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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, el art.5 letra f) establece que para el cumplimiento de sus funciones las municipalidades tendrán atribuciones esenciales como Adquirir y enajenar, bienes muebles e inmuebles.
3. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 bis de la Ley 19.886, de forma previa, se verifica que, los productos requeridos no se encuentran en Catálogo de Convenio Marco, en razón de lo cual se tramita el presente proceso licitatorio.
4. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 28 del Decreto Exento 661/2024, de forma previa, se verifica que los productos/servicios requeridos no se encuentran en Catálogo de Economía Circular, en razón de lo cual se tramita el presente proceso licitatorio.
5. Que, debido a la creciente necesidad de brindar mejoras continuas en el servicio municipal y agilizar los procesos administrativos requeridos por la comunidad, es necesario entregar las herramientas tecnológicas necesarias que ayuden a potenciar la pronta respuesta a la necesidad antes mencionada mediante la compra y adquisición de equipos y periféricos computacionales necesarios y acorde a las necesidades de los funcionarios para entregar un servicio óptimo y eficaz a los requerimientos de la comuna.
6. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples suscritas por los funcionarios evaluadores de la licitación pública ID 2446-58-LE26.
7. Que, en conformidad al articulo 63 letra i) de la, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, al Alcalde le corresponde especialmente dictar resoluciones obligatoria de carácter general o particular.
8. El Decreto Exento N°1150 de fecha 03 de marzo de 2026 que aprueba las bases técnicas y administrativas para Adquisición de Equipamiento Computacional bajo la necesidad imperiosa de la Municipalidad de Coquimbo de implementar mejoras continuas en el servicio municipal y agilizar los procesos administrativos demandados por la comunidad, mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
Nombre Rut Cargo
Tomas Ovando Cortes 15.329.635-9 Profesional Depto. de Gestión de Sistemas y TICS
Carlos Castillos Vega 18.632.274-6 Técnico Depto. de Gestión de Sistemas y TICS
Camila Herrera Pasten 20.406.484-9 Técnico Depto. de Gestión de Sistemas y TICS
Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a lo establecido en la las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
CRITERIO PORCENTAJE FÓRMULA DE CÁLCULO
Precio 50% (Menor Precio Ofertado / Precio Ofertado) X 100
Plazo de Entrega (Valor Criterio en días hábiles) 30% (Menor Plazo ofertado/Plazo Evaluado) x 100. El plazo máximo a ofertar será de _10_ días hábiles. Las ofertas en las que no se indique plazo de entrega, o este sea superior a _10_ días hábiles, serán declaradas inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe considerar el producto puesto en bodega municipal. Quienes oferten despacho y no Plazo de Entrega serán declarados inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe ser en días hábiles, quienes oferten en días corridos serán evaluados con 0 puntos.
Cumplimiento de Requisitos Formales 10% 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora. 50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante. b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora (sin necesidad de requerir aclaratoria, por tratarse de errores evidentes). 0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
Comportamiento Contractual Anterior 8% Proveedor no registra reclamos en Mercado Público, durante los últimos 24 meses: 100 puntos / Proveedor registra entre 1 y 4 reclamos en Mercado Público, durante los últimos 24 meses: 50 puntos / Proveedor registra 5 o más reclamos en Mercado Público, durante los últimos 24 meses 0 punto.
Programa(s) de integridad y compliance
2% De acuerdo a lo señalado en el Dictamen NºE370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo Programa(s) de Integridad y compliance. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Asignando puntaje como se indica a continuación: El oferente cuenta con programas de integridad y compliance conocidos por su personal; adjuntando copia del señalado programa, y medios de verificación que acrediten ser conocidos por sus trabajadores. 100 puntos No acreditan contar con programas de integridad y compliance y que estos son conocidos por su personal al tenor de lo solicitado en el presente criterio de evaluación 0 Puntos
En virtud de lo señalado por Contraloría General de la República en Dictamen E181653 de 27 de octubre de 2025, Para la evaluación de ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores, todos sus integrantes deberán acreditar contar con programas de integridad y ser conocidos por su personal, al tenor de lo indicado en el presente criterio.
