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La Ley N°21.796, de Presupuestos del Sector Público vigente para el Año 2026; la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones; el D.S. N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; la Resolución Exenta N°158 de 2024, de la Dirección de Presupuestos, que Crea el Subdepartamento de Administración y Finanzas; la Resolución Exenta N°439, de 2025, de la Dirección de Presupuestos, que Designa Jefaturas del Subdepartamento de Administración y Finanzas y Establece Orden de Subrogancia; la Resolución Exenta N°641, de 2025, de la Dirección de Presupuestos, que Delega Ejercicio de Atribuciones y Facultades y deja sin efecto Resoluciones Exentas que indica; la Resolución Exenta N°1.109, de 2025, de la Dirección de Presupuestos, que Aprueba Bases y Anexos de Licitación Pública para la Adquisición de Cintas Magnéticas LTO-6 para la Dirección de Presupuestos; la Resolución Exenta N°1.130, de 2025, de la Dirección de Presupuestos, que Designa Comisión Evaluadora para el Proceso de Licitación Pública ID N°1618-14-LE25 para la Adquisición de Cintas Magnéticas LTO-6 para la Dirección de Presupuestos, y la Resolución N°36, de 2024, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
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1°.- La necesidad de la Dirección de Presupuestos, en adelante DIPRES, a través del Departamento de Tecnologías de la Información, en adelante DTI, de adquirir trescientas (300) cintas magnéticas LTO-6 con sus respectivas etiquetas, para stock de informática y posterior uso en la realización de respaldos de información institucional;
2°.- Que, con este fin, se publicó el proceso de licitación pública ID N°1618-14-LE25 de fecha 24 de diciembre de 2025, a través de la Plataforma de Licitaciones de ChileCompra www.mercadopublico.cl;
3°.- Que, según se indicó en el calendario de la presente licitación pública, con fecha 02 de enero de 2026 se realizó la apertura electrónica de las ofertas, constatándose el recibo de seis (06) propuestas;
4°.- Que, con el fin de evaluar las propuestas presentadas y según lo señalado en el artículo 11° de las Bases de Licitación, mediante Resolución Exenta N°1.130 de fecha 31 de diciembre de 2025, de DIPRES, fue designada la Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes funcionarios de DIPRES:
- Jefe del Departamento de Tecnologías de la Información, don José Luis Flores Monsálvez, profesional Planta G°5 EUS.
- Jefe del Subdepartamento de Sistemas de Información Productivos del Departamento de Tecnologías de la Información, don Francisco Miranda Carreño, profesional a Contrata G°7 EUS.
- Profesional del Subdepartamento de Sistemas de Información Productivos del Departamento de Tecnologías de la Información, don Roberto Vergara Sagredo, profesional a Contrata G°8 EUS.
- Jefe Subdepartamento de Administración y Finanzas, don René Ibarrola Sandoval, profesional a Contrata G°5 EUS.
- Jefa de la Sección de Abastecimiento del Subdepartamento de Administración y Finanzas, doña Patricia Orellana Oñate, profesional a Contrata G°8 EUS.
- Profesional de la Sección de Abastecimiento, doña Jeniffer Barra Espinoza, profesional a Contrata G°14 EUS;
5°.- Que, conforme se señala en el numeral 2.2 “Condiciones de exclusión de las ofertas” del artículo 2° de las Bases de Licitación del presente proceso: “Se deja expresa constancia de que una oferta será declarada inadmisible y por tanto no será evaluada técnica ni económicamente, cuando se presente alguna de las condiciones que se señalan a continuación:
1. Incumplimiento de una (01) o más de las especificaciones técnicas solicitadas del producto requerido o incompatibilidad del producto ofertado, de acuerdo con lo declarado por el oferente en el Anexo N°2 de su propuesta, definidas por DIPRES en el numeral 1.1 del artículo 1° de las presentes Bases de Licitación.
2. No presentar los Anexos N°2, N°3 y N°4 referidos en las letras b), c) y d) del numeral 2.1 precedente, debidamente completados.
3. Plazo de entrega de los productos superior a diez (10) días hábiles contados desde la fecha de envío de la orden de compra, conforme se señala en el numeral 9.1 del artículo 9° de las presentes Bases de Licitación;
6°.- Que, de acuerdo con lo señalado en el Considerando anterior y revisada la información de las propuestas señaladas en el Considerando 3. precedente, la Comisión Evaluadora constató lo siguiente:
• OFERTA N°1. “CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA”, RUT N°77.414.781-0.
La propuesta no presenta ninguna condición de exclusión de las definidas en el numeral 2.2 del artículo 2° de las Bases de Licitación.
• OFERTA N°2. “COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN TECNOLÓGICA SPA”, RUT N°76.003.546-7.
