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lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763 de 1979 que reorganiza el Ministerio de Salud y crea los Servicios de Salud, el Fondo Nacional de Salud, el Instituto de Salud Pública de Chile y la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud; en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido aprobado en el Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda; en la Ley Nº 21.796, sobre Presupuesto del Sector Público para el año 2026; en el Decreto Supremo Nº 140, de 2004, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; en el Decreto Exento Nº 27, del 16 de diciembre de 2025, del Ministerio de Salud, de nombramiento de la Dra. Evelyn Cortes Matamoros para el cargo de Directora del Servicio de Salud Metropolitano Central; lo establecido en la Resolución Nº 36, de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; modificada y complementada por la Resolución Nº 8 de 12 de abril de 2025; y
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1. Que, el Servicio de Salud Metropolitano Central, en adelante e indistintamente “SSMC” o “Servicio de Salud”, es un organismo estatal, funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, dependiente del Ministerio de Salud, a cuyas políticas, planes y programas debe sujetarse en el ejercicio de sus funciones; correspondiéndole la articulación, gestión y desarrollo de la red asistencial para la ejecución de acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabilitación de las personas enfermas.
2. Que, dentro de las áreas de acción de la Red Asistencial de este Servicio de Salud, se encuentran los Centros Comunitarios de Salud Mental (COSAM). Estos funcionan como centros de especialidad ambulatoria de nivel secundario que dan respuesta a usuarios con patologías de salud mental, brindando también educación a sus familiares y cuidadores. El COSAM atiende a residentes de la comuna derivados de los CESFAM, consultorios, hospitales o tribunales de justicia para evaluaciones específicas.
3. Que, este Servicio de Salud ejecuta los procesos de relativos a la Habilitación del COSAM Lo Errázuriz de la comuna de Maipú, perteneciente a su Red de Atención de Salud.
4. Que, en este sentido, el Servicio financió la ejecución del proyecto por parte de la Ilustre Municipalidad de Maipú para la obra “CONSTRUCCIÓN COSAM LO ERRAZURIZ DE MAIPÚ”, el que se encuentra en etapa de recepción final.
5. Que, atendido estos antecedentes, y a fin de dotar al referido centro asistencial secundario, con servicios adecuados para su funcionamiento, se ha estimado necesario proceder a la contratación del “SERVICIO DE ASEO PARA COSAM LO ERRAZURIZ" UBICADO EN LA COMUNA DE MAIPÚ DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL (SSMC). mediante alguno de los mecanismos de contratación que dispone la Ley N°19.886 y su Reglamento.
6. Que, en razón de lo anterior, a través de Resolución Exenta N°0267 de fecha 18 de marzo de 2026, se aprobaron las Bases Administrativas, Técnicas, Formularios y Anexos y se dispuso ha llamado de licitación pública para la contratación del Servicio de aseo para COSAM Lo Errázuriz de Maipú del Servicio de Salud Metropolitano Central, cuyo proceso fue publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl identificada con el ID N° 1502810-2-LP26.
7. Que, de conformidad al cronograma de etapas y plazos establecidos en las Bases de Licitación, el proceso licitatorio fue publicado con fecha 18 de marzo de 2026, fijándose como fecha de cierre para la recepción de ofertas el día 07 de abril de 2026, oportunidad en la cual se recibieron cinco (05) ofertas, todas las cuales fueron declaradas admisibles por la Comisión Evaluadora; comisión que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 4 “Comisión de Evaluación de las Ofertas” de las Bases Administrativas, fue debidamente designada y quedó conformada por:
NOMBRE CARGO
1 Consuelo Ramos Cornejo Directora COSAM Lo Errázuriz
2 Rafael Rifo Peña Encargado de Calidad COSAM Lo Errázuriz
3 Cristopher Garrido Castro Unidad de Operaciones
8. Que, mediante “Informe de Evaluación de Ofertas”, de fecha 07 de abril de 2026, se efectuó la evaluación de las ofertas presentadas en la Licitación Pública ID 1502810-2-LP26, por parte de la Comisión Evaluadora, debidamente constituida de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones de la licitación de especie, y que se adjunta a continuación:
9. Que, de acuerdo a las Declaraciones Juradas, todas de fecha 07 de abril de 2026, efectuadas por los miembros de la Comisión Evaluadora, estos afirman no tener conflictos de interés en relación a los actuales o potenciales oferentes en el procedimiento licitatorio de la especie, ni existe circunstancia alguna que reste imparcialidad para la evaluación de dicha licitación, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 37° del Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
10. Que, analizados los antecedentes entregados por los oferentes, en el portal www.mercadopublico.cl y aplicados los criterios de evaluación, de acuerdo a Informe de Evaluación de fecha 07 de abril de 2026 y en consideración a los resultados obtenidos, la Comisión Evaluadora propone a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, la adjudicación de la licitación de especie, al Oferente
LIMCHILE S.A por haber obtenido una ponderación de 96,8% en la suma de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación, por un monto total de $94.057.605 (noventa y cuatro millones cincuenta y siete mil seiscientos cinco pesos) impuestos incluidos, por un período de 12 (doce) meses.
