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1°) La Ley N° 17.301 de 1970 del Ministerio de Educación que “Crea Corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles”; 2°) el Decreto Supremo N°1574 de 1971 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 17.301; 3°) la Ley N °21.395 del Ministerio de Hacienda “Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2022”; 4°) la Ley N° 19.886 de 2003, del Ministerio de Hacienda “Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”; 5°) el Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”; 6°) el Decreto Exento N°375 del 8 de abril de 2022 que establece orden de subrogación del cargo de Vicepresidente(a) Ejecutivo(a) de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.; 7°) la Resolución TRA N° 110790/265/2018 del 20 de diciembre de 2018 de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que nombra como Directora Regional Metropolitana, a doña Mónica Morales Seguel; 8°) la Resolución TRA N° 110790/1247/2021 de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que renueva el nombramiento como Directora Regional Metropolitana, de doña Mónica Morales Seguel; 9°) la Resolución N° 4 de fecha 08 de febrero de 2022 que Aprueba y refunde en texto único delegación de facultades de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles en funcionarios que se indica y deja sin efecto todos los actos administrativos que delegan facultades de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles en funcionarios determinados; 10°) la Resolución Exenta N°015/244 de 30 de abril de 2019, de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que “Aprueba Nuevo Manual de Procedimientos de Compras y Contrataciones Públicas, para la Junta Nacional de Jardines Infantiles y deja sin efecto Resolución Exenta N°015/907 del 30 de diciembre de 2015; 11°) la Resolución N°7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que “Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón”; 12°) la Resolución N°16 de 2020, de la Contraloría General de la República, que “Determina los montos en UTM a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda”; 13°) la Resolución Exenta RA N° 110790/44/2022 de fecha 10 de enero de 2022, que encomienda de funciones directivas; 14°) la Resolución Exenta RA N°110790/33/2022 de fecha 10 de enero de 2022, que establece orden de subrogancia; 15°) la Solicitud de Compras N°49.613 de fecha 23 de noviembre de 2022, de la Unidad de Tecnologías de la Información; y 16°) Resolución Exenta N° 015/0413 de fecha 24 de noviembre de 2022, que aprueba Bases Administrativas, Especificaciones técnicas para la adquisición de ACCESORIOS COMPUTACIONALES PARA DEPENDENCIAS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA; 17°) Demás antecedentes tenidos a la vista.
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1. Que, mediante la Solicitud de Compras N°49.613 de fecha 23 de noviembre de 2022, la Unidad de Tecnologías de la Información requiere la adquisición de ACCESORIOS COMPUTACIONALES PARA DEPENDENCIAS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA.
2. Que, por Resolución Exenta N° 015/0413 de fecha 24 de noviembre de 2022, se aprueban Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y sus respectivos Anexos, para la Adquisición de Accesorios Computacionales para dependencias de la Junta Nacional de Jardines Infantiles; y se autoriza el llamado a licitación pública a través del sitio www.mercadopublico.cl
3. Que, con fecha 25/11/2022 se publicó este requerimiento en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, bajo el ID 855-35-L122.
4. Que, al cumplirse la fecha de cierre de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl se presentaron seis (6) ofertas, según detalle:
5. Que, con fecha 14 de diciembre de 2022, se reúne la Comisión Evaluadora compuesta por los siguientes funcionarios:
Nombre funcionario Cargo
César Cárdenas Barrientos Técnico de la Subdirección de Comunicaciones
Nelson Galaz Castillo Técnico de la Unidad de Tecnologías de Información de la Subdirección de Planificación
José Navarro Pérez Encargado de presupuesto de la Subdirección de Planificación
Jessica Sánchez Lae Profesional de Gestión Subdirección de Recursos Financieros, Secretaria de Actas
6. Que, efectuada la apertura electrónica y revisados los requisitos de admisibilidad de las ofertas, la comisión evaluadora constata lo siguiente:
• El oferente COMERCIAL AGUSTIN LOPEZ RODRIGUEZ E.I.R.L, presenta todos los anexos Administrativos, Técnicos y Económicos en tiempo y forma, según lo indicado en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación, sin embargo, no presenta ficha técnica de los productos ofertados, según se indica en punto 11.3 de Bases Administrativas: "Además, el proveedor deberá presentar de manera obligatoria una ficha técnica donde incluya el modelo, marca, características técnicas de los accesorios ofertados y una foto referencial de los productos. Si no se presenta la ficha técnica, la oferta será declarada inadmisible". Por lo expuesto, oferta es declarada inadmisible.
• El oferente ALTA SISTEMAS SPA, presenta todos los anexos Administrativos, Técnicos y Económicos en tiempo y forma, según lo indicado en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación, por lo cual oferta es admisible.
