|
1. Que, mediante Resolución Exenta N° 1747, de fecha 29 de junio del 2018, de la Agencia de Calidad de la Educación, se autorizó el llamado a licitación pública ID 721703-21-LQ18, destinada a contratar el servicio de aplicación de pilotaje cuantitativo a preguntas de cuestionarios de 4° y II medio 2018, se aprobaron las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus anexos; se designó funcionario encargado de la custodia de las ofertas e integrantes de la Comisión Evaluadora.
2. Que, la citada licitación pública, fue publicada en el portal www.mercadopublico.cl con fecha 29 de junio de 2018.
3. Que, mediante Resolución Exenta Nº 1977, de fecha 18 de julio del 2018, de la Agencia de Calidad de la Educación, se modificó la Resolución Exenta Nº 1747 de 2018 que autorizó el llamado de la licitación pública ID 721703-21-LQ18.
4. Que, con fecha 11 de julio del 2018, se dio respuesta en tiempo y forma a las consultas formuladas por los proveedores a través del portal www.mercadopublico.cl, en el marco de lo establecido en el punto 3. “Consultas y Aclaraciones”, de las Bases Administrativas de Licitación Pública ID 721703-21-LQ18, las cuales se aprueban por medio del presente acto administrativo.
5. Que, la apertura electrónica de las propuestas presentadas, en el marco de la licitación pública singularizada en el considerando 1. precedente, se realizó el día 25 de julio de 2018, presentándose los siguientes oferentes, según consta en Acta de Apertura Electrónica, contenida en el Portal www.mercadopublico.cl:
OFERENTES RUT
CENTRO UC ENCUESTAS Y ESTUDIOS LONGITUDINALES PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE 81.698.900-0
EES INGENIERIA 76.506.053-2
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) 78.906.790-2 y
93.360.00-9
SEMINARIUM CERTIFICACION SPA. 77.806.560-6
STATCOM DATAVOZ SPA 78.574.400-4
TRI LOGÍSTICA LIMITADA 76.377.835-5
6. Que, posteriormente, según consta en Acta de Evaluación de Ofertas, adjunta, la Comisión Evaluadora procedió a revisar el ingreso de los antecedentes administrativos de las ofertas presentadas por los proponentes individualizados en el considerando 5. precedente, que a continuación se indican:
INGRESO DE ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS (Punto 5.3. de las Bases Administrativas).
SIMBOLOGÍA: S/C=Si cumple; N/C= No cumple; N/A= No Aplica
OFERENTES ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Anexo N°1: Identificación del Oferente. Anexo Nº2: Formato de declaración jurada de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal. Garantía de Seriedad de la oferta.
CENTRO UC ENCUESTAS Y ESTUDIOS LONGITUDINALES PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE S/C S/C S/C
EES INGENIERIA S/C S/C S/C
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) S/C S/C S/C
SEMINARIUM CERTIFICACION SPA. S/C S/C S/C
STATCOM DATAVOZ SPA S/C S/C S/C
TRI LOGÍSTICA LIMITADA S/C S/C S/C
7. Que, a continuación, y según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, adjunta, la Comisión Evaluadora procedió a revisar las ofertas presentadas por los proponentes individualizados en el considerando 5. precedente, para verificar que dichas propuestas cumplieran con el ingreso de la oferta técnica y con los requisitos de admisibilidad técnica, de acuerdo a lo siguiente:
INGRESO DE ANTECEDENTES TÉCNICOS (Punto 5.4. de las Bases Administrativas).
- Requisitos de admisibilidad técnica. (Punto 5.4.1. de las Bases Administrativas).
SIMBOLOGÍA: S/C=Si cumple; N/C= No cumple; N/A= No Aplica
OFERENTES a) Equipo de trabajo interno b) Proceso operativo y logístico
CENTRO UC ENCUESTAS Y ESTUDIOS LONGITUDINALES PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE S/C S/C
EES INGENIERIA S/C S/C
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) S/C S/C
SEMINARIUM CERTIFICACION SPA. S/C S/C
STATCOM DATAVOZ SPA N/C S/C
TRI LOGÍSTICA LIMITADA S/C S/C
- Antecedentes para evaluación. (Punto 5.4.2. de las Bases Administrativas).
