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La ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886; la Resolución N° 7/2019 y N° 16/2020, ambas de Contraloría General de la República, sobre fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y Resolución N° 14/2022, de Contraloría General de la República, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda; la Resolución Exenta N°5073/ 01.10.2012 del Servicio de Salud Magallanes que Designa al Hospital Dr. Augusto Essmann Burgos como Establecimiento de Mediana Complejidad; Resolución Exenta N° 892/2405.2017 que declara Acreditado al Hospital Dr. Augusto Essmann Burgos; Resolución Exenta N°6.626 de fecha 18.12.2024 de la Dirección del Servicio de Salud que aprueba el presupuesto para el año 2025; ley Nº 20.730 Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios; Decreto Nro. 71 del 28 de agosto de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento de la ley N° 20.730; Resolución Exenta N°62/2025 del 10 de Enero del 2025 que designa Orden de Subrogancia de la dirección del Hospital de Puerto Natales; Resolución Exenta N° 6546 de 25.07.2019 Del Servicio de Salud Magallanes que Designa Delegación Parcial de Facultades en Director y Subdirectora Administrativa del Hospital de Puerto Natales, publicada en el Diario Oficial el día 07.03.2020; Ley 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica y establece el Sistema de Alta Dirección Pública; las facultades contenidas en los artículos 46 y siguientes del D.F.L. N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2763 de 1979 y de las Leyes N°s 18.933 y 18.469; artículos 46 y siguientes del Decreto N° 140 de 2004, Ministerio de Salud, que establece el reglamento de los Servicios de Salud; Artículo 7° del Decreto N° 38 de 2005, Minsal, Subsecretaría de Redes Asistenciales, que fija el reglamento de los establecimientos de salud de menor complejidad.
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1. Que, Mediante Solicitud de Compra N°13/2024 de Jefe Departamento de Comercialización (S), Evelyn Perez, autorizado por la Subdirección Administrativa, se solicita establecer el Servicio de Operadora para pago de prestaciones con tarjeta de crédito y débito en beneficio a los usuarios del Hospital “Dr. Augusto Essmann Burgos” de Puerto Natales. Por un periodo de 12 meses, bajo el ID 1540-186-LE24.
2. Que, una vez finalizada la etapa de presentación de ofertas, la comisión designada para evaluar, procede a la apertura de las propuestas y asignación de puntajes de conformidad a los criterios de evaluación establecida en bases, según se consigna en acta N°5/2025.
3. Que, existe Memorándum Nº02/2025, de Jefe de Comercialización, Carolina Toledo Vidal, en donde entrega la evaluación técnica de las ofertas postulantes al proceso licitatorio.
4. Que, en consideración a la evaluación la comisión sugiere adjudicar a la licitación ID 1540-186-LE24, al mejor evaluado en este proceso licitatorio, individualizado en la parte resolutiva.
5. Que, habiéndose presentado un oferente que cumple con los requisitos exigidos y existiendo el presupuesto necesario, se procede lo siguiente:
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1.-APRUEBASE: El acta de adjudicación Nº 5/2025, según detalle:
Se deja constancia que en el presente proceso licitatorio se realizaron las siguientes preguntas en foro:
# Fecha Tipo Foro Preguntas y Respuestas
1 07-01-2025 9:31 P ¿Además de los tres dispositivos SmartPOS requeridos, es necesario contar con un botón de pagos o una solución de pago digital?
10-01-2025 17:00 R Estimado Oferente, si es necesario contar con un botón de pagos o una solución de pago digital, Atte.
2 07-01-2025 9:33 P Administrativas.38.I.2. -¿A que se refieren con eventual desperfecto que podamos provocar con el personal contratista?
09-01-2025 14:58 R Estimado Oferente, el punto mencionado , hace referencia al personal externo que pueda causar daño en la infraestructura del recinto o equipamiento, Atte.
3 07-01-2025 9:33 P Administrativas.34.I -¿Existe la posibilidad de realizar dichas capacitaciones de forma remota?
10-01-2025 17:00 R Estimado Oferente, si es posible, previa evaluación de los temas a capacitar, para determinar si es necesario presencial o bien remota, Atte.
4 07-01-2025 9:34 P Administrativas.34.I -¿Existirán instancias de apelación a multas que puedan ser realizadas por incumplimientos?
09-01-2025 14:58 R Estimado Oferente, en el punto N°39 de las bases Administrativas, hace referencia que una vez presentada la resolución por incumplimiento, dentro de un plazo de 10 días hábiles siguientes de la notificación puede presentar sus descargos correspondientes. Atte.
