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Lo dispuesto en la Ley Nº 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en especial, lo dispuesto en el Título II, Párrafo 1° de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes; en la Ley Nº 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones; en la Ley Nº 21.289, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2021; en las Resoluciones Números 7 y 8, de 2019, de la Contraloría General de la República; en el Decreto con fuerza de Ley N° 35, de 2018, que fija plantas de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional Del Patrimonio Cultural; en la Resolución Exenta N° 24, de 2018, que Delega Facultades en Secretarios Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el Decreto de Nombramiento N° 50, de fecha 25 de septiembre 2019; en la Resolución Exenta N° 016 de fecha 21 de enero de 2021, de la Secretaría Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que aprueba las Bases Administrativas y Técnicas para la contratación de los servicios de un (01) profesional (tallerista, mediador, docente, artista, etc.), para realizar labores de: facilitador/a, con formación y experiencia en el campo de las ciencias, para formar parte del Núcleo de Facilitación de Cecrea de la ciudad de Temuco. ID: 4887-2-LE21.
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Que el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la Ley N° 21.045.
Que el Ministerio, cuenta con la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, la que tiene entre sus funciones proponer políticas al Ministerio y diseñar, ejecutar y evaluar planes y programas en materias relativas al arte, a las industrias culturales, a las economías creativas, a las culturas populares y comunitarias, incluyendo las demás asignadas en la Ley N° 21.045 y otras tareas que el Ministerio le encomiende.
Que asimismo, se hace presente que de conformidad con lo manifestado en el dictamen N° 3.610, de fecha 17 de marzo de 2020, ante una pandemia como la que afecta al territorio nacional y que constituye una situación de caso fortuito, corresponde a los órganos de la Administración del Estado adoptar las medidas extraordinarias de gestión a fin de proteger la vida y salud de sus servidores, evitando la exposición innecesaria de estos a un eventual contagio; de resguardar la continuidad del servicio público y de procurar el bienestar general de la población.
Que por su parte, el Programa Centros de Creación – CECREA, es un programa del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (MINCAP) e implementado por el Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura, que tiene por objetivo potenciar el acceso a experiencias creativas, promoviendo en los niños, niñas y jóvenes (NNJ) de 7 a 19 años el derecho a imaginar y crear, a través de procesos creativos de aprendizaje en la convergencia de las artes, las ciencias, las tecnologías y la sustentabilidad.
Que en cumplimiento de dichos objetivos, este Organismo Público requirió la contratación de los servicios de un (01) profesional (tallerista, mediador, docente, artista, etc.), para realizar labores de: facilitador/a, con formación y experiencia en el campo de las ciencias, para formar parte del Núcleo de Facilitación de Cecrea de la ciudad de Temuco, región de La Araucanía, entre los meses de marzo a diciembre de 2021, para co-diseñar, planificar y ejecutar la programación del Cecrea, tanto virtual como presencial, junto con facilitar experiencias de aprendizaje creativo en el espacio físico, en el caso que, la situación sanitaria del país lo permita, y apoyar las acciones de la red nacional del Programa Cecrea, para cuyo efecto se generó un proceso de licitación pública ID Nº 4887-2-LE21, habiéndose aprobado sus Bases Administrativas y Técnicas, mediante Resolución Exenta N° 016 de fecha 21 de enero de 2021.
Que en dicho procedimiento ID Nº 4887-2-LE21, con fecha 09 de febrero de 2021 a las 10: 01 horas, se produjo el cierre de recepción de ofertas, constatándose la presentación de 5 ofertas que a continuación se detalla;
1. Brenda Buscaglione Delgado, Cédula de Identidad: 15.552.098-1
2. Nicolás Salazar Ortega, Célula de Identidad: 14.353.728-5
3. Asesorías y Gestión Easylit Limitada, RUT: 77.020.963-3
4. Diseño y Restauración Jocelyn Verónica González Yanka E.I.R.L., RUT: 76.919.027-9
5. José Bastián Schiattino Coronado, Cédula de Identidad: 17.727.398-8
Que con fecha 15 de febrero de 2021, la Comisión Evaluadora de la Licitación ID Nº 4887-2-LE21, conformada por doña Viviana Quezada Caniulén, Encargada Pedagógica CECREA; don Jaime Olavarría Santos, Encargado Unidad de Educación; y don Boris Venegas Quintana, Encargado de Relaciones Institucionales, todos funcionarios de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de La Araucanía, inició el proceso de evaluación de las ofertas presentadas en este proceso, quedando aquello consignado en el acta de evaluación tramitada de fecha 19 de febrero de 2021, y siendo sus conclusiones las siguientes:
CUMPLIMIENTO DE BASES
Se procede a verificar el cumplimiento de las Bases Administrativas en su punto 10. Se revisan los antecedentes legales ingresados y anexos constatando que los oferentes:
Brenda Buscaglione Delgado, Cédula de Identidad: 15.552.098-1, presenta toda la documentación legal obligatoria y esencial para participar en la licitación, contemplados en Bases y Anexos, debiendo declararse Admisible en el presente proceso de licitación y se procede a su evaluación.
