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a) La Resolución Exenta Nº 1495 del 09 de Mayo de 2014, que aprueba la Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, Anexos y demás antecedentes entregados por el SERVIU Región del Maule, de la Propuesta Pública N° 17/2014, ID Mercado Público Nº 653-17-LP14, a suma alzada, Proyecto Línea 1 “Mejoramiento Pavimento Calle 12 Norte, entre Fin de Pavimento Existente y Avenida Circunvalación”, comuna de Talca, Región del Maule, Código BIP 30.128.172-0, financiamiento Sectorial;
b) La Publicación del llamado a Licitación Pública en el Diario la Prensa con fecha 09 de Mayo de 2014 y en el Portal Web de Internet www.mercadopublico.cl, con fecha 09 de Mayo de 2014, de acuerdo a lo estipulado en el Art. N° 24 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.;
c) El Acta de Apertura de la Propuesta Pública 17/2014, ID Mercado Público N° 653-17- LP14, de fecha 30 de Mayo de 2014;
d) El Acta de Selección de Ofertas de la Propuesta Pública N° 17/2014, ID Mercado Público N° 653-17-LP14, de fecha 05 de Junio de 2014, mediante la cual el Sr. Director (PYT) SERVIU Región del Maule, con fecha 11 de Junio de 2014, autoriza la adjudicación a Constructora Nuevos Aires Limitada, Rut N° 76.081.795-3, para la ejecución de las obras del proyecto que se indica:
Comuna Proyecto Monto Ofertado
Talca Línea 1 Proyecto $ 38.763.912 Iva Incluido
“Mejoramiento Pavimento Calle 12 Norte,
entre Fin de Pavimento Existente y Avenida
Circunvalación”
e) La Adición N° 1 y las Aclaraciones efectuadas mediante el Foro de Preguntas y Respuestas de la Licitación Pública 17/2014, ID mercado Público N° 653-17-LP14, elaboradas por el SERVIU, Región del Maule;
f) El Formulario Único de Revisión (FUR) Nº 9/2014 del Jefe (S) del Departamento de Programación Física y Control, emitido con fecha 16 de Junio de 2014;
g) Lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la administración del estado;
h) Lo establecido en Bases Generales Reglamentarias de contratación de obras a suma alzada D.S. N° 236/2002 y sus modificaciones, de V. y U.;
i) La Resolución Nº 1.600 del 30/10/2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
j) Las facultades que me confieren el D.S. N° 355/76 de (V. y. U.), el Decreto N° 79 del 05 de Mayo de 2014 de (V. y U.), y el D.FL. N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo:
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1º Apruébese el Acta de Selección de Ofertas indicada en el visto d) precedente, aceptase la oferta de Constructora Nuevos Aires Limitada, Rut N° 76.081.795-3, a suma alzada, por la suma de $ 38.763.912 Iva Incluido y adjudíquese a este la ejecución de las obras correspondiente al Proyecto Línea 1 “Mejoramiento Pavimento Calle 12 Norte, entre Fin de Pavimento Existente y Avenida Circunvalación”, comuna de Talca, Región del Maule, Código BIP 30.128.172-0, financiamiento Sectorial.
2° Apruébense la Adición N° 1 y las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 17/2014, ID Mercado Público N° 653-17-LP14, elaboradas por el SERVIU, Región del Maule, en virtud de lo señalado en el artículo N° 40 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U., y en el artículo N° 27 de la ley N° 19.886, de Compras Públicas y Reglamento de 2003, del Ministerio de Hacienda.
3° Déjense establecidas las siguientes condiciones especiales:
a) Inspección Técnica de obra: Director de obra e ITO– Ingeniero Constructor Sr. Juan Bravo Ramírez, Rut N° 8.561.621-8 - ITO Reemplazante - Ingeniero Constructor Sr. Felipe Pizarro Castillo, Rut N° 16.195.114-5.
b) El ITO Director o quién lo reemplace, verificará y consignará en el Acta de Entrega de Terreno, el correcto y oportuno cumplimiento por parte del Contratista, respecto a lo siguiente:
a) Que cuente con la Póliza de Garantía por Responsabilidad Civil por daños a Terceros, correctamente emitida.
b) Que cuente con la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento correctamente emitida.
c) Que la Resolución de Contrato de Obra se encuentre debidamente protocolizada.
