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1. Que, con fecha 26 de septiembre de 2023 y mediante Resolución Exenta Nº5767 se aprueban las Bases Administrativas, Anexo Complementario, y demás antecedentes técnicos para el llamado a licitación pública correspondiente al proceso de compra denominado 2DO. LLAMADO SERVICIO DE HOGAR PROTEGIDO EN LAS CIUDADES DE CURICÓ, LINARES Y TALCA. La publicación de este proceso fue realizada en la plataforma de mercado público con fecha 28 de septiembre de 2023 bajo el ID: 1978-133-LR23.
2. Que, con fecha 04 de octubre de 2023 cierra el periodo de consultas de los oferentes, constando que no existen preguntas en el proceso de licitación antes señalado.
3. Que, con fecha 30 de octubre de 2023, cierra el periodo de recepción de ofertas constatando la presentación de 02 ofertas, de las cuales 01 es aceptada administrativamente y 01 es rechaza por la comisión evaluadora de acuerdo a lo consignado en acta de admisibilidad Nº265/28 de diciembre de 2023, para luego continuar con la evaluación técnica.
En dicha acta fue verificada la correcta presentación de las ofertas y se obtuvo como resultado lo siguiente:
Nº Oferta Proveedor RUT Estado
1
Fundación Chilena para la Discapacidad
65.060.229-3
Inadmisible
2
Sociedad de Servicios GAMMA Limitada
76.145.580-K
Admisible
4. Que, posteriormente la comisión evaluadora se reúne con el objeto de analizar técnicamente las ofertas recibidas y propone la adjudicación del citado proceso, tal como consta en acta Nº277 de fecha 29 de diciembre de 2023.
5. Que, la comisión evaluadora se reúne con el objeto de analizar las ofertas que resultaron admisibles en la etapa de apertura administrativa y cuyo análisis se realiza en base a los criterios definidos en el pliego de condiciones que rigen el citado proceso y que corresponden a los siguientes:
Criterio de Evaluación Ponderación
Evaluación Económica
40% Evaluación Técnica Plan de Tratamiento Individual
30% Evaluación Técnica Experiencia Integrantes Equipo de Trabajo
15% Evaluación Técnica Experiencia del Oferente
10%
Evaluación Administrativa Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación
05%
6. Que, considerando lo anteriormente expuesto, la Comisión Evaluadora, con fecha 29 de diciembre de 2023 propone adjudicar el citado proceso de conformidad a lo señalado en Acta Nº277, lo cual se resume a continuación:
Proveedor RUT Suma
Sociedad de Servicios GAMMA Limitada
76.145.580-K
$508.650.600
7. Que, atendido lo anterior y en ejercicio de las facultades del cargo de las que estoy legalmente investida dicto lo siguiente:
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1. APRUÉBASE Acta de Admisibilidad Nº265/ 28 de diciembre de 2023 y Acta Propuesta de adjudicación Nº277/ 29 de diciembre de 2023, correspondientes al presente proceso licitatorio.
2. DECLARESE DESIERTA las líneas señaladas a continuación, de conformidad a lo señalado en Acta de Proposición de Adjudicación N°277/29 de Diciembre de 2024.
Nº Línea Item Observaciones
1 Arriendo Inmueble Hogar Protegido (1) y (2) Talca Línea N°6 Por razones presupuestarias
2 Arriendo Inmueble Hogar Protegido (1) Curicó Línea N°7 Por razones presupuestarias
3 Arriendo Inmueble Hogar Protegido Linares Línea N°9 Por razones presupuestarias
3. ADJUDÍCASE Y CONTRÁTASE por el sistema de suma alzada por costo unitario, sin reajuste de ningún tipo, contra entrega y recepción conforme, la adquisición por licitación pública denominada “2DO. LLAMADO SERVICIO HOGAR PROTEGIDO EN LAS CIUDADES DE CURICÓ, LINARES Y TALCA”, ID:1978-133-LR23 por un total de $508.650.600 (Exentos) de por un período de 12 meses, acuerdo al siguiente resumen:
L Descripción
Cantidad Cupos Mensual Cantidad Cupos Anual Proveedor Valor Cupo Mensual (exento) Valor Total Mensual (exento) Valor Total
(exento)
1 Servicio de Hogar Protegido (1) Ciudad de Talca 6 72 Sociedad de Servicios GAMMA Limitada
76.145.580-k $ 1.359.583 $ 8.157.498 $ 97.889.976
2 Servicio de Hogar Protegido (2) Ciudad de Talca 6 72 Sociedad de Servicios GAMMA Limitada
76.145.580-k $ 1.359.583 $ 8.157.498 $ 97.889.976
3 Servicio de Hogar Protegido (1) Ciudad de Curicó 6 72 Sociedad de Servicios GAMMA Limitada
76.145.580-k $ 1.359.583 $ 8.157.498 $ 97.889.976
4 Servicio de Hogar Protegido (2) Ciudad de Curicó 6 72 Sociedad de Servicios GAMMA Limitada
76.145.580-k $ 1.359.583 $ 8.157.498 $ 97.889.976
5 Servicio de Hogar Protegido Ciudad de Linares 6 72 Sociedad de Servicios GAMMA Limitada
76.145.580-k $ 1.359.593 $ 8.157.498 $ 97.890.696
6 Arriendo Inmueble Hogar Protegido (2) Curicó
1
(mes) 12
(meses) Sociedad de Servicios GAMMA Limitada
76.145.580-k $ 1.600.000 $ 1.600.000 $ 19.200.000
Línea desierta (Línea N°6, Línea N°7 y Línea N°9), Por Razones Presupuestarias 3
Total a Adjudicar $ 508.650.600
4. La prestación del servicio deberá ser coordinada previamente con la referente técnico. Esta información será publicada en la orden de compra correspondiente.