SIMBOLOGÍA: S/C=Si cumple; N/C= No cumple; N/A= No Aplica
OFERENTES T1 y T2 Experiencia del equipo de trabajo
(Anexo N° 6) T3. Experiencia del oferente
(Anexo N° 5) T4. Equipo de trabajo externo (Anexo N° 7) T5. Diseño y controles de calidad al proceso de impresión y mecanizado.
CENTRO UC ENCUESTAS Y ESTUDIOS LONGITUDINALES PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE S/C S/C S/C S/C
EES INGENIERIA S/C S/C S/C S/C
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) S/C S/C S/C S/C
SEMINARIUM CERTIFICACION SPA. S/C S/C S/C S/C
TRI LOGÍSTICA LIMITADA S/C S/C S/C S/C
8. Que, según consta en la nota N° 2 del Acta de Evaluación de Ofertas adjunta, el proponente Statcom Datavoz SPA, Rut N° 78.574.400-4, presentó un Encargado de Informática, digitación de datos y validación, cuya formación como Ingeniero en Ejecución en Informática tuvo una duración de 4 semestres según lo declarado por el mismo oferente, tanto en el Anexo N° 6 “Curriculum integrantes equipo de trabajo” como en el Anexo N° 8 “Nómina Equipo de trabajo interno” de su propuesta técnica. Dado lo anterior, el oferente no cumple con la formación requerida en el punto 2.1.1 de “EQUIPO DE TRABAJO INTERNO”, del Título II. “BASES TÉCNICAS”, por lo tanto, su oferta no continuo con su evaluación.
9. Que, posteriormente, y según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, adjunta, la Comisión Evaluadora procedió a revisar las ofertas presentadas por los proponentes individualizados en el considerando 5. precedente, para verificar que dichas propuestas cumplieran con el ingreso de la oferta económica, de acuerdo a lo siguiente:
INGRESO DE ANTECEDENTES ECONÓMICOS SOLICITADOS EN LAS BASES DE LICITACIÓN (Punto 5.5. de las Bases Administrativas).
- Antecedentes para evaluación económica.
SIMBOLOGÍA: S/C=Si cumple; N/C= No cumple; N/A= No aplica.
OFERENTES Formato de Cotización
(Anexo N° 4)
CENTRO UC ENCUESTAS Y ESTUDIOS LONGITUDINALES PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE N/C
EES INGENIERIA S/C
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) S/C
SEMINARIUM CERTIFICACION SPA. N/C
- Requisitos de admisibilidad económica (Punto 5.5.1. de las Bases Administrativas.
SIMBOLOGÍA: S/C=Si cumple; N/C= No cumple;
OFERENTES No excede presupuesto disponible de $230.000.000.- impuestos incluidos.
EES INGENIERIA S/C
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) S/C
TRI LOGÍSTICA LIMITADA S/C
10. Que, según consta en la nota N° 3, del Acta de Evaluación de Ofertas adjunta, donde se señala que la Agencia de Calidad de la Educación, con fecha 18 de julio de 2018, publicó en el portal www.mercadopublico.cl, la Resolución exenta N° 1977, de 18 de julio de 2018, que modificó la Resolución exenta N° 1747, de 29 de junio de 2018, también de la Agencia, la cual autorizó el llamado a Licitación Pública ID 721703-21-LQ18. Dicha Resolución, modifica las cantidades de cursos a aplicar, señaladas en el Anexo N° 4 “Formato de Cotización”, asimismo amplió la fecha de cierre de presentación de ofertas, de manera tal, que en este nuevo plazo los oferentes pudieran ajustar sus propuestas a dichos cambios. Sin embargo, el oferente Centro UC Encuestas y Estudios Longitudinales de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Rut N° 81.698.900-0, y el oferente Seminarium Certificación Spa, Rut N° 77.806.560-6, no se ajustaron a las cantidades solicitadas en el formato de cotización para presentar sus propuestas económicas, en consecuencia no se remitieron a las condiciones establecidas en las respectivas bases de licitación y no serán evaluadas.
