Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 704093-28-LE17
Adjudicación Informada en portal el
30/8/2017 16:41

En Valparaíso, 21-08-2017
Nro de Resolución 4201
Vistos
a) El Decreto Ley Nº 1.305, (V. y U.), de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y el Decreto Supremo Nº 355 (V. y U.), de 1976, que sanciona el Reglamento Orgánico para los Servicios de Vivienda y Urbanización. b) El Decreto Supremo Nº 135, (V. y U.), de 1978, que Aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. c) La Ley Nº 19.886, del Ministerio de Hacienda, de 2003, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 250, del Ministerio de Hacienda, de 2004. d) La LICITACIÓN PÚBLICA N°12/2017, convocada por el SERVIU REGIÓN DE VALPARAÍSO, para la “CONTRATACIÓN DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA DE OBRAS AL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, PROYECTO: "NUEVA ALBORADA Y VIDA NUEVA", COMUNA DE VILLA ALEMANA”. e) La RESOLUCIÓN EXENTA Nº 1266, de fecha 20 de marzo de 2017, por la cual se aprueba las Bases Administrativas Especiales, de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 12/2017, para la “CONTRATACIÓN DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA DE OBRAS AL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, PROYECTO: "NUEVA ALBORADA Y VIDA NUEVA", COMUNA DE VILLA ALEMANA”. f) La ORDEN DE SERVICIO Nº 128, de fecha 31 de marzo de 2017, por la cual se designa una Comisión Técnica para la recepción de antecedentes, apertura, evaluación e informe de la LICITACIÓN PÚBLICA N°12/2017. g) La Resolución Nº 1600 de la Contraloría General de la República, de 2008, que fija normas respecto de la exención del trámite de toma de razón. h) El Decreto TRA 272/22/2016, que nombra al suscrito como Director del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Valparaíso, y;
Considerando
1.- Que, mediante MEMORÁNDUM N°3651 de fecha 03 de mayo de 2017, se remitió el Informe de Selección suscrito por la Comisión Técnica Evaluadora designada para tales efectos y compuesta por la Srta. Johanna Lagos González, de profesión Ingeniero Constructor, quien además preside la Comisión; por la Sra. Silvia Vergara Ubeda, de profesión Arquitecto y por el Sr. Julio Flores Ávila, de profesión Constructor Civil, quienes propusieron, al Sr. Director Regional la adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 12/2017, a la consultora IRMA DIAZ RIVEROS E.I.R.L, quién cumple integramente con lo solicitado en las Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, Adiciones N° 1, N°2, N°3, N°4 y Aclaración N°1. 2.- Que, mediante el Certificado de Imputación Presupuestaria Nº 572, de fecha 31 de julio de 2017, la Jefe del Departamento de Administración y Finanzas informa la imputación y certifica la Disponibilidad Presupuestaria, para el contrato denominado “CONTRATACIÓN DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA DE OBRAS AL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, PROYECTO: "NUEVA ALBORADA Y VIDA NUEVA", COMUNA DE VILLA ALEMANA”, correspondiente a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 12/2017, p3or lo que he dispuesto dictar lo siguiente:
Resuelvo
1. APRUÉBASE la Adición Nº 1, N°2, N°3, N°4 y Aclaración N°1 de la LICITACIÓN PÚBLICA N°12/2017, correspondiente a las Bases Administrativas Especiales para la “CONTRATACIÓN DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA DE OBRAS AL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, PROYECTO: "NUEVA ALBORADA Y VIDA NUEVA", COMUNA DE VILLA ALEMANA”, Bases aprobadas por Resolución Exenta Nº 1266, de fecha 20 de marzo de 2017. 2. ADJUDICASE a la consultora IRMA DIAZ RIVEROS E.I.R.L, RUT: 76.143.117-K, para la ejecución del contrato denominado: “CONTRATACIÓN DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA DE OBRAS AL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, PROYECTO: "NUEVA ALBORADA Y VIDA NUEVA", COMUNA DE VILLA ALEMANA”, correspondiente a la LICITACIÓN PÚBLICA N° 12/2017, en la suma total de 1862 U.F.