5. De conformidad a lo indicado en el Artículo Nº11 de las bases que rigen el presente proceso, los oferentes que hayan sido adjudicados por un monto total igual o superior a 1.000 UTM (sesenta y cuatro millones seiscientos sesenta y seis mil pesos) deberá presentar garantía para caucionar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, considerando el monto, beneficiario, vigencia y glosa indicados en el Numeral 7 del Anexo Complementario. Esta garantía deberá presentarse en un plazo máximo de 10 días corridos y contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en la plataforma de mercado público. Este documento se entiende notificado una vez transcurridas 24 horas desde su publicación.
6. Respecto a la suscripción del contrato y de conformidad a lo indicado en el artículo Nº29 de las bases de licitación, la presente adquisición formalizará su relación contractual a través de la suscripción de un contrato, el cual deberá ser gestionado de conformidad a los términos establecidos en las bases de licitación. Posterior a ello se enviará la orden de compra correspondiente.
7. Los adjudicatarios podrán ser sancionado por la Entidad Licitante con el pago de multas, según la gravedad de las faltas que se indican a continuación:
FALTAS LEVES MULTA
A) Falencias en la mantención y reparaciones que deban hacer los proveedores a los centros, para mantenerlos en condiciones óptimas. Se podrá aplicar la recomendación técnica si es la primera vez que se observa los hechos en un periodo de 6 meses, en caso de no subsanar con el inconveniente se pasará a la sanción establecida ( Incumplimiento de requisitos de infraestructura o condiciones generales contemplados en las bases técnicas y que no son solucionados después de un primer requerimiento por parte del proveedor, 3 UTM) de caso de reiterarse la conducta dentro del periodo de 6 meses de ocurrida la primera situación no se podrá aplicar recomendación técnica. Recomendación técnica, la que deberá ser subsanada en un plazo máximo de 10 días hábiles
B) Tercera Inasistencia injustificada, luego de notificación por escrito, a reuniones que por motivos de ingreso y/o egreso a servicios del centro, de coordinación técnica y /o supervisión, sean convocadas desde el Servicio y/o equipos de psiquiatría. 2 UTM
C) Situaciones reprochables respecto del aseo de las dependencias. (ej: malos olores, hongos en paredes y baños, cocina con grasa, artefactos higiénicos con sarro y/o sucios; vajilla y ollas con restos de comida o grasa, sabanas o colchones sucios o rotos, acumulación de polvo o basura en las dependencias, etc). Se podrá aplicar una recomendación técnica, si es que es la primera y única vez que se pesquisa la situación, durante la ejecución del contrato y si es que ello no deriva en una afectación del usuario.
2 UTM
FALTAS GRAVES
Multa
D) Incumplimiento en las obligaciones estipuladas en las presentes bases de licitación de los ítems de las bases técnicas, luego de notificación por escrito.
