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1) La disponibilidad presupuestaria existente para financiar la adquisición de lubricantes para el parque vehicular de cargo diferentes unidades dependientes de la Zona Carabineros Araucanía.
2) Los criterios y metodología de evaluación establecidos en las Bases Administrativas de la Licitación.
3) Lo establecido en el Acta de Apertura electrónica de las ofertas, en la cual consta la presentación de catorce ofertas.
• COMERCIALIZADORA EXPRESSVIRTUAL SPA, Rut: 76.511.768-2
• BAROTECH SPA, Rut: 76.772.598-1
• COMERCIALIZADORA GEDEON SPA, Rut: 77.530.521-5
• DISTRIBUIDORA VINA DEL MAR S.A., Rut: 76.888.106-5
• HIDALGO E INGENIERIA SPA, Rut: 76.888.106-5
• LUBRICANTES DEL SALITRE LIMITADA, Rut: 76.130.178-0
• MAXE SPA, Rut: 77.782.916-5
• TALLER MECANICO PYP SPA, Rut: 77.293.636-2
• RC IMPORTACIONES SPA, Rut: 76.241.389-2
• SERGIO ESCOBAR MIRANDA Y COMPANIA LIMITADA, Rut: 77.120.160-1
• SERVELEC SPA, Rut: 76.192.465-6
• SERVICIOS INTEGRALES LOS ANGELES SPA, Rut: 77.242.976-2
• SERVIREPUESTOS MULTIMARCAS SPA, Rut: 77.808.294-2
• SOCIEDAD COMERCIALIZADORA TECNOLUB LTDA, Rut: 76.925.980-5
SE RESUELVE:
I. DECLARESE, inadmisible las siguientes ofertas por no cumplir con los requerimientos y parámetros especificados en la licitación pública ID 1078177-19-LE25
COMERCIALIZADORA EXPRESSVIRTUAL SPA Rut: 76.511.768-2 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el numeral 2 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O TECNOLOGIA SINTETICA”, en el numeral 3 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O FULL SINTETICA”, en el numeral 4 “TECNOLOGIA SINTETICA” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SOLO SINTETICO O FULL SINTETICA”, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
BAROTECH SPA Rut: 76.772.598-1se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el Numeral 5 oferta un producto distinto al solicitado, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
COMERCIALIZADORA GEDEON SPA Rut: 77.530.521-5 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el Numeral 3 “TECNOLOGIA SINTETICA” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O FULL SINTETICA”, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
DISTRIBUIDORA VINA DEL MAR S.A. Rut: 76.888.106-5 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el Numeral 3 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O FULL SINTETICA”, Numeral 5 oferta un producto distinto al solicitado, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
HIDALGO E INGENIERIA SPA Rut: 77.287.631-9 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada “ NO INDICA MARCA NI TIPO DE ACEITE”, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
LUBRICANTES DEL SALITRE LIMITADA Rut: 76.130.178-0 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el Numeral 3 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O FULL SINTETICA”, Numeral 4 “TECNOLOGIA SINTETICA” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SINTETICO O FULL SINTETICA”, en el Numeral 5 oferta un producto distinto al solicitado, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
MAXE SPA Rut: 77.782.916-5 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el Numeral 2 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O TECNOLOGIA SINTETICA”, en el Numeral 4 “TECNOLOGIA SINTETICA” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SINTETICO O FULL SINTETICA”, en el Numeral 5 oferta un producto distinto al solicitado, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
RC IMPORTACIONES SPA Rut: 76.241.389-2 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el Numeral 3 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O FULL SINTETICA”, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
SERVELEC SPA Rut: 76.192.465-6 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el numeral 2 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O TECNOLOGIA SINTETICA”, en el numeral 3 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O FULL SINTETICA”, en el numeral 4 “ACEITE TECNOLOGIA SINTETICA” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SOLO SINTETICO O FULL SINTETICA”, en el Numeral 5 oferta un producto distinto al solicitado, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
SERVICIOS INTEGRALES LOS ANGELES SPA Rut: 77.242.976-2 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el numeral 2 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O TECNOLOGIA SINTETICA”, en el numeral 3 “ACEITE MINERAL” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SEMI SINTETICO, SINTETICO O FULL SINTETICA”, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
SERVIREPUESTOS MULTIMARCAS SPA Rut: 77.808.294-2 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada “ NO INDICA MARCA NI TIPO DE ACEITE”, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
SOCIEDAD COMERCIALIZADORA TECNOLUB LTDA. Rut: 76.925.980-5 se rechaza técnicamente toda vez que conforme a su oferta presentada esta indica en el numeral 4 “ACEITE TECNOLOGIA SINTETICA” siendo diferente a lo solicitado “ACEITE SOLO SINTETICO O FULL SINTETICA”, en el Numeral 5 oferta un producto distinto al solicitado, conforme a lo anteriormente expuesto, se rechaza técnicamente su oferta por no cumplir con el punto 2.1 requerimiento técnico indicado en el anexo nro. 1 criterios y metodologías de evaluación que regulan el proceso licitatorio, el que señala que, La propuesta que NO cumpla con la totalidad de los requerimientos exigidos en el Anexo N°2 “Requerimientos Técnicos”, será rechazada técnicamente, sin continuar con la evaluación de la misma.
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