|
1. El Acta de Proclamación del Tribunal Electoral Regional de Antofagasta, de fecha 04 de diciembre de 2024. En virtud de lo resuelto en la Sentencia de Escrutinio y Calificación de la elección municipal de alcalde, efectuada en la comuna los días 26 y 27 de octubre de 2024, rol electoral 103-2024, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 127 y 128 de la Ley N°18.695.
2. El Texto Refundido de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
3. La Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
4. El DFL N° 2 de 1998, del Ministerio de Educación, que fija el Texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N° 2 de 1996 sobre subvención del Estado a Establecimientos Educacionales.
5. La Ley Nº 19.886, de base de Contratos Administrativos de suministro y prestación de Servicios; La ley N° 21.634; El Decreto N° 661, de fecha 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
6. El Decreto Alcaldicio – D.A.E.M. N° 01, de fecha 02 de enero del 2025, que aprueba el Presupuesto del Departamento de Administración de la Educación Municipal para el año 2025.
7. El Decreto Alcaldicio N° 0545/2025, D.A.E.M. de fecha 19 de mayo de 2025, que aprueba bases y demás antecedentes y autoriza llamado de licitación pública denominada “SERVICIO DE VIGILANCIA D.A.E.M. 2025” ID 3858-17-LQ25.
8. El Decreto Alcaldicio N° 0629/2025 D.A.E.M. de fecha 09 de junio de 2025, que designa miembros de la comisión evaluadora para la licitación pública SERVICIO DE VIGILANCIA D.A.E.M. 2025” ID 3858-17-LQ25.
9. El Acta de Apertura de ofertas emitida por la comisión evaluadora con fecha 13 de junio de 2025.
10. El Informe de Evaluación de ofertas emitido por la comisión evaluadora con fecha 25 de junio de 2025.
11. El Decreto Alcaldicio N° 0750/2025 D.A.E.M. de fecha 08 de julio de 2025 que regulariza la aprobación de las preguntas y respuestas ingresadas en el foro de consultas del Sistema de Información y Gestión de Mercado Público, de la licitación pública ID 3858-17-LQ25.-
12. El Certificado N° 54/2025, de fecha 07 de julio de 2025, emitido por el secretario municipal
|
|
1. Que, con fecha 22 de mayo de 2025, el departamento de administración de Educación Municipal de la Ilustre Municipalidad de Mejillones publicó en el portal www.mercadopublico.cl, la licitación pública denominada “SERVICIO DE VIGILANCIA D.A.E.M. 2025” ID 3858-17-LQ25, cuyas bases y demás antecedentes fueron aprobados por Decreto N°0545/2025, D.A.E.M. de fecha 19 de mayo de 2025.
2. Que, el día 12 de junio de 2025 se efectúa el cierre de sistema para ingreso de ofertas, y posteriormente, al día siguiente, se realiza la apertura electrónica en donde se constata la presentación de tres (3) propuestas de los siguientes oferentes:
N° Razón Social Oferente Rut Representante Legal Estado de Habilidad M.P.
1 SOCIEDAD CAPACITACIÓN Y VIGILANCIA PRIVADA SPA 76.833.011-5 ALFREDO LÓPEZ OYARZO Hábil
2 ADISEP LIMITADA 76.106.444-4 ALBERTO TORRES ALIAGA Hábil
3 SERVICIO DE SEGURIDAD Y ASEO SERVICUR LIMITADA 76.309.136-8 GONZALO BAEZA RUZ Hábil
3. Que, en virtud del proceso de apertura y revisión efectuado el 13 de junio de 2025, y de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Ley N°19.886, sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y las bases administrativas de la licitación pública ID 3858-17-LQ25, la comisión emite las siguientes observaciones al proceso de apertura:
N° Razón Social Oferente
1 SOCIEDAD CAPACITACIÓN Y VIGILANCIA PRIVADA SPA
Presenta todos los antecedentes requeridos conforme a las bases, sin observaciones al momento de la apertura.
2 ADISEP LIMITADA
Presenta los antecedentes de forma desordenada, mezclando información de diferentes secciones, tales como antecedentes administrativos, técnicos y económicos, lo que dificulta su revisión y análisis. Asimismo, se constata la inclusión de antecedentes no solicitados en las bases de licitación. Cabe recordar que, conforme a lo establecido en dichas bases, los antecedentes deben ser ingresados en sus respectivas secciones, separando claramente los antecedentes administrativos, técnicos y económicos.
3 SERVICIO DE SEGURIDAD Y ASEO SERVICUR LIMITADA
No presenta el currículum de la empresa, documento requerido en la sección de antecedentes técnicos, conforme a lo establecido en las bases de licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, y considerando que la omisión de este documento constituye un error u omisión formal, susceptible de ser subsanado sin alterar el contenido esencial de la oferta. Se deja constancia que durante el proceso de evaluación técnica podrá solicitarse su complementación, en virtud de lo dispuesto en el punto N° 16 de las bases de licitación, que expresamente señala que:
"Se podrán solicitar los siguientes ajustes o complementos:
Errores formales: Rectificación de errores que no alteren el contenido esencial de la oferta técnica o económica (...);
Presentación de antecedentes omitidos: Certificaciones o documentos requeridos que hayan sido producidos u obtenidos antes del cierre de las ofertas y que hayan sido omitidos por error (...);
Situaciones no mutables: Documentación relacionada con hechos o circunstancias que no hayan cambiado entre el cierre de las ofertas y el período de evaluación."
