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V I S T O S:
a) La Resolución Exenta Nº 3354 del 13 de Octubre de 2011, que aprueba el Convenio Mandato suscrito con fecha 12 de Octubre de 2011, entre el Gobierno Regional del Maule y el Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Maule, para la ejecución del Proyecto “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, longaví, Colbún, Retiro y Parral”, Región del Maule, Programa 2011-2012”, Código BIP 30.116.076-0, financiamiento FNDR;
b) La Resolución Afecta Nº 01 del 20 de Enero de 2012, con Toma de Razón por Contraloría Regional con fecha 13 de Febrero de 2012, que aprueba las Bases Administrativas Especiales, Bases Técnica, Anexos y demás antecedentes elaborados por el SERVIU Región del Maule, respecto a la Propuesta Pública Nº 02/2012, ID Mercado Público Nº 653-2-LP12, a suma alzada, Proyecto, “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, longaví, Colbún, Retiro y Parral”, Región del Maule, Programa 2011-2012”, Código BIP 30.116.076-0, financiamiento FNDR, en virtud a lo dispuesto en el Art. 22 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.;
c) La Publicación del llamado a Licitación Pública en el Diario la Prensa con fecha 22 de Febrero de 2012 y en el Portal Web de Internet www.mercadopublico.cl, con fecha 22 de Febrero de 2012, de acuerdo a lo estipulado en el Art. N° 24 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.;
d) El Acta de Apertura de la Propuesta Pública de fecha 21 de Marzo de 2012;
e) El Acta de Selección de Ofertas de fecha 26 de Marzo de 2012;
f) El Ordinario Nº 1334, de fecha 23 de Abril de 2012, del Sr. Intendente Regional del Maule, autorizando la adjudicación a la denominada Constructora Marcelo Rivano Ltda., de la obra “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, Programa 2011-2012”, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Longaví, Colbún, Retiro y Parral;
g) El Ordinario N°2691, de fecha 1 de Junio de 2012, de la Directora Serviu, Región del Maule, al Intendente, Región del Maule, en que solicita se modifique la autorización señalada en el visto anterior, en virtud de la delicada situación financiera de la denominada sociedad Constructora Marcelo Rivano Ltda. y demás antecedentes que señala, sugiriendo se autorice la adjudicación de la obra “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, Programa 2011-2012”, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Longaví, Colbún, Retiro y Parral, a la segunda prioridad señalada en el Acta de Selección de ofertas indicada en el visto e) de la presente resolución;
h) El Ordinario N°2065, de fecha 14 de junio de 2012, del Intendente, Región del Maule, en que rectifica y autoriza contratar el ítem obras civiles del Proyecto “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, Programa 2011-2012”, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Longaví, Colbún, Retiro y Parral, a Constructora CERCO Ltda., Rut N°76.003.856-3;
i) Correo electrónico de fecha 9 de julio del 2012 de la Constructora CERCO Ltda., informando que se desiste de la ejecución de las obras;
j) El Ordinario N°3720, de fecha 13 de Julio de 2012, de la Directora Serviu, Región del Maule, al Jefe División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional del Maule, que solicita se modifique la autorización señalada en el visto h), en virtud del visto i), y autorice contratar a la tercera prioridad, al contratista Fernando Vega Godoy, según lo señalado en el Acta de Selección de Ofertas del 26 de marzo del 2012;
K) Carta 0081/2012 del 23 de Julio del 2012 de Fernando Vega Godoy que indica que mantiene su oferta para realizar la obra ““Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, Programa 2011-2012”. IDI 30.116.076-0, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Longaví, Colbún, Retiro, Parral;
l) El Ordinario Nº 2715, de fecha 24 de Julio del 2012, del Sr. Intendente Regional del Maule, autorizando adjudicar el ítem obras civiles del Proyecto “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, Programa 2011-2012”, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Longaví, Colbún, Retiro y Parral, al contratista Fernando Vega Godoy., Rut N°8.194.156-4, en los términos que a continuación se señalan:
Provincia Obra Monto Ofertado
Linares “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares” $ 614.410.997 (IVA incluido)
Comunas - Linares- San Javier – Villa Alegre – Yerbas Buenas
- Longaví – Colbún – Retiro – Parral.
- ID Mercado Público – 653-2-LP12 - (FNDR)
m) La Adición Nº 1 y las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 02/2012, ID Mercado Público Nº 653-2-LP12, elaboradas por el SERVIU Región del Maule;
n) La Resolución N°20 del Junio del 2012 con Toma de Razón el 11 de Julio del 2012 que acepta la oferta de la empresa denominada Constructora Cerco Ltda. por la suma de $599.540.875.- (IVA Incluido) para ejecutar la Obra “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, Programa 2011-20112”, IDI 30.116.076-0, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Longaví, Colbún, Retiro y Parral;
ñ) Lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la administración del estado;
o) Lo establecido en Bases Generales Reglamentarias de contratación de obras a suma alzada D.S. N° 236/2002 y sus modificaciones, de V. y U.;
p) La Resolución Nº 1.600 del 30 de Octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
q) Las facultades que me confieren el D.S. N° 355/76, de V. y U. y Decreto 66 de 05 de Diciembre de 2011,de V. y U., y el D.S. N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
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RESUELVO:
1º Apruébese la oferta que se encuentra en tercera prioridad señalada en el Acta de Selección de Ofertas de fecha 26 de marzo del 2012 indicada en el visto e) precedente, aceptase la oferta del oferente Fernando Vega Godoy, por la suma de $ 614.410.997 (IVA incluido), y contrátesele la ejecución de las obras, a suma alzada, Proyecto “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, longaví, Colbún, Retiro y Parral”, Región del Maule, Programa 2011-2012”, Código BIP 30.116.076-0, financiamiento FNDR.;
2° Apruébanse la Adición Nº 1 y las Aclaraciones efectuadas mediante el Foro de Preguntas y Respuestas de la Licitación Pública 02/2012, ID Mercado Público Nº 653-2-LP12, elaboradas por el SERVIU Región del Maule, en virtud a lo señalado en el Art. N° 40 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U., y en el Art. Nº 27 de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas y Reglamento, de 2003, del Ministerio de Hacienda.