- (MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS UNIDADES DE FOMENTO), sin intereses ni reajustes de ningún tipo, incluyendo los impuestos y demás gastos que se originen. El plazo de la Fiscalización Técnica de Obras será desde la puesta en marcha del FTO, es decir una vez establecida la fecha oficial de inicio de las obras en que el FTO comienza sus labores en terreno hasta el Cierre y Recepción Final de la obra por parte de SERVIU, cuyo comprobante será el Informe Final aprobado por la Contraparte Técnica del Servicio.El FTO contratado deberá informar al SERVIU el plazo real de cada Proyecto, adjuntando el Acta de Entrega de Terreno y copia del respectivo contrato de obras. El Consultor estará obligado a suscribir los documentos necesarios para dar término administrativo al proyecto; Recepción Municipal. 3. Que, el contrato de la presente LICITACIÓN se regirá conforme a las disposiciones del Decreto Supremo Nº 135, (V. y U.), de 1978, que Aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, por las Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, Adiciones y demás antecedentes de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 12/2017. 4. Que, conforme lo dispone el numeral 8° de las Bases Administrativas Especiales, de la LICITACIÓN PÚBLICA N°12/2017, los Honorarios a pagar a la ITO por las labores que debe realizar se calculará considerando: a) El Régimen de Fiscalización que se hubiere determinado para el proyecto habitacional respectivo, b) La cantidad de viviendas que lo integren y c) El emplazamiento del proyecto, en conformidad a la Tabla dispuesta en el artículo 4º, número 17 de la Resolución Exenta Nº 1.875 (V. y U.) de 2015, a saber: Subsidios Tramos de Viviendas para Proyectos Colectivos (CNT/MP//CSP/DP/PC) 1 a 30 31 a 70 71 a 120 121 o más Régimen de Fiscalización A B C A B C A B C A B C VALORES EN UF POR VIVIENDA Proyectos Urbanos 16 14 11 15 13 10 13 11 0 11 9 0 Proyectos Rurales 20 17 13 18 15 13 16 13 0 14 11 0 Proyectos Localidades Aisladas 25 20 15 20 18 15 17 15 0 15 13 0 El precio consignado es sin reajuste e incluye todos los gastos inherentes al cumplimiento del contrato, no pudiendo solicitar otros cobros adicionales. Estos honorarios se pagarán conforme a los valores que el MINVU mantenga vigentes al momento del pago. Serán de cargo de los Oferentes todos los costos inherentes y/o asociados a su participación en la licitación, a la preparación y presentación de su oferta, así como los que se generen durante el desarrollo de esta prestación de servicios o que se deriven de la misma. Los costos operacionales e insumos asociados a las labores del FTO, tales como transporte de los profesionales que ejerzan esa función, los implementos de seguridad que éstos requieran, el instrumental técnico para el desarrollo de su labor, los insumos de oficina, equipos de informática y comunicación u otros que sean necesarios, serán de cargo de la persona natural o jurídica que Serviu seleccione, no pudiendo el FTO requerirlos, en caso alguno, a los beneficiarios, al Serviu, ni a la empresa constructora que edifica el proyecto. En caso que las obras a fiscalizar cuenten con avance físico ejecutado, SERVIU realizará los descuentos correspondientes del pago de Honorarios de la FTO, esto sustentado en la no realización de labores asignadas por este concepto. Este descuento será proporcional al porcentaje de avance no controlado. No obstante lo anterior, el Consultor que ingrese al proyecto deberá revisar las partidas avanzadas, exigir el informe técnico del FTO anterior (que pudiera ser de SERVIU) y realizar las observaciones que estime pertinentes. 5. En cuanto a la forma de pago y conforme a lo señalado en el numeral 9° de las Bases Administrativas Especiales que rigen la presente Licitación, el SERVIU será responsable de supervisar el desarrollo del FTO y aprobar los pagos correspondientes. El pago se realizará una vez finalizadas y aprobadas las labores realizadas. No obstante lo anterior, según lo dispuesto en el numeral 16) del artículo 4° de la Resolución Exenta N° 1.875 (V. y U.) de 2015, si las disponibilidades de caja lo permiten, Serviu, a solicitud del FTO, podrá girar a cuenta del precio convenido para la prestación de sus servicios, un porcentaje equivalente al avance físico del proyecto, con un tope máximo total del 90%, con una frecuencia no mayor a un giro mensual, para lo cual Serviu deberá verificar la relación entre el porcentaje de avance físico del proyecto y los recursos girados por este concepto. El 10% restante sólo podrá ser pagado contra la recepción final efectuada por la Dirección de Obras Municipales y presentación de un Informe Final de Cierre confeccionado por el Fiscalizador Técnico de Obras, el cual deberá incluir lo siguiente:  Número total de visitas realizadas a la obra con su correspondiente fecha.  