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a) Las Solicitudes de Pedido Nº 70 de fecha 03 de Junio del 2025, de la Droguería del Departamento de Salud Municipal de Mulchén, en la que se solicita la adquisición de medicamentos para Programa FOFAR;
b) El Decreto Alcaldicio N° 325 del 03 de Julio de 2025, que aprueba las bases de la licitación 3606-10-L125
c) La Ley de Compras Públicas y Reglamento, Ley Nº 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, publicada con fecha 30 de Julio de 2003, en el Diario Oficial y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 250/05, del Ministerio de Hacienda de fecha 09 de marzo de 2004, y sus modificaciones posteriores;
d) El Decreto Administrativo Nº 632 de fecha 22 de noviembre de 2024, que aprueba Presupuesto del Departamento de Salud Municipal de Mulchén, para el año 2025;
e) La adquisición publicada en el portal Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público www.mercadopublico.cl, de fecha 04 de Julio de 2025, realizado por la Dirección del Departamento de Salud ID 3606-10-L125, “MEDICAMENTOS FOFAR JULIO 2025”;
f) El Acta de Evaluación de fecha 15 de Julio de 2025, en la cual se propone adjudica la adquisición a los proveedores: Ascend Laboratories SpA, Ethon Farmaceuticals Comercializadora Imp Exp y Dist SPA, Laboratorio Pasteur S.A., Laboratorios Andromaco S.A., Opko Chile S.A., SCM Pharma SpA, debido a que presenta las mejores ofertas para los intereses municipales y obtienen el mejor puntaje de evaluación por línea;
g) la sentencia de Proclamación de Alcalde Nº19, de fecha 02 de Diciembre de 2024, del Tribunal Electoral de la Región del Bio Bio, que proclama Alcalde de la comuna de Mulchén, al señor José Miguel Muñoz Sáez;
h) La facultad que me confiere la Ley N°18.695, de 1988, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fuera aprobado por Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2006, ambos del Ministerio del Interior;
i) El Decreto Administrativo Nº 1091, de fecha 27 de marzo de 2023, que delega facultades para firmar “POR ORDEN DEL SEÑOR ALCALDE”, en los actos administrativos que aprueban las contrataciones de servicios y suministros hasta por un monto de 100 U.T.M.;
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