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VISTO: Las facultades que me confiere el Decreto Universitario Nº2595, de 2008; lo dispuesto en el artículo 9º del DFL Nº1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575; en la Ley Nº 19.886 sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda; en los Decretos Universitarios N°2595, DE 2008 y TRA N°309/317/2019, de 2019; en el Decreto Supremo N°0180, de 1987 del Ministerio de Hacienda; en las Resoluciones Nº7, de 2019 y N°16 de 2020, de la Contraloría General de la República, y
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CONSIDERANDO:
1° Que, la Universidad de Chile requiere contratar para su Hospital Clínico, establecimiento docente-asistencial de medicina de alta complejidad, la prestación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de data center institucional e instalaciones, necesarios para el óptimo funcionamiento del Hospital Clínico Universidad de Chile.
2° Que, los servicios requeridos no se encuentran disponibles en el Catálogo de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública según consta en certificación de fecha 08 de abril de 2021, del Jefe de la Unidad de Insumos Generales del Departamento de Abastecimiento.
3° Que, para la contratación de dichos servicios, mediante Resolución Exenta Nº0497, controlada de legalidad por la Contraloría Interna de la Universidad de Chile con fecha 26 de mayo de 2021, modificada por la Resolución Exenta Nº0834, controlada de legalidad por la Contraloría Interna de la Universidad de Chile con fecha 13 de septiembre de 2021, se aprobaron las Bases de Licitación Pública para la contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de data center institucional e instalaciones.
4° Que, con fecha 01 de octubre de 2021, se publicó el llamado a propuesta vía internet en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, sitio http://www.mercadopublico.cl, bajo el número ID de registro de adquisición 5153-19-LQ21.
5° Que, con fecha 22 de octubre de 2021, tuvo lugar el acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas presentadas a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, registrándose como aceptada las ofertas presentadas por los siguientes oferentes: 1.-EQUIPOS TECNICOS Y DE COMUNICACIONES S. A. y 2.-OMAR ALEJANDRO RICOUZ BERGEN
6° Que, conforme al cronograma de la licitación contemplado en el artículo 6º de las respectivas bases de licitación, el plazo para la adjudicación está previsto para el día 29 de marzo de 2022.
7º Que, mediante Memorándum Nº1742, de fecha 02 de mayo de 2022, complementado con Memorándum N°2167, de fecha 08 de junio de 2022, la Jefa del Departamento de Abastecimiento, solicita la ampliación del plazo de adjudicación en 100 días corridos desde la fecha de la publicación, la cual ha sido requerida y justificada por la Comisión Evaluadora en su Informe de Evaluación de la manera que a continuación se expresa: La Comisión manifiesta la necesidad de ampliar el plazo de adjudicación conforme al art. 24 letra b) numeral ii) de las Bases de licitación, que contempla: “Circunstancias extraordinarias o fortuitas que han generado un retardo en el proceso de evaluación las cuales deberán ser debidamente explicitadas”, siendo estas las siguientes: circunstancias administrativas que han entorpecido en el Depto. de Abastecimiento la correcta gestión, diligenciamiento y monitoreo del estatus del proceso. Lo anterior corresponde a hechos fortuitos, que no pudieron ser previstos al momento de elaboración de las bases de licitación, por lo que al día de hoy se hace primordial la ampliación del plazo de adjudicación en 100 días corridos conforme al numeral ii) del art. 24 de las Bases de licitación, siendo el nuevo plazo total para la adjudicación de 310 días corridos.
8° Que, tal como se constata a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, sitio www.mercadopublico.cl, se recibieron las propuestas de los oferentes dentro del plazo establecido en las bases de licitación, por lo que a la fecha el procedimiento se ha llevado a cabo con estricto apego al principio de igualdad de los oferentes y realizar una nueva licitación implicaría un menoscabo tanto a los proveedores como al Hospital, el que precisa contar con los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de data center institucional e instalaciones, por tratarse de servicios esenciales para el correcto y eficiente funcionamiento de las distintas unidades que conforman este Hospital. Los servicios y sistemas mencionados son de alta criticidad para el funcionamiento de cada proceso clínico o administrativo del Hospital, razón por la cual requieren mantenerse en un estado de alta disponibilidad.
9° Que, fundado en los antecedentes y circunstancias referidos, y conforme al artículo 24º de las bases que contempla la posibilidad de ampliar el plazo de adjudicación al tenor de lo previsto en el artículo 41º del D.S: Nº250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, esta Dirección ha estimado procedente y necesario para los fines y correcto desarrollo del proceso licitatorio que se regularice la modificación del plazo de adjudicación de conformidad con lo previsto en el artículo 24º de las respectivas Bases de Licitación por cuanto los hechos descritos por la Jefa del Departamento de Abastecimiento en el referido mediante Memorándum Nº1742, de fecha 02 de mayo de 2022, complementado con Memorándum N°2167, de fecha 08 de junio de 2022, constituyen circunstancias extraordinarias que han generado mayor plazo para la adjudicación.
10° Que, por lo anterior, y en especial resguardo del principio de igualdad de oferentes que rige en materia de Compras Públicas y los principios generales del Derecho Administrativo de celeridad, eficiencia y eficacia, es que se requiere modificar el plazo de adjudicación debiendo a tal efecto modificar la nueva fecha en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.
11° Que, el plazo de vigencia de las ofertas contemplado en las respectivas Bases, así como las garantías de seriedad de las ofertas entregadas por lo proveedores, exceden el plazo de adjudicación ampliado cuya regularización se precisa.
12° Que, la Comisión de Evaluación de Ofertas, prevista en las bases de licitación, en el respectivo Informe de Evaluación verificó la admisibilidad de los proponentes determinando lo siguiente:
Proveedor Admisible/ Inadmisible Indicar Causal de Rechazo
EQUIPOS TECNICOS Y DE COMUNICACIONES S. A.
Admisible La oferta presentada es Admisible para el siguiente servicio:
Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Data Center Institucional e Instalaciones.
OMAR ALEJANDRO RICOUZ BERGEN
Inadmisible La oferta presentada es inadmisible para el siguiente servicio:
Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Data Center Institucional e Instalaciones.
Razón: Por cuanto el proveedor no presento y tampoco se encontraba disponible al momento de la apertura, la siguiente documentación exigida en la letra a.1) del artículo 13º, esto es:
Nº2.-Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el oferente.
Causal: Lo anterior constituye causal de inadmisibilidad de la oferta conforme con lo previsto en el N°4 del artículo 15° de las Bases, esto es “que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en la letra a) del artículo 13º de las presentes bases sin prejuicio de las excepciones señaladas en el párrafo final de la letra a) del artículo 13º de estas bases.”
13° Que, respecto de la oferta admisible, la Comisión de Evaluación de Ofertas procedió a su evaluación y consignó en el respectivo Informe de Evaluación la recomendación de adjudicar a EQUIPOS TECNICOS Y DE COMUNICACIONES S.A., por cuanto su propuesta cumple con todos los requerimientos técnicos exigidos en las respectivas bases de licitación y resulta conveniente para los intereses de este Hospital.
14° Que, fundado en la evaluación contenida en el Informe de Evaluación señalado precedentemente, se ha estimado adjudicar en los términos propuestos por la Comisión de Evaluación.
15° Que, en mérito y conforme a lo anterior, dicto lo siguiente:
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