Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 4295-27-LQ17
Adjudicación Informada en portal el
24/10/2017 16:09

En La Serena, 24-10-2017
Nro de Decreto 1527
Vistos
El certificado de inscripción hábil en ChileProveedores de don José Domingo García Salas, impreso desde el Sistema de Información con fecha 23 de octubre de 2017; el ordinario Nº 0848/03, de fecha 19 de octubre de 2017, de la Secretaría Comunal de Planificación; el certificado del Secretario Municipal (S) de fecha 18 de octubre de 2017, sobre el acuerdo adoptado por el Concejo en la sesión ordinaria Nº 1085, de la misma fecha; el acta de evaluación de fecha 27 de septiembre de 2017, suscrita por los integrantes de la comisión evaluadora don Marcelo Cortés-Monroy Garay, don Patricio Vega Rivera, ambos de la Dirección de Obras, y don Jorge Salamanca Rivera, Director de Desarrollo Comunitario; las declaraciones de conflicto de intereses, de fecha 27 de septiembre de 2017, suscritas por los integrantes de la comisión evaluadora; el Decreto Alcaldicio Nº 1400, de fecha 6 de octubre de 2017; el Decreto Alcaldicio Nº 1314, de fecha 22 de septiembre de 2017; el Decreto Alcaldicio Nº 1263, de fecha 12 de septiembre de 2017; el Decreto Alcaldicio Nº 1218, de fecha 5 de septiembre de 2017; el Decreto Alcaldicio Nº 1164, de fecha 29 de agosto de 2017; el ordinario N° 0667/03, de fecha 28 de agosto de 2017, del Secretario Comunal de Planificación, subsanando observaciones; el ordinario N° 05-565, de fecha 25 de agosto de 2017, de la Dirección de Asesoría Jurídica a la Secretaría Comunal de Planificación, realizando observaciones a las bases administrativas y especificaciones técnicas; el ordinario N° 0660/03, de 24 de agosto de 2017, de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Asesoría Jurídica; el ordinario N° 09-431, de fecha 23 de agosto de 2017, de Dirección de Control Interno a la Secretaría Comunal de Planificación; el ordinario N° 0646/03, de fecha 22 de agosto de 2017, de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Control Interno; el ordinario N° 09-421, de fecha 17 de agosto de 2017, de la Dirección de Control Interno a la Secretaría Comunal de Planificación; el ordinario N° 622/03, de fecha 10 de agosto de 2017, de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Control Interno; el ordinario N° 0569/03, de 24 de julio de 2017, de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Asesoría Jurídica; el ordinario N° 09-364, de fecha 17 de julio de 2017, de la Dirección de Control Interno a la Secretaría Comunal de Planificación; el certificado de disponibilidad presupuestaria N° 0778/2017, de fecha 7 de julio de 2017, emitido por el Secretario Comunal de Planificación; el ordinario N° 0519/03, de fecha 6 de julio de 2017, de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Control Interno; el ordinario N° 09-251, de fecha 2 de junio de 2017, de la Dirección de Control Interno a la Secretaría Comunal de Planificación; el ordinario N° 02-0553/17, de fecha 30 de junio de 2017, del Administrador Municipal a la Secretaría Comunal de Planificación; el ordinario N° 07/1533, de fecha 29 de junio de 2017, de la Dirección de Desarrollo Comunitario al Administrador Municipal; el Acta MTR, de fecha 21 de junio de 2017, de la Mesa Técnica Regional SERVIU, por el Programa Quiero mi Barrio; el Informe de Revisión de Proyecto de Mejoramiento, de don Félix Cordova, encargado del Programa Quiero mi Barrio SERVIU, tenido a la vista; la solicitud de imputación presupuestaria N° BL-022/17, de fecha 15 de mayo de 2017; el Permiso de Obra Menor N° 41, de fecha 2 de mayo de 2017, suscrito por el Director de Obras Municipales; el Permiso de Obra Menor N° 40, de fecha 2 de mayo de 2017, suscrito por el Director de Obras Municipales; el Decreto Alcaldicio N° 286, de fecha 23 de febrero de 2017; el certificado de factibilidad de suministro eléctrico N° 178/2017, de la empresa CONAFE, de fecha 21 de febrero de 2017; la modificación del contrato de barrio, Programa Recuperación de Barrios, de fecha 31 de enero de 2017, suscrita entre el Consejo Vecinal de Desarrollo Barrio Juan XXIII, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Coquimbo y la Municipalidad de La Serena, aprobada por Resolución Exenta Nº 148, de fecha 28 de febrero de 2017, y el Decreto Alcaldicio Nº 383, de fecha 16 de marzo de 