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1) La Ley N° 17.301 de 1970 del Ministerio de Educación que “Crea Corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles”; 2°) el Decreto Supremo N°1574 de 1971 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 17.301; 3°) la Ley N °21.640 del Ministerio de Hacienda “Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024”; 4°) la Ley N° 19.886 de 2003, del Ministerio de Hacienda “Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”; 5°) el Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”; 6°) el Decreto Supremo N°0001 del Ministerio de Educación, del 04 de enero del 2023, que nombra en el cargo de vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, a doña Daniela Paz Triviño Millar; 7°) la Resolución N° 808 de fecha 29 de noviembre de 2023 que Aprueba y refunde en texto único delegación de facultades de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles en funcionarios que se indica y deja sin efecto todos los actos administrativos que delegan facultades de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles en funcionarios determinados; 8°) la Resolución Exenta N°015/244 de 30 de abril de 2019, de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que “Aprueba Nuevo Manual de Procedimientos de Compras y Contrataciones Públicas, para la Junta Nacional de Jardines Infantiles y deja sin efecto Resolución Exenta N°015/907 del 30 de diciembre de 2015; 9°) la Resolución N°7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que “Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón”; 10°) la Resolución N°14 de 2022, de la Contraloría General de la República, que “Determina los montos en UTM a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda”; 11°) Res. Exenta RA 110790/437/2023 de fecha 03/04/2023 que nombra en cargo de Alta Dirección Pública a Doña Paola Valenzuela Pino; 12°) Rex Exenta RA N° 110790/81/2024 de fecha 11/01/2024 que encomienda función directiva; 13°) Res. Exenta RA N° 110790/80/2024 de fecha 11/01/2024 que establece orden de subrogancia; 14°) El Oficio Circular N°14, de fecha 08 de marzo de 2023, que “Suspende funcionamiento de Plataforma Pago Automatizado”, de la Dirección de Presupuestos; 15°) la Solicitud de Compras y Contrataciones N°53.554 de fecha 29/11/2023, de la Subdirección de Calidad Educativa; 16°) Resolución Exenta N°080 de fecha 08/02/2024, que aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos para la ADQUISICION DE MATERIAL DIDACTICO FUNGIBLE Y NO FUNGIBLE PROGRAMAS 01 Y 02 PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGION DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA; 17°) Informes de Evaluación 1 y 2 de fechas 14 y 26 de marzo de 2024 respectivamente; 18°) Informe técnico de muestras de fecha 26/03/2024; 19°) y demás antecedentes tenidos a la vista.
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1. Que, mediante la Solicitud de Compras y Contrataciones N°53.554 de fecha 29/11/2023, la Subdirección de Calidad Educativa requiere la ADQUISICION DE MATERIAL DIDACTICO FUNGIBLE Y NO FUNGIBLE PROGRAMAS 01 Y 02 DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGION DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA.
2. Que, esta contratación con las especificaciones técnicas requeridas, no se encuentra en el catálogo electrónico de la Dirección de Compras Públicas [http://www.mercadopublico.cl] .
3. Que, por Resolución Exenta N° 015/080 de fecha 08 de febrero de 2024, se aprueban Bases administrativas, Especificaciones Técnicas y sus respectivos Anexos, para la Licitación de ADQUISICION DE MATERIAL DIDACTICO FUNGIBLE Y NO FUNGIBLE PROGRAMAS 01 Y 02 DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGION DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA; y se autoriza el llamado a licitación pública a través del sitio www.mercadopublico.cl, para levantar nuevamente el requerimiento.
4. Que, con fecha 09/02/2024 se publicó este requerimiento en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, bajo el ID 855-5-LP24.
5. Que, al cumplirse la fecha de cierre de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl se presentaron trece (13) ofertas, según detalle:
6. Que, con fecha 14 de marzo de 2024, se reúne la Comisión Evaluadora compuesta por los siguientes funcionarios:
Nombre funcionario Cargo
Macarena Díaz Vargas Profesional de la Subdirección de Calidad Educativa.
Katherinne Dumenez Millalonco Profesional de la Subdirección de Calidad Educativa.
Ixia Mendoza Labatut Profesional de la Subdirección de Calidad Educativa.
Jessica Sánchez Lae Profesional de Recursos Financieros, Secretaria de Actas
7. Que, efectuada la apertura electrónica y revisados los antecedentes requeridos, la comisión evaluadora constata lo siguiente, lo que señala en su Informe de fecha 14/03/2024:
• El oferente ALVARO PEREZ FUENZALIDA presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA AUKINKO LTDA presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente CENTRO DE INNOVACIONES EDUCATIVAS INFANTILES SPA presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente JOSÉ HERMINIO BARRIENTOS BARRIENTOS presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente SOCIEDAD COMERCIAL DIDACTICOS CHILE LIMITADA presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente IMPORTADORA Y EXPORTADORA CORELLA LIMITADA presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente IMPORTADORA Y EXPORTADORA ESTADO LIMITADA no presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas, ya que faltó adjuntar oferta técnica mediante Anexo 3. Por lo expuesto se propone declarar la oferta inadmisible.
