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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, el artículo 5° letra f) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, indica que los Municipios, para el cumplimiento de sus funciones tendrán la siguiente atribución esencial: Adquirir y enajenar, bienes muebles e inmuebles.
3. Que, con el motivo de la correcta aplicación del derecho y la tramitación indicada en la ley N°18.287, los funcionarios del Juzgado de Policía Local, incluido el juez y secretaria abogada, requieren del mobiliario acorde para una óptima labor de las funciones que la ley le confiere a este tribunal, sumado a una eficaz organización de la documentación resguardada en las dependencias.
4. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 de la Ley 19.886, de forma previa, se verifica que los productos requeridos no se encuentran en su totalidad en Catálogo de Convenio Marco, en razón de lo cual se tramita el presente proceso licitatorio.
5. Que, mediante el Acto Administrativo N°749, de fecha 14 de octubre 2024, se aprueban las Bases Administrativas y Técnicas para la “ADQUISICION DE MOBILIARIO PARA 1° JUZGADO DE POLICIA LOCAL”, y la ficha de licitación N°2446-749-L124.
6. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaración jurada simple suscrita por el funcionario evaluador de la licitación pública ID 2446-749-L124.
7. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
N NOMBRE OFERENTE RUT PRECIO OFERTA NETO PRECIO OFERTA IVA INCLUIDO
1 COMERCIAL HAGELIN SPA 76.102.918-5 $1.889.118 $2.248.050
2 GESCOM INGENIERÍA Y GESTIÓN LOGÍSTICA LIMITADA 77.994.821-8 $5.481.140 $6.522.556
3 MUEBLES SANTIAGO SPA 76.369.344-9 $1.809.200 $2.152.948
4 COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA ORTOPEDIC SPA 77.765.630-9 NO SE PUEDE DETERMINAR NO SE PUEDE DETERMINAR
5 STATUS SPA 77.393.671-4 $4.577.016 $5.446.649
8. Que, el evaluador de la propuesta, al revisar los antecedentes que forman parte de la misma, de forma previa a la evaluación, en conformidad a las facultades concedidas en las bases administrativas; realiza revisión de los antecedentes técnicos, administrativos y económicos presentados de las ofertas.
9. Que, en virtud de lo indicado supra, se determina lo siguiente:
a) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente COMERCIAL HAGELIN SPA, Rut: 76.102.918-5, por cuanto, el proponente no oferta los 6 escritorios de oficina con su cubierta y cajones de color café claro y base de color blanco o similar. En razón de lo anterior, por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, se rechaza la oferta, sin derecho a ser evaluada, en especial consideración a las facultades contenidas en la cláusula “Causales de rechazo de las ofertas” de las Bases Administrativas, donde se señala como causal de rechazo de las ofertas el no ofertar la totalidad de los productos requeridos en las presentes Bases y Especificaciones Técnicas.
b) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente GESCOM INGENIERÍA Y GESTIÓN LOGÍSTICA LIMITADA, Rut: 77.994.821-8, por cuanto, la cláusula “Financiamiento y plazos” de las Bases Administrativas señala que “El presupuesto máximo disponible estimado para la adquisición de los productos es de $5.593.000, impuestos incluidos”; y al verificar los antecedentes de la propuesta subidos al portal, se constata que presenta oferta por $6.522.556, impuestos incluidos, precio superior al presupuesto máximo disponible para la contratación, en razón de lo cual, por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, se rechaza la oferta para esta línea, sin derecho a ser evaluada, esto en especial consideración a la sanción que se encuentra expresamente establecida en la cláusula “Causales de rechazo de las ofertas” de las Bases Administrativas, donde se señala como causal de rechazo de las ofertas el no ajustarse al presupuesto máximo disponible informado en las bases administrativas.
c) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente MUEBLES SANTIAGO SPA, Rut: 76.369.344-9, por cuanto, el proponente no oferta los 6 escritorios de oficina con su cubierta y cajones de color café claro y base de color blanco o similar, así como tampoco oferta por la mesa de reuniones con cuatro sillas, cubierta de color café o similar y base de color blanco o similar. En razón de lo anterior, por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, se rechaza la oferta, sin derecho a ser evaluada, en especial consideración a las facultades contenidas en la cláusula “Causales de rechazo de las ofertas” de las Bases Administrativas, donde se señala como causal de rechazo de las ofertas el no ofertar la totalidad de los productos requeridos en las presentes Bases y Especificaciones Técnicas.