5 07-01-2025 9:34 P Administrativas.34.h.-Dado que la integración de un botón de pagos depende de sus capacidades internas para dicha activación. ¿El exceder el plazo de 15 días no sería causal de incumplimiento?
09-01-2025 15:12 R Estimado oferente, al no cumplir con los plazos establecidos en el punto N°34.h es causal de incumplimiento según punto N°38 de las presentes bases, Atte.
6 07-01-2025 9:34 P Anexo 4.1-Nuestra tarifa transaccional está compuesta por un componente porcentual (%) más un costo fijo en UF (valor de la UF, el día de la transacción), ¿Es esto aceptable para ustedes?
10-01-2025 11:00 R Estimado Oferente, favor regirse según indica en anexo n°4, oferta se deberán presentar a peso chileno, Atte.
7 07-01-2025 9:34 P Anexo 4.2-Nuestra tarifa de arriendo es en UF, ¿Es esto aceptable para ustedes?
10-01-2025 11:00 R Estimado Oferente, el valor del arriendo mensual se deberán presentar en peso chileno, Atte.
8 07-01-2025 9:34 P Bases Administrativas.-Necesitan alguna glosa en específico en la factura?
09-01-2025 14:58 R Estimado Oferente, es importante que al momento de emitir factura se indique código 801 "Orden de Compra" y la forma de pago crédito, favor regirse por el punto N°37.2 "Facturación" el cual indica la correcta emisión de factura, Atte.
9 07-01-2025 9:35 P Bases Administrativas.37,2-A cuantas casillas necesitan que se envíe la factura?
09-01-2025 14:58 R Estimado Oferente, se deben enviar a las siguientes casillas carolina.toledo@redsalud.gob.cl, con copia a tesoreria.natales@redsalud.gob.cl y gestiondecontratos.natales@redsalud.gob.cl, según punto N°37.2 "Facturación", Atte.
10 07-01-2025 9:35 P Bases Administrativas.37,2-Se requiere algún tipo de prefactura?
10-01-2025 17:00 R Estimado Oferente, si se requiere prefactura, Atte.
11 07-01-2025 9:35 P Bases Administrativas.37,2-¿La factura se paga con Pago automático (PAT) o Manual?
09-01-2025 14:58 R Estimado Oferente, favor regirse según punto N°37.1 "Plazo de Pago de Facturas", Atte.
12 07-01-2025 9:35 P Anexo 4.1-Indicar montos y transacciones mensuales realizadas a través del canal presencial
10-01-2025 17:00 R Estimado Oferente, es difícil dar montos, puesto que es muy variable, pero un porcentaje podría ser 60% crédito y 40% debito, Atte.
13 07-01-2025 9:35 P Anexo 4.1-Indicar monto y cantidad de transacciones mensuales por canal, recibidas con tarjetas de débito, crédito
10-01-2025 17:00 R Estimado Oferente, es difícil dar montos, puesto que es muy variable, pero un porcentaje podría ser 60% crédito y 40% debito, Atte.
14 07-01-2025 9:36 P Anexo 4.2-Valor neto mensual por máquina, no es lo mismo que "VALOR TOTAL(IMPUESTO INCLUIDO)"
09-01-2025 14:58 R Estimado Oferente, el punto mencionado indica que el valor neto mensual debe incluir las 3 maquinas, el valor total mensual es con IVA incluido de los 3 equipos, Atte.
15 07-01-2025 9:36 P Bases Administrativas.38-Es admisible dejar un equipo adicional en la Municipalidad para ser utilizado de reemplazo frente a una visita técnica ya que los SLA de la asistencia en terreno en zonas extremas pueden ser mayor a las 24 hrs
10-01-2025 17:00 R Estimado Oferente, pregunta realizada no aplica al establecimiento, Atte.
Se deja constancia que en el proceso licitatorio no se realizaron preguntas como aclaratoria de oferta:
Apertura: Que, en el presente proceso licitatorio se recibió la siguiente oferta:
N° PROVEEDOR RUT
1 HAULMER SPA 76.795.561-8
A continuación, la comisión reunida procede a revisar que la oferta presentada cumple con lo exigido en bases Administrativas y técnicas para su evaluación, observando lo siguiente:
N° PROVEEDOR OFERTA
1 HAULMER SPA Se acepta oferta por adjuntar todas las documentaciones requeridas para su Evaluación.
A continuación, se entrega resumen de evaluación de las ofertas postulantes:
HAULMER SPA
EVALUACION CRITERIOS DE EVALUACION PUNTAJE DE EVALUACION OBSERVACION
ADMINISTRATIVA Cumplimiento de Requisitos Formales. (5%):
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 5%. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 56, inciso 3°, del Reglamento de la ley Nº 661, obtendrá 0% en este criterio.