11. Que, el proveedor LIMCHILE S.A, RUT: 96.847.110-4, se encuentra hábil para ser contratado por el Estado de Chile, de acuerdo a lo especificado en la Ley de Compras Públicas N°19.886, y atendidas las causales descritas en el Artículo 92 del Reglamento de la citada Ley, según consta en Certificado de Habilidad, de la Dirección de ChileCompra, Número de Folio: Número de Folio: CED2026-lj6bkfM5UX de fecha 17 de abril de 2026.
12. Que, existe la Disponibilidad Presupuestaria para efectuar la presente adjudicación, según consta en Certificado de Disponibilidad Presupuestaria Nº305, de fecha 24 de abril de 2026, emitido por el Departamento de Finanzas de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central;
13. Que, adicionalmente, y según lo dispone el artículo 108 del DS N°661 de 2024, figuran las siguientes consultas y respuestas en el presente proceso concursal:
# Fecha Tipo Preguntas Respuestas
1 25-03-2026 14:39:03 P ¿Cuál es la fórmula de reajuste del precio del contrato? Considera reajuste en la misma proporción que varíe el
¿Ingreso Mínimo Mensual? Estimado/a, favor remitirse al numeral 22.3 de bases administrativas.
2 25-03-2026 14:39:31 P ¿cuando iniciaría el servicio? La vigencia del contrato comenzará a regir desde la fecha de total tramitación del acto que lo aprueba. No obstante, por razones de buen servicio, dada la criticidad de los mismos para el Servicio, la vigencia del contrato será desde la suscripción del mismo sin esperar la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
3 25-03-2026 14:39:46 P En caso de que se produjeran alzas extraordinarias que pudiesen incidir en los componentes de costo de del proveedor, ya sea por resoluciones de la autoridad, nuevas leyes u modificaciones a las actuales, u otras
causas que no estén soportadas por el reajuste establecido en la actualidad, el mandante será responsable
del reajuste adicional que ello provocare. A modo de ejemplo y en ningún caso como enunciación taxativa,
se considera el aumento de porcentaje de cotización de seguridad social establecida por ley u otros aumentos impositivos.? Estimado/a, favor remitirse al numeral 22.3 de bases administrativas.
4 25-03-2026 14:40:34 P Quien provee los lockers para el personal? El establecimiento cuenta con lockers para el personal externo.
5 25-03-2026 14:40:47 P Para el proceso de verificación del cumplimiento laboral de la empresa adjudica en la licitación, el mandante
utilizará durante la vigencia del contrato alguna plataforma interna o externa de control.
Si la respuesta es afirmativa favor indicar la plataforma utilizada La documentación deberá enviarse mensualmente a la contraparte técnica para su revisión y posterior emisión del certificado de conformidad, verificando que el servicio se ejecute de acuerdo con lo ofertado y la normativa laboral vigente. Numeral 15 de facturación.
6 25-03-2026 14:41:33 P Quien Provee microondas, hervidor, refrigerador para que el personal guarde y caliente su colación? El establecimiento cuenta con refrigerador y microondas para uso del personal interno y externo.
