente a “Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2021; la Resolución D.G.T.M. y M.M. Exenta Ord. N° 12240/14 Vrs., de fecha 25 de junio de 2019, delega facultades en la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; el Decreto N° 263, de fecha 07 de julio de 2021, del Ministerio de Defensa Nacional, actualmente en trámite, que nombra en los cargos que se indica a los Oficiales de la Armada de Chile, designando al Contraalmirante Sr. Carlos HUBER Vio como Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; la solicitud de inversión N° 123/2021 de fecha 14 de septiembre de 2021 del Jefe Departamento de Tecnologías Marítimas de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; el informe técnico del Departamento de Tecnologías Marítimas ordinario N° 10000/92/2021 de fecha 19 de octubre de 2021 de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; la Resolución D.G.T.M. y M.M. Exenta Ord. N° 4100/969 P.M.P., de fecha 27 de septiembre de 2021, autoriza llamado a licitación pública, aprueba bases administrativas, técnicas y anexos de licitación para la adquisición de licencias informáticas para la operatividad del Departamento de Tecnologías Marítimas de esta Dirección General; el Certificado de Disponibilidad de Recursos Nº 0034/187 de fecha 21 de octubre de 2021, emitido por el Departamento de Tecnologías Marítimas de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante y teniendo presente las atribuciones que me confiere la normativa vigente,
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1.- Que, de conformidad con el artículo 3°, letra a) del D.F.L. N° 292, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que aprueba la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, corresponde a esta Dirección General velar por la seguridad de la navegación y la protección de la vida humana en el mar.
2.- Que, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, para los efectos de cumplir con las funciones que la ley le encomienda, tiene la necesidad de adquirir licencias informáticas para la operatividad del Departamento de Tecnologías Marítimas de esta Dirección General.
3.- Que, la presente licitación será financiada con recursos provenientes de la Ley de Navegación N° 2.222, de fecha 31 de mayo de 1978, según la Ley N° 21.289 del Presupuestos del Sector Público año 2021, como se indica en el Certificado de Disponibilidad de Recursos N° 0034/187, de fecha 21 de octubre de 2021, emitido por el Jefe del Departamento de Tecnologías Marítimas de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
4.- Que, para los efectos de lo dispuesto en las resoluciones de la Contraloría General de la República N° 7 de marzo de 2019 y Nº 16 de diciembre de 2020, el monto involucrado en la presente contratación no supera las 10.000 UTM, por lo que no está afecta a Toma de Razón.
5.- Que, mediante resolución D.G.T.M. y M.M. Exenta N° 4100/969 P.M.P., de fecha 27 de septiembre de 2021, se aprobaron las Bases Administrativas, Técnicas y llama a Licitación Pública, para la adquisición de licencias informáticas para la operatividad del Departamento de Tecnologías Marítimas de esta Dirección General.
6.- Que, con fecha 29 de septiembre de 2021, se publicaron las bases de licitación ya individualizadas en el Portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID N° 3134-173-LE21, requiriendo la adquisición de las siguientes licencias informáticas:
ITEM DESCRIPCIÓN CANTIDAD REQUERIDA
1 Licencia Microsoft Officestd 219 OLP NL GOV. 110
2 Licencia Zoom Business 10
3 Licencia ADOBE Acrobat Pro DC multiple plataforms 20
7.- Que, con fecha 04 de octubre de 2021, se cierra la etapa de recepción de consultas, siendo consecuentemente respondidas dentro del plazo establecido en las bases administrativas a través del portal www.mercadopublico.cl. Ahora bien, las consultas y respuestas forman parte integral de las bases de licitación.
8.- Que, con fecha 21 de octubre de 2021, se realizó el acto de apertura electrónica de la licitación ID N° 3134-173-LE21, en el portal www.mercadopublico.cl, a la que se presentaron los siguientes oferentes:
a.) ALDEA DIGITAL LTDA., RUT N° 76.072.827-6.
b.) COMPUTACIÓN GRÁFICA APLICADA Y CIA. LTDA., RUT N° 79.770.640-K
c.) CYNERSIS CHILE LTDA., RUT N° 77.005.150-9
d.) RICARDO RODRIGUEZ Y CIA. LTDA., RUT N° 89.912.300-K
e.) TI CHILE LTDA., RUT N° 76.334.381-2
9.- Que, los criterios de evaluación fueron dispuestos en las bases administrativas, los que se resumen en lo siguiente:
a.- Cumplimiento requisitos formales : 05%
b.- Cumplimiento contractual anterior con DIRECTEMAR : 05%
c.- Cumplimiento de la documentación técnica : 20%
d.- Plazo de entrega : 20%
e.- Precio ofertado : 50%
10.- Que, producto de la evaluación administrativa de acuerdo a la Cláusula 8, "DE LA OFERTA", letra d.- "Garantía de seriedad de la oferta" y letra f.-, número 1), "Carpeta anexos administrativos" de las bases administrativas, se ha determinado que:
Nro. Oferta Proveedor Cumple / No Cumple Observaciones
1 ALDEA DIGITAL LTDA., RUT N° 76.072.827-6 Cumple Adjunta anexo "A" y "B", sin observaciones y entrega boleta de garantía de la seriedad de la oferta.
2 COMPUTACIÓN GRÁFICA APLICADA Y CIA. LTDA., RUT N° 79.770.640-K Cumple Adjunta el anexo "B", sin completar el numeral 5, del anexo "B", se solicita a través del ícono "aclaración de ofertas", cumpliendo dentro del plazo estipulado a contar de dicha solicitud (48 horas). Adjunta boleta de garantía de seriedad de la oferta sin observaciones.