• El oferente EXPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RB SPA, presenta todos los anexos Administrativos, Técnicos y Económicos en tiempo y forma, según lo indicado en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación, por lo cual oferta es admisible.
• El oferente ALEX JAVIER MARÍN CHACÓN, presenta todos los anexos Administrativos, Técnicos y Económicos en tiempo y forma, según lo indicado en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación, por lo cual oferta es admisible.
• El oferente PUNTOBAT S.p.A. presenta todos los anexos Administrativos, Técnicos y Económicos en tiempo y forma, según lo indicado en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación; sin embargo, para las ofertas en líneas 2 y 3 no presenta ficha técnica por lo que se declara inadmisible, según lo indicado en punto 11,3 de Bases, en que se señala: "Además, el proveedor deberá presentar de manera obligatoria una ficha técnica donde incluya el modelo, marca, características técnicas de los accesorios ofertados y una foto referencial de los productos. Si no se presenta la ficha técnica, la oferta será declarada inadmisible". Por lo expuesto, se declara admisible sólo para las líneas 1,4 y 5.
• El oferente IVONNE BELÉN DÍAZ AMPUERO, presenta todos los anexos Administrativos, Técnicos y Económicos en tiempo y forma, según lo indicado en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación; sin embargo, para la oferta de líneas 2 no presenta ficha técnica por lo que se declara inadmisible, según lo indicado en punto 11,3 de Bases, en que se señala: "Además, el proveedor deberá presentar de manera obligatoria una ficha técnica donde incluya el modelo, marca, características técnicas de los accesorios ofertados y una foto referencial de los productos. Si no se presenta la ficha técnica, la oferta será declarada inadmisible". Por lo expuesto, se declara admisible sólo las ofertas de las líneas 3 y 4.
La comisión evaluadora revisa las ofertas técnicas de cada proveedor, por cada línea de contratación:
• Comisión evaluadora propone declarar desierta línea de contratación N°2 MONITOR 24 ", por ofertas inadmisibles y ofertas que no cumplen con Especificaciones Técnicas.
8. Que, las Bases Administrativas de la licitación pública ID 855-35 L122, sancionadas mediante Resolución Exenta N° 015/0413 de fecha 24 de noviembre de 2022, señalan en el párrafo primero de su punto 17 que: “La entidad licitante podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases”.
9. Que, según lo expuesto, mediante el Informe de evaluación que forma parte integrante de la presente Resolución, la comisión evaluadora propone declarar inadmisible la oferta de COMERCIAL AGUSTIN LOPEZ RODRIGUEZ E.I.R.L RUT: 76.273.835-K, las ofertas en líneas 2 y 3 de PUNTOBAT SPA RUT: 76.175.712-1 y la oferta de línea 2 de IVONNE BELÉN DÍAZ AMPUERO RUT: 15.435.420-4, de la licitación ID 855-35-L122, PARA LA ADQUISICION DE ACCESORIOS COMPUTACIONALES PARA DEPENDENCIAS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA, por los motivos ahí señalados.
10. Que, las Bases Administrativas de la licitación pública ID 855-35-L122, sancionadas mediante Resolución Exenta N° 015/0413 de fecha 24 de noviembre de 2022, señalan en el párrafo segundo de su punto 17 que: “La entidad licitante declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada”.
11. Que, por los motivos indicados en el Informe de evaluación, que forma parte integrante del presente documento, la comisión evaluadora propone declarar desierta la línea de contratación N°2 MONITOR 24", de la licitación ID 855-35-L122, PARA LA ADQUISICION DE ACCESORIOS COMPUTACIONALES PARA DEPENDENCIAS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA.
12. Que, en mismo Informe de Evaluación aludido anteriormente, la comisión evaluadora propone adjudicar la licitación 855-35-L122 "ADQUISICION DE ACCESORIOS COMPUTACIONALES PARA DEPENDENCIAS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA" a quienes luego de la evaluación, obtienen mayores puntajes en cada una de las líneas de contratación, cumpliendo con lo solicitado en Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación y su propuesta se encuentra dentro del presupuesto referencial asignado, de acuerdo al siguiente detalle:
Línea de contratación N° Oferente RUT
1 PUNTOBAT SPA 76.175.712-1
3 y 5 EXPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RB SPA 77.267.947-5
4 IVONNE BELÉN DÍAZ AMPUERO 15.435.420-4
13. Que, debe dictarse el acto administrativo de rigor que declare la inadmisibilidad de las ofertas, deserción de línea de contratación y la respectiva adjudicación de la licitación pública 855-35-L122, para la ADQUISICION DE ACCESORIOS COMPUTACIONALES PARA DEPENDENCIAS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA.
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