Total 100%
9. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
PROVEEDOR RUT PROVEEDOR MONTO DE LA OFERTA (IVA INCLUIDO)
COMERCIAL SF 70.080.334-0 $37.331.276
ABASTECEDORA ARREDONDO SPA 78.345.642-7 $27.024.419
IMPORTACIONES Y SERVICIOS ADVANCED COMPUTING TECHNOLOGIES S.A 96.609.940-2 $25.607.448
SOCIEDAD COMERCIAL ALCA LIMITADA 76.596.570-5 $25.377.940
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 $29.971.921
AURATEC SPA 77.519.114-7 $33.796.000
AURA XD SPA 76.359.312-6 $24.668.286
SOLUCIONES TECNOLOGICAS AVITECH LTDA 77.858.694-0 $27.810.633
CHILE POSTULANDO SPA 77.132.528-9 $34.569.148
PULMAHUE SPA 76.681.561-8 $34.757.520
IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CHIVENSU SPA 77.741.502-6 $11.900.000
COMERCIALIZADORA MAPY LIMITADA 77.646.099-0 $22.181.600
COMERCIALIZADORA SANTA CATALINA SPA 77.474.803-2 $18.121.130
DIMACOFI SA 92.083.000-5 $30.839.378
INVERSIONES Y SERVICIOS DIGITALES SPA 76.121.841-7 $33.998.890
FAMA STORE LIMITADA 78.128.416-5 $28.995.035
FC REDES SPA 76.887.841-2 $33.421.560
PRODUCTOS Y SERVICIOS INFORMATICOS TORRES SPA 77.229.656-8 $21.744.894
INFRAESTRUCTURAS DEPORTIVAS Y RECREACIONALES CHILE SPA 76.176.585-K $34.513.941
COMERCIALIZADORA IGESCOM SPA 77.152.668-3 $24.991.095
INMOBILIARIA INNOVA SPA 76.924.082-9 $31.273.200
JORGE DANIEL TORO PONCE DE LEON 15.911.723-5 $34.795.886
JOSEFA SPA 77.363.939-6 $33.270.615
MARLENE EDITH YAÑEZ BITTNER 13.953.712-2 $34.669.974
MATCH POINT SPA 78.433.600-K $23.410.394
MAVE TECHNOLOGY SPA 77.415.422-1 $25.204.800
MS PROVEEDORES INDUSTRIALES LIMITADA 77.968.003-7 $32.439.400
OMA SPA 77.072.745-6 $30.255.379
PRAGMATIC SPA 76.532.868-3 $34.728.541
PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A 96.556.940-5 $16.350.172
PRODATA SPA 79.808.810-6 $24.359.433
R Y C SERVICIOS COMPUTACIONALES LIMITADA 79.968.900-6 $24.491.797
SANDOS SPA 77.319.537-4 $25.476.997
SERVICIOS INTEGRALES ACBAR SPA 78.293.891-6 $31.119.685
SERVICIOS MAPUE SPA 76.802.554-1 $23.783.578
STEINBORT SPA 77.541.469-3 $21.581.840
TECHNOSYSTEMS CHILE SPA 96.678.350-8 $22.631.153
10. Que, la comisión evaluadora de la propuesta, al revisar los antecedentes que forman parte de la misma, de forma previa a la evaluación, en conformidad a las facultades concedidas en las bases administrativas; realiza revisión de los antecedentes técnicos, administrativos y económicos presentados de las ofertas se determina lo siguiente:
1) COMERCIAL SF: Proveedor supera el presupuesto. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°2, no ajustarse al presupuesto máximo disponible informado en las presentes bases de licitación, o no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases administrativas o demás antecedentes de la licitación pública; la ley n°19.886 y su reglamento al tenor de los señalado en el artículo n°9 de la ley de compras públicas, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
2) IMPORTACIONES Y SERVICIOS ADVANCED COMPUTING TECHNOLOGIES S.A: proveedor no indica si la oferta incluye insumos adicionales en cotización que dice relación con las cintas de impresoras lx-350 por equipo y que según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
3) AURATEC SPA: Proveedor no adjunta declaración jurada simple, además no indica si la oferta incluye insumos adicionales en cotización que dice relación con las dos tintas y/o cintas adicionales por equipo y que según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
4) PULMAHUE SPA: Proveedor no indica si la oferta incluye insumos adicionales en cotización que dice relación con las dos tintas y/o cintas adicionales por equipo. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
5) IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CHIVENSU SPA: Proveedor no oferta la totalidad de los productos, y que según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°4, será causal de inadmisibilidad, no ofertar la totalidad de los productos requeridos, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