Resumen ejecutivo que detalle los hechos más relevantes registrados en el Libro de Obras.  Certificados de ensayes de laboratorios y/o de calidad de materiales, de acuerdo a pruebas realizadas durante la ejecución de la obra, cuando corresponda.  Registro fotográfico digital que muestre un avance secuencial de las obras fiscalizadas. Este registro deberá incluir fotos de la etapa de excavaciones y fundaciones, de la obra gruesa hasta estructura de techumbre y de las terminaciones de las viviendas. Adicionalmente, el FTO deberá ingresar los datos, información y antecedentes que requiera la herramienta computacional denominada “Sistema Nacional de Asistencia Técnica” o “SNAT” y MUNIN o el sistema informático que al efecto determine el MINVU. El consultor contratado deberá solicitar al Supervisor de Obras Serviu las claves necesarias para acceder a los respectivos sistemas. El pago del 10% retenido se considera por cada Proyecto en forma independiente, que haya sido fiscalizado y se encuentre terminado. En el caso de que el proyecto habitacional se encuentre en ejecución y considere obras adicionales, el SERVIU podrá incrementar el monto del contrato de fiscalización, considerando la cuantía de las obras y el régimen de fiscalización que se esté aplicando. En cualquier caso, el valor establecido y aprobado por el SERVIU, deberá contar también con la aprobación correspondiente de la SEREMI y, cuando corresponda, de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. El FTO para cursar el pago de las mensualidades deberá presentar una copia del Informe Mensual indicado en las Bases Técnicas para que el Supervisor cuente con este antecedente antes de visar dicho pago. Además, deberá entregar a la Contraparte Técnica, una copia de todas las anotaciones realizadas en el Libro de Inspección y fotocopia del Libro de Obras. Además, para cursar el pago a la Consultoría, se deberá presentar según la calidad jurídica en que se desempeñen los profesionales o técnicos que integran el equipo de trabajo del Consultor, la siguiente documentación: a) En el caso de tratarse de personal contratado bajo el régimen del Código del Trabajo, el Consultor deberá acompañar: fotocopia de la asistencia del personal, fotocopia del comprobante de pago del equipo y certificado de la inspección del trabajo vigente de los trabajadores del contrato donde acredite que no tenga deudas previsionales, ni laborales respecto a los profesionales de la Consultoría; b) En el caso de tratarse de personal contratado a honorarios, el Consultor deberá acompañar: Detalle de las horas desempeñadas por personal integrante del Equipo Consultor contratado a honorarios, fotocopia de comprobantes de pagos de honorarios y correspondiente boleta de honorarios, debidamente suscrita por quien la emite; comprobante de haber efectuado las retenciones de impuesto correspondiente, cuando el Consultor sea una persona jurídica. Si transcurrido el término de 30 días corridos, si el Consultor no cumpliere su obligación, el SERVIU podrá dar curso al Estado de Pago pendiente si lo hubiere, reteniendo o poniendo en conocimiento del mandante, en su caso, las sumas adeudadas por concepto de remuneraciones o imposiciones previsionales o las que estime necesarios para cubrir dichas deudas, las que deberán ser pagadas a trabajadores o integradas en las Instituciones Previsionales respectivas, por cuenta del Consultor, en el caso de personal del equipo del Consultor contratado bajo el régimen del Código del Trabajo. La misma facultad tendrá el SERVIU en caso que el Consultor adeudare sumas por concepto de prestaciones de servicios a honorarios o no efectuare las retenciones de impuestos correspondientes, enterando dichas sumas en la Tesorería General de la República. La retención del Estado de Pago durante el plazo a que se refiere esta cláusula, no dará derecho en caso alguno al Consultor para requerir reajustes o indemnizaciones de ningún tipo por el lapso señalado. Si dentro del plazo indicado en el inciso anterior el Consultor acredita el pago de las sumas adeudadas por los referidos conceptos, se dará curso al Estado de Pago correspondiente. Esta normativa es exigible para todo el personal cualquiera sea la calidad jurídica en virtud de la cual fue contratada. Si no diere cumplimiento con lo señalado en la cláusula anterior, el SERVIU no dará curso ni aprobación a ningún Estado de Pago. En el evento que el Consultor factorice alguna factura, deberá ser visada por el Director del Servicio. 