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1.
Que, el Servicio Nacional del Adulto Mayor es un Servicio Público, funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objetivo general es velar por la integración de la persona mayor a la sociedad, su protección ante el abandono y la indigencia y por el ejercicio de los derechos que la Constitución de la República y las leyes le reconocen.
2.
Que, mediante Formulario de Requerimiento N°523, de fecha 05 de agosto de 2025, el Jefe de Subdivisión de Proyecto de Inversión y Mantenimiento de Infraestructura, solicita la “ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE OFICINA PARA TENS DE 58 CONDOMINIOS DE VIVIENDAS TUTELADAS” DEL SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR.
3.
Que, existe disponibilidad presupuestaria para dicho fin, de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°981, de fecha 23 de julio de 2025, de la División de Administración y Finanzas.
4.
Que, se publicó en el sitio web www.mercadopublico.cl la licitación pública bajo el ID 1300-48-LE25, de acuerdo con la Resolución Exenta N°988, de fecha 06 de octubre de 2025, que aprobó las BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA “ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE OFICINA PARA TENS DE 58 CONDOMINIOS DE VIVIENDAS TUTELADAS” DEL SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR.
5.
Que, conforme al calendario establecido en las bases de licitación, el período habilitado para formular consultas se extendió entre los días 10 de octubre al 14 de octubre del 2025, plazo durante el cual se recibieron 04 preguntas, las que fue respondidas de forma orientada al proveedor a remitirse a las bases del proceso y que fue aprobada mediante Resolución Exenta N°1025, de fecha 21 de octubre de 2025.
6.
Que, de acuerdo con lo señalado en el Acta de Apertura de fecha 23 de octubre de 2025, el oferente MULTIPRODUCTO SPA, RUT 77.619.564-2; NO presenta el anexo económico Nº9, por lo que, en concordancia con lo dispuesto en el punto 12 de las bases, que indica: "La oferta de aquel proponente que en definitiva no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite, sin que se proceda a la evaluación de su oferta.", los antecedentes del oferente, no son remitidos para el Informe de cumplimiento.
7.
Por otro lado, los oferentes: SOCIEDAD COMERCIAL ALCA LIMITADA, RUT: 76.596.570-5; BPM421 SPA, RUT: 76.891.378-1; COMERCIAL HAGELIN SPA, RUT: 76.102.918-5; SOCIEDAD COMERCIAL ROYAL SPA, RUT: 77.597.711-6; COMERCIALIZADORA MAPY LIMITADA, RUT: 77.646.099-0; INSTALACIONES Y SERVICIOS MESAL SPA, RUT: 76.553.287-6; FRUTILLA SPA, RUT: 78.074.621-1; RENATO OSVALDO AMPUERO VERA, RUT: 6.420.238-3; INVERSIONES KABOD SPA, RUT: 78.190.656-5; LEFI SPA, RUT: 77.324.357-3; MANÁ PRODUCTOS Y SERVICIOS SPA, RUT: 77.579.171-3; MAVE TECHNOLOGY SPA, RUT: 77.415.422-1; COMERCIAL E INDUSTRIAL MUEBLES ASENJO LIMITADA, RUT: 77.018.060-0; ECHEVERRIA MAQUINARIAS TRANSPORTES E INSUMOS SPA, RUT: 77.482.174-0; PROVEEDOR GLOBAL SPA, RUT: 78.060.262-7; COMERCIAL RED OFFICE LIMITADA, RUT: 77.012.870-6; SINNERGY SERVICES SPA, RUT: 76.482.846-1; INVERSIONES SIPO SPA, RUT: 76.585.223-4; JUAN CARLOS POBLETE CANO, RUT: 7.065.462-8 y COMERCIALIZADORA TODOTABLET SPA, RUT: 76.292.976-7, presentan la totalidad de los anexos y antecedentes requeridos en bases de licitación, por ende, sus antecedentes son remitidos para el Informe de cumplimiento de requisitos técnicos mínimos requeridos en las bases de Licitación, previo a evaluación técnica y económica de la Comisión Evaluadora, según se indica:
7. Que, de acuerdo con el Informe de Cumplimiento de Propuestas, para comisión de Evaluación, de fecha 19 de noviembre de 2025, preparado por la Profesional de la Subdivisión de Proyectos de Inversión y Mantención de Infraestructura, en la admisibilidad técnica de se señala lo siguiente:
8. Que, el resuelvo segundo de la Resolución Exenta N°988, de fecha 06 de octubre de 2025, designó a los siguientes integrantes de la Comisión Evaluadora:
“1) José Luis Marivil, Rut 17.166.849-2; Profesional Subdivisión de Proyectos de Inversión y Mantención de Infraestructura, División de Planificación y Control de Gestión.