6) COMERCIALIZADORA MAPY LIMITADA: Proveedor no indica si la oferta incluye insumos adicionales en cotización que corresponde a tintas y/o cintas. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
7) COMERCIALIZADORA SANTA CATALINA SPA: Proveedor no indica si la oferta incluye insumos adicionales en cotización que corresponde a tintas y/o cintas. Proveedor ingresa dos fichas técnicas una con impresora individualizada epson color l4350 y otra ficha donde se encuentra un modelo anterior epson l4260 lo que hace confusa su evaluación. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
8) FAMA STORE LIMITADA: Proveedor no indica si la oferta incluye todos los insumos adicionales en cotización dice relación con cintas y/o tintas, haciendo mención de estas solo en las cintas para impresora matriz de punto lx-350. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
9) FC REDES SPA: Proveedor no indica si la oferta incluye los insumos adicionales en cotización que dice relación con tintas y/o cintas. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
10) INMOBILIARIA INNOVA SPA: Proveedor no indica si la oferta incluye los insumos adicionales en cotización que dice relación con tintas y/o cintas. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
11) JOSEFA SPA: Proveedor no indica si la oferta incluye los insumos adicionales en cotización que dice relación con tintas y/o cintas. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
12) PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A.: Proveedor no indica si la oferta incluye los insumos adicionales en cotización que dice relación con tintas y/o cintas. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
13) SERVICIOS MAPUE SPA: proveedor acompaña 2 documentos, en los cuales en uno de ellos señala "plazo de entrega: 1 día hábil.", sin embargo, en otro documento referido como "cotización", indica "despacho 1 día hábil". al respecto cabe mencionar que las bases de licitación indican "quienes oferten despacho y no plazo de entrega serán declarados inadmisibles." así mismo, aquel instrumento también señala respecto la inadmisibilidad "omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes."
14) STEINBROT SPA: Proveedor no adjunta pacto de integridad y compliance. proveedor no indica si la oferta incluye los insumos adicionales en cotización que dice relación con cintas y/o tintas. por lo tanto y según punto n°11 inadmisibilidad de las ofertas párrafo n°9 omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes, por lo que esta comisión evaluadora propone declarar inadmisible al oferente referido supra.
11. Que, la comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnica, otorgando los siguientes puntajes:
Precio 50% (A) Plazo de entrega 30% (B) Comp. Contractu al Anterior 8%(C) Cumplimiento de Requisitos Formales 10% (D) Programa(s) de integridad y compliance 2%(E)
Puntaje Final
NOMBRE OFERENTE
RUT
Precio ofertado IVA incluido
Menor precio ofertado Factor Puntos Plazo ofertado Menor plazo ofertado Factor Puntos
Sanciones Factor Puntos Porcentaje Factor Puntos
Programa de integrida d y compliance
Factor Puntos
PRODATA SPA 79.808.810-6 $24.359.433 $21.744.894 89 45 1 1 100 30 0 100 8 100 100 10 1 100 2.0 94.63
TECHNOSYSTEMS CHILE SPA 96.678.350-8 $22.631.153 $21.744.894 96 48 1 1 100 30 1 50 4 100 100 10 1 100 2.0 94.04
ABASTECEDORA ARREDONDO SPA 78.345.642-7 $27.024.419 $21.744.894 80 40 1 1 100 30 0 100 8 100 100 10 1 100 2.0 90.23
AURA XD SPA 76.359.312-6 $24.668.286 $21.744.894 88 44 1 1 100 30 1 50 4 100 100 10 1 100 2.0 90.07
SANDOS SPA 77.319.537-4 $25.476.997 $21.744.894 85 43 1 1 100 30 2 50 4 100 100 10 1 100 2.0 88.68
