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1. Lo dispuesto en el DFL N.º 1/19.653 del 17 de noviembre de 2011, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N.º 18.575, “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”.
2. Lo establecido en la Ley N.° 19.880 que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
3. Lo señalado en la Ley N.° 18.928 de 1990, que fija normas de Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales, Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento aprobado por el Decreto N.° 95 del 2006 del Ministerio de Hacienda.
4. Lo dispuesto en la Ley de Compras N.º 19.886, que establece las Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y sus modificaciones posteriores.
5. Lo establecido en la Ley N.º 19.496, que “Establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores”.
6. Lo señalado en el Decreto N.° 250 del año 2004, que “Aprueba Reglamento de la Ley N.° 19.886” y sus modificaciones posteriores.
7. Las disposiciones contenidas en la Resolución N.°7 de la Contraloría General de la Republica, que fija normas sobre la exención del trámite de toma razón y la Resolución N.° 8 que determina los montos a partir de los cuales los actos administrativos quedaran excluidos de este control.
8. Lo señalado en el Manual MAL-01003, “Procedimientos de adquisiciones por medio de Chilecompra-Mercado Público” año 2017, de la División de Adquisiciones del Ejército.
9. El presupuesto aprobado para el año 2020, a esta Unidad Regimentaría.
10. La Resolución Exenta DLE AS JUR (P) N.º 4182/1170/217 del 21.ENE.2020, que delega en el Comandante del Regimiento N.°6 “Chacabuco”, la facultad para efectuar las adquisiciones de bienes corporales e incorporales, muebles y contratar o convenir servicios, a través de los procedimientos establecidos en la ley N.° 18928 y en la Ley N.° 19.886, como en sus respectivos Reglamentos.
11. El requerimiento técnico entregado por el Jefe de las Plazas de fuego, solicitando el servicio de mantenimiento y recarga de los extintores para el Regimiento N.° 6 “Chacabuco”.
12. La Resolución Exenta N.° 4182/7908/463 de fecha 15 de mayo 2020, que Aprueba y Pública Bases Administrativas, técnicas y anexos, de la Licitación Publica ID 3365-7-L120.
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1. Que, el Regimiento N.° 6 "Chacabuco”, efectuó un llamado a Licitación Pública ID 3365-7-L120, a través del Sistema de Información, para el servicio de mantenimiento y recarga de extintores para el Regimiento N.° 6 “Chacabuco”.
2. Que, el Centro de Gestión de Adquisiciones (CGA) de la Unidad Regimentaria, realiza una revisión en el catálogo electrónico de Chilecompra y verifica que este bien o servicio no se encuentra o no satisface la necesidad de esta Unidad Regimentaria, dando cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 14, inciso 5°, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
2.1 En el acto de apertura se constató que se presentaron 08 ofertas:
OFERENTES RUT
• SOCIEDAD CONTRA INCENDIO S.O.C.I.N. 76.824.973-3
LIMITADA
• SOCIEDAD COMERCIAL CAROLINA PENA 76.455.307-1
PINOCHET Y MENDEZ LIMITADA
• DIEGO WLAMIR FERNANDEZ SALAZAR 7.048.004-2
• SERGIO LEONARDO HUENUPI SOTO 14.569.329-2
• JAGUAR LIMITADA 76.573.507-6
• SEAL FIRE SPA 77.037.311-5
• JOEL PATRICIO GARCIA DEIK 9.688.637-3
• SOC COMERCIAL E INDUSTRIAL FASET LTDA 77.605.610-3
2.2 Participantes Rechazados.
El siguiente participante no cumple con los requerimientos de las bases de licitación ya que no ingresa dos criterios de evaluación plazo de entrega y garantía de post venta, motivo por el cual es rechazada su oferta y no pasa al proceso de evaluación.
OFERENTES RUT
• SEAL FIRE SPA 77.037.311-5
2.3 Participantes aceptados que pasan a evaluación.
Los siguientes participantes cumplieron con los requerimientos de las Bases de Licitación y pasan al proceso de evaluación de la ofertas.