2017, respectivamente; el certificado de factibilidad emitido por la empresa Aguas del Valle S.A, N° 64377, de fecha 6 de octubre de 2016; el certificado de factibilidad emitido por la empresa Aguas del Valle S.A, N° 64376, de fecha 6 de octubre de 2016; el convenio de ejecución y transferencia del Programa Quiero Mi Barrio, Plan de Gestión de Obras, suscrito con fecha 27 de septiembre de 2016, entre el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Coquimbo y la Ilustre Municipalidad de La Serena, aprobado por Resolución Exenta Nº 2319, de fecha 8 de noviembre de 2016, y Decreto Alcaldicio Nº 286, de fecha 23 de febrero de 2017, respectivamente; el certificado de informaciones previas N° 3517, de fecha 27 de septiembre de 2016, de la Dirección de Obras Municipales; el certificado de informaciones previas Nº 3515, de fecha 27 de septiembre de 2016, de la Dirección de Obras Municipales; el certificado N° 04-1568, de bien nacional de uso público, de fecha 12 de julio de 2016, emitido por el Director de Obras Municipales; el certificado N° 04-4 1567, de bien nacional de uso público, de fecha 12 de julio de 2016, emitido por el Director de Obras Municipales; el Decreto Alcaldicio N° 1200, de fecha 18 de marzo de 2016; el contrato de barrio, Programa Recuperación de Barrios, de fecha 17 de diciembre de 2015, suscrito entre el Consejo Vecinal de Desarrollo Barrio Juan XXIII, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Coquimbo y la Municipalidad de La Serena, aprobado por Resolución Exenta Nº 990, de fecha 23 de diciembre de 2015, y el Decreto Alcaldicio Nº 1175, de fecha 17 de marzo de 2016, respectivamente; la licitación pública ID 4295-27-LQ17 “Mejoramiento Programa Quiero Mi Barrio”; la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento; la ley Nº 19.880, establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y
Considerando
1.- Que en la licitación pública denominada “Mejoramiento Programa Quiero Mi Barrio” ID 4295-27-LQ17, se presentaron los siguientes oferentes: Alarcón y Familia Limitada, rol único tributario Nº 76.087.061-7, Constructora e Inmobiliaria RCR Limitada, rol único tributario Nº 76.117.341-3, y don José Domingo García Salas, rol único nacional y tributario Nº 12.771.036-8. 2.- Que mediante Decreto Alcaldicio Nº 1218, de fecha 5 de septiembre de 2017, se designó a los integrantes de la comisión evaluadora. 3.- Que sobre los antecedentes administrativos, tal como lo consigna la comisión evaluadora en el numeral 5 del acta: a) En relación al oferente Alarcón y Familia Limitada, señala que en el punto 6.2.2, letra b), de las bases administrativas, se solicita un profesional titulado en prevención de riesgos, sin embargo, el oferente presenta un técnico en prevención de riesgos. Que en relación al punto 6.3.2 de las bases administrativas, el oferente presenta el formato N° 8, Presupuesto Detallado, con partidas del itemizado modificadas. Que por lo expuesto, la comisión evaluadora señala que no seguirá evaluando al oferente, al incumplir requisitos establecidos en las bases de licitación; y b) Sobre el oferente Constructora e Inmobiliaria RCR Limitada, en el punto 6.2.2 de las bases administrativas se solicita profesional titulado en prevención de riesgos, sin embargo, el oferente presenta experto con curso de 1.000 horas en prevención de riesgos, sin adjuntar título del profesional. Que en cuanto al punto 6.3.2 de las bases administrativas, el oferente acompaña el formato N° 8, Presupuesto Detallado, con partidas del itemizado modificadas. Que por lo señalado, la comisión resuelve no continuar evaluando al oferente, al no cumplir con requisitos establecidos en las bases de licitación. 4.- Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886, el órgano contratante declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. 5.- Que en las bases de licitación se han establecido como criterios de evaluación, y sus respectivas ponderaciones, los siguientes: a) Cumplimiento de las obligaciones formales, 5%; b) Experiencia, 40%; c) Precio, 20%; d) Enfoque de género, 10%; e) Contratación de personal de la zona, 10%; y f) Visita a terreno, 15%. 6.