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1. Que, el Centro de Investigación, Desarrollo e Innovación de Estructuras y Materiales, en adelante IDIEM, es un centro tecnológico dependiente de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, orientado a la resolución de problemas de alta complejidad en la cadena de valor de la industria de la construcción, ingeniería y minería, a través de ensayos, estudios técnicos y peritajes.
2. Que, mediante Resolución Exenta N° E01044 de 2022, se autorizó el llamado a licitación pública y se aprobaron las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la Licitación Pública para contar con la contratación del servicio de arriendo de radios portátiles, por un periodo de 24 meses o hasta la total utilización de los recursos destinados, cualquiera de las circunstancias que se verifique primero.
3. Que, con fecha 25 de julio de 2022, en el portal, se publicaron en el portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID N° 5520-60-LE22, las bases de licitación señaladas en el considerando anterior.
4. Que, se recibieron 6 preguntas en el foro habilitado en el sistema de Información aludido entre el 25 y 29 de julio de 2022, ambas fechas inclusive, según lo previsto en el cronograma de la licitación.
5. Que, una vez cumplido el plazo de cierre de recepción de ofertas, se constató el ingreso de cuatro propuestas, correspondiente a las empresas: DYMA COMUNICACIONES LTDA., RUT: 76.500.330-k, en las líneas N° 1 y N°2; RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A.; RUT: 94.150.000-5, en las líneas N° 1 y N°2; ASESORÍAS SALAZAR ALVARADO SPA., RUT: 76.522.407-1, en las líneas N° 1 y N°2; y EQUIPOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS VILLNER LTDA., RUT: 78.801.250-0, en las líneas N° 1 y N°2.
6. Que, con posterioridad a la apertura de las ofertas, se constató que el oferente DYMA COMUNICACIONES LTDA., no adjunta la escritura que dé cuenta de la representación de la empresa, por lo cual se solicita dicha información a través del foro de aclaraciones de las ofertas en el sistema de Información Mercado Público, en el plazo estipulado en Bases de licitación y de acuerdo a lo que establece el numeral 5.2. de las Bases Administrativas, siendo contestado dentro del plazo dispuesto, adjuntando la documentación solicitada. Por consiguiente, se verificó la presentación de la oferta, constatando que el proponente cumple satisfactoriamente los requisitos mínimos de admisibilidad establecidos en el numeral 4.6. de las Bases Administrativas, incluyendo toda la información requerida en las Bases de Licitación. Además, Revisada la documentación presentada, se constató que el “Plazo de entrega Promedio” informado en la línea N°2 del Anexo N° 4 es “5 días hábiles”, lo cual no corresponde al promedio real de los plazos de entrega ofertado en las sedes que se indican en dicho anexo, por lo que esta comisión en su facultad correctiva, estimó considerar para efectos de evaluación el plazo de entrega promedio de 3,8 días hábiles, atendiendo que el plazo de entrega promedio solicitado “corresponde a la sumatoria de los plazos de entrega, dividido por la cantidad de sedes, es decir, en la línea N° 1 la sumatoria de los plazos de entrega debe ser dividida en 3, y en la línea N°2 la sumatoria de los plazos de entrega debe ser dividida en 5”, y siendo que el plazo de entrega ofertado en cada ítems es de 5, 5, 3, 3 y 3 días hábiles, corresponde un plazo de entrega promedio de 3,8 días hábiles, debiéndose a un error de transcripción o numérico por parte del proveedor.
7. Que, así mismo el oferente RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A., no adjunta la escritura que dé cuenta de la representación de la empresa, por lo cual se solicita dicha información a través del foro de aclaraciones de las ofertas en el sistema de Información Mercado Público, en el plazo estipulado en Bases de licitación y de acuerdo a lo que establece el numeral 5.2. de las Bases Administrativas, siendo contestado dentro del plazo dispuesto adjuntando la documentación solicitada. Sin embargo, se pudo comprobar que el oferente no oferta en el ítem N°6 de las líneas N°1 y N°2, no cumpliendo con las Disposiciones generales del numeral 2.1, letra b) de las Bases Técnicas “Los oferentes deberán ofertar por la totalidad de equipos requeridos en la línea que presente su oferta y de acuerdo a las especificaciones técnicas que se indican en el numeral 2.2 de las presentes Bases Técnicas”, debiendo declarar inadmisible la oferta presentada, puesto que no cumple con los requisitos establecidos en las Bases de licitación.
8. Que, además, revisada la documentación presentada por la empresa ASESORÍAS SALAZAR ALVARADO SPA., se constató que el “Plazo de entrega Promedio” informado en la línea N°2 del Anexo N° 4 es “4 días hábiles”, lo cual no corresponde al promedio real de los plazos de entrega ofertado en las sedes que se indican en dicho anexo, por lo que esta comisión en su facultad correctiva, estimó considerar para efectos de evaluación el plazo de entrega promedio de 3,8 días hábiles, atendiendo que el plazo de entrega promedio solicitado “corresponde a la sumatoria de los plazos de entrega, dividido por la cantidad de sedes, es decir, en la línea N° 1 la sumatoria de los plazos de entrega debe ser dividida en 3, y en la línea N°2 la sumatoria de los plazos de entrega debe ser dividida en 5”, y siendo que el plazo de entrega ofertado en cada ítems es de 5, 5, 3, 3 y 3 días hábiles, corresponde un plazo de entrega promedio de 3,8 días hábiles, debiéndose a un error de transcripción o numérico por parte del proveedor.
