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Lo dispuesto en la Ley 21.796 de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2026; la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y sus modificaciones; el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la señalada ley; el Convenio de Transferencia de Recursos entre la Dirección de Promoción General de Exportaciones y la Fundación Imagen de Chile, celebrado con fecha 16 de febrero de 2026, aprobado por resolución afecta N° 2, de fecha 19 de febrero de 2026 y tomado razón el 13 de marzo de 2026, por la Contraloría General de la República; la resolución N° 53/2026 que invalida la resolución N° 47/2026 de adjudicación de servicio de aseo, sanitización, mantención y aromatización; los poderes de representación de la Fundación Imagen de Chile don Enzo Abbagliati Boils, que constan en acta de sesión de directorio, de fecha 15 de abril de 2024, reducida a escritura pública con fecha 19 de junio de 2024, ante el Notario Público de Santiago, don Humberto Quezada Moreno. Repertorio N° 4.283-2024; los poderes de representación de la Fundación Imagen de Chile de don Claudio Acosta Espina, que constan en escritura pública de designación apoderados Clase B, de fecha 30 de diciembre de 2025, otorgada ante la Notario Público de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, doña Myriam Amigo Arancibia. Repertorio N° 10.718-2025.
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Que, la Fundación Imagen de Chile, en adelante también la “Fundación”, es una persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, cuyo objetivo es la promoción de la imagen del país en el exterior, conforme a la legislación vigente, sus estatutos y los principios de transparencia, probidad y eficiencia en la gestión de recursos.
Que, con fecha 16 de marzo de 2026, la Fundación publicó las bases de licitación pública en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID N° 1393575-8-LE26, para la contratación del servicio de aseo, sanitización, mantención y aromatización, en adelante también la “Licitación”.
Que, el acto de apertura de ofertas se realizó con fecha 26 de marzo de 2026, recepcionándose propuestas de los siguientes oferentes: Servicios Rafo SpA; Aeroclean Chile SpA; Amankay SpA; Cumbres Servicios, F&F SpA; y la Unión Temporal de Proveedores compuesta por P&M Servicios SpA y Arpiz Seguridad SpA.
Que, F&F SpA fue declarada inadmisible en el acto de apertura de ofertas, por no haber acompañado el Anexo N° 2, exigido como obligatorio, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.9 de las Bases de Licitación.
Que, mediante Resolución N° 47/2026, de fecha 30 de marzo de 2026, la Fundación adjudicó la licitación al oferente Unión Temporal de Proveedores compuesta por P&M Servicios SpA y Arpiz Seguridad SpA, por un monto de $13.077.961, IVA incluido.
Que, con fecha 02 de abril de 2026, don Jorge Montecinos Cortés, en representación de la empresa Amankay SpA, RUT 76.802.808-7, interpuso un reclamo en contra de la referida adjudicación, en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl.
Que, revisados los antecedentes del proceso licitatorio a la luz del reclamo presentado, la Fundación advirtió la existencia de un error en la evaluación de las ofertas, lo que incidió en el resultado del proceso de adjudicación.
Que, en virtud de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley N° 19.880, mediante Resolución N° 53/2026, de fecha 06 de abril de 2026, la Fundación invalidó la Resolución N° 47/2026, retrotrayendo la licitación al estado “cerrado” y ordenando realizarse una nueva evaluación, con el objeto de resguardar los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases.
Que, en este contexto, con fecha 06 de abril de 2026, se reunió la Comisión Evaluadora designada en las Bases Administrativas de la Licitación ID N° 1393575-8-LE26, compuesta por doña Jacqueline Infante, Asistente Ejecutiva; doña Carolina Ojeda, Coordinadora de Gestión de Personas y Control; y don Jonathan Pérez, Encargado de Contabilidad y Presupuesto, con el objeto de evaluar las ofertas presentadas, de conformidad con los criterios y ponderaciones definidos en las Bases.
Que, dentro del referido proceso licitatorio, las ofertas admisibles fueron las siguientes:
Servicios Rafo SpA, RUT 78.003.477-7.
Aeroclean Chile SpA, RUT 77.169.334-2.
Amankay SpA, RUT 76.802.808-7.
Cumbres Servicios SpA, RUT 78.281.543-1.
Main SpA, RUT 77.879.911-1.
Unión Temporal de Proveedores: P&M Servicios SpA, RUT 77.971.608-2 y Arpiz Seguridad SpA, RUT N.º. 77.619.199-k (UTP).
Que, conforme a la evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora en fecha 06 de abril de 2026, respecto de los criterios de experiencia del oferente, evaluación técnica, evaluación económica y programa de integridad, y de acuerdo con las ponderaciones establecidas en las Bases de Licitación, se elaboró la correspondiente matriz de evaluación, obteniéndose los siguientes puntajes totales ponderados:
Servicios Rafo: 92,5%
Aeroclean: 75,5%
Amankay Inversiones: 95,5%
Cumbres Servicios SpA: 78,5%
Main SpA: 75,5%
Unión Temporal de Proveedores: P&M Servicios SpA, RUT 77.971.608-2 y Arpiz Seguridad SpA, RUT N.º. 77.619.199-k (UTP): 75,5%.
Que, de acuerdo con el Informe Final de Evaluación, la Comisión Evaluadora propone adjudicar la licitación al oferente Amankay Inversiones, RUT 76.802.808-7, por haber obtenido el mayor puntaje ponderado y presentar la oferta más conveniente para los intereses de la Fundación.
Que, la oferta económica presentada por Amankay Inversiones asciende a la suma total de $13.450.570 (trece millones cuatrocientos cincuenta mil quinientos setenta pesos), IVA incluido.
Que, en mérito de lo expuesto, corresponde adjudicar la Licitación ID N° 1393575-8-LE26 al oferente antes individualizado, por haber presentado la oferta mejor evaluada y ajustada a las Bases.
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