- Que el único oferente que continuó en evaluación, don José Domingo García Salas, ha obtenido un puntaje de 8,00 puntos, tal como aparece a continuación: Puntaje factor Ponderación Puntaje ponderado Cumplimiento obligaciones formales 10,00 5% 0,50 Experiencia 10,00 40% 4,00 Precio 10,00 20% 2,00 Enfoque de género 0,00 10% 0,00 Contratación personal de la zona 0,00 10% 0,00 Visita a terreno 10,00 15% 1,50 100% 8,00 Que en relación al primer criterio, la comisión ha calificado al oferente con 10 puntos. Que cumple éste con la presentación oportuna y correcta de los antecedentes, de acuerdo a lo establecido en el punto 14.3.1 de las bases administrativas, letra a) y b). Que se calificaría con nota 10 a quienes cumplieran con la presentación de todos los antecedentes y de manera correcta. Que sobre el segundo criterio, la experiencia, ha sido calificado con 10 puntos, al haber presentado el oferente 8 experiencias debidamente respaldadas. Que de acuerdo a lo establecido en el numeral 14.3.2 de las bases administrativas, se otorgaría dicho puntaje al acreditarse experiencia en más de 8 proyectos ejecutados en pavimentos en hormigón afinado iguales o superiores a 1.500 m2 construidos, estacionamientos iguales o superiores a 1.000 m2 construidos, y multicanchas de hormigón. Que respecto al criterio precio, oferta la cantidad de $177.485.284, IVA incluido, obteniendo 10 puntos. Que el numeral 14.3.3 de las bases administrativas dispone que la evaluación de las ofertas económicas se realizaría asignando a cada oferente un factor que se obtiene de dividir la propuesta de menor valor por la propuesta del oferente a evaluar, resultado que se multiplicaría por 10. Que sobre el criterio enfoque de género, el oferente presenta planilla de pago de cotizaciones previsionales, en la que se detalla el personal femenino, 3 mujeres de un total de 20 trabajadores, representando un 15%. Que el numeral 14.3.4 de las bases administrativas prescribe que si el oferente no cumplía con ninguna de las características solicitadas obtendría 0 puntos, esto es, que el oferente fuera una persona de sexo femenino (10 puntos), que el 75% o más de sus colaboradores fueran mujeres (10 puntos), o que entre el 50% y el 74% fueran mujeres (5 puntos). Que en relación a la contratación de la mano de obra del sector, señala la comisión que el oferente obtiene un puntaje de 0 punto, ya que si bien presenta 7 trabajadores del sector no cumple con lo solicitado en el punto N°14.3.5 en la presentación del documento verificador, ya que acompaña certificado de residencia de la Junta de Vecinos correspondiente al sector, y no el certificado de cotizaciones previsionales donde conste la dirección del trabajador. Que el punto 14.3.5 de las bases administrativas dispone que el oferente debiera presentar certificado de cotizaciones previsionales y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales, donde constara la dirección del trabajador en el sector de las obras y que si el documento no era presentado no sería considerada la información y sería evaluado con 0 puntos. Que sobre la visita a terreno, se presentó el día y hora fijado, y por ello obtuvo 10 puntos. Que el numeral 14.3.6 otorgaba dicho puntaje al cumplirse con la asistencia. 7.- Que la comisión evaluadora recomienda adjudicar la licitación pública ID 4295-27-LQ17 “Mejoramiento Programa Quiero Mi Barrio” al oferente José Domingo García Salas, rol único nacional y tributario Nº 12.771.036-8, por un monto de $177.485.284, IVA incluido, y un plazo de ejecución de 90 días corridos, al haber obtenido una calificación de 8,00 puntos, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos previamente en las bases administrativas. 8.- Que conforme a lo prescrito en el artículo 65, letra j), de la ley Nº 18.695, el Alcalde requerirá el acuerdo del Concejo para celebrar contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 UTM, aprobación que se ha obtenido en la sesión ordinaria Nº 1085, de fecha 18 de octubre de 2017, tal como lo ha certificado el Secretario Municipal (S) con la misma fecha. Que en dicho documento aparece además que la cantidad de $177.485.284, IVA incluido se desglosa en: Mejoramiento Eje Arauco entre calles Fresia y José María Caro $88.737.579, y Mejoramiento Eje Arauco entre calle Fresia y pasaje Los Jazmines $88.747.75, ambos IVA incluido. 9.