|
1. Que, mediante la Resolución Exenta N°02803/2024, de fecha 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, en adelante e indistintamente ProChile, se aprobaron las Bases de Licitación Pública destinadas a seleccionar a la entidad con la cual ProChile contratará los Servicios de un programa radial para a difundir y dar a conocer la oferta de herramientas de ProChile en la Región de Atacama, bajo el ID Nº1138297-22-L124.
2. Que, una vez concluido el plazo para la presentación de ofertas, se recibieron, a través del portal www.mercadopublico.cl, las propuestas de los siguientes proveedores:
N° Nombre Oferente RUT
1 SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y COMUNICACIONES PUNTO CREATIVO LTDA. 77.569.470-K
2 DENISE MARIELA ARAVENA CORALES (PMG Medios) 13.614.080-9
3 SOC COMERCIAL LATORRE Y ZLATAR LTDA. 78.863.260-6
3. Que, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, contenida en el memorándum N°00168/2024, de fecha 04 de septiembre de 2024, la Comisión Evaluadora procedió a evaluar la propuestas técnica y económica presentada por los oferentes: SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y COMUNICACIONES PUNTO CREATIVO LTDA., DENISE MARIELA ARAVENA CORALES (PMG Medios) y SOC COMERCIAL LATORRE Y ZLATAR LTDA., conforme a los criterios de evaluación: a) Criterios sustentables e inclusivos (5%), b) Experiencia del Oferente (40%), c) Precio (15%) y d) Calidad Técnica de los servicios ofertados (40%), establecidos en las respectivas Bases de Licitación Pública.
4. Que, como resultado de la evaluación, los oferentes obtuvieron las siguientes notas finales, de un máximo de 4,00:
Lugar Nombre Oferente Nota Final
1° SOC COMERCIAL LATORRE Y ZLATAR LTDA. 2,60
2° SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y COMUNICACIONES PUNTO CREATIVO LTDA. 2,57
3° DENISE MARIELA ARAVENA CORALES (PMG Medios) 2,27
5. Que, en atención a las notas obtenidas por los proveedores, la Comisión Evaluadora recomendó adjudicar el presente proceso de contratación a la oferta del proponente “SOC COMERCIAL LATORRE Y ZLATAR LTDA.”, RUT N° 78.863.260-6, que obtuvo una nota final de: 2,60; resultando ser, además, una propuesta conveniente y necesaria para los intereses de ProChile.
6. Que, se han cumplido las formalidades exigidas por la normativa legal, reglamentaria y con las disposiciones establecidas en las respectivas Bases de Licitación Pública y se cuenta con el presupuesto necesario para financiar la contratación de los servicios ya indicados.
|
|
I. ADJUDÍCASE la Licitación Pública, cuyas Bases fueron aprobadas por Resolución Exenta 02803/2024, de fecha 20 de agosto de 2024, de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, para contratar los Servicios de un programa radial para a difundir y dar a conocer la oferta de herramientas de ProChile en la Región de Atacama, al proveedor denominado “SOC COMERCIAL LATORRE Y ZLATAR LTDA.”, RUT N° 78.863.260-6, por un monto total de $4.500.000.- (cuatro millones quinientos mil pesos), impuestos incluidos, por un período de 4 meses.
II. DÉJESE establecido que con fecha 05 de septiembre de 2024, 12:58, la Dirección ChileCompra emite Certificado de Habilidad del Registro de Proveedores, donde se establece que el proveedor SOC COMERCIAL LATORRE Y ZLATAR LTDA., se encuentra en estado HÁBIL, para ser contratado por el Estado de Chile, de acuerdo a lo especificado en la Ley de Compras Públicas N°19.886 y atendidas las causales descritas en el Artículo 92 del Reglamento de la citada Ley. Asimismo, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 7°, letra e), de la Ley N° 20.285, sobre transparencia de la función pública y acceso a la información de la Administración del Estado, el proveedor señala en Declaración Jurada de Socios y Accionistas ingresada por el proveedor en Mercado Público sobre la nómina de socios y su participación en la mencionada sociedad, en los siguientes términos:
Nombre Socio Porcentaje de participación
HUGO EDUARDO LATORRE PIAZZOLI, 75,00%
JUAN JOSÉ LATORRE ZLATAR 12,50%
DANIELA ANDREA LATORRE ZLATAR 12,50%
III. DÉJASE establecido que doña Patricia Rojas Henríquez, RUT Nº 11.640.966-6 con domicilio en Atacama 971, Copiapó, Región de Atacama, en representación de “SOC COMERCIAL LATORRE Y ZLATAR LTDA.”, RUT N° 78.863.260-6 del mismo domicilio, completa Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, en la licitación pública ID N° 1138297-22-L124, de fecha 27 de agosto de 2024, lo siguiente:
a) No ha sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
b) No ha sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26,letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
c) Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la leyN°20.393.
d) No ha sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
e) No es ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
f) No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
g) Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
h) Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
i) Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
j) No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
IV. EMÍTASE la orden de compra, conforme a lo preceptuado en el artículo 63, inciso 1, del Reglamento de la Ley Nº 19.886, formalizándose la presente contratación, a través de la emisión y aceptación de la orden de compra correspondiente, a través del portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, habiéndose estado de habilidad para contratar con la Administración del Estado, según la información proporcionada por el Registro Oficial de Proveedores del Estado.
V. IMPUTESE el gasto que irrogue la presente resolución a la cuenta a la cuenta complementaria 214-05 (Fondos de Terceros).
VI. PUBLÍQUESE la presente resolución, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, conforme lo establecido en los artículos 6 y 57, literal b) numeral 7, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE
|