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1. Adjudícase y contrátase a COBRANZAS ORSAN S.A. RUT 99.541.710-5, domiciliado en Huérfanos 886, oficina 1211, Comuna y Ciudad de Santiago, por el SERVICIO DE COBRANZA JUDICIAL DE DEUDORES DE PAGO DE CONICYT. La prestación constituirá en los siguientes servcios respecto a deudores informados por CONICYT:
• Búsquedas de domicilio
• Confección de resolución
• Confección de demanda
• Presentación de demanda en tribunales
• Notificación al deudor
• Agendamiento de pagos
• Seguimiento según protocolo
• Cobranza / Recuperación
• Rendiciones diarias
• Informe gestión mensual
• Castigo judicial
• Las gestiones de cobro judicial tienen el objeto de recuperar tanto el capital adeudado cuanto intereses, costas y gastos de cobranza. Debe comprender desde las gestiones preparatorias (tales como el protesto, confrontación de cupones, notificaciones y otros) hasta los embargos, remates y retiros de dineros consignados en el tribunal.
• La cobranza también debe comprender juicios ordinarios de cobros, en aquellos casos en que no existe título ejecutivo o bien se encuentra prescrito.
• El Departamento Jurídico de CONICYT, será quien determinará la forma y ocasión de entregar la información al proveedor para iniciar el proceso de cobranza judicial.
• El proveedor deberá retirar desde el Departamento Jurídico de CONICYT, de conformidad a la periodicidad que éste oferte, la documentación disponible para el inicio de la cobranza.
• El valor que el proveedor se compromete a cobrar, corresponderá al monto adeudado, más reajustes, intereses y multas que contemple la ley o los convenios o contratos suscritos con el deudor.
• En caso que el deudor moroso pague la deuda directamente en el Tribunal competente, el contratista deberá depositar en la cuenta corriente que CONICYT dispondrá al efecto, de conformidad a la periodicidad que éste oferte, considerándose apropiado, dentro del tercer día hábil subsiguiente al día en que los fondos se encuentren disponibles para su retiro del Tribunal, entregando además un informe de la causa, con la correspondiente copia de la liquidación efectuada por el Tribunal.
En el presente acto jurídico de adjudicación, se entenderán expresamente incorporados todos los términos y disposiciones contenidas en las Bases y Especificaciones Técnicas, como asimismo, la oferta técnica y económica del proveedor adjudicado, elevándose todos los antecedentes antes citados, a la calidad de esenciales para todos los efectos jurídicos del correspondiente servicio que debe llevarse a cabo.
2. Páguese a COBRANZAS ORSAN S.A., de acuerdo a los servicios efectivamente prestados y los valores por servicio dispuestos en su oferta, tal cual se señala a continuación.
1. VALOR A COBRAR POR CERTIFICADO DE INCOBRABILIDAD QUE SE EMITA CONFORME LO ESTABLEZCA LA LEY: $1,2 UF
2. TABLA DE PORCENTAJES CORRESPONDIENTES A HONORARIOS EN RELACIÓN AL RECUPERO EFECTIVO LOGRADO
DESDE HASTA % HONORARIOS
$0 a $1.000.000. 10
$1.000.001. a $5.000.000. 9.5
$5.000.001 a $10.000.000. 9
$10.000.001. a $20.000.000. 9
$20.000.001 a $30.000.000. 8.5
$30.000.001 a $50.000.000. 8
$50.000.001 o más
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El valor de los servicios por concepto del contrato derivado de la presente licitación no podrá superar las 1000 UTM y las solicitudes de servicios en el marco del mismo, se encontrarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria de CONICYT al momento de solicitar los servicios.
Cada pago se realizará previa recepción conforme de la prestación y recepción de la Factura pertinente. Será requisito para cursar el pago, contar con la siguiente documentación:
i. Guía de Recepción Conforme firmada por Jefe del Departamento Jurídico.
ii. Orden de Compra a solicitud del Departamento Jurídico, quien detallará los servicios ejecutados por la empresa y los valores comprometidos por sus servicios
iii. Resolución totalmente tramitada que aprueba el contrato con el proveedor adjudicado.
iv. Declaración jurada simple que certifique que no tiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con los contratados en los últimos dos años.
v. Garantía Fiel Cumplimiento de Contrato
Lo expuesto, sin perjuicio del control que deba efectuar la Unidad de Compras y Contrataciones, la Unidad de Contabilidad y/o Tesorería, no podrá cursar el pago pertinente sin tener la documentación precedentemente citada.
3. PROCEDIMIENTO INTERNO SOLICITUD DE SERVICIO
a) La Unidad Peticionaria solicita a través de un memorándum los servicios a la Unidad de Compras y Contrataciones.
b) La Unidad de Compras y Contrataciones, emite orden de compra a proveedor adjudicado, según orden establecido en adjudicación de acuerdo a lo descrito en estas bases.
c) Proveedor presta los servicios de acuerdo a las condiciones establecidos en su oferta.
d) Unidad de Compras y Contrataciones, envía a Unidad Peticionaria guía de recepción conforme de los servicios, la cual debe ser firmada por el Jefe de la respectiva unidad.
