|
D.F.L. N° 1/ 19.653 de 13 de diciembre de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Supremo N° 250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda; Resolución Exenta N° 411 de fecha 12 de agosto de 2022, que modifica la Resolución Exenta N° 36 de fecha 29 de enero de 2018 de la Dirección Nacional del Servicio que delega la facultad a los Directores Regionales y lo señalado en la letra f) del artículo 20° de la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio; Ley N° 21.516, que aprueba Presupuesto del Sector Público para el año 2023; lo establecido en la Resolución N° 7 del 2019 y N° 16 del 2020, de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón; la Resolución Exenta N° 31 de fecha 03 de mayo de 2023, que Aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos para Trabajos de Mantención Plan Invierno 2023, Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación de Tarapacá, la Resolución Exenta N° 39 de fecha 18 de mayo de 2023, que Designa Miembros Comisión Evaluadora del Proceso Licitatorio para la Contratación Trabajos de Mantención Plan Invierno 2023, Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación de Tarapacá; la Resolución TRA 252/2964/2016 de fecha 23 de diciembre de 2016, que nombra en el cargo de Directora Regional de la región de Tarapacá; la Resolución TRA 252/544/2020 de fecha 24 de febrero de 2020, que renueva nombramiento en el cargo de Alta Dirección Pública; la Resolución TRA 252/1208/2023 de fecha 15 de marzo de 2023, que renueva nombramiento en el cargo de Alta Dirección Pública; y;
|
|
1.- Que, mediante la Resolución Exenta N° 31 de fecha 03 de mayo de 2023, que Aprueba la Contratación Trabajos de Mantención Plan Invierno 2023, Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación de Tarapacá.
2.- Que, mediante Resolución Exenta N° 39 de fecha 18 de mayo de 2023, se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de la citada licitación, compuesta por las/os siguientes funcionarias/os: Carla Lizana Vergara, Profesional de la Dirección Regional de Tarapacá de la Unidad de Planificación y Control de Gestión, Claudio Condore Mollo, Profesional de la Unidad de Finanzas, y Víctor Muñoz Quezada, Profesional de la Unidad Jurídica.
3.- Que, con fecha 18 de mayo de 2023, se efectuó la Apertura de las Ofertas Técnica y Económica, del llamado a Licitación Pública N° ID 1355-2-LE23, donde existían dos ofertas, las cuales fueron aceptadas.
4.- Que, con fecha 24 de mayo de 2023 se comienza la evaluación de la licitación, donde siete (07) oferentes ingresaron sus ofertas al portal de Mercado Público, que comprenden los antecedentes administrativos, documentos técnicos y documentos económicos, señalados en las Bases Administrativas. La oferta de la empresa KGROUP INGENIERIA Y SOLUCIONES SPA., RUT 77.676.163-K, no se encontraba completa, ya que no se adjuntaron, en el portal de Mercado Público, los antecedentes técnicos y económicos para poder realizar la evaluación, por lo que la oferta queda excluida del proceso, por no cumplir con los requerimientos establecidos en estas Bases, para su evaluación, de acuerdo con el punto 4.4, admitiéndose las otras seis (06).
5.- Que, se realiza la evaluación de la licitación, con seis (06) oferentes que se indican, los cuales ingresaron sus ofertas al portal de Mercado Público, y comprenden los antecedentes administrativos, documentos técnicos y documentos económicos, señalados en las Bases Administrativas.
6.- El Procedimiento de Evaluación, señalado en las Bases Administrativas N° 4.8, 4.9, 4.10 y 4.11.
7.- Que el Método de evaluación de la presentación de los antecedentes, es el siguiente:
El Puntaje por Antecedentes (PA) (Evaluación Administrativa) se asignará entre cero (0) y cien (100) puntos, de conformidad a la siguiente regla:
• 100 puntos, a la(s) Oferta(s) que contengan, en la Apertura, la totalidad de los antecedentes y certificaciones solicitados:
PA = 100 puntos
• A cada una de las Ofertas restantes, se les asignará el puntaje correspondiente, de acuerdo a la siguiente fórmula:
PA =
100 * (Total antecedentes ingresados antes de la Apertura
Puntos x 0,05
Total antecedentes solicitados)
Los puntajes ponderados, parciales, totales y finales se expresarán con dos (2) decimales, aplicando la regla de redondeo.