2) Felipe Villalobos Villalobos, Rut 15.498.461-5, Unidad de Servicios Sociales, División Coordinación y Gestión Territorial.
3) Alex Ávila Godoy, Rut: 13.349.184-8; Encargado de Sección de Administración Interna, División de Administración y Finanzas.”
Asimismo, y no obstante los miembros señalados precedentemente, el mismo resuelvo indica: “SENAMA podrá reemplazar a 1 (uno) o más integrantes de la Comisión de Evaluación, si se presentasen situaciones de fuerza mayor que impidieran al o los integrantes de que se tratase, su participación en el trabajo de dicha comisión, durante el período fijado para ello.”
9. Que, mediante el Memorando Interno DPC N°155/2025, la Jefa de la División de Planificación y Control, solicita la modificación de la comisión de evaluación, en atención a que el profesional, don Felipe Villalobos Villalobos, se encuentra haciendo uso del subsidio por incapacidad temporal, por lo que, se hizo necesario su reemplazo por otro profesional de la División de Gestión y Coordinación Territorial, doña Verónica Baeza Ulloa,
10. Que, por razones de buen servicio y con la finalidad de no postergar la evaluación de la licitación en comento, la comisión sesionó sin formalizar el cambio de integrante mediante el acto administrativo, lo que se regulariza mediante la presente Resolución Exenta.
11. Que, con fecha 11 de diciembre de 2025, se realiza la evaluación por parte de la Comisión Evaluadora, levantando acta en la que se señala que se examinaron las propuestas de los oferentes, que dieron cumplimiento a los requerimientos, de acuerdo con lo siguiente:
12. Que, mediante Resolución Exenta N°243, de fecha 10 de marzo de 2025, el jefe de la División de Administración y Finanzas del Servicio o en su ausencia su subrogante, tiene la facultad de dictar y firmar los actos administrativos que adjudiquen las licitaciones bajo la modalidad de licitación pública, de hasta un monto final de 1.000 U.T.M.
13. Que, en mérito de todo lo anteriormente expuesto y de conformidad a lo dispuesto en la Ley N°19.886 de las Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, resulta procedente adjudicar la referida propuesta pública.
14. Que, atendiendo lo anteriormente expuesto se hace necesario la dictación del presente acto administrativo.
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1.
MODIFÍQUESE, los miembros de la Comisión Evaluadora, designados en el resuelvo segundo de la Resolución Exenta N°988, de fecha 06 de octubre de 2025, para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE OFICINA PARA TENS DE 58 CONDOMINIOS DE VIVIENDAS TUTELADAS” DEL SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, reemplazando al Sr. Felipe Villalobos Villalobos, Rut 15.498.461-5, Unidad de Servicios Sociales, División Coordinación y Gestión Territorial, por la siguiente funcionaria:
A)
Verónica Baeza Ulloa, Rut 12.503.232-k, Encargada sección Cuidados Comunitarios, División de Gestión y Coordinación Territorial.
2.
TÉNGASE PRESENTE, que en todo lo no modificado se mantiene vigente la Resolución Exenta N°988, de fecha 06 de octubre de 2025, de este servicio.
3.
DECLÁRESE INADMISIBLE, la oferta del proveedor MULTIPRODUCTO SPA, RUT 77.619.564-2 por no presentar el Anexo N°9, según lo dispuesto en el punto 12 de las bases de licitación, aprobadas por la Resolución Exenta N°988, de fecha 06 de octubre de 2025.
4.