11. Que, posteriormente, la Comisión Evaluadora procedió a evaluar las ofertas presentadas por los proponentes individualizados en el considerando 5. precedente, que dieron cumplimiento a las condiciones establecidas en las bases de licitación y a los requisitos de admisibilidad técnica y económica, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, de acuerdo a los criterios y sub-criterios de evaluación y sus ponderaciones previamente establecidos en las bases de licitación y que a continuación se indican:
CRITERIO POND. SUB-CRITERIO POND.
Técnico 60% T1. Experiencia del Jefe de Proyecto 25%
T2. Experiencia del Encargado de Logística 25%
T3. Experiencia del Oferente 15%
T4. Equipo de trabajo externo
T4.1 Remuneración examinador. (30%) 18%
T4.2 Remuneración coordinador de establecimientos educacionales (30%)
T4.3. Perfiles de los examinadores (40%)
T5. Diseño y controles de calidad al proceso de impresión y mecanizado 10%
T6. Comportamiento contractual anterior 7%
Económico 38% E1. Precio 100%
Administrativo 2% A1. Formalidad de la oferta 100%
12. Que, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, las ofertas presentadas por los proponentes que continuaron en el proceso de evaluación, obtuvieron los siguientes puntajes en el Criterio Técnico, de acuerdo a lo establecido en el punto 9.2.1.1. del Título II. “BASES ADMINISTRATIVAS”:
OFERENTES T1 T2 T3 T4 T5 T6 TOTAL
EES INGENIERIA 15,00 0,00 3,75 13,70 5,00 7,00 44,45
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) 0,00 25,00 3,75 15,09 5,00 7,00 55,84
TRI LOGÍSTICA LIMITADA 25,00 15,00 15,00 18,00 10,00 7,00 90,00
13. Que, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, adjunta, las ofertas presentadas por los proponentes que continuaron en el proceso de evaluación, obtuvieron los siguientes puntajes en el Criterio Económico, de acuerdo a lo establecido en el punto 9.2.2. del Título II. “Bases Administrativas”:
OFERENTES PRECIO OFERTADO PRECIO MENOR PUNTAJE
EES INGENIERIA $ 198.120.000.- $ 180.700.000.- 91,20
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) $ 195.806.000.- 92,28
TRI LOGÍSTICA LIMITADA $ 180.700.000.- 100
14. Que, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, adjunta, las ofertas presentadas por los proponentes que continuaron en el proceso de evaluación, obtuvieron los siguientes puntajes en el Criterio Administrativo, de acuerdo a lo establecido en el punto 9.2.3.1 del Título II. “BASES ADMINISTRATIVAS”:
OFERENTES
PUNTAJE
EES INGENIERIA 100
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) 100
TRI LOGÍSTICA LIMITADA 100
15. Que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos 12., 13. y 14. precedentes, y conforme a lo establecido en el punto 9.2.4. “PUNTAJE FINAL”, de las Bases Administrativas, el puntaje final obtenido por los proponentes que dieron cumplimiento a las condiciones establecidas en las bases de licitación, a los requisitos de admisibilidad técnica y económica, son los siguientes:
PUNTAJE FINAL = Puntaje Criterio Técnico * 60% + Puntaje Criterio Económico * 38% + Puntaje Criterio Administrativo * 2%.
OFERENTES Puntaje Técnico Pond.
Puntaje Técnico
(60%) Puntaje Económico Pond.
Puntaje Económico
(38%) Puntaje Adm. Pond.
Puntaje
Criterio Adm.
