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Lo dispuesto en el Decreto N° 88, de 26 de marzo de 2018, del Ministerio de Agricultura,
a través del cual S.E. el Presidente de la República me designó como Director Ejecutivo
de la Corporación Nacional Forestal; los artículos 18° de los Estatutos de CONAF y 19°
de su Reglamento Orgánico; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos
de Suministro y Prestación de Servicios; el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley N° 19.886; la Ley N° 21.125, Ley
de Presupuestos del Sector Público para el año 2019; y,
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1. Que la Corporación Nacional Forestal tiene por misión “Contribuir al desarrollo del
país a través del manejo sostenible de los ecosistemas forestales y de los
componentes de la naturaleza asociados a éstos, la que se alcanzará mediante: El
fomento, el establecimiento, restauración y manejo de los bosques y formaciones
xerofíticas; El aumento del arbolado urbano; La mitigación y adaptación de los efectos
del cambio climático; La fiscalización de la legislación forestal y ambiental; La
protección de los recursos vegetacionales y la administración de las Áreas Silvestres
Protegidas del Estado, para las actuales y futuras generaciones.”
2. Que en el marco de cumplir con el mandato conferido por las normas legales que
regulan la materia y otorgar un servicio integral a la ciudadanía, CONAF fijó entre sus
objetivos estratégicos “Reducir el riesgo de incendios forestales a través de la
disminución de la amenaza de incendios forestales, de la vulnerabilidad del paisaje,
de la administración del uso del fuego en quemas controladas y del aumento de las
capacidades de las comunidades ante incendios forestales con énfasis en sectores
de interfaz urbano rural”.
3. Que a la Corporación Nacional Forestal le corresponde ejercer, entre otras, las
facultades y atribuciones que se establecen en el Reglamento sobre Ejercicio de
Funciones en Prevención y Combate de Incendios Forestales, contenido en el
Decreto Supremo N° 733, de 1982, del Ministerio del Interior, cuyo artículo 1”, inciso
primero, señala que “La prevención y combate de incendios forestales constituirá
normal y fundamental tarea y responsabilidad del Ministerio de Agricultura, quien la
ejercerá por intermedio de la Corporación Nacional Forestal, sin perjuicio de las
funciones que, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, le competen a Carabineros y a Investigaciones de Chile”. Asimismo, el Decreto N° 4,363, de 30 de
junio de 1931, del Ministerio de Tierras y Colonización, que fijó la Ley de Bosques,
también entregó a CONAF facultades respecto del uso del fuego y sus consecuencias
por su inadecuada utilización.
4. Que mediante Resolución N° 281, de fecha 10 de mayo de 2019, posteriormente
modificada, la Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal, aprobó las
bases administrativas, técnicas y sus respectivos anexos de la licitación pública
denominada “Adquisición de Vestuario Ignífugo para Brigadistas de Combate de
Incendios Forestales”, publicada en el portal www.mercadopublico.cl, con fecha 10 de
mayo de 2019, e individualizada con el ID N° 633-18-LR19.
5. Que en dicha licitación se recibieron 10 ofertas a través del portal de compras
públicas, correspondientes a los siguientes oferentes:
1. ITURRI S A
2. C.K.S.A. Oferta 1
3. C.K.S.A Oferta 2
4. Confecciones Butka Ltda
5. Extremo Sur
6. Confecciones Danyau y Lagos lt - Casa Matriz
7. Publicidad The perfect gift ltda
8. CLK SpA
9. Héctor Patricio (Drimys Chile SPA)
10. Full Safety Company Limitada
6. Que como resultado de la reunión de trabajo realizada durante el día 08 de julio, en
las dependencias de Oficina Central de CONAF, la Comisión de Evaluación de
Ofertas establecida en las bases de esta licitación pública, conformada por Alejandra
Vargas Herrera, Gerente de Finanzas y Admnistración; Osvaldo Vera Alarcón,
Gerente de Protección contra Incendios Forestales; Jorge Leiva Pezoa, Jefe del
Departamiento de Abastecimiento; Leonardo Escándar Espinoza, Jefe de
Departamento de Logística; Carolina Salinas Muñoz, Profesional Sección Compras
Tácticas y Estratégicas y Daniela Prokurica Núñez, abogada, en calidad de ministro
de fe del proceso; realizó la evaluación económica, técnica y administrativa de las
ofertas, de acuerdo con las disposiciones establecidas en las respectivas Bases,
como consta en el documento denominado “Informe de Comisión Evaluadora de
Licitación portal www.mercadopublico.cl" - “Adquisición de Vestuario Ignífugo para
Brigadistas de Combate de Incendios Forestales", individualizada con el ID N° 633-
18-LR19, que se entiende formar parte de la presente Resolución.
