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1. Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, de 2011 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575: Orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado y probidad administrativa aplicable.
2. La Ley N° 18.928, Normas de adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales, muebles y servicios de las FAs y su reglamento de aplicación.
3. La Ley N° 19.799, Sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
4. La Ley N° 19.880, Establece las Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
5. Lo dispuesto en la Ley Nº 21.722, “Presupuestos del Sector Público para el año 2025”.
6. La Ley N° 19.886, Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios.
7. La Ley N° 21.634 “Moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del Gasto Público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado” y su Reglamento Complementario.
8. El Decreto N° 661 “Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, del Ministerio de Hacienda.
9. La Ley CIMI Nº 18.723, “Otorga atribuciones que indica al Comando de Industria Militar e Ingeniería del Ejército”.
10. La Resolución N° 36, de la Contraloría General de la República, de fecha 23DIC2024 “Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón”.
11. La Ley Nº 21.131, “Establece el pago a 30 días”.
12. El DL Nº 825 de 1974, “Ley sobre impuesto a las ventas y servicios”.
13. La Ley Nº 20.285, “Sobre acceso a la información pública”.
14. Lo dispuesto en la Resolución Exenta CGGERM-CIMI (P) Nº 6000/128/470, de fecha 16ABR2021, del Comandante de Industria Militar e Ingeniería, que delega facultades al Director del IDIC.
15. La dispuesto en Decreto Exento RA N° 118406/1124/2025, de fecha 06MAY2025, de la SFAs, que encomienda funciones directivas al CRL LEONARDO ALBORNOZ SALINAS, para ejercer funciones de Director del Instituto de Investigaciones y Control a contar del 29NOV2024.
16. El Certificado de Búsqueda de Convenio Marco, de fecha 24OCT2025.
17. La Solicitud de Adquisición SAB Nº 118C, de fecha 28NOV2025, presentada por el Jefe de la Sección Gestión de Calidad del Instituto de Investigaciones y Control, que plantea la necesidad de la contratación de recertificación bajo la Norma ISO 9001:2015, por el ciclo de 3 (tres) años (2026-2029), de todas las áreas del Instituto de Investigaciones y Control que se encuentran certificadas, incluyendo al Laboratorio de Textil, como nueva certificación en el año 2026.
18. El Certificado de Formulación Presupuestaria N° 001/2025, de fecha 24NOV2025.
19. La Resolución Exenta Aprueba Bases IDIC SD SAB (P) N° 4182/363000/6048, de fecha 10DIC2025.
20. Publicación de Licitación Pública en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl con el ID N° 3654-28-LE25, fecha 10DIC2025.
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1. Que, mediante Decreto Exento de “VISTO N° 15”, se designa al CRL LEONARDO ALBORNOZ SALINAS, para ejercer funciones como Director del Instituto de Investigaciones y Control a contar del 29NOV2024.
2. Que, mediante la Resolución de “VISTO Nº 14”, se delegan facultades al Director del IDIC, para contratar mediante Convenio Marco o en subsidio licitación pública, el servicio de recertificación bajo la Norma ISO 9001:2015, por el ciclo de 3 (tres) años (2026-2029), de todas las áreas del Instituto de Investigaciones y Control que se encuentran certificadas, incluyendo al Laboratorio de Textil, como nueva certificación en el año 2026, por un valor de hasta UF 493,85 (cuatrocientos noventa y tres coma ochenta y cinco unidades de fomento) IVA Incluido, con cargo al Ítem 29.11.999 “Otros” que se encuentran contempladas en la partida 11 del presupuesto para el Sector Público formulado para el año 2026.
3. Que, mediante la Solicitud de adquisición indicada en “VISTO Nº 17”, se plantea la necesidad de la contratación del servicio de recertificación bajo la Norma ISO 9001:2015, por el ciclo de 3 (tres) años (2026-2029), de todas las áreas del Instituto de Investigaciones y Control que se encuentran certificadas, incluyendo al Laboratorio de Textil, como nueva certificación en el año 2026, indicados allí, con la finalidad de garantizar que se cumplan con los requisitos de calidad establecidos, mejorando la eficiencia, satisfacción del cliente y su ventaja competitiva en diferentes rubros que mantiene hoy en día nuestro Instituto.