La propuesta no presenta ninguna condición de exclusión de las definidas en el numeral 2.2 del artículo 2° de las Bases de Licitación.
• OFERTA N°3. “COMERCIALIZADORA MAPY LIMITADA”, RUT N°77.646.099-0.
La propuesta no presenta ninguna condición de exclusión de las definidas en el numeral 2.2 del artículo 2° de las Bases de Licitación.
• OFERTA N°4. “EL ROMANO SPA”, RUT N°76.273.835-K.
La propuesta no presenta ninguna condición de exclusión de las definidas en el numeral 2.2 del artículo 2° de las Bases de Licitación.
• OFERTA N°5. “COMERCIALIZADORA IGESCOM SPA, RUT N°77.152.668-3.
La propuesta presenta la siguiente condición de exclusión:
3. Plazo de entrega de los productos superior a diez (10) días hábiles contados desde la fecha de envío de la orden de compra, conforme se señala en el numeral 9.1 del artículo 9° de las presentes Bases de Licitación.
El oferente declara en Anexo N°2 adjunto a su propuesta un plazo de entrega de treinta (30) días hábiles contados desde la fecha de envío de la orden de compra.
• OFERTA N°6. “SJV IMPORTACIONES Y TECNOLOGÍA SPA, RUT N°76.692.801-3.
La propuesta no presenta ninguna condición de exclusión de las definidas en el numeral 2.2 del artículo 2° de las Bases de Licitación.
7°.- Que, de acuerdo con el Considerando precedente, las propuestas que no presentan ninguna condición de exclusión y por tanto califican para la evaluación técnica y económica corresponden a los oferentes señalados en el recuadro de la Resolución de adjudicación, adjunta;
8°.- Que, la Comisión Evaluadora se reunió para realizar la revisión y evaluación de todos los antecedentes de las ofertas señaladas en el Considerando precedente, considerando los criterios y requisitos fijados en el artículo 10°. “Evaluación de las propuestas” de las Bases de Licitación, aprobadas mediante Resolución Exenta N°1109 de fecha 24 de diciembre de 2025, de DIPRES, en las cuales se establece que el puntaje máximo a asignar a las propuestas será de cien (100) puntos;
9°.- Que, de acuerdo con los criterios y ponderaciones definidos en el artículo 10°. “Evaluación de las propuestas” de las Bases de Licitación, los cuales se detallan en el Considerando anterior, los puntajes totales obtenidos por las propuestas evaluadas son los señalados en la Res. de adjudicación, adjunta;
10°.- Que, de acuerdo con los antecedentes aportados por los oferentes participantes y realizada la revisión y evaluación de estos, la Comisión Evaluadora recomienda la adjudicación del presente proceso de licitación pública ID N°1618-14-LE25, al oferente “CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA”, RUT N°77.414.781-0, para la adquisición de trescientas (300) cintas magnéticas LTO-6 para la Dirección de Presupuestos (incluidas sus respectivas etiquetas correlativas), según características definidas en el numeral 1.1 del artículo 1° de las Bases de Licitación, por un monto total de US$9.600 + IVA (nueve mil seiscientos dólares americanos más IVA);
11°.- Que, con la publicación de la adjudicación del presente proceso de licitación pública, DIPRES emitirá una orden de compra la cual CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA deberá aceptar en el Portal MercadoPúblico en un plazo no mayor a un (01) día hábil, según se define en el párrafo primero del artículo 14° de las Bases de Licitación;
12°.- Que, según se define en el párrafo tercero del artículo 14° de las Bases de Licitación, CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA deberá realizar la entrega de los productos en el plazo ofertado y declarado en la sección 1. del Anexo N°2 de su propuesta, el cual corresponde a un plazo máximo de tres (03) días hábiles, contados desde la fecha de envío de la correspondiente orden de compra;
13°.- Que, por tratarse de un proceso de ejecución inmediata, la provisión de los productos se hará efectiva con la sola emisión y envío de la orden de compra, la cual acredita que surgen entre las partes, derechos y obligaciones que deben ser cumplidas en los términos que señalan las Bases de Licitación.
El presente proceso de licitación pública se regirá en todo momento por el siguiente marco regulatorio, normas y documentos:
a) Ley N°19.886, de 2003, del Ministerio de Hacienda, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones.
b) Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
c) Bases de Licitación y sus anexos.
d) Oferta de CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA.
e) Orden(es) de compra que emita DIPRES:
14°.- Que, en caso de que CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA incurra en incumplimiento del plazo de entrega de los productos, DIPRES tiene la facultad de aplicar una multa, en los términos y procedimiento establecidos en el artículo 15° de las Bases de Licitación. Con todo, CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA no será responsable si la demora o incumplimiento de sus obligaciones se deben a situaciones fortuitas o fuerza mayor, debidamente fundadas, conforme se señala en el artículo 16° de dichas Bases de Licitación;
15°.- Que, DIPRES pagará a CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA, la suma total de US$9.600 + IVA (nueve mil seiscientos dólares americanos más IVA) en una (01) cuota, en pesos chilenos, contra la entrega de la totalidad de las cintas magnéticas (incluidas sus etiquetas) y la aceptación conforme de estas por parte del DTI.