6. Que, conforme lo dispone el numeral 10.4° de las Bases Administrativas Especiales de la LICITACIÓN PÚBLICA N°12/2017, El plazo para la suscripción del contrato será de 7 días hábiles, contados desde la fecha en que se le comunique la adjudicación del contrato y, deberá presentar al SERVIU Región de Valparaíso, la Garantía del Fiel Cumplimiento de Contrato solicitada en los términos indicados en el punto 14.1 de las presentes Bases Administrativas en el plazo indicado en el oficio de Notificación. Una vez firmado el contrato, podrán realizarse las reuniones de coordinación que se estimen necesarias con la contraparte técnica con la finalidad de preveer una correcta prestación de los Servicios. Sin embargo, el plazo para la ejecución de las labores contratadas podrá iniciar a contar de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato, en la fecha oficial de inicio de las obras en que el FTO comienza sus labores en terreno. Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato será resuelta por la entidad legal que corresponda, a solicitud de las partes. Sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la Republica. Para todos los efectos de la aplicación del Contrato, el Consultor tendrá su domicilio u oficina establecida en la Comuna de Valparaíso en la V Región. Los Gastos que se deriven de la aplicación del contrato, será de cargo exclusivo del Consultor. 7. Que conforme lo dispone el numeral 14º de las Bases Administrativas Especiales, de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 12/2017, El Consultor adjudicado deberá garantizar el fiel, oportuno y total cumplimiento del contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores mediante Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Póliza de Seguros, Vale Vista, etc., extendida a favor del SERVIU REGION DE VALPARAISO, ésta deberá ser entregada al momento previo a la celebración del contrato y quedará bajo custodia del mandante. La Garantía será por un monto equivalente al 5% del monto del contrato, pagadera a la vista, tomada por uno o varios integrantes del adjudicatario, de carácter irrevocable y deberá estar expresada en Unidades de Fomento (U.F.). Dicha Garantía deberá indicar que se trata de una Garantía a favor del SERVIU REGION DE VALPARAISO y deberá tener un vencimiento a un plazo fijo igual o superior a 60 días hábiles después de finalizado el plazo del contrato. La Garantía antes señalada deberá ser presentada por el Consultor a SERVIU REGION DE VALPARAISO a más tardar en el plazo señalado en el punto 10.4 de las presentes Bases, ésta deberá presentarse físicamente, de acuerdo a lo señalado en el artículo 68, del decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. La glosa de la garantía será: “Para garantizar el fiel, oportuno y total cumplimiento del contrato de la Licitación Pública Nº 12/17, adjudicado mediante Resolución Exenta Nº____ de fecha _____”.- La glosa y la vigencia mínima no se exigirán en caso que el oferente presente un Vale Vista. Cuando el contrato sea factible cuantificarlo por etapas, el Consultor podrá sustituir la garantía de fiel cumplimiento, entregando una garantía por el saldo del contrato a la fecha de sustitución, debiendo en todo caso respetar el porcentaje solicitado para la suscripción del contrato. Será obligación del FTO renovar o reemplazar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, a satisfacción del Serviu, si restando 10 días para su vencimiento, la prestación de servicios aún estuviese pendiente. En caso de no hacerlo, el SERVIU podrá hacer efectiva dicha Boleta a su vencimiento. La devolución de las garantías se hará dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento, previa conformidad del Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del SERVIU. 