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1. Lo dispuesto en la Ley N.° 18.575, “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”.
2. Lo dispuesto en el inciso 1° y 2° del artículo 6° del DFL. N.° 200 de 1960 y artículo 22 de su Reglamento Complementario, aprobado por D.S. (G) N.° 1.666 de 1961.
3. Lo estipulado en la Ley N.° 19.880, el cual, “Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado” de año 2003.
4. Lo contemplado en la Ley N.° 19.886 de 2003, que establece Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
5. Lo dispuesto en Decreto N.°661 de 03JUN2024, que aprueba el Reglamento de la Ley N.°19.886.
6. Lo indicado en la Resolución Comandante de la DIVINGE JEF CMT DECC PLANIF JURID Y RRPP (P) N.° 4182/311010/2612 “EXENTA” de 04SEP2023, que delega facultades en los Jefes de las Subjefaturas Zonales la facultad específica de aprobar y suscribir las licitaciones públicas.
7. Lo establecido en la Resolución N.°36 de 2024 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón y determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los Actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda.
8. La Resolución DGOP N.° 11 de 09MAR2018, que aprueba el convenio denominado “Construcción conexión vial Río Tranquilo – Lago Brown – Frontera, I Etapa, tramo DM 27.480 al DM 42.480, Provincia de Capitán Prat, región de Aysén, tomada a razón con fecha 18JUN2018, entre la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y el Cuerpo Militar del Trabajo.
9. Lo señalado en la Resolución MOP N.°58 de 28DIC2020, que aprueba el convenio denominado “Construcción camino Lago Verde – La Tapera, Etapa I, tramo: Dm 67,162 - 79,162, Comuna Lago Verde, región de Aysén”, tomada a razón el 17FEB2021, entre la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y el Cuerpo Militar del Trabajo.
10. Lo indicado en la Resolución DIVINGE JCMT DEPTO ADM Y LOG (P) N.º 1765/311040/2475 de 18JUL2025, que nombra como Jefe SJZ CMT “Coyhaique” Subrogante al TCL RENÉ LUENGO BURDILES.
11. Lo indicado en el Pedido de Materiales N.°890 del 07JUL2025 del centro de costo Jefatura Coyhaique.
12. Lo señalado en la Licitación Id N.°3540-79-L125, aprobada mediante Resolución SJZ CMT COYH PAL MP (P) N.°4193/50378/2453 “Exenta” de 11JUL2025.
13. El Informe de Evaluación Interna del 22JUL2025.
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1. Que, la Sub-Jefatura Zonal CMT “Coyhaique”, realizó un llamado público mediante la licitación ID 3540-79-L125, para adquirir herramientas para taller de mantenimiento del centro de costo Jefatura Coyhaique, con cargo a los convenios vigentes.
2. Que, las Bases Administrativas y Anexos establecen los requerimientos mínimos para satisfacer las necesidades señaladas en el punto precedente, definidas bajo el ID 3540-79-L125, para la cual se presentaron 05 (cinco) ofertas.
3. Que, la oferta del proveedor que se indica no cumple con los requisitos establecidos en las bases administrativas y técnicas de la licitación 3540-79-L125:
RUT RAZÓN SOCIAL MOTIVO
76.025.667-6 Enrique Naya Pérez Energía EIRL No adjunta imágenes ni especificaciones técnicas, requisitos mínimos requeridos.
