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La Ley 18.744; el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 1989 y Decreto con Fuerza de Ley N° 15 de 2023, ambos del Ministerio de Educación; la Ley 18.575, Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 21.094, Sobre Universidades Estatales; la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda Nº 661, de 2024, el Decreto TRA N° 352/16/2024, el Decreto Universitario exento N° 609 de 01 de marzo de 2021, la Resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, el Decreto Universitario exento Nº 1 de fecha 02 de enero de 2014, y;
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1. El Decreto Universitario exento N°6134, de fecha 24 de septiembre de 2025, que aprobó las bases administrativas y documentos anexos para la licitación pública denominada “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE TARIMA RETRÁCTIL, SC 3912”, publicado en el sistema de información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl, con fecha 25 de septiembre de 2025, con el ID N°2705-71-LE25, de acuerdo a lo señalado en la solicitud de compra N° 3912, autorizada con fecha 10 de septiembre de 2025, del centro de costo Nº 10000000-059 “Red en Artes y Humanidades (RAH)”.
2. El informe de evaluación de fecha 03 de noviembre de 2025, suscrito por don Hernán Barría Chateau, Director de Extensión; por doña María Pilar Arriagada, Coordinadora de proyectos MECESUP, de la Dirección General de Planificación y Estudio; y por doña Marina Ramírez Lagos, Gestora de proyectos, de la Dirección General de Planificación y Estudio, informe que se transcribe a continuación y cuyo tenor es el siguiente:
Inicio de Transcripción
UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO
VICERRECTORÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO
INFORME DE EVALUACIÓN
Chillán, 03 de noviembre de 2025
I. ANTECEDENTES
El presente informe se refiere al análisis de las ofertas recibidas en el procedimiento de Licitación Pública nacional a través del portal Chile Compra, ordenado por Decreto Universitario exento N° 6134 de fecha 24 de septiembre de 2025 y publicado con fecha 25 de septiembre de 2025, para resolver la Licitación pública denominada “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE TARIMA RETRÁCTIL, SC 3912”.
II. APERTURA
Con fecha 10 de octubre de 2025, se procedió a la apertura, según bases, de las ofertas presentadas de lo cual da cuenta el Acta de Apertura de la misma.
Según ella, se presentaron las siguientes ofertas, y en la forma que se indica:
A. HERMANOS VASQUEZ CARMONA LIMITADA, RUT: 76.120.851-9.
Presenta antecedentes administrativos digitales conforme a Bases.
B. INGENIERIA ALVEAL.CL SPA, RUT: 76.490.452-4.
Presenta antecedentes administrativos digitales conforme a Bases.
C. CONSTRUCTORA KÜMENTUN SPA, RUT: 76.848.604-2.
Presenta antecedentes administrativos digitales conforme a Bases.
D. CHECO GESTION Y PRODUCCION SPA, RUT: 76.741.328-9.
Presenta antecedentes administrativos digitales conforme a Bases.
III. OFERTAS
Las ofertas antes señaladas consistieron en lo siguiente:
OFERENTE MONTO
HERMANOS VASQUEZ CARMONA LIMITADA, RUT: 76.120.851-9 $7,350,000
INGENIERIA ALVEAL.CL SPA, RUT: 76.490.452-4 $7,260,770
CONSTRUCTORA KÜMENTUN SPA, RUT: 76.848.604-2 $7,500,000
CHECO GESTION Y PRODUCCION SPA, RUT: 76.741.328-9 $9,639,000
IV. CUMPLIMIENTO DE BASES
Conforme a la revisión de antecedentes, lo dispuesto en las Bases de Licitación aprobadas por Decreto Universitario exento N°6134, de fecha 24 de septiembre 2025 y aclaraciones y lo dispuesto en las normas aplicables de la Ley N° 19.886 y su Reglamento, la oferta presentada por las empresas INGENIERIA ALVEAL.CL SPA, RUT: 76.490.452-4 y CONSTRUCTORA KÜMENTUN SPA, RUT: 76.848.604-2, son ofertas válidas susceptibles de ser evaluadas, ya que cumple con todo lo solicitado en las bases administrativas.
En tanto las ofertas presentadas por las siguientes empresas, no son ofertas válidas susceptibles de ser evaluadas, por las razones que se indican a continuación:
- HERMANOS VASQUEZ CARMONA LIMITADA, RUT: 76.120.851-9., no es una oferta válida, debido a que su oferta no cumple a cabalidad con las especificaciones técnicas solicitadas, según lo indicado en el punto 2. “Descripción de Bien”, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
- CHECO GESTION Y PRODUCCION SPA, RUT: 76.741.328-9, no es una oferta valida susceptible de ser evaluada, debido a que no indica los meses que comprende la garantía post venta, requisito solicitado como criterio de evaluación y específicamente en el punto N°20 “Garantía Post Venta” de las Bases de la licitación, por lo que su oferta no es susceptible de ser evaluada.
V. EVALUACIÓN DE LA OFERTA
La oferta, de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones consideradas en las bases, tiene la siguiente evaluación:
VI.- ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA
De acuerdo a los antecedentes antes señalados, lo dispuesto en las Bases de licitación y las ofertas válidamente presentadas, esta comisión estima que la licitación pública denominada “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE TARIMA RETRÁCTIL, SC 3912”, se adjudique a la empresa INGENIERIA ALVEAL.CL SPA, RUT: 76.490.452-4, por un monto de $7.260.770.- (Siete millones doscientos sesenta mil setecientos setenta pesos), más los impuestos que correspondan.
Aparecen firmas de don Hernán Barría Chateau, Director de Extensión; doña María Pilar Arriagada, Coordinadora de proyectos MECESUP, de la Dirección General de Planificación y Estudio; y doña Marina Ramírez Lagos, Gestora de proyectos, de la Dirección General de Planificación y Estudio.
Fin de Transcripción.
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1. ADJUDÍQUESE la Licitación Pública denominada “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE TARIMA RETRÁCTIL, SC 3912”, a la empresa INGENIERIA ALVEAL.CL SPA, RUT: 76.490.452-4, de acuerdo a lo indicado en informe de evaluación.
2. DECLARA INADMISIBLES las ofertas presentadas por las empresas HERMANOS VASQUEZ CARMONA LIMITADA, RUT: 76.120.851-9 y CHECO GESTION Y PRODUCCION SPA, RUT: 76.741.328-9, según lo indicado en el punto IV del informe de evaluación.
3. El PRECIO que la Universidad del Bío-Bío pagará a la empresa INGENIERIA ALVEAL.CL SPA, RUT: 76.490.452-4, por la tarima retráctil, será la suma única y no reajustable de $7.260.770.- (Siete millones doscientos sesenta mil setecientos setenta pesos), más los impuestos que correspondan.
4. EL PLAZO DE ENTREGA de la tarima retráctil, será de 03 días hábiles, el que será notificado mediante la emisión de la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl.
5. EMÍTASE la correspondiente orden de compra a través del sistema de Información a cargo de la Dirección de compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl.
6. IMPÚTESE el gasto derivado del cumplimiento del presente Decreto al centro de costo N° 10000000-059 “Red en Artes y Humanidades (RAH)”, en el Ítem 12433.03 “Gastos en Instalaciones: Otras”, del Presupuesto Universitario 2025.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE el presente Decreto en el Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, portal Mercado Público.
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