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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, al tenor de lo indicado en el artículo 4° letras a), e) y l) de la Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con la cultura, así como el turismo, la recreación y el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.
3. Que, la Municipalidad de Coquimbo, en el marco de las actividades vinculantes y de promoción identitaria programadas con motivo del mes de aniversario de la Comuna, ha dispuesto el desarrollo de iniciativas orientadas a asegurar la participación en el progreso social y cultural local, potenciando el interés común a través de actividades que acerquen la gestión municipal a la comunidad. En virtud de lo anterior, resulta imperativo la contratación del 'Servicio de Producción de Evento: Show Cierre mes de aniversario de Coquimbo 2026', actividad concebida para el entretenimiento y esparcimiento de los habitantes, con el objeto de generar instancias de encuentro donde niños, niñas y familias puedan reunirse y disfrutar de un espectáculo de alta calidad y carácter familiar que fortalezca la identificación comunal y el tejido social y cultural de nuestra Comuna.
4. Que, mediante Decreto Exento N°2573, de fecha 08 de mayo de 2026, se aprueban las Bases Administrativas y Técnicas para el “SERVICIO DE PRODUCCIÓN, SHOW CIERRE MES ANIVERSARIO DE COQUIMBO 2026”, y la ficha de licitación N°2446-136-LE26.
5. Que, mediante el Decreto Exento N°3117, de fecha 26 de mayo de 2026, se adjudicó la singularizada propuesta pública al proveedor PRODUCCIONES CHILE S.A., RUT 76.272.337-9.
6. Que, el punto N°18 “Formalización de la contratación” de las Bases Administrativas del proceso licitatorio antes mencionado disponen que la formalización de la contratación se efectuará mediante la emisión y aceptación por parte del proveedor adjudicado de la orden de compra respectiva.
7. Que, con fecha 26 de mayo de 2026, y con el objeto de formalizar la contratación, el municipio procedió a emitir la Orden de Compra N°2446-594-SE26, la cual fue remitida al proveedor para su correspondiente aceptación.
8. Que, según consta en el Historial de la Orden de Compra N° 2446-594-SE26, extraído del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), el primer proveedor adjudicado manifestó su rechazo y no aceptación de dicho documento con fecha 28 de mayo de 2026, a las 16:33 horas, indicando textualmente como motivo: "En atención a la Orden de Compra emitida en el marco de la licitación “Servicio de Producción, Show Cierre Mes Aniversario de Coquimbo 2026”, venimos en informar que, con posterioridad a la adjudicación, se produjo una circunstancia sobreviniente y ajena a la voluntad de esta parte, relacionada con la indisponibilidad del artista principal considerado en la oferta técnica presentada. Cabe señalar que, previo a la presentación de la oferta, esta empresa realizó las gestiones de cotización y coordinación” [sic]; configurándose de este modo el presupuesto fáctico y legal que habilita a esta administración a proceder con la respectiva readjudicación.
9. Que, la cláusula “Readjudicación o deserción” de las bases administrativas indica expresamente que “Si no se concreta el proceso de contratación del oferente mejor evaluado, ya sea por los motivos que se enumeran en el presente acápite o por los señalados en las presentes bases, la Municipalidad estará facultada para revocar la adjudicación y readjudicar el proceso, adjudicando la licitación a aquel proponente que haya obtenido la segunda mejor calificación en el proceso de evaluación respectivo o declarar desierta la propuesta si se dan los requisitos señaladas el artículo 9 de la Ley N° 19.886; en el siguiente caso: a) La no aceptación de la Orden de Compra dentro del plazo establecido”.
10. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 N° 7 del Decreto Supremo N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, podría constituir en caso de reiteración, una conducta sancionable por parte de la Dirección de Chile Compra, la presentación de ofertas o cotizaciones carentes de seriedad en los procesos de compra, entendiéndose por tal la falta de intención real de contratar con el Estado, circunstancia que se verifica de forma fehaciente mediante el rechazo o no aceptación de las respectivas órdenes de compra emitidas en el Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas; por lo que este municipio, en cumplimiento de los principios de probidad y eficiencia administrativa, debe poner dichos antecedentes en conocimiento de la autoridad persecutora correspondiente; a efectos de que se verifique si corresponde o no aplicar alguna sanción conforme lo indicado precedentemente.