8. En conformidad a lo establecido en el numeral 18°, para la correcta construcción del proyecto habitacional, el FTO deberá fiscalizar las obras, conforme al sistema de medidas de gestión y control de calidad aprobado por MINVU y/o SERVIU y lo indicado en la Resolución Exenta N° 1.875, (V. y U.), de 2015. Dicho sistema se aplicará de acuerdo a las características particulares del proyecto y según la metodología establecida en el MITO. Deberá velar por el cumplimiento del contratista respecto a los artículos 183-A y 184 siguientes del Código del Trabajo. El FTO, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su Equipo de Trabajo. En consecuencia, el FTO será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su Equipo de Trabajo.9. En cuanto a la responsabilidad y según lo prescrito en el numeral 19.3° de las respectivas Bases Administrativas Especiales, el FTO responderá por los daños o perjuicios ocasionados a terceros por su gestión. Si por dichos daños o perjuicios cualquier persona pretende ejercer alguna acción en contra del SERVIU, éste podrá repetir en contra del FTO por las cantidades que en definitiva sea obligado a pagar, más gastos legales y administrativos. Notificado el SERVIU de una demanda originada en la gestión del FTO, éste deberá asumir a su cargo la defensa en el juicio en todas las instancias que sea procedente, sin perjuicio de rembolsar al SERVIU cualquier suma que éste sea obligado a pagar por hechos imputables a la FTO. 10. Procédase en todo lo demás conforme a lo establecido en las Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, Adiciones N°1, N°2, N°3, N°4 y Aclaración N°1, y demás antecedentes de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 12/2017. 11. Impútese el monto de la presente Resolución de Contrato de acuerdo al siguiente detalle: Sub – Titulo 33 Transferencias de Capital.- Ítem 01 Al Sector Privado.- Asig. Sub- Asig 133 001 Fondo Solidario Elección de Vivienda.- Asistencia Técnica Plan Regular.- Monto Total Solicitado 1862 U.F.- ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE CARLOS CONTADOR CASANOVA DIRECTOR SERVIU REGIÓN DE VALPARAÍSO DISTRIBUCIÓN: DIVISIÓN DESARROLLO URBANO MINVU SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL MINVU DIRECCIÓN REGIONAL SERVIU REGIÓN DE VALPARÍSO DEPARTAMENTO JURÍDICO DEPARTAMENTO TÉCNICO OFICINA DE PROPUESTAS OFICINA DE PARTES IRMA DIAZ RIVEROS E.I.R.L.- SUBIDA ECUADOR #170, COMUNA DE VALPARAÍSO. TEL: 32-2250488.-
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION V REGION
Unidad de Compra OFICINA DE PROPUESTAS
R.U.T. 61.817.000-4
Dirección Bellavista 168 Piso 7
Comuna Valparaíso
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de Valparaíso
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo ROBERTO BARRAZA GALLO
Cargo INGENIERO CONSTRUCTOR EN OFICINA DE PROPUESTAS
Teléfono 56-32-2263807
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 704093-28-LE17
Nombre de Adquisición LP 12-17
Tipo de Adquisición Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
Descripción CONTRATACIÓN DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA DE OBRAS AL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, PROYECTO: NUEVA ALBORADA Y VIDA NUEVA, COMUNA DE VILLA ALEMANA
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Unidad de Fomento
Fecha de Publicación 21/3/2017 17:40
Fecha de Cierre 21/4/2017 15:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado UF 1.862,0000
Monto Neto Estimado del Contrato UF 1.862,0000



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
INFORME DE SELECCIÓN.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTINFORME DE SELECCION195 KB30-08-2017 13:48:25
RES.EX. ADJUDICA. LP 12-2017.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónRESOLUCION ADJUDICACIÓN505 KB30-08-2017 13:24:47

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
13473038-2Johanna Lagos GonzalezIngeniero Constructor
08451696-1Julio Flores AvilaConstructor Civil
08348906-5Silvia Vergara UbedaArquitecto
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 80101604 Asesorías en gestión de proyectos
Especificaciones del Comprador : LP 12-17
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.143.117-K IRMA DIAZ RIVEROS EIRL EQUIPO PROFESIONAL CONSTITUIDO POR JEFA DE EQUIPO Y UN FTO UF 1862 1 1862 Adjudicada
76.228.006-K Empresa Constructora SDF Limitada CONTRATACIÓN DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA DE OBRAS AL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, PROYECTO: NUEVA ALBORADA Y VIDA NUEVA, COMUNA DE VILLA ALEMANA UF 1862 0 0 No Adjudicada
76.481.149-6 CONSTRUCTORA EDCO SPA Servicio FTO según Bases UF 1750 0 0 No Adjudicada
4.569.553-0 AURELIO ENRIQUE ENCINA FLORES en Unidades de fomento UF 1862 0 0 No Adjudicada

Total Línea

UF 1.862,0000



Monto Total Adjudicado UF 1.862,0000