7. Que el oferente adjudicado se encuentra habilitado para contratar con instituciones
del Estado, de acuerdo al Registro ChileProveedores.
8. Que la Comisión de Evaluación propuso declarar inadmisibles las ofertas de C.K S.A
(Oferta 1), C.K S.A (Oferta 2), Full Safety Company Limitada, Drimys Chile Spa,
Almacenes CLK SPA, Confecciones Danyau y Lagos Limitada e Iturri S.A, ya que no
cumplieron con los requisitos establecidos en las bases de licitación, de acuerdo a lo
expuesto en el Informe de Evaluación, que forma parte integrante de la presente
Resolución.
9. Que la Corporación Nacional Forestal cuenta con la disponibilidad presupuestaria
para contratar el Servicio de “Adquisición de Vestuario Ignífugo para Brigadistas de
Combate de Incendios Forestales”.
10. Que en estas circunstancias, y atendido los hechos y antecedentes expuestos en los
considerandos precedentes, procede lo que a contnuación se indica.
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1. ADJUDÍCASE la Licitación Pública ID N° 633-18-LR19, denominada “Adquisición de
Vestuario Ignífugo para Brigadistas de Combate de Incendios Forestales”, individualizada con el ID N° 633-18-LR19, al oferente Confecciones Butka Ltda, RUT
78.126.750-3.
2. DECLARÉNSE INADMISIBLES las ofertas presentadas por la empresa C.K S.A
(Oferta 1), C.K S.A. (Oferta 2), Full Safety Company Limitada, Drimys Chile SpA,
Almacenes CLK SpA, Confecciones Danyau y Lagos Limitada y Iturri S.A, por no
cumplir los requisitos establecidas expresamente en las Bases de Licitación, de
acuerdo a lo expuesto en el Informe de Evaluación, que forma parte de la presente
Resolución.
3. DESÍGNASE a la Gerencia de Protección contra incendios forestales, a través del
Jefe del Departamento de Logística, o quien lo subrogue, como contraparte técnica
ante el oferente adjudicado, y a la Gerencia de Finanzas y Administración, a través de
los Jefes de Departamentos de Finanzas y de Abastecimiento o quienes los
subroguen, como contrapartes administrativas de CONAF ante el oferente
adjudicado.
4. IMPÚTESE el gasto con un tope máximo de $1.130.427.550 (mil ciento treinta
millones cuatrocientos veintisiete mil quinientos cincuenta pesos), con cargo a
Fondos de Terceros, denominado fondo del Ministerio del Interior.
5. IMPÚTESE el gasto con un tope máximo de $3.981.349.016 (tres mil novecientos
ochenta y un millones trescientos cuarenta y nueve mil diciseis pesos) con cargo al
presupuesto institucional correspondiente a la Gerencia de Protección Contra
Incendios Forestales, código de requerimiento 49, cuenta presupuestaria 22-02-002.
6. PUBLÍQUESE la presente resolución en el Sistema de Información de Compras y
Contrataciones Públicas, sitio web www.mercadopublico.cl ,incluyendo la publicación
del documento denominado “Informe Comisión Evaluadora ID 633-18-LR19
“Adquisición de Vestuario Ignífugo para Brigadistas de Combate de Incendios
Forestales”, y EMÍTASE a través del mismo Sistema, las respectiva Orden de
Compra al proveedor adjudicado antes individualizado.
ANÓTESE Y TRANSCRÍBASE,
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