7 25-03-2026 14:42:59 P Favor confirmar que el mandante asumirá los aumentos de la provisión de la pensión solidaria ya decretados por ley, durante el período contractual. Estimado/a, favor remitirse al numeral 22.3 y 22.4 de bases administrativas
8 25-03-2026 14:43:34 P Si excedo el presupuesto quedo inadmisible? Favor remitirse a numeral 22.3 de bases administrativas
9 25-03-2026 14:45:52 P El presupuesto es máximo o referencial? Presupuesto estimado:remitirse a numeral 22.3 de bases administrativas
10 25-03-2026 14:54:15 P hay casino concesionado en la instalación? de ser positiva la respuesta, favor enviar valor del ticket El centro no cuenta con casino concesionado. Dispone de un espacio de comedor y cocina para uso del personal interno y externo.
11 25-03-2026 14:55:08 P De existir un casino concesionado, es obligación del oferente que el personal de aseo compre el ticket en el casino El centro no cuenta con casino concesionado. Dispone de un espacio de comedor y cocina para uso del personal interno y externo.
12 25-03-2026 14:55:39 P Puede el personal de aseo llevar su propio almuerzo y hacer uso de los espacios de el mandante? Sí, los trabajadores de empresas externas pueden utilizar las dependencias para almacenar sus alimentos y hacer uso del comedor.
13 25-03-2026 17:33:34 P Por favor enviar ID anterior Considerar este proceso licitatorio.
14 25-03-2026 17:34:03 P Cuál es el horario de la persona de REAS? Favor remitirse al numeral 5.8 de los horarios de actividades diarias en bases técnicas.
15 26-03-2026 13:01:09 P la limpieza de vidrios cada cuánto tiempo es? Favor remitirse a numeral 5.8 de bases técnicas
16 26-03-2026 13:48:44 P Favor confirmar que los contenedores para traslado e residuos peligrosos REAS, serán entregados por el mandante. Sí, favor remitirse a numeral 5.3 y 5.7 de bases técnicas
17 26-03-2026 13:49:08 P Las bolsas para el traslado de residuos peligros serán provistas por el mandante ? Sí, favor remitirse a numeral 5.3 y 5.7 de bases técnicas
18 26-03-2026 13:49:54 P Confirmar que la disposición final de residuos peligros no es parte del contrato de servicios. Traslado interno de residuos de REAS debe proporcionarlo la empresa de aseo con personal vacunado de hepatitis B. La disposición final de los residuos los realiza una empresa externa.
19 26-03-2026 13:52:03 P En el punto 5.7 de las BT se menciona que el personal debe ser capacitado. Por favor indicar los contenidos mínimos de estas capacitaciones y cuál es la frecuencia esperada para las capacitaciones? El proponente será el responsable de que estos estándares de limpieza se cumplan, para lo cual deberá contar con el personal capacitado y acreditado, en cantidad suficiente para el buen logro de estos objetivos, según la normativa vigente en concordancia con la Circular C37 N° 10 del 06 de Diciembre del 2018 y actualización N°6 del 22 de octubre del 2021, de la Subsecretaría Redes Asistenciales, “Recomendaciones sobre limpieza y desinfección de superficies ambientales para la prevención de infecciones asociadas a la atención de salud (IAAS)”
20 26-03-2026 13:54:24 P En el punto 3 letra r de las BT se Indica un control médico anual. Por favor explicar a que ser refiere y mencionar que documento se espera recibir como acreditación. El personal deberá contar con un programa de vigilancia de salud para el personal encargado del manejo de REAS que incluya inmunización certificada contra Hepatitis B y control médico anual.
21 26-03-2026 14:01:39 P Punto 5.4 letra p se menciona Desinsectacion, sin embargo, no tiene relación con el desarrollo del punto. Habra querido Desinfección? Corresponde a desinfección de superficies mediante la aplicación de productos desinfectantes, se
realizará de forma manual aplicándolos en las superficies ya limpias con el uso de rociadores,
toallas embebidas locales o de fábrica, paños de fibra, microfibra o trapeadores, entre otros
22 26-03-2026 14:06:20 P Por favor detallar horario del trabajador encargado de REAS, ya que no esta especificado en bases. Favor remitirse a numeral 5.8 de bases de licitación
23 26-03-2026 14:06:56 P Por favor detallar horario del Encargado de Grupo, ya que no está especificado en bases Favor remitirse a numeral 5.8 de bases de licitación
24 26-03-2026 14:08:26 P Por favor aclarar si la exigencia respecto al cargo del vidriero es una vez al mes o de forma permanente, ya que se observa una contradicción en el punto 5.9 de las BT Se requiere un Vidriero que realice labores de limpieza de vidrios interiores, vidrios
exteriores. Este trabajo se realizará en forma mensual según programación de tareas, en horario de
08.00 a 16.00 horas.