(2%) PUNTAJE FINAL
EES INGENIERIA 44,45 26,67 91,20 34,65 100 2,00 63,32
INGENIERÍA E INVERSIONES FERNÁNDEZ LIMITADA (EN UNIÓN TEMPORAL CON XEROX DE CHILE S.A) 55,84 33,50 92,28 35,06 100 2,00 70,56
TRI LOGÍSTICA LIMITADA 90,00 54,00 100 38,00 100 2,00 94,00
16. Que, en su conclusión, y según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas, la Comisión Evaluadora, habiendo analizado los antecedentes administrativos, técnicos, económicos y el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de los oferentes, y aplicados los criterios y ponderaciones de la Evaluación Técnica, Económica y Administrativa, viene en proponer, por la unanimidad de sus miembros, al Secretario Ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación, por una parte, declarar inadmisibles las ofertas presentadas por el CENTRO UC ENCUESTAS Y ESTUDIOS LONGITUDINALES PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE, Rut N° 81.698.900-0; SEMINARIUM CERTIFICACION SPA., Rut N° 77.806.560-6; y STATCOM DATAVOZ SPA, Rut N° 78.574.400-4, por las razones señaladas en las notas N° 2 y 3 de la respectiva Acta de Evaluación de Ofertas; y por otra parte adjudicar la Licitación Pública ID 721703-21-LQ18, destinada a la contratación del servicio de Aplicación de pilotaje cuantitativo a preguntas de cuestionarios de 4° y II medio 2018, al oferente TRI LOGÍSTICA LIMITADA, Rut N° 76.377.835-5, por un monto máximo de $ 180.700.000.- (ciento ochenta millones setecientos mil pesos) exento de impuesto, en atención a que cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en las Bases de Licitación, obtuvo el mayor puntaje final en la evaluación de ofertas y por considerar que su oferta es conveniente a los intereses de la Agencia.
17. Que, el artículo 8° de la Constitución Política de la República dispone que “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”, el cual se desarrolla en las disposiciones del Título III del DFL N°1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, especialmente en sus artículos 52 y 53, que exigen de las autoridades y servidores públicos una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de su cargo, haciendo primar en todas sus acciones el interés general por sobre el particular, guardando estricta imparcialidad en sus decisiones.
18. Que, en ese mismo orden de ideas, el inciso segundo del N° 6 del artículo 62 de la anotada Ley N° 18.575, indica que contraviene especialmente el citado principio el “participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad”, añadiendo su inciso tercero que “las autoridades y funcionarios deberán abstenerse de participar en estos asuntos, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la implicancia que les afecta”. En el mismo sentido se establece el deber de abstención en el artículo 6° bis del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
19. Que, la reiterada jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, manifestada, entre otros, en el dictamen N° 30.313 de 2013, es uniforme en establecer que el principio de probidad administrativa tiene por objeto impedir que las personas que ejercen cargos o funciones públicas puedan ser afectadas por un conflicto de interés en su ejercicio, “aun cuando aquel sea solo potencial”, para lo cual deberán cumplir con el deber de abstención que instruye la ley.
20. Que, al respecto, es el caso que, desde el año 2012 y hasta antes de asumir como Secretario Ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación, don Carlos Rodrigo Henríquez Calderón se desempeñaba como Gerente General del Centro de Medición MIDE UC, de la Pontificia Universidad Católica de Chile, razón por la cual, ha estimado conveniente abstenerse de intervenir en cualquier acto relacionado con procesos de compras y/o contrataciones públicas en que dicha entidad haya participado o pudiera tener interés.
21. Que, en cuanto al deber de poner en conocimiento del superior jerárquico la implicancia que le afecta, siendo la Agencia de Calidad de la Educación un servicio público funcionalmente descentralizado, el Secretario Ejecutivo carece de un superior jerárquico respecto del cual proceda el mencionado deber de informar.
22. Que, a mayor abundamiento, sobre la procedencia de recurrir al Presidente de la República en estos casos, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, manifestada entre otros, en el dictamen N° 19.668 de 1999, también ha sido consistente en reiterar que no existe un vínculo de subordinación jerárquica con el Jefe del Estado, sino una relación de supervigilancia.
23. Que, por lo tanto, considerando lo expuesto en los considerandos, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 precedentes, y lo dispuesto en el inciso final del artículo 4° y en los artículos 79° y siguientes del D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, el presente acto será suscrito por el Secretario Ejecutivo subrogante de este Servicio Público.
24. Que, los recursos que involucra la presente adjudicación están considerados en el presupuesto de la Agencia de Calidad de la Educación, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria adjunto.
|