- Que con fecha 17 de diciembre de 2015 se suscribió el contrato de barrio, Programa Recuperación de Barrios, entre el Consejo Vecinal de Desarrollo Barrio Juan XXIII, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Coquimbo y la Municipalidad de La Serena, y en cuya cláusula cuarta se acordaron una serie de proyecto a ejecutar en el sector (4). Que este instrumento fue aprobado por Decreto Alcaldicio Nº 1175, de fecha 17 de marzo de 2016. Que con fecha 16 de marzo de 2017, mediante Decreto Alcaldicio Nº 383, se aprobó una modificación del convenio referido, de fecha 31 de enero de 2017, específicamente de su cláusula cuarta, reemplazando los proyectos, en lo que interesa, por los siguientes: “Mejoramiento Eje Arauco entre calles Fresia y José María Caro” y “Mejoramiento Eje Arauco entre calles Emilio Bello y Fresia”. Que sobre el último proyecto, en relación a lo licitado, esto es, “Mejoramiento Eje Arauco entre calle Fresia y pasaje Los Jazmines”, expresa el profesional don Salvador Gutiérrez Millán, del Programa Recuperación de Barrios, Barrio Juan XXIII, mediante correo electrónico de fecha 24 de octubre de 2017, que entre Los Jazmines y Emilio Bello hay 5 metros de tierra que no están incluidos en ese proyecto sino en el mejoramiento de Emilio Bello (agenda futura), y que en el contexto del Permiso de Obra Menor la Dirección de Obras requirió que el nombre oficial del proyecto fuera pasaje Los Jazmines por cuanto la intervención se detiene antes de la calzada del pasaje y la vereda de calle Emilio Bello. 10.- Que con fecha 27 de septiembre de 2016 se suscribió entre el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Coquimbo y la Municipalidad de La Serena un convenio de ejecución y transferencia, por la cantidad de $430.749.975, Programa Quiero Mi Barrio, Plan de Gestión de Obras, Barrio Juan XXIII, para le ejecución del contrato de barrio señalado en el numeral anterior Que el señalado convenio fue aprobado por Resolución Exenta Nº 2319, de fecha 8 de noviembre de 2016 y Decreto Alcaldicio Nº 286, de fecha 23 de febrero de 2017, respectivamente.
Resuelvo
1. DECLÁRENSE INADMISBILES las ofertas presentadas por los oferentes que a continuación se señalan, en la licitación pública “MEJORAMIENTO PROGRAMA QUIERO MI BARRIO” ID 4295-27-LQ17, al no cumplir los requisitos establecidos en las bases de licitación, según se expresa en los considerandos 3 y 4 de este instrumento: Oferente Rol único tributario Alarcón y Familia Limitada 76.087.061-7 Constructora e Inmobiliaria RCR Limitada 76.117.341-3 2. AJUDÍQUESE la licitación pública “MEJORAMIENTO PROGRAMA QUIERO MI BARRIO” ID 4295-27-LQ17, al oferente JOSÉ DOMINGO GARCÍA SALAS, rol único nacional y tributario Nº 12.771.036-8, con domicilio parcela 8, sitio 5, sector Bellavista, comuna de La Serena. 3. De acuerdo a lo expresado por el adjudicatario en la oferta económica realizada, el valor por la obra que se adjudica corresponde a la suma total de $177.485.284, IVA incluido, el que comprende lo siguiente: Nº Proyecto Monto (IVA incluido) 1 Mejoramiento Eje Arauco entre calles Fresia y José María Caro $88.737.579 2 Mejoramiento Eje Arauco entre calle Fresia y pasaje Los Jazmines $88.747.705 4. El plazo de ejecución será de 90 días corridos contado desde la suscripción del acta de entrega de terreno entre el Inspector Técnico de Obra y el adjudicatario. 5. Para garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales, el adjudicatario debe presentar una garantía a la vista, de liquidez inmediata, irrevocable, y en pesos chilenos, extendida a favor de la Municipalidad de La Serena, rol único tributario Nº 69.040.100-2, por una cantidad equivalente al 5% del valor total del contrato, su vigencia será el plazo de ejecución (90 días corridos) más 15 meses, y su glosa debe señalar “Garantía por fiel cumplimiento del contrato - licitación ID: 4295-27-LQ17 Mejoramiento Programa Quiero Mi Barrio”. Esta garantía debe entregarse en la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de La Serena, antes de la firma del respectivo contrato. 6. Déjese establecido que para todos los efectos legales formarán parte del contrato que se suscriba entre las partes este acto administrativo, las bases administrativas, las especificaciones técnicas, las respuestas a las preguntas, la oferta del adjudicatario, los demás antecedentes acompañados por éste, y todos aquellos documentos que integran la licitación pública ID 4295-27-LQ17 y que se han publicado en el Sistema de Información. 