Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 809-3-LE20
Adjudicación Informada en portal el
1/6/2020 9:35

En Temuco, 29-05-2020
Nro de Resolución 533
Vistos
Lo dispuesto por la Ley N° 19.253 en los artículos 1, 13, 17, 45 y demás pertinentes; la Resolución Exenta Nº 063, de fecha 01 de marzo de 1996 del Director Nacional de CONADI que delega funciones; Reglamento del Fondo de Tierras y Aguas, Decreto N° 395 de fecha 24 de noviembre de 1993, del Ministerio de Planificación y Cooperación, hoy Ministerio de Desarrollo Social y Familia; Ley N° 19.886 sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el D.S. N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda; la Ley N° 20.730, de fecha 03 de marzo de 2014, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios; Resolución N° 050 de fecha 20 de diciembre de 2018, que nombra a Subdirector Nacional Temuco de CONADI; Decreto Supremo N° 15 de fecha 26 de junio de 2019 que nombra al Director Nacional de CONADI; La Ley N°21.192, de fecha 19 de diciembre de 2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2020; Resolución Exenta Nº 411 de fecha 08 de abril de 2020 del Director Nacional que aprueba modificación de distribución presupuestaria de Fondos y Programas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, año 2020; Resolución N° 7 de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; Resolución Exenta N°237-B de fecha 13 de abril de 2020 de la Dirección de Compras y Contratación Pública que aprueba directiva de contratación pública N°34 de Recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores, con motivo de la pandemia del Virus COVID-19; y Resolución Exenta N°415 de fecha 09 de abril de 2020 del Director Nacional de CONADI.
Considerando
1º Que, la CONADI es el Servicio Público encargado de promover, coordinar y ejecutar en su caso la acción del Estado en favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas, especialmente en lo económico, social y cultural, debiendo promover la adecuada explotación de las tierras, velar por su equilibrio ecológico, por el desarrollo económico y social de sus integrantes, familias y comunidades adoptando las medidas adecuadas para tales fines y proteger las tierras indígenas, mediante la ejecución de Programas y Proyectos con recursos financiados desde el Fondo de Tierras y Aguas Indígenas. 2º Que, los titulares de dominio de las tierras indígenas podrán constituir Derechos Reales de Uso sobre determinadas porciones de su propiedad en beneficio de sus ascendientes y descendientes por consanguinidad o afinidad, y de los colaterales por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, para los exclusivos efectos de permitir a estos su acceso a los programas habitacionales destinados al sector rural. 3º Que, con fecha 16 de marzo de 2020 aprobó y visó el Jefe Nacional del Dpto. de Tierras y Aguas Indígenas, la ficha de producto Nº 1035128 del programa denominado Saneamiento de la Propiedad Indígena para Certidumbre Jurídica, del componente Derecho Real de Uso por la suma de $42.800.000.- (cuarenta y dos millones ochocientos mil pesos), para la ejecución del Servicio denominado “Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, Año 2020”. 4° Que, mediante Resolución Exenta N°237-B de fecha 13 de abril de 2020 la Dirección de Compras y Contratación Pública aprueba directiva de contratación pública N°34 Recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores, con motivo de la pandemia del Virus COVID-19. 5° Que, mediante Resolución Exenta N°415 de fecha 09 de abril de 2020 del Director Nacional de CONADI, se autoriza y dispone a las jefaturas de las Subdirecciones Nacionales de Temuco y de Iquique, de las Direcciones Regionales de Arica, Cañete, Valdivia y Osorno, y de las Oficinas de Asuntos Indígenas de San Pedro de Atacama, Santiago, Isla de Pascua y Punta Arenas, a que en las bases que aprueben para la ejecución de sus programas, tanto de licitaciones y concursos, realicen modificaciones o introduzcan cláusulas no contempladas en las Bases tipos o generales obligatorias aprobadas por esa Dirección y actualmente vigentes, con el fin de contemplar cláusulas de contingencia para que ante eventuales dificultades de funcionamiento del Servicio; así como de otros servicios o instituciones involucradas que afecten necesariamente el desarrollo de los concursos o licitaciones; o ante dificultades graves de los potenciales postulantes o proveedores para participar en los concursos o licitaciones respectivamente, en razón de las medidas de la autoridad y del desarrollo de la emergencia sanitaria y actual Estado de Excepción Constitucional u otras circunstancias equivalentes, calificadas privativamente por este servicio, CONADI pueda realizar modificaciones a las bases tipo, variando entre otros, plazos, procedimientos y requisitos así como la forma de acreditar requisitos o presentar documentación o antecedentes, las que se publicarán y aplicarán en igualdad, sin distinciones y respecto de todo concursante o proveedor, pudiendo incluso diferir el concurso o licitación, suspenderlos temporal o definitivamente, sin otra expresión de causa que las señaladas y sin incurrir en responsabilidad alguna, condición que asume y acepta todo quien participe en los concursos o licitaciones. 6° Que, mediante Resolución Exenta N° 455 de fecha 04 de mayo de 2020 se aprueba beses del servicio denominado “Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, año 2020”, Id Mercado Publico N°809-3-LE20. 7° Que, mediante Resolución Exenta N°488 de fecha 20 de mayo de 2020, se designa y convoca a integrantes de Comité de admisibilidad y evaluación de la Licitación Pública del servicio denominado “Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, año 2020”, Id Mercado Publico N°809-3-LE20. 8° Que, según consta en las actas de fecha 22, 25 y 26 de mayo de 2020, se reunió el Comité de apertura, admisibilidad y evaluación de la Licitación Pública denominado “Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, año 2020”, Id Mercado Publico N°809-3-LE20.
Resuelvo
1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 809-3-LE20, Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, Año 2020, El servicio consiste en habilitar a la población indígena hombres y mujeres que carecen de títulos de propiedad, para acceder a soluciones habitacionales, mediante la constitución e inscripción de retazos de terreno afectos a Derecho Real de Uso, para él sólo efecto de permitir la construcción de viviendas adjudicadas mediante llamados a concurso de los programas habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU).
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social CORP NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA
Unidad de Compra Subdirección Nacional de Temuco
R.U.T. 72.396.000-2
Dirección Manuel Bulnes 351 8º Piso
Comuna Temuco
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de la Araucanía
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo Sergio Garrido
Cargo Encargado Unidad de Tierras y Aguas SDN Temuco
Teléfono 56-45-2641517
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 809-3-LE20
Nombre de Adquisición Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, Año 2020
Tipo de Adquisición Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
Descripción El servicio consiste en habilitar a la población indígena hombres y mujeres que carecen de títulos de propiedad, para acceder a soluciones habitacionales, mediante la constitución e inscripción de retazos de terreno afectos a Derecho Real de Uso, para él sólo efecto de permitir la construcción de viviendas adjudicadas mediante llamados a concurso de los programas habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU).
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 5/5/2020 13:26
Fecha de Cierre 20/5/2020 13:30
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 42.800.000
Monto Neto Estimado del Contrato $ 42.800.000