ADJUDÍQUENSE, las líneas N°1, N°2, N°3, N°4, N°5, N°6, N°7, N°8 y N°9 de la licitación pública ID: 1300-48-LE25, para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DE OFICINA PARA TENS DE 58 CONDOMINIOS DE VIVIENDAS TUTELADAS” DEL SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, de acuerdo con el siguiente detalle:
LÍNEAS ADJUDICADAS
PROVEEDOR
LÍNEA
PRODUCTO
MONTO
PROVEEDOR GLOBAL SPA RUT 78.060.262-7
1
SET para atención de Salud, Toma Presión + Termómetro + Oxímetro, de acuerdo con lo indicado en el punto Nº1 de las bases
$ 1.863.540
MAVE TECHNOLOGY SPA RUT 77.415.422-1
2
Equipos de Oficina, Impresora Multifuncional, de acuerdo con lo indicado en el punto Nº1 de las bases
$ 9.865.519
COMERCIALIZADORA MAPY LIMITADA RUT 77.646.099-0
3
SET Sala Tens, Pizarra + Basurero, de acuerdo con lo indicado en el punto Nº1 de las bases
$ 1.725.500
SOCIEDAD COMERCIAL ROYAL SPA RUT 77.597.711-6
4
Mobiliario Oficina, Escritorio, de acuerdo con lo indicado en el punto Nº1 de las bases
$ 4.975.583
ECHEVERRIA MAQUINARIAS TRANSPORTES E INSUMOS SPA RUT 77.482.174-0
5
Mobiliario Oficina, silla de escritorio, de acuerdo con lo indicado en el punto Nº1 de las bases
$ 2.174.337
LEFI SPA RUT 77.324.357-3
6
Mobiliario Oficina, Kardex, de acuerdo a lo indicado en el punto Nº1 de las bases
$ 8.687.064
SINNERGY SERVICES SPA RUT 76.482.846-1
7
SET Emergencias, Extintor + Gabinete, de acuerdo con lo indicado en el punto Nº1 de las bases
$ 5.832.190
SINNERGY SERVICES SPA RUT 76.482.846-2
8
SET Seguridad y emergencias, Lámpara de emergencia + Linterna + Batería Powerbank, de acuerdo con lo indicado en el punto Nº1 de las bases
$ 4.658.850
ECHEVERRIA MAQUINARIAS TRANSPORTES E INSUMOS SPA RUT 77.482.174-0
9
Equipos de Oficina, Termolaminadora, de acuerdo con lo indicado en el punto Nº1 de las bases
$ 984.846
Total, Adjudicado
$ 40.767.429
5. IMPÚTESE, el gasto que demande la presente Resolución al Subtítulo 24, Ítem 09, Asignación 005, del presupuesto del Servicio Nacional del Adulto Mayor para el año 2025, según se establece en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°981, de fecha 23 de julio de 2025, de la División de Administración y Finanzas.
6. AUTORÍZASE, a la Subdivisión de Gestión y Control Financiero a realizar el pago por los bienes adquiridos, de acuerdo con el siguiente detalle:
Líneas adjudicadas
Nº
PROVEEDDOR
RUT
MONTO ADJUDICADO
1
PROVEEDOR GLOBAL SPA
78.060.262-7
$ 1.863.540
2
MAVE TECHNOLOGY SPA
77.415.422-1
$ 9.865.519
3
COMERCIALIZADORA MAPY LIMITADA
77.646.099-0
$ 1.725.500
4
SOCIEDAD COMERCIAL ROYAL SPA
77.597.711-6
$ 4.975.583
5
ECHEVERRIA MAQUINARIAS TRANSPORTES E INSUMOS SPA
77.482.174-0
$ 2.174.337
6
LEFI SPA
77.324.357-3
$ 8.687.064
7
SINNERGY SERVICES SPA
76.482.846-1
$ 5.832.190
8
SINNERGY SERVICES SPA
76.482.846-1
$ 4.658.850
9
ECHEVERRIA MAQUINARIAS TRANSPORTES E INSUMOS SPA
77.482.174-0
$ 984.846
Total Adjudicado
$ 40.767.429
“El pago se realizará una vez recepcionado conforme la totalidad de los productos adquiridos, contra presentación del documento tributario de cobro correspondiente, emitido por la empresa a nombre del Servicio Nacional del Adulto Mayor.
Para el pago, el proveedor adjudicado deberá entregar la siguiente documentación:
i.
La factura, que deberá indicar una breve glosa descriptiva del servicio, e incorporar referencia a la Orden de Compra. En caso de que sea procedente la aplicación de multa respecto de la factura respectiva, la glosa señalada deberá consignar dicha circunstancia, y el monto de la multa que será aplicada en el documento tributario correspondiente.
ii.
Certificado emitido por la Contraparte Técnica Nacional aprobando los productos para el correspondiente pago (acta de recepción conforme).
Es importante destacar que, al momento de la facturación, el proveedor deberá tener en estado “aceptada”, la respectiva orden de compra y al momento de facturar, deberá indicar una breve glosa descriptiva del servicio e incorporar referencia a la Orden de Compra.
La omisión de esta información o la falta de presentación de los documentos obligatorios complementarios a la factura será motivo de rechazo del documento.
Dicho pago se realizará en un plazo no superior a los 30 días contados desde la fecha de recepción del mencionado documento en la casilla senamarecepcion@custodium.com, o cualquier otra que el servicio tuviere en el futuro.
Por otra parte, al momento de la presentación del documento de cobro, el oferente deberá indicar el medio a través del cual SENAMA cumplirá con la obligación de pago respectiva, (Ejemplo: Nombre de Banco, Número de Cuenta y Tipo de Cuenta).”
7. PUBLÍQUESE, la presente Resolución en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE
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