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Lo dispuesto en el D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado en los artículos 3º, 5º Nºs 1, 3, 4, 7 y 12 del Decreto Ley Nº 2.465, de 1979, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Menores en el Decreto Supremo del Ministerio de Justicia Nº 356, de 1980 en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios en el Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda Nº 250, de 2004 Ley N ° 21.125, de fecha 28 de diciembre de 2018, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2019, en la Resolución Exenta 0630, de fecha 16 marzo de 2016, que delegó Facultades en Directores Regionales del Servicio Nacional de Menores, de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Menores, Nº 026, de fecha 10 de septiembre de 2018, de la Dirección Nacional de SENAME, que nombra Director Regional de Arica y Parinacota y en las Resoluciones Nº 7 y 8 de 2019, de la Contraloría General de la República;
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1. Que, mediante Resolución Exenta N° 197, de fecha 14 de octubre de 2019, el Servicio Nacional de Menores, Región Arica y Parinacota, llamó a Licitación Pública para la “Adquisición e instalación de equipos de aire acondicionados en el CIP CRC CSC Arica (Centro Arica)”, la que fue publicada en el portal www.mercadopublico.cl bajo el ID 1818-9-L119.
2. Que, según consta en el “Acta de Apertura Electrónica”, www.mercadopublico.cl, se recibieron 6 (seis) ofertas a la licitación, correspondientes a las empresas:
a. A D N ALTAMIRA DEL NORTE LTDA, R.U.T. 76.224.880-8
b. CLIMATIZACIONES ALBERTO CHAMIZO SPA, R.U.T. 76.615.813-7
c. MANTENCIONES PAZALENKA SPA, R.U.T. 77.037.631-9
d. SOLUCIONES DE INGENIERIA Y SERVICIOS INTEGRALES MOISES RAMIREZ E.I.R.L., R.U.T. 76.540.232-8
e. SOCIEDAD CONSTRUCTORA FERROL PROYECTOS LIMITADA, R.U.T. 76.507.554-8
f. JUAN CARLOS BURGOS MILLALEN, R.U.T. 9.169.240-6
3. Que, el Informe en Derecho Nº 19, de fecha 25 de octubre de 2019, respecto a la admisibilidad de las ofertas; concluye lo siguiente:
“1. Las propuestas técnico- económicas de los proveedores A D N ALTAMIRA DEL NORTE LTDA, R.U.T. 76.224.880-8; CLIMATIZACIONES ALBERTO CHAMIZO SPA, R.U.T. 76.615.813-7; MANTENCIONES PAZALENKA SPA, R.U.T. 77.037.631-9; SOLUCIONES DE INGENIERIA Y SERVICIOS INTEGRALES MOISES RAMIREZ E.I.R.L., R.U.T. 76.540.232-8; SOCIEDAD CONSTRUCTORA FERROL PROYECTOS LIMITADA, R.U.T. 76.507.554-8; JUAN CARLOS BURGOS MILLALEN, R.U.T. 9.169.240-6; no presentan observaciones.
Lo anterior no obsta a que cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, invalide aquella que no se ajuste a lo dispuesto en las Bases de Licitación, declarándola inadmisible.
2. La propuesta económica del SOCIEDAD CONSTRUCTORA FERROL PROYECTOS LIMITADA, R.U.T. 76.507.554-8, excede monto máximo disponible del Servicio para la adquisición; razón por la cual, en conformidad a lo dispuesto en el Párrafo II de las Bases de Licitación, en el acápite referido a las “Especificaciones de la Adquisición e Instalación”, especialmente lo indicado respecto a la exigencia económica, esta oferta no corresponde que sea evaluada y debe declararse inadmisible.
3. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el oferente que resulte adjudicado con su propuesta debe cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo VI de las Bases de Licitación, “Requisitos para contratar”.
4. Que, el párrafo II de las Bases de Licitación, en el acápite referido a las “Especificaciones de la adquisición e instalación”, dispone que “La propuesta económica deberá indicarse en pesos chilenos y por cada uno de los equipos adquiridos y su instalación, tendrá que contener en un listado los planes que contenga la oferta económica, con las descripciones detalladas de la adquisición e instalación, además de los detalles de las visitas técnicas, reparaciones, cambios de equipo y reposición y otros necesarias para el buen funcionamiento de los equipos adquiridos”
Los oferentes deberán presentar su propuesta ajustándose a los precios actuales del mercado, de los cuales, la sumatoria del precio final, no podrá exceder el costo presupuestado para la presente licitación.
El monto disponible para esta licitación es de $ 3.000.000 (tres millones de pesos) IVA incluido, por la adquisición e instalación.
La oferta no podrá ser superior al presupuesto máximo disponible, en caso de superar el monto, quedará fuera del presente proceso.
5. Que, según consta en el numeral 4 del Acta de Evaluación, de fecha 28 de octubre de 2019 “Que reunido la Comisión evaluadora y los antecedentes de los oferentes indicados en el informe jurídico, se evalúa conforme a las bases administrativas y técnicas para la adquisición e instalación de los equipos de aire acondicionado para el Centro Arica”.
6. Que, según consta en la misma Acta señalada precedentemente, habiendo cumplido con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación”; las ofertas de las empresas individualizadas en el Considerando Nº 2 de la presente Resolución, excepto la de la letra “e.”, fueron evaluadas conforme a los criterios respectivos, obteniendo el siguiente puntaje:
PROVEEDORES >>> 76.224.880-8 ADN Altamira del Norte Ltda.
76.615.813-7 Climatizaciones Alberto Chamizo SPA
77.037.631-9 Mantenciones Pazalenka SPA
76.540.232-8 Soluciones de Ingeniería Eléctrica y Servicios Integrales Moisés Ramir
9.169.240-6 Juan Carlos Burgos Millalen
CRITERIOS DE EVALUACION Ponderación % Ponderado Ponderado Ponderado Ponderado Ponderado
EVALUACION ECONOMICA 50 33,61 37,81 50,00 39,80 36,01
EVALUACION TECNICA Experiencia del Equipo 30 30,0 30,0 17,5 30,0 30,0
EVALUACION ADMINISTRATIVO Cumplimiento de requisitos formales 10 10,0 10,0 10,0 10,0 10,0
EVALUACION SUSTENTABILIDAD Inclusión Laboral 10 10,0 0,0 0,0 0,0 0,0
Puntaje Final 100 83,6 77,8 77,5 79,8 76,0
7. Que, consta en el Acta ya señalada, que la Comisión Evaluadora propuso adjudicar al oferente A D N ALTAMIRA DEL NORTE LTDA, R.U.T. 76.224.880-8, por un monto de $2.677.500.- (dos millones seiscientos setenta y siete mil quinientos pesos), IVA incluido, “…quien presentó oferta al llamado de la licitación de acuerdo a las Bases Administrativas Especiales y los criterios de evaluación determinados por esta Comisión Evaluadora, en consideración a las ofertas recibidas en el portal, resguardando los intereses del servicio en cuanto, transparencia, conveniencia y necesidades del Centro Arica.
8. Que, analizados los antecedentes, la oferta de la empresa propuesta para la adjudicación obtuvo el mayor puntaje (83,6 puntos) y se ajusta al presupuesto disponible para la adquisición.
9. Que, según consta en el Certificado Presupuestario Nº 156/19, de fecha 25 de octubre de 2019, el Servicio Nacional de Menores, Región Arica y Parinacota, cuenta con los recursos disponibles para financiar la contratación del servicio requerido.
10. Que, según consta en el respectivo formulario de Chileproveedores, la empresa se encuentra inscrita en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado www.mercadopublico.cl.
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