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1. El Decreto Universitario exento N°3998, de fecha 19 de mayo de 2022, que aprobó las bases administrativas y documentos anexos para la licitación pública denominada “ADQUISICIÓN DE NOTEBOOK, PARA LA UNIVERSIDAD DEL BIOBIO, SEDE CHILLÁN SC 1243”, publicado en el sistema de información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl, con fecha 20 de mayo de 2022, con el ID N° 2705-72-L122, de acuerdo a lo señalado en la solicitud de compra Nº 1243, autorizada con fecha 12 de mayo de 2022, desde el Centro de Costo 50101000-083 "Observatorio Laboral Ñuble Cuarto Año" lo que debe ajustarse a diversas exigencias, según se señala en la solicitud indicada.
2. El informe de la Comisión de Evaluación de la licitación, de fecha 02 de junio de 2022, suscrito por don Bernardo Vásquez González, Director del Observatorio Laboral Ñuble y doña Daniela Cádiz Ramírez, Encargada Sección de Adquisiciones y Abastecimiento, informe que se transcribe a continuación y cuyo tenor es el siguiente:
Inicio de Transcripción:
INFORME DE EVALUACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA “ADQUISICIÓN DE NOTEBOOK, PARA LA UNIVERSIDAD DEL BIOBIO, SEDE CHILLÁN SC 1243”
(ID 2705-72-L122)
Chillán, 02 de junio del 2022
I. CUMPLIMIENTO DE BASES
Conforme a la revisión de antecedentes, lo dispuesto en las Bases de Licitación aprobadas por Decreto Universitario exento N° 3998, de fecha 19 de mayo de 2022 y aclaraciones y lo dispuesto en las normas aplicables de la Ley N° 19.886 y su Reglamento, las ofertas presentadas por las empresas: SOCIEDAD COMERCIAL FORTALEZA Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT: 76.367.430-4; DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS ELECTRONICOS Y MAQUINARIAS, RUT: 76.876.186-8; MAGALY DEL CARMEN ROJAS CORTES, RUT: 13.964.232-5; JOSE SANTOS PINTO CERDA, RUT: 76.653.207-1; MARLENE EDITH YAÑEZ BITTNER, RUT: 13.953.712-2, OFERTA 2; SOCIEDAD COMERCIAL OFICINTA LIMITADA, RUT: 79.702.500-3; son ofertas válidas, susceptibles de ser evaluadas, ya que cumplen con todo lo solicitado en las bases administrativas.
En tanto las ofertas presentadas por las siguientes empresas no son ofertas válidas, susceptibles de
ser evaluadas, por las razones que se indican a continuación:
PCHOME LIMITADA, RUT: 76.670.762-9, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con las especificaciones técnicas solicitadas en el apartado II “Requerimientos Técnicos del Bien o Servicio a Contratar”, ofertando un producto de menores características al solicitado, que no es equivalente técnicamente, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN CRISTIAN BELTRAN PULGAR E.I.R.L, RUT: 76.510.629-K, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con las especificaciones técnicas solicitadas en el apartado II “Requerimientos Técnicos del Bien o Servicio a Contratar”, ofertando un producto de menores características al solicitado, que no es equivalente técnicamente, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, RUT: 76.487.171-5, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con los requisitos para contratar de acuerdo a lo estipulado en el apartado VII “Otras Cláusulas”, ítem “La Presentación de la Oferta”, no especificando la garantía post venta del producto, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
COMERCIALIZADORA IGESCOM, RUT: 7.152.668-3, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con los requisitos para contratar de acuerdo a lo estipulado en el apartado VII “Otras Cláusulas”, ítem “La Presentación de la Oferta”, no especificando el modelo para determinar la equivalencia con el equipo solicitado y no incluyendo la ficha técnica correspondiente, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
INMOBILIARIA INNOVA SPA, RUT: 76.924.082-9, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con los requisitos para contratar de acuerdo a lo estipulado en el apartado VII “Otras Cláusulas”, ítem “La Presentación de la Oferta”, no especificando tanto la garantía post venta como la descripción técnica del producto, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
MARLENE EDITH YAÑEZ BITTNER, RUT: 13.953.712-2, OFERTA 1, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con las especificaciones técnicas solicitadas en el apartado II “Requerimientos Técnicos del Bien o Servicio a Contratar”, ofertando un producto de menores características al solicitado, que no es equivalente técnicamente, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