OFERENTES RUT
• SOCIEDAD CONTRA INCENDIO S.O.C.I.N. 76.824.973-3
LIMITADA
• SOCIEDAD COMERCIAL CAROLINA PENA 76.455.307-1
PINOCHET Y MENDEZ LIMITADA
• DIEGO WLAMIR FERNANDEZ SALAZAR 7.048.004-2
• SERGIO LEONARDO HUENUPI SOTO 14.569.329-2
• JAGUAR LIMITADA 76.573.507-6
• JOEL PATRICIO GARCIA DEIK 9.688.637-3
• SOC COMERCIAL E INDUSTRIAL FASET LTDA 77.605.610-3
3. Que, los siguientes criterios de evaluación fueron establecidos en las bases de licitación, siendo adjudicada la oferta que en su conjunto obtuvo el mayor puntaje:
a. Criterios a Evaluar
• OFERTA ECONÓMICA …………...50%
• PLAZO DE ENTREGA …………….30%
• GARANTÍA DE POST VENTA …...20%
OFERTA ECONOMICA PLAZO DE ENTREGA GARANTÍA Total ptos.
N° Empresa Precio total c/iva Pje 50% Pje 30% Pje 20% 100%
1 SOCIEDAD CONTRA INCENDIO S.O.C.I.N. LTDA $1.823.155 63,84 31,92 50,00 15,00 66,67 13,33 60,25
2 SOCIEDAD COMERCIAL CAROLINA PENA $1.710.030 68,06 34,03 100,00 30,00 66,67 13,33 77,36
3 DIEGO WLAMIR FERNANDEZ SALAZAR $1.745.730 66,67 33,34 50,00 15,00 66,67 13,33 61,67
4 SERGIO LEONARDO HUENUPI SOTO $1.969.433 59,09 29,55 100 30,00 66,67 13,33 72,88
5 JAGUAR LIMITADA $1.163.820 100 50,00 66,67 20,00 100 20,00 90,00
6 JOEL PATRICIO GARCIA DEIK $1.765.127 65,89 32,95 66,67 20,00 66,67 13,33 66,28
7 SOC COMERCIAL E INDUSTRIAL FASET LTDA $1.964.781 59,23 29,62 28,57 8,57 66,67 13,33 51,52
4. Que, de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en las bases, y del resultado arrojado por la matriz de evaluación del servicio, la siguiente empresa, obtuvo el puntaje que le permite adjudicarse la Licitación:
ADQUISICIÓN : SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES PARA EL REGIMIENTO N.° 6 “CHACABUCO”.
RAZÓN SOCIAL : JAGUAR LIMITADA
RUT : 76.573.507-6.
PUNTAJE PROMEDIO : 90,00%.
MONTO CONTRATO : $1.163.820.- (IVA INCLUIDO).
5. Que, lo establecido en el Artículo N.° 10 de la Ley 19.886 y su reglamento, el adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecidos en las Bases Administrativas y en los Criterios de Evaluación.
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1. ADJUDÍCASE, la licitación ID N.° 3365-7-L120, denominada la necesidad del Regimiento N.° 6 "Chacabuco", del servicio de mantenimiento y recarga de los extintores para la unidad Regimentaría, publicada en www.mercadopublico.cl, al siguiente oferente, según los resultados de la evaluación:
RAZON SOCIAL : JAGUAR LIMITADA.
ADQUISICIÓN : SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES PARA EL REGIMIENTO N.° 6 “CHACABUCO”.
RUT : 76.573.507-6.
PUNTAJE PROMEDIO : 90,00 %.
MONTO CONTRATO : $ 1.163.820.- IVA INCLUIDO.
DIRECCION : FRANCISCO DE GANA 643, RANCAGUA.
GIRO : REPARACIÓN DE PRODUCTOS ELABORADOS DE METAL, VENTA AL POR MAYOR DE OTROS TIPOS DE MAQUINAREAS Y EQUIPOS N.C.P.
2. IMPÚTASE el gasto al ÍTEM presupuestario 22-06-999 “Otros”.
3. ANÓTESE, PUBLÍQUESE, en el Sistema Electrónico de Compras Públicas www.mercadopublico.cl. y archívese con sus antecedentes.
EDUARDO VALDIVIA MÉNDEZ
Coronel
Comandante del Regimiento
DISTRIBUCIÓN:
1. Portal de Chilecompra
1 Ej. 5 Hjs.
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