d) Se declara inadmisible la oferta presentada por el proponente COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA ORTOPEDIC SPA, Rut: 77.765.630-9, por cuanto, el oferente indica en el Comprobante de Ingreso de la Oferta un valor total neto de $3.793.830, mientras que, en el Formulario de Oferta Técnico Económico, indica un valor total neto de $1.753.830 y un Valor Total IVA incluido de $2.087.058, valores que no coinciden con los ingresados en el Comprobante de Ingreso de la Oferta, por lo tanto, no es posible determinar el valor de su oferta. En el mismo sentido, se deja expresa constancia que no fue posible requerir corrección, mediante aclaratoria a través del foro dispuesto especialmente al efecto; por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los proponentes, y transparencia del proceso; por cuanto podría significar, otorgar la opción de modificar los valores ofertados de los productos, el cual es un antecedente esencial, que corresponde a un 35% de la evaluación
e) Que, verificado por el evaluador los criterios y metodología de evaluación, consta en acta de fecha 24 de octubre de 2024, el proveedor obtiene el siguiente puntaje:
N° NOMBRE OFERENTE RUT PUNTAJE
1 STATUS SPA 77.393.671-4 85
10. El Acta de Evaluación de las ofertas, de fecha 24 de octubre de 2024, ingresada en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas con fecha 25 de octubre de 2024, donde se propone la licitación pública ID 2446-749-L124 al oferente STATUS SPA, RUT: 77.393.671-4, por cuanto obtuvo un puntaje ponderado de 85 puntos; cumpliendo con los requisitos de adjudicación.
11. El certificado Disponibilidad Presupuestaria N°6508, de fecha 24 de octubre de 2024, que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para la ADQUISICION DE MOBILIARIO PARA 1° JUZGADO DE POLICIA LOCAL. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N°2031, de fecha 04 de octubre de 2024 y Proyecto presupuestario año 2024.
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1. APRUÉBESE el acta de evaluación, de fecha 24 de octubre de 2024, emitida por el evaluador designado mediante la Guía de Requerimiento N°2031, de fecha 04 de octubre de 2024 y el Acto Administrativo N°749, de fecha 14 de octubre 2024.
2. DECLÁRENSE INADMISIBLES, las ofertas presentadas por los proponentes COMERCIAL HAGELIN SPA, Rut: 76.102.918-5, GESCOM INGENIERÍA Y GESTIÓN LOGÍSTICA LIMITADA, Rut: 77.994.821-8, MUEBLES SANTIAGO SPA, Rut: 76.369.344-9 y COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA ORTOPEDIC SPA, Rut: 77.765.630-9, al tenor de lo indicado en los considerando octavo y noveno del presente decreto, conforme lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley N° 19.886.
3. ADJUDÍQUESE la licitación Pública ID 2446-749-L124, denominada “ADQUISICION DE MOBILIARIO PARA 1° JUZGADO DE POLICIA LOCAL”; al proveedor STATUS SPA, RUT: 77.393.671-4, por un monto de $5.446.649.- (Cinco millones cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve pesos) IVA incluido. En atención a que obtuvo en puntaje más alto en la evaluación respectiva, con 85 puntos, cumpliendo además con los requisitos de adjudicación establecidos en las bases administrativas del proceso de licitación.
4. AUTORÍCESE la emisión de la respectiva Orden de Compra para formalizar la contratación entre la Municipalidad de Coquimbo y el adjudicatario; al tenor de lo señalado en las bases administrativas, y los artículos 22 y 63 del DS 250 del año 2004, Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Lo anterior, una vez que el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas haya verificado el cumplimiento de los requisitos para contratar establecidos en los documentos del proceso licitatorio.
5. DÉJESE CONSTANCIA que el plazo máximo de aceptación de la orden de compra es de 5 (cinco) días hábiles, posteriores a su envío, según lo indicado en la cláusula “Formalización de la contratación” de las Bases administrativas de la licitación en comento.
6. PUBLÍQUESE el presente Decreto, y Acta de Evaluación adjunta, en el sistema de información www.mercadopublico.cl, para los efectos previstos en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento.
7. IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto Municipal año 2024, Juzgado de Policía Local, N° de cuenta:215-29-04-000-000-000-005.
Anótese, Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
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