4. El Departamento Jurídico redactará y visará el respectivo contrato totalmente tramitada la presente Resolución. La firma del contrato la materializará la Unidad de Compras y Contrataciones, ubicada en Canadá 308, Providencia en la fecha y hora que se acordará previamente con el proveedor, formalmente. El adjudicado deberá cumplir con la suscripción del contrato, dentro de este plazo aludido, debiendo entregar en ese momento la garantía de Fiel Cumplimiento establecida en las Bases.
5. El contrato tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, a contar de la total tramitación de la resolución que apruebe el contrato que se suscriba con el adjudicatario seleccionado.
No obstante lo anterior, el plazo de ejecución de la prestación del servicio podrá ser extendido y/o prorrogado por acuerdo fundado de las partes y sólo si CONICYT lo estima beneficioso para los intereses institucionales, existe disponibilidad presupuestaria para tal efecto y existe justificación técnica/económica realizada por la Contraparte Técnica, en forma previa al término del contrato.
6. La Contraparte Técnica será el Jefe del Departamento Jurídico, quien tendrá la función de supervisar la calidad y el cumplimiento de plazo en la entrega del servicio contratado, velando por el eficaz y eficiente desarrollo de la contratación. Dentro de sus funciones específicas se encuentran las siguientes:
a) Orientar al proveedor adjudicado en la solución de problemas que afecten directamente el cumplimiento de los objetivos del servicio.
b) Monitorear el desarrollo de las distintas etapas del servicio y prestar la asesoría que sea necesaria para garantizar el adecuado cumplimiento de los objetivos del mismo.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del servicio, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en estas bases, especificaciones técnicas y de los plazos acordados para la entrega de todos los productos/servicios programados.
d) Autorizar adecuaciones relativas al plan de acción acordado, a fin de atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.
e) Sugerir a la jefatura correspondiente de CONICYT, la aplicación de las sanciones que se estipulen en el contrato, según corresponda.
f) Autorizar los pagos programados, según se haya acordado en el contrato de prestación de servicios.
g) Informar a la jefatura antes citada, la procedencia técnica de extensiones de plazo y/o prórrogas del contrato vigente.
h) Reportar toda otra situación, circunstancia o hecho relevante que afecte el cumplimiento del contrato.
7. MULTAS
En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por el oferente, la Contraparte Técnica tendrá la obligación de determinar, mediante informe técnico fundado, el porcentaje exacto de la prestación efectivamente cumplida, en forma cabal, precisa y oportuna, informando a la Unidad de Compras y Contrataciones de la sección Administración General, aplicándose los siguientes procedimientos y sanciones en caso que corresponda:
1.1. ATRASOS
Si durante la ejecución de la prestación del servicio, por causas imputables al adjudicado, se produjeran atrasos, retrasos, o simple mora respecto la ejecución de contrato pactada con el adjudicado, éste deberá presentar su justificación por escrito ante el Jefe del Departamento Jurídico con copia a la Unidad de Compras y Contrataciones, dentro del plazo de ejecución del contrato y, a su vez, dentro del plazo máximo de hasta 5 días hábiles desde producido el hecho, circunstancia o evento que justifica la petición, solicitando que se le conceda plazo adicional, según proceda.
En dicha carta, deberá adjuntar todos los antecedentes que acrediten objetivamente que el atraso se debe a causas justificadas de fuerza mayor o por presunta responsabilidad de CONICYT.
Si el atraso se produjera por razones atribuibles a CONICYT, el Programa o Departamento Peticionario deberá fundadamente informar por escrito a la Unidad de Compras y Contrataciones, respecto de las causas del atraso y el nuevo plazo por el cual se deberá prorrogar la entrega del servicio.
La Unidad de Compras y Contrataciones dictará resolución exenta que autorice dicho plazo.
CONICYT supervisará la ejecución de la contratación en todas sus etapas y el incumplimiento que pudiere ocurrir, particularmente en relación al cronograma de trabajos, CONICYT tiene la facultad de aplicar multas, de acuerdo a los siguientes rangos y porcentajes, según el precio final del servicio, por cada día corrido de atraso:
Rango de Montos Porcentaje de multa
5-100 UTM 0.5
101-300 UTM 0.6
301-600 UTM 0.7
600-1000 UTM 0.8
1001-1500 UTM 0.9
1501 UTM y más 1.0
19.2.-INCUMPLIMIENTO
Se entenderá por concepto de incumplimiento:
• No ejecución de la prestación pactada dentro de los plazos acordados.
• Ejecución insuficiente (no cumple a cabalidad con la oferta técnica presentada)
• Ejecución manifiestamente errónea y/o cualquier otra circunstancia que impida la consecución de la cobranza en los términos exactos pactados.