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
Res Ex 533 29-5-20_adjudicación DRU.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónAprueba Actas de Comité de Admisibilidad y Evaluación de fechas que se señalan, Adjudica Licitación Pública para contratar el Servicio denominado `Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso, Región de La Araucanía, año 2020'', Id Mercado Pub2337 KB01-06-2020 08:33:32
Acta Comisión Evaluadora Id 809-3-LE20.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTacta comisión de admisibilidad y evaluación de la Licitación Pública del Servicio "Constitución e lnscripción de Derechos Reales de Uso, Región de la Araucanía, año 20201960 KB01-06-2020 08:29:58

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
12.930.881-8Millaray Manquel Quezada Profesional FTAI
9.682.337-1Sergio Garrido Profesional Unidad de Tierras y Aguas
15986735-8Cristhian Ariel Peña Cuevasencargado registro publico de tierras
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 80101604 Asesorías en gestión de proyectos
Especificaciones del Comprador : Constitución e Inscripción de Derechos Reales de Uso en beneficios de familias indígenas de la región de La Araucanía.
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
77.053.481-k SERVICIOS PROFESIONALES KELLUN LIMITADA Equipo Técnico con amplia experiencia en la tematica $ 42800000 0 0 No Adjudicada
76.726.936-6 AGRO INGENIERIA SPA Consultora con experiencia en ejecución de proyectos con población indigena. $ 42800000 0 0 No Adjudicada
76.115.844-9 SERVICIOS DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION PATRICIO CASAGRANDE LIMITADA UTP - Servicios de Ingeniería y Construcción Patricio Casagrande Limitada Y Sociedad Constructora Abimalec Ltda. $ 42800000 1 42800000 Adjudicada

Total Línea

$ 42.800.000



Monto Total Adjudicado $ 42.800.000