SOCIEDAD DE INVERSIONES MAXIMO SPA, RUT: 76.605.961.9, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con las especificaciones técnicas solicitadas en el apartado II “Requerimientos Técnicos del Bien o Servicio a Contratar”, ofertando un producto de menores características al solicitado, que no es equivalente técnicamente, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
PUBLIBCTRAIL INVESTMENT LIMITADA, RUT: 77.500.124-0, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con los requisitos para contratar de acuerdo a lo estipulado en el apartado VII “Otras Cláusulas”, ítem “La Presentación de la Oferta”, no especificando la descripción técnica del producto, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
GRUPO COOPER SPA, RUT: 76.863.863-2, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con los requisitos para contratar de acuerdo a lo estipulado en el apartado VII “Otras Cláusulas”, ítem “La Presentación de la Oferta”, no especificando la garantía post venta, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
CENTAURO INVERSIONES SPA, RUT: 76.682.546-K, se encuentra fuera de bases, debido a que no cumple con los requisitos para contratar de acuerdo a lo estipulado en el apartado VII “Otras Cláusulas”, ítem “La Presentación de la Oferta”, no especificando la descripción técnica del producto, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
II. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas, de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones consideradas en las bases, tienen la siguiente evaluación:
III.- ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
De acuerdo a los antecedentes antes señalados, lo dispuesto en las Bases de licitación y las ofertas válidamente presentadas, esta comisión estima que la licitación denominada “ADQUISICIÓN DE NOTEBOOK, PARA LA UNIVERSIDAD DEL BIOBIO, SEDE CHILLÁN SC 1243” se adjudique a la empresa: SOCIEDAD COMERCIAL FORTALEZA Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT: 76.367.430-4, por el monto neto de $1.452.236.- (Un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos treinta y seis pesos) más los impuestos que correspondan.
Aparecen firmas de doña Bernardo Vásquez González, Director del Observatorio Laboral Ñuble y doña Daniela Cádiz Ramírez, Encargada Sección de Adquisiciones y Abastecimiento.
Fin de Transcripción.
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1. ADJUDÍQUESE la licitación pública denominada “ADQUISICIÓN DE NOTEBOOK, PARA LA UNIVERSIDAD DEL BIOBIO, SEDE CHILLÁN SC 1243”, a la empresa SOCIEDAD COMERCIAL FORTALEZA Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT: 76.367.430-4, de acuerdo a lo indicado en el informe de evaluación.
2. DECLÁRESE INADMISIBLE las ofertas presentadas por las empresas: PCHOME LIMITADA, RUT: 76.670.720-9; INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN CRISTIAN BELTRAN PULGAR E.I.R.L, RUT: 76.510.629-K; INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, RUT: 76.487.171-5; COMERCIALIZADORA IGESCOM SPA, RUT: 77.152.668-3; INMOBILIARIA INNOVA SPA, RUT: 76.924.082-9; MARLENE EDITH YAÑEZ BITTNER, RUT: 13.953.712-2, OFERTA 2; SOCIEDAD DE INVERSIONES MAXIMO SPA, RUT: 76.605.961-9; PUBLICTRAIL INVESTMENT LIMITADA, RUT: 77.500.124-0; GRUPO COOPER SPA, RUT: 76.863.863-2; CENTAURO INVERSINOES SPA, RUT: 76.682.546-K, por encontrarse fuera de bases, según lo señalado en el punto I del informe de evaluación.
3. El PRECIO que la Universidad del Bío-Bío pagará a la empresa, por la adquisición del notebook, será la suma única y no reajustable de $1.452.236.- (Un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos treinta y seis pesos), más los impuestos que correspondan.
4. EL PLAZO DE ENTREGA de la adquisición del notebook será 7 días hábiles, según el punto II del informe de evaluación, a contar de la fecha de emisión de la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl.
5. EMÍTASE la correspondiente orden de compra a través del sistema de Información a cargo de la Dirección de compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl.
6. IMPÚTESE el gasto derivado del presente Decreto, al ítem 12411.01 “Gastos en equipos e ins Técnicos: equipos computacionales”, del Presupuesto Universitario 2022, del centro de costo: 50101000-083 “Observatorio Laboral Ñuble Cuarto Año"
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PÚBLIQUESE el presente Decreto en el Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras Pública, Portal www.mercadopublico.cl.
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