Será además responsabilidad del ITO Director de Obras y/o ITO Reemplazante, para la correcta y oportuna Inspección de las obras, contar con los antecedentes técnicos y administrativos del proyecto, los cuales se encuentran disponibles en el Portal Web del Mercado Público, ID N° 653-17-LP14.
c) El Director de Obra e ITO, o quién lo reemplace, para los efectos de cancelación de los Estados de Pagos, elaborará el Presupuesto Compensado de la Obra, y entregará copias del mismo al contratista y a la Unidad de Administración de Contratos del Departamento Técnico del SERVIU, debiendo quedar consignado este hecho en el Acta de Entrega de Terreno.
d) Plazo de ejecución de obras: El plazo será de 60 días corridos a contar de la fecha del acta de entrega de terreno, punto 3.5, letra d) y punto 6, letra i), de las Bases Administrativas Especiales.
e) Forma de pago: La obra se cancelará mediante Estados de Pagos Mensuales, de acuerdo a disponibilidad de caja y conforme a la programación financiera que debe presentar el Contratista .Los Estados de Pagos serán formulados por Director de la Obra, de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales, punto 3.4, letra g) y al Título VI Art. N° 114 del D.S. 236/2002, de V. y U.
f) Anticipo: No se consulta ningún tipo de anticipo para la ejecución de las obras, punto 3.4 letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
g) Garantías: Según punto N° 12, de las Bases Administrativas Especiales.
h) Protocolización del Contrato: Según punto N° 11, de las Bases Administrativas Especiales.
i) Presentación y plazos de entrega de antecedentes previo a la suscripción y protocolización del contrato; Según punto 11.2, de las Bases Administrativas Especiales.
j) Presentación de antecedentes previo a la suscripción de protocolización del contrato.
De acuerdo a lo señalado en el Punto 11.2.1, de las Bases Administrativas Especiales.
Previo a la fecha de suscripción del contrato el contratista deberá acompañar los siguientes antecedentes:
a) Entregar una Boleta Bancaria de Garantía a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione el Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme a lo estipulado en el Art. 50 del D.S 236/2002, de V. y U. y al punto N° 11.2.1, letra a), de las Bases Administrativas Especiales.
b) Entregar una Póliza de Seguros a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione cualquier daño ocasionado a terceros, con motivo de la ejecución de las obras, conforme a lo dispuesto en el Art. N° 51 del D.S. 236/2002, de V. y U. y al punto N° 11.2.1, letra c), de las Bases Administrativas Especiales.
c) Declaración Jurada Simple indicando la identificación de los socios o accionistas principales, según corresponda, Art. 7, letra e), de la Ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y punto N° 11.2.1, letra d), de las Bases Administrativas Especiales.
k) Plazo para la entrega de las garantías y certificado previos a la suscripción del contrato.
De acuerdo a lo establecido en el punto 11.2.2, de las Bases Administrativas Especiales.
l) Plazo para la suscripción del Contrato. Conforme a lo dispuesto en el punto 11.3, de las Bases Administrativas Especiales.
m) El incumplimiento en la entrega oportuna de los antecedentes, dentro de los plazos establecidos en los puntos 11.2.1 y 11.3, de las Bases Administrativas Especiales, será sancionado conforme a lo dispuesto en el punto 11.4, de las mismas.
4° Déjese establecido que los gastos que demande el cumplimiento del presente, impútese:
ITEM 31-02-004 del Decreto N° 536 del 04 de Abril de 2014, del Ministerio de Hacienda, financiamiento sectorial.
Código BIP N° 30128172-0
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