4 UTM
E) Incumplimiento de la solicitud de mejoras y/o plazos indicados, a través del informe de visita de evaluación realizada por el Servicio de Salud, que contiene los estándares mínimos para los centros de rehabilitación psicosocial establecidos por el Ministerio de Salud. 4 UTM
F) No disponibilidad de equipamiento básico para el desarrollo de talleres o actividades al interior del centro en condiciones de buen funcionamiento, luego de recibir una notificación por escrito solicitando la reparación/reposición de los bienes. 4 UTM
G) No proporcionar las facilidades, informes y datos que les sean requeridos para el ejercicio de las fiscalizaciones, y especialmente, negarse a entregar registros e información de los usuarios a servicio de salud del maule, estado contractual del personal, boletas de servicios básicos, informe sanitario vigente, y a mostrar el recinto para su inspección. 4 UTM
H) Incumplimiento de requisitos de infraestructura o condiciones generales contemplados en las bases técnicas y que no son solucionados después de un primer requerimiento por parte del servicio de salud u otro organismo fiscalizador. 4 UTM
FALTAS GRAVÍSIMAS Multa
I) Usos indebidos de los recursos económicos de los residentes atribuibles a la responsabilidad del administrador tales como:
-Solventar gastos de responsabilidad de la administración
-Prestamos de dineros de usuarios a monitores
-Pérdida injustificada de dineros de usuarios resguardados por el dispositivo, en caso que el usuario lo requiera. 6 UTM
J) Inexistencia de registro o no evidencia explicita de la presencia de la entidad administradora en el hogar (notas libro de novedades, indicaciones y/o sugerencias para el funcionamiento del hogar). 6 UTM
K) No estar al día, con la información de los usuarios como por ejemplo de los controles médicos y de rehabilitación que necesitasen los usuarios pertenecientes al dispositivos en la red de salud y no contar con un registro de plan de intervención por escrito mancomunado con equipo de especialidad, usuario y familia para subsanar la necesidad de apoyo (los planes de intervención deben estar alineados con los planes de tratamiento y necesidades de los usuarios)
6 UTM
L) No informar dentro del día las situaciones complejas de alguno de sus usuarios ocurridas al interior del dispositivo o en actividades fuera del establecimiento, organizadas por la administración y/o No informar vía correo electrónico con el detalle escrito de los hechos a Servicio de Salud Maule a través de la coordinación de Dispositivos de salud Mental 6 UTM
M) No contar con protocolos de acción frente a situaciones de emergencia o contingencia y/o No aplicar protocolos establecidos o Aplicar protocolos no visados por Servicio de Salud del Maule. 6 UTM
N) Maltrato o abuso de los residentes (física: utilización de contenciones, golpes de puño u otros, baños agua fría, ropas no adecuadas a la estación, etc. y/o verbal: uso de apelativos que los sitúe en una posición de inferioridad o sea una conducta infantilizadora, etc.). esta causal se considera una causal gravísima, por sí sola, pudiendo considerarse como causal de término anticipado del contrato, dado que afecta directamente los derechos fundamentales del usuario, de acuerdo al mérito de los antecedentes deberá ser fundamentado por el administrador de contrato, sin derecho a indemnización alguna al proveedor. 15 UTM
Estas sanciones son independientes a las que otros organismos fiscalizadores consideren aplicables por posibles transgresiones a la legislación vigente.
La aplicación de 3 multas en un periodo de 5 meses continuos o discontinuos, por estas infracciones, dará origen a duplicar el valor de las multas y será considerada como una falta grave.
El monto de las Multas será rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas más proximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrara directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.
Las multas por servicios tendrán como tope máximo el 20% del total adjudicado, siendo este la sumatoria del total de las multas aplicadas durante la vigencia del contrato.
Será responsabilidad del Referente Técnico de este proceso de compra, emitir informe con los incumplimientos del proveedor adjudicado de acuerdo a los ítems indicados anteriormente, el cual deberá ser enviado a la Jefatura de la Unidad de Adquisiciones del Servicio de Salud Maule.
8. La facturación deberá ser emitida a nombre del SERVICIO DE SALUD MAULE, Rut 61.606.900-4, con dirección en 5 oriente 1492, Edificio España, Talca.
9. La licitación pública “2DO. LLAMADO SERVICIO HOGAR PROTEGIDO EN LAS CIUDADES DE CURICÓ, LINARES Y TALCA”, ID:1978-133-LR23 será financiada con Recursos del SERVICIO DE SALUD MAULE, “Colocación Pacientes con Enfermedades Mentales”, ítem presupuestario 22-12-999-022.
10. PUBLIQUESE la presente Resolución de Adjudicación a través del Sistema de Información en el ID: 1978-133-LR23, Licitación Pública: “2DO. LLAMADO SERVICIO HOGAR PROTEGIDO EN LAS CIUDADES DE CURICÓ, LINARES Y TALCA”.
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