7. SUSCRÍBASE el respectivo contrato dentro de los 15 días corridos siguientes a la fecha en que le sea notificado el presente instrumento al adjudicatario a través del Sistema de Información. Al momento de la firma, deberá entregar una nómina con el nombre de los trabajadores que participarán en la ejecución de la obra que se adjudica. 8. PUBLÍQUESE el presente acto en el Sistema de Información, hecho esto, se entenderá realizada la notificación al adjudicatario luego de transcurrir 24 horas. 9. DESÍGNESE como Inspector Técnico de Obra a don Ignacio Portilla Flores, y como suplente a don Marcelo Cortés-Monroy Garay, ambos funcionarios dependientes de la Dirección de Obras, los que serán notificados de su función a través de la distribución que realice la Secretaría Municipal. 10. DÉJESE ESTABLECIDO que las consultas respecto a la presente adjudicación podrán realizarse al correo electrónico sergio.rojas@laserena.cl, Secretario Comunal de Planificación. 11. DÉJESE ESTABLECIDO también que la licitación que se adjudica se financia con fondos del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Coquimbo, IMPUTÁNDOSE el gasto al ítem presupuestario 114.05.09.018.003.010. Anótese, publíquese, cúmplase y archívese en su oportunidad.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social I MUNICIPALIDAD DE LA SERENA
Unidad de Compra SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACION
R.U.T. 69.040.100-2
Dirección LOS CARRERA 301 - 2º PISO
Comuna La Serena
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de Coquimbo
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo CAROLINA RIVERA
Cargo SECPLAN
Teléfono 56-51-2206599
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 4295-27-LQ17
Nombre de Adquisición Mejoramiento Programa Quiero Mi Barrio
Tipo de Adquisición Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Descripción PROYECTO “MEJORAMIENTO EJE ARAUCO ENTRE CALLES FRESIA Y PASAJE LOS JAZMINES”, SECTOR JUAN XXIII, LA ANTENA, ubicada en veredas norte y sur de Avenida Arauco entre Calle Fresia y Pasaje Los Jazmines, Barrio Juan XXIII, Sector la Antena, Comuna de La Serena. El mejoramiento proyectado cuenta con una superficie de 1401,60 m2 aproximados, están destinadas a satisfacer las necesidades de la comunidad en relación a la generación de senderos de paseo peatonal, lugares de pausa, encuentro, cultivos de plantas y flores y emprendimientos. PROYECTO “MEJORAMIENTO EJE ARAUCO ENTRE CALLES FRESIA Y JOSÉ MARÍA CARO, SECTOR JUAN XXIII, LA ANTENA”, ubicada en platabanda de Avenida Arauco Norte y Sur entre calle Fresia y Calle José María Caro, La Serena. El mejoramiento proyectado cuenta con una superficie de 1522,68 m2 aproximados, están destinadas a satisfacer las necesidades de la comunidad en relación a la generación de senderos de paseo peatonal, jardineras, lugares de pausa, encuentro y emprendimiento.
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 29/8/2017 16:51
Fecha de Cierre 27/9/2017 10:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 149.147.297
Monto Neto Estimado del Contrato $ 149.147.297



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
Acta de Evaluación - Quiero Mi Barrio.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTActa de evaluación6134 KB24-10-2017 16:05:40
Declaración de Conflictos.pdfOtros AnexosDeclaración de conflictos1194 KB24-10-2017 16:02:03
Acta de Evaluación - Quiero Mi Barrio.pdfOtros AnexosActa de Evaluación6134 KB24-10-2017 16:01:09
Decreto que adjudica.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónDecreto que adjudica 4822 KB24-10-2017 15:50:42

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
10.761.872-4marcelo cortes-monroy garay arquitecto
6.103.359-9JAIME PATRICIO VEGA RIVERA  
6543242-0Jorge Salamanca RiveraDirector de Desarrollo Comunitario
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 72131702 Construcción de obras civiles
Especificaciones del Comprador :
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
12.771.036-8 JOSÉ DOMINGO GARCÍA SALAS Seriedad y Responsabilidad $ 149147297 1 149147297 Adjudicada
76.117.341-3 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA RCR LIMITADA MONTO NETO $ 152080063 0 0 No Adjudicada
76.087.061-7 ALARCON Y FAMILIA LIMITADA ALARCON Y FAMILIA LTDA. Constructora Inmecón Ltda. $ 151735289 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 149.147.297



Monto Total Adjudicado $ 149.147.297