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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1233613-117-LP24
Adjudicación Informada en portal el
10/1/2025 19:31
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En
Punta Arenas,
06-01-2025
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Nro de
Resolución
0005
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Vistos
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Lo dispuesto en la Ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública; Ley 21.544, modifica y complementa normas que indica respecto del sistema educativo; en la Ley 21.722, de presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025; en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en su Reglamento por Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda; Decreto con Fuerza de Ley N°55 del año 2019 emitido por el Ministerio de Educación que fija Planta de Personal del Servicio Local de Educación pública Magallanes; en el Decreto N° 20, de 2021, del Ministerio de Educación, que fija denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica; en el Decreto N° 68 de 2021 del Ministerio de Educación que modifica el Decreto N° 20, por las razones y forma que indica; Decreto Supremo N° 111 de fecha, 31 de mayo de 2022 que designa Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública Magallanes, de las Comunas de Punta Arenas, Laguna Blanca, Río Verde, San Gregorio, Cabo de Hornos, Antártica, Porvenir, Primavera, Timaukel, Natales y Torres del Paine; en la Resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón de las materias de personal que indica; en la Resolución Exenta N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y;
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Considerando
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1.- Que, la Ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, en adelante la Ley, determinó una nueva institucionalidad estableciendo la existencia de Servicios Locales de Educación Pública (Servicio Local o SLEP), que son servicios públicos descentralizados, con personalidad y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República, a través del Ministerio de Educación;
2.- Que, la mencionada Ley establece que su finalidad es proveer, en relación a la red de establecimientos educacionales de su dependencia, el servicio educacional en los niveles y modalidades que corresponda, velando por la mejora continua de la calidad de la educación en las
comunas de Punta Arenas, Laguna Blanca, Río Verde, San Gregorio, Cabo de Hornos, Antártica, Porvenir, Primavera, Timaukel, Natales y Torres del Paine.
3.- Que, con fecha 02 de diciembre de 2024, a través de Resolución Exenta N.º 01008, del Director Ejecutivo del Slep de Magallanes se llamó a licitación y se aprobaron bases para licitación pública denominada “SERVICIO DE ARRIENDO DE CÁMARAS DE VIGILANCIA” identificada con el ID 1233613-117-LP24.
4.- Que, con fecha 03 de enero de 2024, la comisión evaluadora procedió a efectuar el acta de apertura, en la cual arrojó que el único oferente no presentó el plan de mantención preventivo, requisito establecido en las bases como documento de admisibilidad, sugiriendo al Director ejecutivo declarar desierta la licitación.
5.- Que, resulta oportuno Indicar que el artículo 9°, Inciso primero, de la Ley Nº 19.886, establece, en lo pertinente, que el órgano contratante declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que éstas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento. Añade, el inciso segundo, que en ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada;
6.- Que, en mérito de lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo, por lo que
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Resuelvo
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1° DECLÁRASE INADMISIBLE, la oferta del proveedor STS SPA RUT 76.816.594-7, por no cumplir con los requisitos mínimos de admisibilidad establecidos en las bases según lo constatado en acta de apertura individualizada en el considerativo N°3.
2° DECLÁRASE desierta licitación pública 1233613-117-LP24, aprobadas por Resolución Exenta N.º 01008 del 18/10/2024, por los motivos fundados en la parte considerativa de este documento.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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Servicio Local de Educación Pública Magallanes
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Unidad de Compra
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Servicio Local de Educación Pública Magallanes
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R.U.T.
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61.980.960-2
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Dirección
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Lautaro Navarro 1021
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Comuna
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Punta Arenas
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región de Magallanes y de la Antártica
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Claudia Paz Sabando Muñoz
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Cargo
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Profesional de Compras
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Teléfono
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1233613-117-LP24
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Nombre de Adquisición
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SERVICIO DE ARRIENDO DE CÁMARAS DE VIGILANCIA
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
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Descripción
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SERVICIO DE ARRIENDO DE CÁMARAS VIGILANCIA SEGÚN REX N° 1008
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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18/10/2024 16:49
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Fecha de Cierre
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7/11/2024 17:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 0
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 0
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Comisión Evaluadora
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| 10778812-3 | CAROLINA FIGUEROA MUÑOZ | Gestión territorial |
| 15308562-5 | HECTOR SOLA GALLARDO | TI |
| 19988935-4 | MATIAS TORRES VARGAS | TI |
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Resultado de la Adjudicación
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La línea de productos/servicios no tiene ofertas, por tanto esta desierta. |
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