Nicolás Salazar Ortega, Célula de Identidad: 14.353.728-5, presenta toda la documentación legal obligatoria y esencial para participar en la licitación, contemplados en Bases y Anexos, debiendo declararse Admisible en el presente proceso de licitación y se procede a su evaluación.
Asesorías y Gestión Easylit Limitada, RUT: 77.020.963-3, no presenta documentación que permita su evaluación, no adjunta: Oferta Técnica, Anexos, Antecedentes legales, debiendo declararse Rechazado, Fuera de Bases en el presente proceso de licitación.
Diseño y Restauración Jocelyn Verónica González Yanka E.I.R.L., RUT: 76.919.027-9, no presenta documentación que permita su evaluación, no adjunta: Oferta Técnica, Oferta Económica, Anexos, Antecedentes legales, debiendo declararse Rechazado, Fuera de Bases en el presente proceso de licitación.
José Bastián Schiattino Coronado, Cédula de Identidad: 17.727.398-8, no presenta toda la documentación legal obligatoria y esencial para participar en la licitación, contemplados en Bases en su punto 10, a saber, no adjunta: Fotocopia Cédula de Identidad por ambos lados, Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo, con una vigencia a la fecha del acto de apertura de las ofertas, Certificado de antecedentes sin observaciones, Certificado de registro de inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores de edad (ambos certificados son emitidos por el Servicio de Registro Civil e identificación a través de su página web). Dichos Certificados deben ser actuales y no podrán tener una antigüedad superior a 30 días contados desde su emisión a la fecha en que sean presentados a este proceso licitatorio. Copia simple del Formulario de Inicio de actividades o algún documento emitido por Servicio de Impuestos Internos que dé cuenta del inicio de actividades en el giro correspondiente. Toda la documentación debe ser emitida con fecha anterior al cierre de las ofertas 09/02/2021 a las 10:01 horas; que de acuerdo con lo indicado en el punto 12 de Bases Administrativas, se solicita la presentación de dicha documentación en el nuevo plazo de 25 horas a través del foro inverso el día 15 de febrero de 2021. Constatándose que con fecha 16 de febrero de 2021 el oferente no ingresó la documentación faltante, debiendo declararse Inadmisible en el presente proceso de licitación.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIONES
Criterio Ponderación
1. Oferta Económica 5%
2. Oferta Técnica 30%
3. Formación Académica del /la oferente 20%
4. Experiencia laboral del/la oferente 25%
5. Entrevista Personal 20%
Firmas integrantes comisión evaluadora
Que lo anterior, se sustenta en lo indicado en las Bases Administrativas de licitación pública ID Nº4887-2-LE21 en su numeral 13 y 18 que, a continuación se detalla:
13. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. COMISIÓN.
La evaluación será realizada por una Comisión integrada por 3 personas, dos representantes de la Unidad de Educación y Formación de Artes y Cultura, y el encargado de Relaciones Institucionales de la SEREMI, para lo cual un representante podrá obrar como Secretario de Acta.
En el evento de que alguna de las personas señaladas no pueda asumir las funciones de miembro de la comisión evaluadora, será subrogado legalmente por quien corresponda, o bien por quien designe la autoridad regional en su reemplazo.