4. Que, El Instituto de Investigaciones y Control, en su afán de mejorar su gestión, debe licitar la contratación del servicio de la recertificación bajo la Norma ISO 9001:2015, por el ciclo de 3 (tres) años (2026-2029), de todas las áreas del Instituto de Investigaciones y Control que se encuentran certificadas, incluyendo al Laboratorio de Textil, como nueva certificación en el año 2026, el cual dura tres años y cuyo alcance es:
Sistema de Gestión para los procesos productivos y de apoyo del Instituto de Investigaciones y Control en; la gestión del servicio verificación y determinación de calidad, en los Laboratorios; Materiales Energéticos (LME), a sustancias con propiedades energéticas; Cuero y Calzado (LCC), a ensayos físicos al cuero; Químico Central (LQC), a cueros y polvo químico para extintores; Pintura (LPN), a pinturas; Ensayos Mecánicos (LEM), a diferentes materiales; Vehículos Militares (LVM), a vehículos multipropósito militares y civiles; Electrónica (LEL), a electroshok; Armamento y Municiones (LAM), a municiones; Microbiología (LMB) aguas, manipuladores, superficies y platos preparados; Laboratorio Resistencia Balística (LRB), a chalecos antibalas; Laboratorio Textil (LTX) a textiles.
La Gestión del Servicio para la función del Banco de Pruebas de Chile (BPCH), referida a los procesos de certificación de elementos sujetos al control de la Ley de Armas N° 17.798 de la; Delegación 11 (DEL11) a armas, Sucursal Santiago (SSTGO) en lo que respecta a detonadores electrónicos, explosivos a granel in situ y de sus cinco (5) Sucursales en Provincia (Iquique, Antofagasta, Calama, Copiapó y La Serena), en lo que respecta armas, detonadores no eléctricos, explosivos encartuchados y a granel in situ.
5. Que, el servicio y sus características técnicas, no se encuentran disponible en el Catálogo de Convenio Marco, indicado en el “VISTO N°16”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 89, del Reglamento N° 661 de la Ley Nº 21.634, resultando aplicable el procedimiento de Licitación Pública o Contratación Directa conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
6. Que, mediante Certificado de Formulación Presupuestaria de “VISTO Nº 18”, N° 001/2025, de fecha 24NOV2025. En conformidad a la formulación solicitada para el Presupuesto para el Sector Público, correspondiente al año 2026, el Jefe del Departamento de Finanzas del Instituto de Investigaciones y Control del Ejército que suscribe, certifica que a esta fecha el IDIC cuenta con la formulación solicitada para la disponibilidad de fondos para financiar la contratación del servicio de recertificación bajo la Norma ISO 9001:2015, por el ciclo de 3 (tres) años (2026-2029), de todas las áreas del Instituto de Investigaciones y Control que se encuentran certificadas, incluyendo al Laboratorio de Textil, como nueva certificación en el año 2026, por un valor de hasta UF 493,85 (cuatrocientos noventa y tres coma ochenta y cinco unidades de fomento) IVA Incluido, con cargo a la cuenta Nº 22.11.999 “Otros”. Centro Financiero 741500.
7. Mediante “VISTO N° 20”, el Instituto de Investigaciones y Control, realiza un llamado a Licitación Pública con el ID N° 3654-28-LE25, para la contratación del servicio de recertificación bajo la Norma ISO 9001:2015, por el ciclo de 3 (tres) años (2026-2029), de todas las áreas del Instituto de Investigaciones y Control que se encuentran certificadas, incluyendo al Laboratorio de Textil, como nueva certificación en el año 2026.
8. En el aludido proceso licitatorio para la “contratación del servicio de recertificación bajo la Norma ISO 9001:2015, por el ciclo de 3 (tres) años (2026-2029), de todas las áreas del Instituto de Investigaciones y Control que se encuentran certificadas, incluyendo al Laboratorio de Textil, como nueva certificación en el año 2026”, detallado en Especificaciones Técnicas, para abastecer la bodega central del IDIC, con el ID N° 3654-28-LE25, se presentaron las siguientes empresas:
N° EMPRESA RUT N°
1 BUREAU VERITAS CERTIFICACIÓN CHILE S.A. 99.526.160-K
2 L GAI CHILE S.A. 99.541.370-1
9. De acuerdo a las ofertas recibidas y al resultado de la evaluación administrativa, económica y técnica realizada y entregada por el Jefe de la Sección Gestión de Calidad del IDIC, quien acepta la oferta correspondiente al proveedor N° 1 “BUREAU VERITAS CERTIFICACIÓN CHILE S.A.”, RUT N° 99.526.160-K, debido a que cumple satisfactoriamente con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de Licitación, obteniendo un porcentaje en la Matriz de Decisión de un 99%.