3° Déjese sin efecto la Resolución N° Resolución N°20 con Toma de Razón el 11 de Julio del 2012, señalada en el visto n) de la presente resolución, que acepta la oferta de la empresa denominada Constructora Cerco Ltda. por la suma de $599.540.875.- (IVA Incluido) para ejecutar la Obra “Conservación Vías Urbanas Provincia de Linares, Programa 2011-20112”, IDI 30.116.076-0, comunas de Linares, San Javier, Villa Alegre, Yerbas Buenas, Longaví, Colbún, Retiro y Parral, Región del Maule, en virtud de su desistimiento de la oferta señalado en el visto i) de la presente resolución;
4° Déjense establecidas las siguientes condiciones especiales:
a) Inspección Técnica de obra: Director de obra e ITO – Sr. José Francisco Castro González - ITO Reemplazante - Sr. Rolando García Trampe.
b) El ITO Director o quién lo reemplace, verificará y consignará en el Acta de Entrega de Terreno, el correcto y oportuno cumplimiento por parte del Contratista, respecto a lo siguiente:
a) Que cuente con la Póliza de Garantía por Responsabilidad Civil por daños a Terceros, correctamente emitida.
b) Que cuente con la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento correctamente emitida.
c) Que la Resolución de Contrato de Obra se encuentre debidamente protocolizada.
c) El Director de Obra e ITO, o quién lo reemplace, para los efectos de cancelación de los Estados de Pagos, elaborará el Presupuesto Compensado de la Obra, y entregará copia del mismo al contratista y a la Unidad de Contratos del Departamento Técnico del SERVIU, debiendo quedar consignado este hecho en el Acta de Entrega de Terreno.
d) Plazo de ejecución de obras: El plazo será de 240 días corridos, conforme a lo señalado en el punto 3.5, letra d), de las Bases Administrativas Especiales.
e) Forma de pago: Las obras se pagarán mediante estados de pagos mensuales, de acuerdo a disponibilidad de caja y conforme a la programación financiera que debe presentar el Contratista, en virtud a lo estipulado en el punto 3.4, letra g), de las Bases Administrativas Especiales, y al Título VI Art. N° 114 del D.S. 236/2002, de V. y U.
f) Anticipo: No se consulta ningún tipo de anticipo para la ejecución de las obras, punto 3.4 letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
g) Presentación documentos de Garantías: Según punto Nº 12, de las Bases Administrativas Especiales.
h) Protocolización del Contrato: Según punto Nº 11, de las Bases Administrativas Especiales.
i) Presentación y plazos de entrega de antecedentes previo a la suscripción y protocolización del contrato.
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2, de las Bases Administrativas Especiales
j) Presentación de antecedentes previo a la suscripción de protocolización del contrato
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2.1, de las Bases Administrativas Especiales
Previo a la fecha de suscripción del contrato el contratista deberá acompañar los siguientes antecedentes:
a) Entregar una Boleta Bancaria de Garantía a nombre del Gobierno Regional del Maule, por un monto igual al 3% del valor del contrato expresado en UF, con vigencia igual al periodo del contrato más 60 días a lo menos, para caucionar el Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme a lo estipulado en el Art. 50 del D.S 236/2002, de V. y U. y al punto N° 11.2.1, letra b), de las Bases Administrativas Especiales.
b) Entregar una Póliza de Seguros equivalente al 3% del monto del contrato a favor del Gobierno Regional del Maule, que caucione cualquier daño ocasionado a terceros, con motivo de la ejecución de las obras. La póliza deberá ser tomada por un periodo de vigencia sobre 60 días corridos adicionados al plazo total del contrato, conforme a lo dispuesto en el Art. Nº 51 del D.S. 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, letra d), de las Bases Administrativas Especiales.
c) Declaración Jurada Simple indicando la identificación de los socios o accionistas principales, según corresponda, Art. 7, letra e), Ley 20.285, sobre acceso a la Información Pública.
K) Plazo para la entrega de las garantías y certificado previos a la suscripción del contrato
Conforme alo señalado en el Punto 11.2.2, de las Bases Administrativas Especiales.
l) Plazo para la suscripción del Contrato. Conforme a lo dispuesto en el punto 11.3, de las Bases Administrativas Especiales.
l) El incumplimiento en la entrega oportuna de los antecedentes, dentro de los plazos establecidos en los puntos 11.2.1 y 11.3, de las Bases Administrativas Especiales, será sancionado conforme a lo dispuesto en el punto 11.4, de las mismas.
5° Déjese establecido que los gastos que demande el cumplimiento del presente, impútese al Subtítulo 31, ITEM 02, Financiamiento F.N.D.R. Tradicional, Código BIP Nº 30.116.076-0
Tómese Razón, Anótese, Comuníquese, y Publíquese en el Portal Web Mercado Público
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