MS PROVEEDORES INDUSTRIALES LIMITADA 77.968.003-7 $32.439.400 $21.744.894 67 34 1 1 100 30 1 50 4 100 100 10 1 100 2.0 79.52
OMA SPA 77.072.745-6 $30.255.379 $21.744.894 72 36 1 1 100 30 8 0 0 100 100 10 1 100 2.0 77.94
COMERCIALIZADORA IGESCOM SPA 77.152.668-3 $24.991.095 $21.744.894 87 44 2 1 50 15 2 50 4 100 100 10 1 100 2.0 74.51
MATCH POINT SPA 78.433.600-K $23.410.394 $21.744.894 93 46 4 1 25 8 0 100 8 100 100 10 1 100 2.0 73.94
PRODUCTOS Y SERVICIOS INFORMATICOS TORRES SPA 77.229.656-8 $21.744.894 $21.744.894 100 50 4 1 25 8 3 50 4 100 100 10 1 100 2.0 73.50
INFRAESTRUCTURAS DEPORTIVAS Y RECREACIONALES CHILE SPA 76.176.585-K $34.513.941 $21.744.894 63 32 1 1 100 30 7 0 0 100 100 10 1 100 2.0 73.50
R y C SERVICIOS COMPUTACIONALES LIMITADA 79.968.900-6 $24.491.797 $21.744.894 89 44 3 1 33 10 0 100 8 50 50 5 1 100 2.0 69.39
SOLUCIONES TECNOLOGICAS AVITECH LTDA 77.858.694-0 $27.810.633 $21.744.894 78 39 5 1 20 6 0 100 8 100 100 10 1 100 2.0 65.09
SERVICIOS INTEGRALES ACBAR SPA 78.293.891-6 $31.119.685 $21.744.894 70 35 3 1 33 10 0 100 8 100 100 10 1 100 2.0 64.94
SOCIEDAD COMERCIAL ALCA LIMITADA 76.596.570-5 $25.377.940 $21.744.894 86 43 5 1 20 6 3 50 4 100 100 10 1 100 2.0 64.84
JORGE DANIEL TORO PONCE DE LEON 15.911.723-5 $34.795.886 $21.744.894 62 31 2 1 50 15 2 50 4 100 100 10 1 100 2.0 62.25
MAVE TECHNOLOGY SPA 77.415.422-1 $25.204.800 $21.744.894 86 43 5 1 20 6 9 0 0 100 100 10 1 100 2.0 61.14
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 $29.971.921 $21.744.894 73 36 5 1 20 6 1 50 4 100 100 10 1 100 2.0 58.28
PRAGMATIC SPA 76.532.868-3 $34.728.541 $21.744.894 63 31 5 1 20 6 0 100 8 100 100 10 1 100 2.0 57.31
MARLENE EDITH YAÑEZ BITTNER 13.953.712-2 $34.669.974 $21.744.894 63 31 4 1 25 8 0 100 8 100 100 10 - - - 56.86
INVERSIONES Y SERVICIOS DIGITALES SPA 76.121.841-7 $33.998.890 $21.744.894 64 32 10 1 10 3 0 100 8 100 100 10 1 100 2.0 54.98
CHILE POSTULANDO SPA 77.132.528-9 $34.569.148 $21.744.894 63 31 4 1 25 8 1 50 4 100 100 10 1 100 2.0 54.95
DIMACOFI SA 92.083.000-5 $30.839.378 $21.744.894 71 35 5 1 20 6 5 0 0 100 100 10 1 100 2.0 53.26
NOMBRE OFERENTE RUT A B C D E
TOTAL
LUGAR
PRODATA SPA 79.808.810-6 45 30 8 10 2.0 94.63 1°
TECHNOSYSTEMS CHILE SPA 96.678.350-8 48 30 4 10 2.0 94.04 2°
ABASTECEDORA ARREDONDO SPA 78.345.642-7 40 30 8 10 2.0 90.23 3°
AURA XD SPA 76.359.312-6 44 30 4 10 2.0 90.07 4°
SANDOS SPA 77.319.537-4 43 30 4 10 2.0 88.68 5°
MS PROVEEDORES INDUSTRIALES LIMITADA 77.968.003-7 34 30 4 10 2.0 79.52 6°
OMA SPA 77.072.745-6 36 30 0 10 2.0 77.94 7°
COMERCIALIZADORA IGESCOM SPA 77.152.668-3 44 15 4 10 2.0 74.51 8°
MATCH POINT SPA 78.433.600-K 46 8 8 10 2.0 73.94 9°
PRODUCTOS Y SERVICIOS INFORMATICOS TORRES SPA 77.229.656-8 50 8 4 10 2.0 73.50 10°
INFRAESTRUCTURAS DEPORTIVAS Y RECREACIONALES CHILE SPA 76.176.585-K 32 30 0 10 2.0 73.50 11°
R y C SERVICIOS COMPUTACIONALES LIMITADA 79.968.900-6 44 10 8 5 2.0 69.39 12°
SOLUCIONES TECNOLOGICAS AVITECH LTDA 77.858.694-0 39 6 8 10 2.0 65.09 13°
SERVICIOS INTEGRALES ACBAR SPA 78.293.891-6 35 10 8 10 2.0 64.94 14°
SOCIEDAD COMERCIAL ALCA LIMITADA 76.596.570-5 43 6 4 10 2.0 64.84 15°
JORGE DANIEL TORO PONCE DE LEON 15.911.723-5 31 15 4 10 2.0 62.25 16°
MAVE TECHNOLOGY SPA 77.415.422-1 43 6 0 10 2.0 61.14 17°
SORAYA ANICH ALLEL 7.811.115-1 36 6 4 10 2.0 58.28 18°
PRAGMATIC SPA 76.532.868-3 31 6 8 10 2.0 57.31 19°
MARLENE EDITH YAÑEZ BITTNER 13.953.712-2 31 8 8 10 - 56.86 20°
INVERSIONES Y SERVICIOS DIGITALES SPA 76.121.841-7 32 3 8 10 2.0 54.98 21°
CHILE POSTULANDO SPA 77.132.528-9 31 8 4 10 2.0 54.95 22°
DIMACOFI SA 92.083.000-5 35 6 0 10 2.0 53.26 23°
12. El Acta de Evaluación de la oferta de fecha 16 de marzo de 2026, donde se propone adjudicar la licitación ID 2446-58-LE26 al oferente PRODATA SPA, RUT 79.808.810-6, en virtud de obtener el mayor puntaje ponderado (94.63), cumpliendo con los requisitos de adjudicación.