3 CYNERSIS CHILE LTDA., RUT N° 77.005.150-9 No cumple Adjunta el anexo "A" y "B", sin observaciones. No entrega boleta de garantía de seriedad de la oferta y de acuerdo a lo indicado en Bases Administrativas y Técnicas, cláusula 8.- “DE LA OFERTA”, letra d.-, número 9), si no hubiere recibido la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo o si no se hubiere recibido conforme a lo establecido en esta cláusula, la oferta se considera RECHAZADA.
4 RICARDO RODRIGUEZ Y CIA. LTDA., RUT N° 89.912.300-K Cumple Adjunta anexo "A" y "B", sin observaciones y entrega boleta de garantía de la seriedad de la oferta, sin observaciones.
5 TI CHILE LTDA., RUT N° 76.334.381-2 Cumple Adjunta anexo "A" y "B", sin observaciones y entrega boleta de garantía de la seriedad de la oferta, sin observaciones.
11.- Que, producto de la evaluación técnica, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula N° 10, “DE LA EVALUACIÓN”, letra g.-, número 2), letra b), de las bases administrativas, según informe técnico Ord. N° 10000/92/2021, de fecha 19 de octubre de 2021, del Departamento de Tecnologías Marítimas, se ha determinado que:
Nro. Oferta Proveedor Cumple / No Cumple Observaciones
1 ALDEA DIGITAL LTDA., RUT N° 76.072.827-6 Cumple Ítem 01, cumple (oferente presenta descripción completa de los bienes ofertados, folletos u otros, en idioma español y/o inglés), por el ítem 02 y 03 no presenta oferta.
2 COMPUTACIÓN GRÁFICA APLICADA Y CIA. LTDA., RUT N° 79.770.640-K Cumple Ítem 01, cumple parcialmente (oferente presenta descripción parcial de los bienes ofertados, folletos u otros, en idioma español y/o inglés), no presenta oferta por el ítem 02 y por el ítem 03, cumple (oferente presenta descripción completa de los bienes ofertados, folletos u otros, en idioma español y/o inglés).
4 RICARDO RODRIGUEZ Y CIA. LTDA., RUT N° 89.912.300-K Cumple Ítem 01, cumple (oferente presenta descripción completa de los bienes ofertados, folletos u otros, en idioma español y/o inglés), no presenta oferta por el ítem 02 y 03.
5 TI CHILE LTDA., RUT N° 76.334.381-2 Cumple Ítem 01 e ítem 03, cumplen (oferente presenta descripción completa de los bienes ofertados, folletos u otros, en idioma español y/o inglés), no presenta oferta por el ítem 02.
12.- Que, Producto de la verificación de los antecedentes adjuntos por los proveedores de acuerdo a la cláusula 8.- DE LA OFERTA, letra f.-, número 3), se determina que:
Nro. Oferta Proveedor Cumple / No Cumple Observaciones
1 ALDEA DIGITAL LTDA., RUT N° 76.072.827-6 Cumple Adjunta anexo "D", sin observaciones.
2 COMPUTACIÓN GRÁFICA APLICADA Y CIA. LTDA., RUT N° 79.770.640-K Cumple Adjunta anexo "D", sin observaciones.
4 RICARDO RODRIGUEZ Y CIA. LTDA., RUT N° 89.912.300-K No Cumple Adjunta anexo "D", sin observaciones y adjunta cotización N° 3134-173-LE21 del ítem 1, que indica lo siguiente:
"Cotización valida 90 días corridos o hasta agotar stock (Lo que suceda primero)", Según lo indicado en mis bases administrativas, cláusula 8.- “DE LA OFERTA”, letra a.-, Aspectos Específicos: Las ofertas presentadas tendrán carácter irrevocable y deberán estar vigentes durante todo el período licitatorio y hasta la aceptación de la orden de compra.
Las ofertas deberán ser puras y simples, no sujetas a condición, plazo o modalidad alguna y expresadas en valores netos, y deberán considerar la aplicación de todos los impuestos, tasas y derechos que correspondan.
Según lo indicado en cláusula 10.- “DE LA EVALUACIÓN”, letra d.-, "La DIRECTEMAR declarará inadmisibles las ofertas cuando estás no cumplieren con los requisitos establecidos en las bases de licitación, sin perjuicio de lo señalado en la letra b., precedente".
5 TI CHILE LTDA., RUT N° 76.334.381-2 Cumple Adjunta anexo "D", sin observaciones.
13.- Que, según los Considerandos N°s. 10.-, 11 y 12.-, precedentes, las empresas que se detallan pasan a la evaluación final:
a.) ALDEA DIGITAL LTDA., RUT N° 76.072.827-6.
b.) COMPUTACIÓN GRÁFICA APLICADA Y CIA. LTDA., RUT N° 79.770.640-K
c.) TI CHILE LTDA. RUT N° 76.334.381-2
14.- Que, de acuerdo a lo indicado en mis Bases de Licitación ID. N° 3134-173-LE21, cláusula 11.- “DE LA ADJUDICACIÓN”, letra a.- "La adjudicación será por línea de producto, de acuerdo al detalle de licencias informáticas indicado en las Bases Técnicas”, y lo indicado en el Acta de evaluación de ofertas de fecha 29 de octubre de 2021, emitida por la Junta de Selección de Ofertas, se ha determinado y propuesto adjudicar la presente licitación en los diferentes ítems de licencias informáticas a las empresas que se detallan:
OFERTA N° EMPRESA ITEMS DE LICENCIAS
2 COMPUTACIÓN GRÁFICA APLICADA Y CIA. LTDA., RUT N° 79.770.640-K 3
5 TI CHILE LTDA., RUT N° 76.334.381-2 1
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