Del mismo modo, dicha posibilidad se encuentra amparada por lo señalado en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el cual permite a la entidad licitante, durante la etapa de evaluación, requerir a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos, siempre que estos hayan sido obtenidos antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas, y sin que se afecte el principio de igualdad entre los oferentes ni se genere una situación de privilegio.
En consecuencia, si así lo determina la Comisión Evaluadora, la solicitud de subsanación será efectuada a través del sistema de información Mercado Público, utilizando el mecanismo del “Foro Inverso”, otorgando el plazo mínimo permitido, y evaluando dicho antecedente con nota 0, de conformidad con la pauta de evaluación establecida en las bases. En caso de que el oferente no presente la documentación requerida dentro del plazo extraordinario, su oferta será declarada inadmisible.
4. Que durante el proceso de evaluación de ofertas se solicitó a los oferentes subsanar y/o aclarar los siguientes errores u omisiones detectadas:
- Se solicita al oferente SOCIEDAD CAPACITACIÓN Y VIGILANCIA PRIVADA SPA aclarar contenido del Anexo N° 6. El oferente responde dentro del plazo y presenta anexo corregido.
- Se solicita al oferente SERVICIO DE SEGURIDAD Y ASEO SERVICUR LIMITADA presenta antecedente omitido (curriculum de la empresa). El oferente presenta antecedente omitido dentro del plazo otorgado.
- Se solicita al oferente SOCIEDAD CAPACITACIÓN Y VIGILANCIA PRIVADA SPA, aclarar aspecto de la propuesta técnica. El oferente responde dentro del plazo y presenta anexo aclaratorio.
- Se solicita aclaración al oferente ADISEP LIMITADA, sobre información poco clara proporcionada en la propuesta técnica. El oferente responde dentro del plazo y presenta anexo aclaratorio.
5. Que, en consecuencia, se procede a la evaluación de las ofertas conforme a los criterios y parámetros establecidos en las bases de licitación, y de acuerdo con lo señalado en el informe de evaluación de ofertas emitido con fecha 25 de junio de 2025 por la comisión evaluadora, se asignan los siguientes puntajes:
OFERENTE Cumplimiento de Requisitos Formales Programa de Integridad Proveedor Local Experiencia Oferta Económica Propuesta Técnica Cond. Remuneración y políticas de inclusión TOTAL
SOCIEDAD CAPACITACIÓN Y VIGILANCIA PRIVADA SPA 0 5 5 30 15 23.3 10 88.3
ADISEP LIMITADA 0 5 5 21 14.5 25 14.1 84.6
SERVICIO DE SEGURIDAD Y ASEO SERVICUR LIMITADA 0 5 2 30 14.7 20.8 9.5 82
6. Que, del proceso de cotejar la documentación exigida por la Dirección de Administración de Educación Municipal de la Ilustre Municipalidad de Mejillones en la Licitación Pública denominada “SERVICIO DE VIGILANCIA D.A.E.M. 2025”, cuyas Bases de Licitación, y demás antecedentes fueron publicados en el portal www.mercadopublico.cl, mediante ID 3858-17-LQ25, por lo anterior, es que ajustándose a las cláusulas que se establecen, una vez realizada la evaluación conforme a los criterios y puntajes señalados en las bases, es que se propone adjudicar la propuesta presentada por el Oferente SOCIEDAD CAPACITACIÓN Y VIGILANCIA PRIVADA SPA, RUT: 76.833.011-5, por la suma total de $193.422.600 (ciento noventa y tres millones, cuatrocientos veintidós mil seiscientos pesos), impuestos incluidos y plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.
7. Que a través de certificado N° 54/2025, de fecha 07 de julio de 2025, el Secretario Municipal acredita que en sesión de Concejo N° 28/2025, ordinaria de fecha 07 de julio de 2025, el Concejo Municipal por unanimidad, a través de acuerdo N° 34/2025, aprobó el contrato de la propuesta pública “SERVICIO DE VIGILANCIA D.A.E.M. 2025” ID 3858-17-LQ25 con el proveedor SOCIEDAD CAPACITACIÓN Y VIGILANCIA PRIVADA SPA, RUT: 76.833.011-5, por la suma total de $193.422.600 (ciento noventa y tres millones, cuatrocientos veintidós mil seiscientos pesos), impuestos incluidos y plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, aprobado conforme a lo establecido en el art. 65, letra j) de la Ley N° 18.695, por monto que excede las 500 UTM.
8. Que, en mérito de las consideraciones anteriores y disposiciones legales pertinentes; y de acuerdo a las facultades legales que me confiere el D.F.L. N°1 de fecha 9 de mayo de 2006 del Ministerio del Interior que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N°18.695, dicto el siguiente:
D E C R E T O N° 0761/2025 ALCALDICIO - D.A.E.M.
|