La facturación se realizará considerando el valor del dólar observado publicado por el Banco Central de Chile correspondiente a la fecha de facturación de los productos.
15.1 Documentación para el pago.
CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA, a contar de recepción de la orden respectiva y previo a la emisión de la factura, deberá entregar a DIPRES, los siguientes documentos para efectos de cursar el pago:
a) Declaración jurada o con firma electrónica avanzada notarial en la cual CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA declara que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones con sus actuales trabajadores o con sus trabajadores contratados en los últimos dos (02) años.
b) Declaración jurada notarial o con firma electrónica avanzada en la cual CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA declara que conoce la Política de Seguridad de la Información de DIPRES.
c) Declaración jurada notarial o con firma electrónica avanzada en la cual CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA declara que no está afecto a la inhabilidad contenida en el artículo 26°, letra d) del D.L. N°211, de 1973, sobre Libre Competencia.
d) Declaración jurada notarial o con firma electrónica avanzada en la cual CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA declara que no está afecto a la inhabilidad contenida en el artículo 33° de la Ley N°21.595, sobre Delitos Económicos.
e) Declaración jurada notarial o con firma electrónica avanzada en la cual CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA declara que su Programa de integridad y ética empresarial es efectivamente conocido y aplicado por su personal.
15.2 Procedimiento general de pago.
CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA deberá “aceptar” la correspondiente orden de compra enviada a través del Portal MercadoPúblico por concepto de la adjudicación del presente proceso.
Solo con la recepción conforme del servicio procederá la facturación, proceso en el cual, CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA deberá ingresar en el campo 801 del documento de cobro el ID correspondiente a la orden de compra facturada (sin caracteres adicionales). La factura deberá remitirse a dipresrecepcion@custodium.com.
DIPRES verificará la existencia de multas que hayan sido notificadas a CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA y que se encuentren impagas, y si no las hay, procederá al pago de la factura, en un plazo no mayor a treinta (30) días corridos contados desde la fecha de emisión del documento, la que llevará el Visto Bueno del Jefe de Departamento de Tecnologías de la Información de DIPRES, sin perjuicio de la revisión y autorización que le cabe al Subdepartamento de Administración y Finanzas.
La modalidad de pago de acuerdo con la normativa vigente será a través de transferencia electrónica directa desde Tesorería General de la República, para lo cual DIPRES solicitará los antecedentes necesarios para ello, a través del correspondiente formulario de autorización.
CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA deberá remitir sus consultas de pagos al correo electrónico proveedores@dipres.cl. Asimismo, CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA deberá remitir todos los documentos tributarios electrónicos al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com.
15.3 Pago indebido y su restitución.
En caso de que CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA reciba un pago indebido, total o parcial, quedará obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso. DIPRES requerirá de oficio a CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA la restitución de los montos correspondientes.
En caso de que CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA no proceda a la restitución en el plazo solicitado, DIPRES deberá informar dicha situación a la DCCP, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a lo establecido en el Reglamento;
16°.- Que, CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA y su personal, en su caso, quedarán obligados al cumplimiento de lo estipulado en las Políticas de Seguridad Institucionales de DIPRES, aprobadas mediante las Resoluciones Exentas N°851 y N°852, de 2016; y la Resolución Exenta N°333, de 2025, todas de la Dirección de Presupuestos;
17°.- Que, se adjuntará a la orden de compra derivada de la presente contratación, la Resolución Exenta N°755, de 2017, de la Dirección de Presupuestos, que aprueba las cláusulas relativas a Seguridad de la Información como anexo a la emisión de órdenes de compra de DIPRES. El texto de cada una de las cláusulas señaladas consta desde el artículo 18°. “Seguridad de la Información” al artículo 25°. “Cumplimiento de los requisitos de seguridad de la Información” de las Bases de Licitación, ambos inclusive;
18°.- Que, a la fecha del presente documento, DIPRES cuenta con el presupuesto necesario para el financiamiento de los productos especificados en la presente Resolución;
19°.- Que, a la fecha de la presente Resolución Exenta, “CCIEXPRESS SERVICIOS TECNOLÓGICOS SPA”, RUT N°77.414.781-0, se encuentra en estado “Hábil” para contratar con el Estado, según consta en el Registro de Proveedores de MercadoPúblico, y;
20°.- Las facultades que me otorgan las normas citadas anteriormente y las necesidades del Servicio.
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