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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
809-3-LE20
Adjudicación Informada en portal el
1/6/2020 9:35
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En
Temuco,
29-05-2020
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Nro de
Resolución
533
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Vistos
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Lo dispuesto por la Ley N° 19.253 en los artículos 1, 13, 17, 45 y demás pertinentes; la Resolución Exenta Nº 063, de fecha 01 de marzo de 1996 del Director Nacional de CONADI que delega funciones; Reglamento del Fondo de Tierras y Aguas, Decreto N° 395 de fecha 24 de noviembre de 1993, del Ministerio de Planificación y Cooperación, hoy Ministerio de Desarrollo Social y Familia; Ley N° 19.886 sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el D.S. N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda; la Ley N° 20.730, de fecha 03 de marzo de 2014, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios; Resolución N° 050 de fecha 20 de diciembre de 2018, que nombra a Subdirector Nacional Temuco de CONADI; Decreto Supremo N° 15 de fecha 26 de junio de 2019 que nombra al Director Nacional de CONADI; La Ley N°21.192, de fecha 19 de diciembre de 2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2020; Resolución Exenta Nº 411 de fecha 08 de abril de 2020 del Director Nacional que aprueba modificación de distribución presupuestaria de Fondos y Programas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, año 2020; Resolución N° 7 de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; Resolución Exenta N°237-B de fecha 13 de abril de 2020 de la Dirección de Compras y Contratación Pública que aprueba directiva de contratación pública N°34 de Recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores, con motivo de la pandemia del Virus COVID-19; y Resolución Exenta N°415 de fecha 09 de abril de 2020 del Director Nacional de CONADI.
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Considerando
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1º Que, la CONADI es el Servicio Público encargado de promover, coordinar y ejecutar en su caso la acción del Estado en favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas, especialmente en lo económico, social y cultural, debiendo promover la adecuada explotación de las tierras, velar por su equilibrio ecológico, por el desarrollo económico y social de sus integrantes, familias y comunidades adoptando las medidas adecuadas para tales fines y proteger las tierras indígenas, mediante la ejecución de Programas y Proyectos con recursos financiados desde el Fondo de Tierras y Aguas Indígenas.
2º Que, los titulares de dominio de las tierras indígenas podrán constituir Derechos Reales de Uso sobre determinadas porciones de su propiedad en beneficio de sus ascendientes y descendientes por consanguinidad o afinidad, y de los colaterales por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, para los exclusivos efectos de permitir a estos su acceso a los programas habitacionales destinados al sector rural.
3º Que, con fecha 16 de marzo de 2020 aprobó y visó el Jefe Nacional del Dpto. de Tierras y Aguas Indígenas, la ficha de producto Nº 1035128 del programa denominado Saneamiento de la Propiedad Indígena para Certidumbre Jurídica, del componente Derecho Real de Uso por la suma de $42.800.000.- (cuarenta y dos millones ochocientos mil pesos), para la ejecución del Servicio denominado “Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, Año 2020”.
4° Que, mediante Resolución Exenta N°237-B de fecha 13 de abril de 2020 la Dirección de Compras y Contratación Pública aprueba directiva de contratación pública N°34 Recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores, con motivo de la pandemia del Virus COVID-19.
5° Que, mediante Resolución Exenta N°415 de fecha 09 de abril de 2020 del Director Nacional de CONADI, se autoriza y dispone a las jefaturas de las Subdirecciones Nacionales de Temuco y de Iquique, de las Direcciones Regionales de Arica, Cañete, Valdivia y Osorno, y de las Oficinas de Asuntos Indígenas de San Pedro de Atacama, Santiago, Isla de Pascua y Punta Arenas, a que en las bases que aprueben para la ejecución de sus programas, tanto de licitaciones y concursos, realicen modificaciones o introduzcan cláusulas no contempladas en las Bases tipos o generales obligatorias aprobadas por esa Dirección y actualmente vigentes, con el fin de contemplar cláusulas de contingencia para que ante eventuales dificultades de funcionamiento del Servicio; así como de otros servicios o instituciones involucradas que afecten necesariamente el desarrollo de los concursos o licitaciones; o ante dificultades graves de los potenciales postulantes o proveedores para participar en los concursos o licitaciones respectivamente, en razón de las medidas de la autoridad y del desarrollo de la emergencia sanitaria y actual Estado de Excepción Constitucional u otras circunstancias equivalentes, calificadas privativamente por este servicio, CONADI pueda realizar modificaciones a las bases tipo, variando entre otros, plazos, procedimientos y requisitos así como la forma de acreditar requisitos o presentar documentación o antecedentes, las que se publicarán y aplicarán en igualdad, sin distinciones y respecto de todo concursante o proveedor, pudiendo incluso diferir el concurso o licitación, suspenderlos temporal o definitivamente, sin otra expresión de causa que las señaladas y sin incurrir en responsabilidad alguna, condición que asume y acepta todo quien participe en los concursos o licitaciones.
6° Que, mediante Resolución Exenta N° 455 de fecha 04 de mayo de 2020 se aprueba beses del servicio denominado “Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, año 2020”, Id Mercado Publico N°809-3-LE20.
7° Que, mediante Resolución Exenta N°488 de fecha 20 de mayo de 2020, se designa y convoca a integrantes de Comité de admisibilidad y evaluación de la Licitación Pública del servicio denominado “Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, año 2020”, Id Mercado Publico N°809-3-LE20.
8° Que, según consta en las actas de fecha 22, 25 y 26 de mayo de 2020, se reunió el Comité de apertura, admisibilidad y evaluación de la Licitación Pública denominado “Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, año 2020”, Id Mercado Publico N°809-3-LE20.
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Resuelvo
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1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 809-3-LE20, Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, Año 2020, El servicio consiste en habilitar a la población indígena hombres y mujeres que carecen de títulos de propiedad, para acceder a soluciones habitacionales, mediante la constitución e inscripción de retazos de terreno afectos a Derecho Real de Uso, para él sólo efecto de permitir la construcción de viviendas adjudicadas mediante llamados a concurso de los programas habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU).
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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CORP NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA
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Unidad de Compra
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Subdirección Nacional de Temuco
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R.U.T.
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72.396.000-2
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Dirección
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Manuel Bulnes 351 8º Piso
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Comuna
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Temuco
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región de la Araucanía
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Sergio Garrido
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Cargo
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Encargado Unidad de Tierras y Aguas SDN Temuco
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Teléfono
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56-45-2641517
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Fax
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--
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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809-3-LE20
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Nombre de Adquisición
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Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, Año 2020
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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El servicio consiste en habilitar a la población indígena hombres y mujeres que carecen de títulos de propiedad, para acceder a soluciones habitacionales, mediante la constitución e inscripción de retazos de terreno afectos a Derecho Real de Uso, para él sólo efecto de permitir la construcción de viviendas adjudicadas mediante llamados a concurso de los programas habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU).
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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5/5/2020 13:26
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Fecha de Cierre
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20/5/2020 13:30
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 42.800.000
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 42.800.000
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Comisión Evaluadora
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| 12.930.881-8 | Millaray Manquel Quezada | Profesional FTAI |
| 9.682.337-1 | Sergio Garrido | Profesional Unidad de Tierras y Aguas |
| 15986735-8 | Cristhian Ariel Peña Cuevas | encargado registro publico de tierras |
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Resultado de la Adjudicación
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