Dependiendo del grado de incumplimiento, según se ha definido precedentemente, CONICYT podrá proceder a efectuar el pago de la prestación, de acuerdo a los siguientes porcentajes y grado de ejecución de la prestación, según se fija taxativamente como sigue:
• EJECUCIÓN ÓPTIMA: Cumplimiento total y cabal del servicio. El contrato se cumple en el 100% de su ejecución y se paga por su ejecución el 100% del precio fijado en el contrato.
• EJECUCIÓN SUFICIENTE: Incumplimiento de menor relevancia que no altera la parte sustantiva de la prestación, sólo se descontará el incumplimiento en términos del porcentaje del mismo, sin perjuicio de la aplicación de multas por atraso. El contrato se cumple entre el 95% y 99% de su ejecución y se paga por su ejecución entre el 95% y 99% del precio fijado en el contrato.
• EJECUCIÓN MENOS QUE SUFICIENTE: Incumplimiento que se encuentra dentro de los requerimientos de la prestación. No obstante, la ejecución se encuentra bajo el rango de suficiente y superior a Insuficiente. Lo expuesto significa que CONICYT podrá recibir esta prestación sólo si cumple los parámetros mínimos que permitan hacer de ella útil a los objetivos programados, razonablemente. El contrato se cumple entre el 94% y 90% de su ejecución y se paga por su ejecución entre el 94% y 90% del precio fijado en el contrato.
• EJECUCIÓN INSUFICIENTE: Incumplimiento mayor de la prestación que no permite cumplir con los resultados esperados y estipulados. Sin perjuicio de la aplicación de término de contrato, cobro de caución y multas por atraso u otras acciones legales que permite la ley. Bajo este supuesto, CONICYT no pagará una prestación inferior al 90% de la ejecución del contrato. Lo anterior se aplicará por cada una de las etapas de pago, en forma independiente.
La Contraparte Técnica a cargo de supervisar y controlar la ejecución del contrato, tendrá la obligación de calificar el porcentaje de ejecución del contrato y fijar el rango cuantitativo de tal cumplimiento, de acuerdo a los cuatro tramos antes definidos. Sólo por razones excepcionales, debidamente fundadas y calificadas, la Contraparte Técnica podrá pedir pago de la prestación de servicios contractuales que evalúa, en el caso del último rango señalado (EJECUCIÓN INSUFICIENTE). El pago, de proceder, podrá ser sólo hasta el porcentaje de caución por fiel cumplimiento que entregó el adjudicado, y en el caso que no exista boleta de garantía por fiel cumplimiento o esta se encuentre vencida, se podrá pagar hasta el 10% del precio de prestación del contrato. El pago que existiere en este caso tendrá que ser previamente autorizado por el Presidente de CONICYT.
CONICYT podrá dejar sin efecto el total o parte de las multas en la eventualidad que el adjudicatario exponga razones de fuerza mayor debidamente documentadas. En este caso, la institución se reserva la facultad de aceptar o no dichas razones.
8. EVALUACION DE PROVEEDORES
El desempeño contractual del proveedor será evaluado, al momento de finalizar la prestación del servicio. Las variables de evaluación serán las siguientes:
a) Oportunidad de la entrega de los servicios, esto es cumplimiento del plazo de entrega:
• Muy Bueno: Entrega antes del plazo
• Bueno: Entrega dentro del plazo
• Regular: Entrega con atraso de hasta 7 días corridos
• Malo: Entrega con atraso de más de 7 días corridos o no entrega.
b) Cumplimiento de la calidad exigida:
• Muy bueno: Entrega con calidad mayor a la exigida
• Bueno: Entrega con calidad técnica exigida
• Regular: Entrega con detalles menores a subsanar
• Malo: Entrega con calidad inferior a la exigida
c) Cumplimiento de especificaciones técnicas (garantías, servicio post venta, etc.):
• Muy bueno: Entrega con calidad mayor a la exigida
• Bueno: Entrega con calidad técnica exigida
• Regular: Entrega con detalles menores a subsanar
• Malo: Entrega con calidad inferior a la exigida
Cada una de estas variables tendrá el rango de notas de 1-4, de acuerdo a la siguiente tabla:
Muy bueno 4
Bueno 3
Regular 2
Malo 1
Se notificará el resultado de la evaluación, sólo a aquellos proveedores que obtengan nota promedio igual o inferior a “2” al correo electrónico que tengan registrado en www.mercadopublico.cl. Lo anterior con la finalidad que puedan tomar medidas tendientes a subsanar las deficiencias en la entrega/prestación del bien o servicio realizado.
9. El gasto que demande la presente Resolución se imputará a la cuentas 22.08.999, Centrp de Costos Fiscalia, del presupuesto vigente del servicio.
10. Publíquese la presente Resolución Exenta adjudicatoria en el portal www.mercadopublico.cl., dentro de las 24 horas siguientes a su dictación.
ANÓTESE, REFRÉNDESE Y COMUNÍQUESE
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