4. Que, de manera de seleccionar la oferta más conveniente para la organización, se establecieron en las respectivas Bases de Licitación, las variables y sus puntuaciones, con las cuales se evaluó las ofertas, las que a continuación se presentan:
- Precio : 50%
- Materia de alto impacto social : 30%
- Programa de Integridad : 15%
- Cumplimiento formal de las bases : 5%
5. Que, para la línea que se indica, los proveedores que se señalan INMOBILIARIA INNOVA SPA, R.U.T.: 76.924.082-9; EQUIPOS Y MAQUINARIAS MARSAL SPA, R.U.T.: 77.402.057-8; NEXMAQ SPA, R.U.T.: 77.239.958-8 y REPRESENTACIONES Y SERVICIOS INTEGRALES LTDA., R.U.T.: 77.325.080-4, no presentan ofertas, no cumplen con las características requeridas o tienen un monto mínimo de despacho, superior al valor del producto requerido, conforme a lo siguiente:
Línea
N° Cantidad CARACTERÍSTICAS Estado
4 1 Regulador de oxígeno y acetileno equivalente o superior a MYH Inadmisible
6. Que, lo señalado en el informe de evaluación y anexo, se propone adjudicar al proveedor NEXMAQ SPA, R.U.T.: 77.239.958-8, de acuerdo con el puntaje obtenido, cuyo texto se reproduce íntegramente a continuación:
ID: 3540-79-L125
(P. Materiales N.° 890)
EVALUACIÓN INTERNA DEL PROCESO DENOMINADO
“HERRAMIENTAS PARA TALLER DE MANTENIMIENTO”
I. ANTECEDENTES GENERALES
Este informe tiene por objetivo evaluar las ofertas presentadas en el proceso en cuestión, cuyas bases fueron aprobadas mediante Resolución Exenta N.°4193-50378-2453 de 11JUL2025, permitiendo así seleccionar al proveedor que genere las mejores condiciones económicas y comerciales conforme al cumplimiento de los aspectos administrativos, técnicos, comerciales y económicos del proceso y en armonía al marco regulatorio impuesto, de manera de adquirir “Herramientas para taller de mantenimiento” del campamento Jefatura Coyhaique el cual será ejecutado por la Sub Jefatura Zonal del CMT “Coyhaique”, conforme a lo siguiente:
IDENTIFICACIÓN DE LOS PROPONENTES
RUT RAZÓN SOCIAL
76.025.667-6 Enrique Naya Pérez Energía EIRL
76.924.082-9 Inmobiliaria Innova SPA
77.402.057-8 Equipos y Maquinarias Marsal SPA
77.239.958-8 Nexmaq SPA
77.325.080-4 Representaciones y Servicios Integrales Ltda.
II. PROPUESTAS DE OFERTAS INADMISIBLES
En conformidad a lo señalado en las Bases Administrativas y Técnicas de la Id 3540-79-L125, se propone declarar la siguiente oferta inadmisible.
RUT RAZÓN SOCIAL MOTIVO
76.025.667-6 Enrique Naya Pérez Energía EIRL No adjunta imágenes ni especificaciones técnicas, requisitos mínimos requeridos.
III. ACLARACIÓN A LAS BASES
Para el presente proceso no se recibieron preguntas.
IV. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES
Inmobiliaria Innova SPA
1. ANEXO N.° 1: Antecedentes de Evaluación
El proveedor cumple con la remisión y los antecedentes requeridos en el anexo en cuestión. No obstante, informa un monto mínimo de despacho de $2.000.000.
2. CUMPLIMIENTO FORMAL DE BASES
El proveedor cumple con los requisitos formales de las bases.
3. PROGRAMA PACTO DE INTEGRIDAD
El proveedor no demuestra su programa de integridad.
4. ESTADO DE LA OFERTA
Finalmente, en conformidad al análisis de cada documento anexado a la oferta, esta comisión valida los antecedentes y anexos adjuntos.
Equipos y Maquinarias Marsal SPA
1. ANEXO N.° 1: Antecedentes de Evaluación
El proveedor cumple con la remisión y los antecedentes requeridos en el anexo en cuestión. No obstante, no oferta las líneas 1, 2, 4 y 6.
2. CUMPLIMIENTO FORMAL DE BASES
El proveedor cumple con los requisitos formales de las bases.
3. PROGRAMA PACTO DE INTEGRIDAD
El proveedor no demuestra su programa de integridad.
4. ESTADO DE LA OFERTA
Finalmente, en conformidad al análisis de cada documento anexado a la oferta, esta comisión valida los antecedentes y anexos adjuntos.