El Puntaje de Evaluación Antecedentes, de acuerdo con la fórmula anterior tendrá una ponderación de un cinco por ciento (5%) en el Puntaje Final.
8.- Que, de conformidad a lo señalado, los Oferentes obtuvieron los siguientes puntajes de Evaluación de Antecedentes:
9.- Que el método de Evaluación Técnico se obtendrá conforme a la Pauta de Evaluación Técnica que se incorpora, que indica los criterios de evaluación y establece los puntajes y ponderaciones que se asignan a cada uno de ellos.
El SERVICIO evaluará la Oferta Técnica, conforme a la Pauta de Evaluación Técnica, que indica los criterios, e ítems de evaluación. El puntaje técnico se asignará siempre en el nivel más bajo de descomposición que corresponda a cada criterio, o ítem.
Los puntajes ponderados, parciales, totales y finales se expresarán con dos (2) decimales, aplicando la regla de redondeo.
Para obtener el puntaje técnico se seguirá la siguiente regla:
El Puntaje Técnico (PT) se obtendrá de la sumatoria de los puntajes de cada criterio, o ítem de evaluación técnica, según corresponda, multiplicado (*) por la respectiva ponderación establecida en la pauta de evaluación técnica.
El puntaje de cada criterio se obtendrá de la sumatoria de los respectivos puntajes asignados al nivel más bajo de descomposición multiplicado (*) por la ponderación establecida en ese nivel en la Pauta de Evaluación Técnica.
PAUTA DE EVALUACIÓN DE OFERTA TÉCNICA (45%)
EVALUACIÓN TÉCNICA
10.- Que, de acuerdo con la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora, conforme a la pauta de Evaluación Técnica contenida en la sección anteriormente descrita, las que están comprendidas en las bases administrativas, los oferentes obtuvieron los siguientes puntajes, en cada uno de los criterios:
11.- Que, de acuerdo con la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora, conforme a la pauta de Evaluación Económica contenida en las Bases Administrativas, la que se indica;
El SERVICIO asignará el Puntaje Económico (PE) a la Oferta Económica, entre cero (0) y cien (100) puntos, siguiendo la siguiente regla:
El Puntaje Económico se asignará:
• A la(s) Oferta(s) Económica(s) con el valor económico menor entre todas las Ofertas se le asignará cien (100) puntos.
• A cada una de las Ofertas restantes se les asignará el puntaje correspondiente de acuerdo con la siguiente fórmula:
PEE = 100 * Menor Valor Económico entre todas las ofertas Puntos x 0,50
Valor Económico Oferta a evaluar
Los puntajes ponderados, parciales, totales y finales se expresarán con dos (2) decimales, aplicando la regla de redondeo.
12.- Que, debido a lo expresado en el numeral anterior, se procedió a la evaluación económica, de acuerdo con lo establecido en las Bases Administrativas, en la cual los OFERENTES, obtuvieron los siguientes resultados:
13.- Que la obtención del Puntaje de la Evaluación Final (PEFL) de cada propuesta se suma el puntaje ponderado de la Evaluación de Antecedentes ponderado en un 5%, más el puntaje de la Evaluación Técnica ponderado en un 45% y más el puntaje de la Evaluación Económica ponderado en un 50%, para lo cual se utilizará la siguiente fórmula:
PEFL =
Puntaje Final Evaluación Antecedentes (5%) +
Puntaje Final Evaluación Técnica (45%) +
Puntaje Final Evaluación Económica (50%)
El Puntaje Final máximo para obtener es de 100 puntos (100%).
La asignación de los puntajes se efectuará con dos (02) decimales, aplicando la regla del redondeo.
14.- Que, conforme a lo señalado, los OFERENTES, antes individualizados, obtuvieron los siguientes puntajes finales:
15.- Que el informe Acta de Evaluación elaborado por la comisión designada para evaluar las ofertas de la Licitación Pública ID N° 1355-2-LE23 denominada “Contratación Trabajos de Mantención Plan Invierno 2023, Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación de Tarapacá”, señala que la empresa “CONSTRUCTORA LELUNA SPA” RUT: 77.214.699-K, la cual obtuvo el mayor puntaje (95.86%) y que se ajusta a los intereses del Servicio.
|