10. Se desestima y no es evaluada la oferta del Proveedor N° 2 “L GAI CHILE S.A.”, RUT N° 99.541.370-1, por no cumplir con la totalidad de lo solicitado en los criterios descritos en la Especificación Técnica adjunta en PDF, en el Punto:
- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DEL BIEN O SERVICIO:
“El Instituto de Investigaciones y Control del Ejército (IDIC) en su afán por mantener y mejorar su sistema de gestión de calidad, para satisfacer las necesidades del cliente es que requiere lo siguiente:
1. La casa certificadora deberá cumplir con la acreditación INN bajo la Norma ISO 9001:2015.
2. Contar con acreditación tanto a nivel nacional e internacional, para el caso de certificación de sistemas de gestión de calidad bajo el organismo acreditador INN.
3. La vigencia de la certificación será del 23 de junio 2026 al 23 junio del 2029, realizar 3 evaluaciones durante el ciclo de certificación fijadas para las dos últimas semanas de abril de cada año.
4. El alcance de certificación debe ser exacto a como se indica en este documento.
5. La casa certificadora financiará los gastos logísticos de sus auditores (viáticos y pasajes) para la ejecución de las auditorias en las sucursales de regiones.
6. La casa certificadora deberá entregar 02 copias de certificados a color originales”.
“Todo lo anteriormente descrito es de carácter excluyente. El proveedor que no cumpla con las especificaciones exigidas quedará excluido del proceso”.
El proveedor en su oferta administrativa, económica y técnica, no detalla el criterio descrito en el Punto 5 de la Especificación Técnica, que indica lo siguiente:
- “La casa certificadora financiará los gastos logísticos de sus auditores (viáticos y pasajes) para la ejecución de las auditorias en las sucursales de regiones”.
11. El resultado de la Matriz de Decisión, que se adjunta, señala que la empresa obtuvo la siguiente nota en el proceso de evaluación:
PROVEEDOR ADJUDICADO NOTA OBTENIDA
BUREAU VERITAS CERTIFICACIÓN CHILE S.A. 4,95
12. El Artículo N° N° 58 del Decreto N° 661, el cual aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones contempladas en la Ley N° 21.634 “Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios”, del Ministerio de Hacienda, dispone que la entidad licitante adjudicará a la o las propuestas más ventajosas, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las Bases y en este Reglamento.
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1. ADJUDÍQUESE, la contratación del servicio de recertificación bajo la Norma ISO 9001:2015, por el ciclo de 3 (tres) años (04ABR2026 al 03ABR2029), de todas las áreas del Instituto de Investigaciones y Control que se encuentran certificadas, incluyendo al Laboratorio de Textil, como nueva certificación en el año 2026, correspondiente a la Licitación Pública ID N° 3654-28-LE25, al proveedor N° 1 “BUREAU VERITAS CERTIFICACIÓN CHILE S.A.”, RUT N° 99.526.160-K, por cumplir con todo lo solicitado en Bases Administrativas, Especificación Técnica y Anexos, por un monto total de hasta $19.602.595.- (diecinueve millones seiscientos dos mil quinientos noventa y cinco pesos) IVA incluido, equivalente a UF 493,85 (cuatrocientos noventa y tres coma ochenta y cinco unidades de fomento) IVA incluido.
2. Los gastos que irroga la contratación del servicio de recertificación bajo la Norma ISO 9001:2015, por el ciclo de 3 (tres) años (2026-2029), de todas las áreas del Instituto de Investigaciones y Control que se encuentran certificadas, incluyendo al Laboratorio de Textil, como nueva certificación en el año 2026, será imputado al Ítem Presupuestario N° 22.11.999 "Otros” del presupuesto año 2025.
3. ELÉVESE, la presente Resolución y sus Anexos al Sistema de Información.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.
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