11. El acta de evaluación, de fecha 22 de mayo de 2026, emitida por la comisión evaluadora de la licitación, y aprobada mediante Decreto Alcaldicio N°3117, de fecha 26 de mayo de 2026, indica los puntajes obtenidos por los proponentes:
PROVEEDOR RUT PUNTAJE
PRODUCCIONES CHILE S.A. 76.272.337-9 100
MARIO ALEJANDRO VARAS DE LA BARRERA 15.968.261-7 98
PRODUCCIONES DE EVENTOS MASIVOS ANGELA ARAOS GONZALEZ E.I.R.L. 76.707.098-5 97
12. Que, conforme a lo señalado en la parte considerativa del presente decreto, corresponde readjudicar de la propuesta pública ya señalada al oferente MARIO ALEJANDRO VARAS DE LA BARRERA, RUT: 15.968.261-7; por cuanto obtuvo el segundo lugar del proceso evaluativo, obteniendo un total de 98 puntos; por un precio a suma alzada de $63.605.500 (Sesenta y tres millones seiscientos cinco mil quinientos pesos), IVA incluido, cumpliendo además con los requisitos establecidos en las bases administrativas y especificaciones técnicas.
13. El certificado Disponibilidad Presupuestaria N°3299 de fecha 28 de mayo de 2026 que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria para el “SERVICIO DE PRODUCCIÓN, SHOW CIERRE MES ANIVERSARIO DE COQUIMBO 2026”. Esto cotejado con las Guías de Requerimiento N°564, de fecha 15 de abril de 2026 y Proyecto presupuestario del Departamento de Eventos año 2026.
14. Que, mediante el Decreto N° 1143 de fecha 17 de mayo de 2024, se establece la subrogancia del Administrador Municipal.
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1. REVOQUESE parcialmente el Decreto Alcaldicio N°3117, de fecha 26 de mayo de 2026, en el marco de la Licitación Pública ID 2446-136-LE26, el cual adjudicó dicha propuesta pública al proveedor PRODUCCIONES CHILE S.A, RUT: 76.272.337-9 el “SERVICIO DE PRODUCCIÓN, SHOW CIERRE MES ANIVERSARIO DE COQUIMBO 2026”, en atención a los hechos expuestos en la parte considerativa del presente acto administrativo.
2. READJUDÍQUESE la Licitación Pública ID 2446-136-LE26 denominada “SERVICIO DE PRODUCCIÓN, SHOW CIERRE MES ANIVERSARIO DE COQUIMBO 2026”, al oferente MARIO ALEJANDRO VARAS DE LA BARRERA, RUT: 15.968.261-7, por un precio a suma alzada de $63.605.500 (Sesenta y tres millones seiscientos cinco mil quinientos pesos), IVA incluido. Lo anterior, por cuanto su oferta obtuvo el segundo lugar en el proceso evaluativo, cumpliendo, además con los requisitos establecidos en las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos correspondientes.
3. AUTORÍCESE la emisión de la respectiva Orden de Compra para formalizar la contratación entre la Municipalidad de Coquimbo y el adjudicatario; al tenor de lo señalado en las bases administrativas, y el artículo 117 de Decreto Supremo N°661/2024, Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
4. DÉJESE CONSTANCIA que el plazo máximo de aceptación de la orden de compra es de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a su envío, según lo indicado en la cláusula “Formalización de la contratación” de las Bases administrativas de la licitación en comento.
5. PUBLÍQUESE el presente Decreto, y Acta de Evaluación adjunta, en el sistema de información www.mercadopublico.cl, para los efectos previstos en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento.
6. IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto Municipal año 2026, N° de cuenta: 215-22-08-011-000-000-046. Centro de Costos del Departamento de Eventos.
7. REMÍTASE mediante oficio conductor copia fiel del presente Acto Administrativo, junto con el reporte oficial de 'Historial de Orden de Compra' de la plataforma de Mercado Público, a la Dirección de Compras y Contratación Pública (ChileCompra), a efectos de dar estricto cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 160 N° 7 del D.S. N° 661/2024 de Hacienda.
Anótese, Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
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