• El oferente IVÁN DAMIR STIPICIC MATIC presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente MOENA Y RAMIREZ SPA presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente COMERCIALIZADORA MUNDO SALUDABLE LIMITADA presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente PLASTIMAR LIMITADA presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente COMERCIAL RED OFFICE MAGALLANES LIMITADA presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
• El oferente SEIGARD CHILE S A presenta todos los anexos solicitados en la licitación en tiempo y forma, según lo requerido en Bases administrativas.
8. Que, en mismo informe aludido en punto anterior, se revisan las ofertas técnicas de material fungible, obteniendo el siguiente detalle:
Comisión evaluadora propone que las líneas 5,22,31y34 se declaren desiertas por ofertas inadmisibles, ya que ofertas presentadas no cumplen con Especificaciones Técnicas.
9. Comisión evaluadora se reúne en Bodega Regional para revisión de muestras de material no fungible (Líneas de contratación 35 a 54), información se refleja en Informe de evaluación de fecha 26/03/2024:
• Se adjunta Informe de Evaluación Técnica de muestras firmado por Comisión Evaluadora en el proceso licitatorio ID 855-5-LP24, en el que se encuentra en detalle el proceso de selección de muestras.
• De las 63 muestras recibidas de productos, se seleccionaron 26.
• Comisión Evaluadora propone declarar desiertas las siguientes líneas de contratación: 35,39,40,44,45,46,53 Y 54 por no presentación de ofertas y/u ofertas inadmisibles por no cumplimiento de especificaciones técnicas.
10. Que, las Bases Administrativas de la licitación pública ID 855-5-LP24, sancionadas mediante Resolución Exenta N° 015/080 de fecha 08 de febrero de 2024, señalan en el párrafo primero de su punto 21 que: “la entidad podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases”.
11. Que, según lo anteriormente expuesto y al informe de evaluación de fecha 14/03/2024 que forma parte integrante del presente documento, comisión evaluadora propone declarar inadmisible la oferta del proveedor IMPORTADORA Y EXPORTADORA ESTADO LIMITADA de licitación 855-5-LP24 para la ADQUISICION DE MATERIAL DIDACTICO FUNGIBLE Y NO FUNGIBLE PROGRAMAS 01 Y 02 DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGION DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA, por no presentar Anexo 3 de oferta técnica.
12. Que, las Bases Administrativas de la licitación pública ID 855-5-LP24, sancionadas mediante Resolución Exenta N°015/080 de fecha 08 de febrero de 2024, señalan en el párrafo segundo de su punto 21 que: “La entidad licitante declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada”.
13. Que, según lo precedentemente aludido y en base a los informes de evaluación de fechas 14/03/2024 y 26/03/2024 respectivamente que forma parte de la presente resolución, comisión evaluadora propone declarar desiertas las líneas de contratación N°5,22,31,34,35,39,40,44,45,46,53 y 54 de licitación 855-5-LP24 para la ADQUISICION DE MATERIAL DIDACTICO FUNGIBLE Y NO FUNGIBLE PROGRAMAS 01 Y 02 DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGION DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA, por los motivos ahí señalados.
14. Que, se propone adjudicar la licitación 855-5-LP24 para la ADQUISICION DE MATERIAL DIDACTICO FUNGIBLE Y NO FUNGIBLE PROGRAMAS 01 Y 02 DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGION DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA, a los siguientes oferentes por cada línea de contratación, quienes cumplen con lo solicitado en las bases administrativas y especificaciones técnicas, obteniendo el puntaje mayor en las respectivas líneas de contratación, en una escala de 1 a 10 puntos y sus propuestas se encuentra dentro del marco presupuestario referencial para la licitación, según el siguiente detalle:
Linea de contratación N° Oferente RUT
1,3,7,8,10,12,14,17,20,21,28 COMERCIAL RED OFFICE MAGALLANES LIMITADA 78.307.990-9
2,6,32,33,36,48 IVÁN DAMIR STIPICIC MATIC 8.588.169-8
9,16,18,19,37,47,50,52 SEIGARD CHILE S.A. 96.978.670-2
29 ALVARO PEREZ FUENZALIDA 4.502.341-9
4 MOENA Y RAMIREZ SPA-LIBROMANIA 76.140.251-K
11,13,15,23,24,25,26,30 JOSÉ HERMINIO BARRIENTOS BARRIENTOS 7.560.370-3
27,42,49 PLASTIMAR LIMITADA 76.354.051-0
38,43 IMPORTADORA Y EXPORTADORA CORELLA LIMITADA 77.771.940-8
41,51 IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA AUKINKO LTDA 86.442.000-1
15. Que, debe dictarse el acto administrativo de rigor que declare las ofertas inadmisibles, desiertas las líneas de contratación y la respectiva adjudicación de la licitación pública 855-5-LP24 para la ADQUISICION DE MATERIAL DIDACTICO FUNGIBLE PROGRAMAS 01 Y 02 DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES REGION DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA.
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