Nexmaq SPA
1. ANEXO N.° 1: Antecedentes de Evaluación
El proveedor cumple con la remisión y los antecedentes requeridos en el anexo en cuestión. No obstante, en la línea N.°4, no cumple con las características requeridas.
2. CUMPLIMIENTO FORMAL DE BASES
El proveedor cumple con los requisitos formales de las bases.
3. PROGRAMA PACTO DE INTEGRIDAD
El proveedor demuestra su programa de integridad.
4. ESTADO DE LA OFERTA
Finalmente, en conformidad al análisis de cada documento anexado a la oferta, esta comisión valida los antecedentes y anexos adjuntos.
Representaciones y Servicios Integrales Ltda.
1. ANEXO N.° 1: Antecedentes de Evaluación
El proveedor cumple con la remisión y los antecedentes requeridos en el anexo en cuestión. No obstante, en las líneas N.°1, 4 y 6 no cumple con las características requeridas.
2. CUMPLIMIENTO FORMAL DE BASES
El proveedor cumple con los requisitos formales de las bases.
3. PROGRAMA PACTO DE INTEGRIDAD
El proveedor no demuestra su programa de integridad.
4. ESTADO DE LA OFERTA
Finalmente, en conformidad al análisis de cada documento anexado a la oferta, esta comisión valida los antecedentes y anexos adjuntos.
V. APLICACIÓN DE VARIABLES DE EVALUACIÓN
Conforme a Matriz de Evaluación que se anexa.
VI. LÍNEA INADMISIBLE
Para la línea que se indica, los proveedores que se señalan INMOBILIARIA INNOVA SPA, R.U.T.: 76.924.082-9; EQUIPOS Y MAQUINARIAS MARSAL SPA, R.U.T.: 77.402.057-8; NEXMAQ SPA, R.U.T.: 77.239.958-8 y REPRESENTACIONES Y SERVICIOS INTEGRALES LTDA., R.U.T.: 77.325.080-4, no presentan ofertas, no cumplen con las características requeridas o tienen un monto mínimo de despacho superior al valor del producto requerido, conforme a lo siguiente:
Línea
N° Cantidad
CARACTERÍSTICAS
Estado
4 1 Regulador de oxígeno y acetileno equivalente o superior a MYH Inadmisible
VII. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
Del examen realizado a los antecedentes y datos entregados por el oferente participante para adquirir “Herramientas para taller de mantenimiento”, el mecanismo de evaluación y sus distintas instancias definidas en las bases de licitación y el marco normativo compuesto por la ley N.º 19.886 de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio” y sus modificaciones. Lo dispuesto en Decreto N.°661 de 03JUN2024, que aprueba el Reglamento de la Ley N.°19.886, se propone adjudicar el proceso de licitación ID 3540-79-L125 al siguiente oferente:
Nexmaq SPA, R.U.T.: 77.239.958-8, para las líneas y valores que se indican:
Línea
N° CANT. CARACTERÍSTICAS VALOR TOTAL NETO
1 1 Compresor krafter ACK 100 -3 HP $ 775.000.
2 1 Juego de dados impacto ¾” 8 piezas de S03A208S $ 113.900.
3 1 Taladro base magnética 23-50 mm 1600w dongcheng, 2 carbones de repuesto, llave de ajustes, maletín de transporte de alta resistencia, correa de seguridad $ 785.000.
5 1 Esmeril/lijadora banco Einhell TC-US 350w $ 130.000.
6 1 Juego dado ½” impacto largo 16 pzas viktec VT17406, incluye 16 dados: 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 24, 27, 30, 32 mm $ 100.000.
7 1 Gata de foso 500 kilos, brazo de 4 patas $ 325.000.
El monto neto es de $ 2.228.900 (Dos millones doscientos veinte y ocho mil novecientos pesos chilenos).
Plazo de entrega: 10 días hábiles.
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