9. Que, por consiguiente se pudo comprobar que la propuesta ASESORÍAS SALAZAR ALVARADO SPA., incluye toda la información requerida en las Bases de Licitación, cumpliendo satisfactoriamente los requisitos mínimos de admisibilidad establecidos en el numeral 4.6. de las Bases Administrativas.
10. Que, por otra parte, se constató que el oferente EQUIPOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS VILLNER LTDA., no adjunta la escritura que dé cuenta de la representación de la empresa, por lo cual se solicita dicha información a través del foro de aclaraciones de las ofertas en el sistema de Información Mercado Público, en el plazo estipulado en Bases de licitación y de acuerdo a lo que establece el numeral 5.2. de las Bases Administrativas, no respondiendo en el plazo establecido, por lo cual su oferta debe declararse inadmisible, según lo señalado en el numeral 5.1 Criterios de Evaluación, Criterio N° 4 Cumplimiento de requisitos formales, “En caso de solicitar información y no obtener lo solicitado, la oferta será declarada inadmisible de conformidad a lo establecido en el punto 4.6 de estas bases”.
11. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 5.3. de las Bases Administrativas, la Comisión Evaluadora asignó los puntajes a las ofertas recibidas en la etapa de evaluación, y ha propuesto adjudicar la licitación pública ID N° 5520-60-LE22, a la empresa ASESORÍAS SALAZAR ALVARADO SPA., RUT: 76.522.407-1, en las líneas N°1 y N°2, para la contratación servicio de arriendo de radios portátiles, por un periodo de 24 meses o hasta la total utilización de los recursos destinados, cualquiera de las circunstancias que se verifique primero, en razón de ajustarse a los requerimientos técnicos, económicos y administrativos definidos por IDIEM, según se desprende del informe de la Comisión Evaluadora adjunto.
12. Que, el monto total de adjudicación a la empresa ASESORÍAS SALAZAR ALVARADO SPA., RUT: 76.522.407-1, asciende a la suma de a $55.000.000.- (cincuenta y cinco millones de pesos) IVA incluido, lo cual se compone de 2 líneas, que se desglosa de la siguiente manera: para la línea N° 1 el monto de hasta $25.000.000.- (veinte cinco millones de pesos) impuestos incluidos; y para la línea N°2 el monto de hasta $30.000.000.- (treinta millones de pesos) impuestos incluidos.
13. Que, la comisión evaluadora propone declarar inadmisibles las ofertas presentadas por las empresas RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A., RUT: 94.150.000-5, puesto que no cumple con las Disposiciones generales del numeral 2.1, letra b) de las Bases Técnicas; y EQUIPOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS VILLNER LTDA., debido a que no cumple con los requisitos mínimos de admisibilidad establecidos en el numeral 4.6. de las Bases Administrativas.
14. Que, IDIEM cuenta con disponibilidad presupuestaria para poder adjudicar la presente licitación por el total del presupuesto disponible según la Resolución Exenta N° E01044 de 2022, y según consta de certificado de disponibilidad presupuestaria adjunto.
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1. Apruébese el Informe de la Comisión Evaluadora, suscrito con fecha 25 de agosto de 2022, integrada por:
- Jefe Operacional de División Geotecnia Ingeniería - Iván Bejarano Bejarano
- Jefe de División de Proyectos - Carlos Bustos Sánchez
- Profesional División Geotecnia Ingeniería - Claudio Godoy Barbieri
2. Declárense admisibles las ofertas de las empresas DYMA COMUNICACIONES LTDA., RUT: 76.500.330-k, en las líneas N° 1 y N°2; y ASESORÍAS SALAZAR ALVARADO SPA., RUT: 76.522.407-1, en las líneas N° 1 y N°2.
3. Declárense inadmisibles las ofertas presentadas por las empresas RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A.; RUT: 94.150.000-5, en las líneas N° 1 y N°2; y EQUIPOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS VILLNER LTDA., RUT: 78.801.250-0, en las líneas N° 1 y N°2.
4. Adjudíquese la licitación pública ID N° 5520-60-LE22, para la contratación del servicio de arriendo de radios portátiles, por un periodo de 24 meses o hasta la total utilización de los recursos destinados, cualquiera de las circunstancias que se verifique primero, a la empresa ASESORÍAS SALAZAR ALVARADO SPA., RUT: 76.522.407-1, en las líneas N° 1 y N°2, según las características que se han definido en las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
5. El monto total de la adjudicación que por esta Resolución Exenta se autoriza, asciende a la suma de $55.000.000.- (cincuenta y cinco millones de pesos) IVA incluido, lo cual se compone de 2 líneas, que se desglosa de la siguiente manera: para la línea N° 1 el monto de hasta $25.000.000.- (veinte cinco millones de pesos) impuestos incluidos; y para la línea N°2 el monto de hasta $30.000.000.- (treinta millones de pesos) impuestos incluidos. El pago se realizará dentro de los 30 días contados desde la recepción de la respectiva factura en la Unidad Gestión de Proveedores de IDIEM y previa recepción conforme de los servicios requeridos.
6. Emítase la orden de compra, a fin de formalizar el contrato, a través del sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, el portal www.mercadopublico.cl.
7. Impútese el gasto que irrogue la contratación que por esta Resolución Exenta se aprueba al Título A, Subtítulo 2, ítem 2.6 del presupuesto vigente de esta Universidad.
8. Publíquese la presente Resolución Exenta en el Portal www.mercadopublico.cl conforme a lo establecido en el artículo 57 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
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