Cumple Requisitos Formales 5%
Cumple requisitos Formales Con Observaciones o reparos 0%
5,00% La empresa Nº1 HAULMER SPA, obtiene un puntaje máximo del 5,00% en este ítem por haber presentado los anexos en formato requerido en bases de licitación.
TECNICA
Comportamiento Contractual (20%)
Sera contemplada en la evaluación, la existencia de anotaciones negativas de los oferentes, que se encuentran en la plataforma de información Chileproveedores. Las que serán evaluadas según la siguiente tabla:
Anotaciones en el Portal Puntaje
El oferente no cuenta con anotaciones negativas en el portal 20%
El oferente presenta anotaciones negativas en el portal o no es posible revisar las anotaciones, porque no cuenta con registro vigente en Chileproveedores. 0%
20,00% En relación a la evaluación de comportamiento contractual, la empresa N°1 HAULMER SPA obtiene un puntaje máximo de 20,00% en este ítem por no presentar anotaciones negativas en plataforma de información Chileproveedores.
Experiencia del Oferente (15%)
El oferente deberá adjuntar su respectivo certificado de vigencia de la Sociedad del Registro de Comercio o del Registro de empresas y Sociedades de la Ley N°20.659, otorgándose el puntaje de acuerdo a la siguiente escala:
Escala Años de Vigencia Puntaje
Mayor a 3 años de vigencia de la sociedad 15%
Menor a 3 años de vigencia de la sociedad 0%
15,00% En relación a la experiencia del oferente, la empresa N°1 HAULMER SPA obtiene un puntaje máximo de 15,00% en este ítem por no presentar certificado de vigencia de sociedad mayor a los 3 años.
ECONOMICA Arriendo Mensual de 3 equipos POS (35%)
Se asignará el puntaje mayor al mejor evaluado y quien presente la oferta más económica (sumatoria mensual del arriendo de todos los equipos solicitados).
La fórmula a utilizar será la siguiente:
Puntaje = (Oe/Oi) * 100
Oe = Oferta más económica Oi = Oferta Individual.
35,00% Con respecto al arriendo mensual por equipo, la oferta Nº1 HAULMER SPA., postula un monto a evaluar de $15.000 por cada equipo, ponderando un 35,00%.
Comisión por Tarjeta de Crédito (15%)
Se asignará el puntaje mayor al mejor evaluado y quien presente
la oferta más económica.
La fórmula a utilizar será la siguiente:
Puntaje = (Oe/Oi) * 100
Oe = Oferta más económica Oi = Oferta Individual.
15,00% El oferente de la Empresa Nº1 HAULMER SPA oferta una comisión a evaluar de 1,99% + IVA, por comisión por Tarjeta de Crédito, ponderándose con un porcentaje de 15.00%.
Comisión por Tarjeta de Débito (10%)
Se asignará el puntaje mayor al mejor evaluado y quien presente
la oferta más económica.
La fórmula a utilizar será la siguiente:
Puntaje = (Oe/Oi) * 100
Oe = Oferta más económica Oi = Oferta Individual. 10,00% A su vez la oferta Nº1 HAULMER SPA, oferta una comisión por Tarjeta de Débito de 1,49% + IVA, ponderando un 10,00%.
TOTAL 100,00%
Considerando los puntajes de evaluación, se sugiere adjudicar la licitación 1540-186-LE24 al oferente HAULMER SPA, quien alcanzo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios y requisitos de evaluación aplicados, individualizada en párrafo siguiente y quien realizara el “SERVICIO DE OPERADORA TARJETA CREDITO Y DEBITO”.
ADJUDICASE la presente licitación, según evaluación detallada en punto precedente, al oferente:
HAULMER SPA RUT: 76.795.561-8 $ 5.000.000.-
TOTAL $ 5.000.000.-
3. IMPUTESE: los gastos correspondientes a “SERVICIO DE OPERADORA TARJETA CREDITO Y DEBITO” por un periodo de 12 meses, por un monto total de $ 5.000.000.- (cinco millones de pesos), valor impuesto incluido, con cargo al ítem 22., con cargo al Presupuesto del HOSPITAL “DR. AUGUSTO ESSMANN BURGOS” de Puerto Natales.
ANOTESE. COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
“Por facultad delegada del Director del Servicio”
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