La comisión evaluadora, en forma previa al acto de evaluación de las ofertas obtenidas del portal ChileCompra, analizará que los oferentes hayan dado cabal cumplimiento a lo solicitado en las presentes bases. En caso de incumplimiento, se declarará la inadmisibilidad de dichas ofertas sin proceder a su evaluación.
La comisión, declarará fuera de bases las ofertas que no presenten todos los requerimientos técnicos y Anexos exigidos en bases sin proceder a su evaluación.
La comisión, en el ejercicio de su cometido, podrá adoptar los acuerdos necesarios y pertinentes para el desarrollo de su labor, resguardando siempre la objetividad y los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases.
18. EVENTUAL RECHAZO DE LAS OFERTAS O DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA.
La Secretaría Regional se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por Resolución fundada, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases, o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Legales del oferente.
También, la Secretaría Regional podrá declarar fuera de bases las ofertas que no presenten todos los requerimientos técnicos y Anexos exigidos en bases, sin incurrir por ello en responsabilidad alguna.
Además, la Secretaría Regional podrá declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por ello en responsabilidad alguna.
Que Conforme a la evaluación realizada, se propone adjudicar la presente licitación pública ID N° 4887-2-LE21, para la contratación de los servicios de un (01) profesional (tallerista, mediador, docente, artista, etc.), para realizar labores de: facilitador/a, con formación y experiencia en el campo de las ciencias, para formar parte del Núcleo de Facilitación de Cecrea de la ciudad de Temuco, región de La Araucanía, entre los meses de marzo a diciembre de 2021, al oferente: doña Brenda Buscaglione Delgado, Cédula de Identidad: 15.552.098-1, quien cumple económica y técnicamente, por un monto total de $5.900.000.- (cinco millones novecientos mil pesos) impuestos incluidos, los que se cancelarán en 10 cuotas mensuales por $590.000.- Siendo necesario dictar el acto administrativo correspondiente, por lo que;
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ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRASE FUERA DE BASES a los oferentes:
1. Asesorías y Gestión Easylit Limitada, RUT: 77.020.963-3
2. Diseño y Restauración Jocelyn Verónica González Yanka E.I.R.L., RUT: 76.919.027-9
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLÁRASE INADMISIBLE al oferente:
1. José Bastián Schiattino Coronado, Cédula de Identidad: 17.727.398-8
ARTÍCULO TECERO: DECLÁRASE ADMISIBLE a los oferentes:
1. Brenda Buscaglione Delgado, Cédula de Identidad: 15.552.098-1
2. Nicolás Salazar Ortega, Célula de Identidad: 14.353.728-5
ARTÍCULO CUARTO: ADJUDÍCASE, la Licitación Pública ID N° 4887-2-LE21, para la contratación de los servicios de un (01) profesional (tallerista, mediador, docente, artista, etc.), para realizar labores de: facilitador/a, con formación y experiencia en el campo de ciencias, para formar parte del Núcleo de Facilitación de Cecrea de la ciudad de Temuco, región de La Araucanía, entre los meses de marzo a diciembre de 2021, al oferente doña Brenda Buscaglione Delgado, Cédula de Identidad: 15.552.098-1, quien cumple económica y técnicamente, por un monto total de $5.900.000.- (cinco millones novecientos mil pesos) impuestos incluidos.
El pago del servicio al facilitador se efectuará por medio de cheque o transferencia electrónica en 10 (diez) cuotas mensuales por $590.000.- (Quinientos noventa mil pesos).
Si los productos son recibidos conforme, se procederá al pago dentro de 30 días corridos contados desde la recepción de la Boleta de honorarios respectiva extendida a nombre de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de La Araucanía, domiciliado en la comuna y ciudad de Temuco, Phillippi N° 672 – C.
En todo caso, no procederá pago alguno mientras no se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato respectivo.
ARTÍCULO QUINTO: EMÍTASE la orden de compra correspondiente, por el monto indicado en el artículo cuarto respecto del proveedor adjudicado para el área de las artes, en conformidad con lo preceptuado en el artículo 63 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
ARTÍCULO SEXTO: IMPÚTESE el gasto que demanda la presente resolución a la asignación presupuestaria 29-01-01-24-03-135, “Experiencias Pedagógicas” del Programa Centros de Creación.
ARTÍCULO SÉPTIMO: PUBLÍQUESE la presente resolución en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 letra b) del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE
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