13. El Que, existe disponibilidad presupuestaria para la Adquisición de Equipamiento Computacional, aprobados por el Proyecto Presupuestario del Departamento de Gestión de Sistemas y TICS año 2026.
14. Que, por Decreto N°113 y N°114 de fecha 26 de enero de 2026, se aprueba Plan Anual de Compras periodo 2026, que autoriza la Adquisición de Equipamiento Computacional asignado a la cuenta N°29-06-001 “Insumos, Repuestos y Accesorios Computacionales”, generándose el ID N°3438-425-PC26.
15. Que, verificado el sistema de información, se constatan que no se efectúan observaciones al acto de apertura, al tenor de lo establecido en el artículo 51 del DS 661 de 2024, Reglamento de la Ley N°19.886.
16. Que, por Decreto N°1788 del 12 de junio de 2025, número I Letra a) fue delegado el ejercicio de parte de las atribuciones del Alcalde al Administrador Municipal, en lo que respecta a materias de licitaciones públicas.
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1. APRUÉBESE el acta de evaluación, de 24 de abril de 2026, emitida por los evaluadores designados mediante la Guía de Requerimiento N°187 de fecha 03 de febrero de 2026 y el Decreto Exento N°1150 de fecha 03 de marzo de 2026.
2. DECLARESE INADMISIBLE las ofertas presentadas por los proveedores; COMERCIAL SF, RUT 70.080.334-0;IMPORTACIONES Y SERVICIOS ADVANCED COMPUTING TECHNOLOGIES S.A, RUT 96.609.940-2; AURATEC SPA, RUT 77.519.114-7; PULMAHUE SPA, RUT 76.681.561-8; IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CHIVENSU SPA,RUT 77.741.502-6; COMERCIALIZADORA MAPY LIMITADA, RUT 77.646.099-0; COMERCIALIZADORA SANTA CATALINA SPA, RUT 77.474.803-2; FAMA STORE LIMITADA, RUT 78.128.416-5; FC REDES SPA, RUT 76.887.841-2; INMOBILIARIA INNOVA SPA, RUT 76.924.082-9; JOSEFA SPA, RUT 77.363.939-6; PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A, RUT 96.556.940-5; SERVICIOS MAPUE SPA, RUT 76.802.554-1; STEINBORT SPA, RUT 77.541.469-3, al tenor de lo indicado en el considerando duodécimo del presente decreto, conforme lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley N° 19.886.
1. ADJUDÍQUESE la Propuesta Pública Nº68/2026 ID-2446-58-LE26 ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL, al proveedor PRODATA SPA, RUT 79.808.810-6, por un monto total de $24.359.433.- (Veinticuatro millones trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos treinta y tres pesos) IVA Incluido.
2. PUBLÍQUESE el presente Decreto, y Acta de Evaluación adjunta, en el sistema de informaciónwww.mercadopublico.cl, para los efectos previstos en la Ley N°19.886 y en su Reglamento.
3. IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto Municipal año 2026, N° de cuenta: 215-29-06-001-000-000-047. Centro de Costos Gestión de Sistemas y TICS.
4. AUTORÍCESE la emisión de la respectiva Orden de Compra para formalizar la contratación entre la Municipalidad de Coquimbo y el adjudicatario; al tenor de lo señalado en las bases administrativas. Lo anterior, una vez que el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas haya verificado el cumplimiento de los requisitos para contratar establecidos en los documentos del proceso licitatorio.
Anótese, Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese
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