25 26-03-2026 15:55:53 P Para completar anexo 5 remuneración, el valor a indicar es la remuneración imponible total? o solo se debe incorporar la diferencia de monto sobre el IMM vigente? De acuerdo al numeral 3 de bases administrativas,(...) remuneración imponible total comprometida para aquellos trabajadores que presten servicios en el COSAM (total imponible sin considerar horas extras)
26 26-03-2026 15:56:30 P relacionado a la pregunta anterior, la remuneración a declarar corresponde al cargo de auxiliar de limpieza jornada completa? Favor remitirse al numeral 5.8 de los horarios de actividades diarias en bases técnicas.
27 26-03-2026 15:56:36 P para requerimiento del criterio técnico 3, sueldo de los trabajadores, la remuneración que se debe considerar es la remuneración imponible o la del total haberes (total haberes considera colación y movilización del personal) Favor remitirse a numeral 3 de bases administrativas, condiciones de empleo y remuneración.
28 26-03-2026 15:56:40 P para requerimiento del criterio técnico 3, sueldo de los trabajadores, la remuneración que se debe considerar es la remuneración imponible o la del total haberes (total haberes considera colación y movilización del personal) Favor remitirse a numeral 3 de bases administrativas, condiciones de empleo y remuneración.
14. Que, en consecuencia, y considerando los recursos destinados al efecto y las disposiciones vigentes, se hace necesario adjudicar la licitación en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones posteriores, que observan los principios de libre concurrencia de los oferentes al llamado administrativo y de igualdad que rigen los procedimientos concursales, y cumplen con los requerimientos técnicos y jurídicos para verificar la realización de la presente adjudicación.
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1.- APRUÉBASE las respuestas realizadas en el presente proceso concursal, individualizadas en el considerando décimo tercero del presente acto administrativo.
2.- ADJUDICASE la Licitación Privada para la contratación del servicio de “Servicio de aseo para COSAM Lo Errázuriz de Maipú del Servicio de Salud Metropolitano Central” a LIMCHILE S.A, RUT: 96.847.110-4, por haber obtenido una ponderación de 96,8 % en la suma de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación, por un monto total de $$94.057.605 (noventa y cuatro millones cincuenta y siete mil seiscientos cinco pesos) impuestos incluidos, por un período de 12 (doce) meses, de conformidad con la propuesta efectuada por la comisión evaluadora en “Informe de Evaluación” de fecha 07 de abril de 2026.
3.-DEJASE ESTABLECIDO que previo a la formalización de contratación la Unidad de Gestión de Contratos, dependiente del Departamento de Abastecimiento y Operaciones, deberá efectuar las gestiones necesarias con el adjudicatario para estos efectos, debiendo verificar el cumplimiento por parte de éste de los requisitos y presentación de los antecedentes necesarios para contratar.
4.-SUSCRÍBASE el respectivo contrato con el proveedor LIMCHILE S.A, RUT: 96.847.110-4, previa verificación del cumplimiento de los requisitos para su suscripción, de conformidad a lo establecido en el numeral 10° de las bases administrativas, aprobadas por Resolución Exenta N°00267, gestión que deberá realizar la Unidad de Gestión de Contratos, dependiente del Departamento de Abastecimiento y Operaciones del SSMC.
5.- IMPÚTESE, el gasto que origine la presente contratación a la cuenta presupuestaria 22-08-001 “Servicio De Aseo”, del presupuesto vigente del Servicio de Salud Metropolitano Central, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°305, de fecha 24 de abril de 2026, emitido por el Departamento de Finanzas de este Servicio de Salud.
6.- PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su reglamento.
ANÓTESE, COMUNIQUESE y ARCHÍVESE
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