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La Ley N°21.634 que moderniza la Ley 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación
de servicios; y su Reglamento, contenido en el Decreto 661 de 03 de junio 2024; y las facultades que me confiere la
Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y su texto refundido; Decreto Alcaldicio N° 2683 de fecha
10 diciembre del 2024 donde delega la facultad de firma bajo la fórmula “POR ORDEN DEL SR. ALCALDE” a don
Edinson Toro Rojas Certificado de disponibilidad presupuestaria N°238, de fecha 09 de julio de 2025, suscrito por la
unidad de finanzas del Departamento de Salud Doñihue
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1.- Que, a través decreto alcaldicio N°947, de fecha 14 de mayo del presente año, se autorizó el llamado a Licitación
Pública, a fin de adquirir medicamentos para Farmacia Popular.
2.- Que, en cumplimiento con lo dispuesto en la normativa vigente que rige los procesos de compras públicas, el
llamado a concurso fue publicado con fecha 16 de mayo del 2025 en el respectivo portal del Sistema de Compras y
Contratación Pública, bajo el ID 4162-22-LE25.
3.- Que, de acuerdo a la propuesta de adjudicación entregada por la Comisión evaluadora mediante el informe de
evaluación de fecha 18 de junio 2025, se sugiere las adjudicaciones para cada medicamento en atención a los criterios
de evaluación establecidos en las bases de licitación, en oferta económica, plazo de entrega, fecha vencimiento,
especificaciones técnicas, políticas de canje y cumplimientos de requisitos formales. Plasmado en el informe de
evaluación con los porcentajes obtenidos por cada proveedor.
4.- Que, de acuerdo a la propuesta de adjudicación entregada por la Comisión evaluadora mediante el informe de
evaluación de fecha 18 de junio 2025, se declara inadmisible las siguientes líneas 1, 5, 9, 13, 20, 22, 27, por superar el
valor máximo presupuestado.
5.- Que, de acuerdo a la propuesta de adjudicación entregada por la Comisión evaluadora mediante el informe de
evaluación de fecha 18 de junio 2024, se declara desierta la siguiente línea N° 26 por no contar con oferentes en el
Mercado publico
6.- La necesidad de realizar la compra de medicamentos para Farmacia Popular y así poder brindar una atención de
calidad a los usuarios.
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